BOLETÍN Nº 26 - 2 de marzo de 2009

6. Procedimientos Judiciales

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE NAVARRA

Sala de lo Contencioso-Administrativo
Edicto

María Angeles Ederra Sanz, Secretaria de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Hago saber: Que en el recurso contencioso-administrativo 262/2003 se dictó Sentencia que ha quedado firme, cuyo encabezamiento y fallo, son del tenor siguiente:

"Sentencia número 584/2004.

Iltmos. Sres. Presidente: Don Joaquín María Miqueleiz Bronte. Magistrados: Don Ignacio Merino Zalba. Don Juan Alberto Fernández Fernández. Don Antonio Rubio Pérez. Don Francisco Javier Pueyo Calleja. Don Felipe Fresneda Plaza

Pamplona, a 2 de junio de 2004.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 262/2003, promovido contra Decreto Foral 29/2003 de 10 de febrero por el que se regula el uso del vascuence en las Administraciones Públicas de Navarra, siendo en ello partes: como recurrente don Jose Manuel Otano Villanueva, representado por la Procuradora Sra. Arbizu Rezusta y dirigido por el Letrado Señor Nazabal; y como demandado el Gobierno de Navarra, representado y dirigido por el Señor Asesor Jurídico-Letrado.

Fallamos:

Que estimando en parte el recurso interpuesto por don Jose Manuel Otano Villanueva, contra Decreto Foral 29/2003 de 10 de febrero por el que se regula el uso del vascuence en las Administraciones Públicas de Navarra; debemos declarar y declaramos la nulidad del artículo 18-3 del Decreto Foral recurrido por ser contrario al Ordenamiento Jurídico, sin imposición de costas.

Así por esta nuestra Sentencia de la que se unirá certificación a los autos, y contra la que cabe interponer recurso de casación, el que podrá prepararse ante esta misma Sala en el plazo de diez días, lo pronunciamos, mandamos y firmamos."

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Navarra, conforme a lo establecido en el artículo 72-2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, expido y firmo el presente.

Pamplona, 10 de febrero de 2009.-La Secretaria de Sala, María Angeles Ederra Sanz.

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