BOLETÍN Nº 26 - 2 de marzo de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Otras Disposiciones

1.3.6. Otros

ACUERDO por el que se aprueba el presupuesto de la Universidad Pública de Navarra para el Ejercicio 2009 y otras normas complementarias.

A tenor de lo establecido en el artículo 134 de los Estatutos de la Universidad el Presupuesto de la Universidad Pública será público, único y equilibrado, comprenderá la totalidad de los gastos autorizados y, de acuerdo con lo que establece el artículo 81 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, la estimación de ingresos que realice la Universidad durante cada año natural. Asimismo en dicho precepto se establece que la Gerencia elaborará el anteproyecto de Presupuesto que contendrá el importe de la financiación que se solicita a la Comunidad Foral. Determinada la financiación solicitada, el Consejo de Gobierno aprobará el proyecto de Presupuesto que elevará al Consejo Social para su aprobación.

Recibido el día 26 de noviembre el Visto Bueno del Grupo de Trabajo sobre el Presupuesto 2009 del Consejo Social, se fijaron los criterios generales para la elaboración del proyecto del Presupuesto de la Universidad Publica de Navarra para el año 2009.

Conforme a dichos criterios se ha llevado a cabo, por el Vicerrectorado de Asuntos Económicos, Planificación y Prospectiva, el análisis correspondiente, determinándose las cuantías globales que se obtienen de la aplicación de las normas aprobadas por Consejo Social.

A propuesta del Consejo de Gobierno, con el Informe de la Comisión Económica, y previa deliberación de sus miembros, el Consejo Social de la Universidad Publica de Navarra, en sesión celebrada el 29 de diciembre de 2008, adopta el siguiente

ACUERDO 29/2008

Primero.-Aprobar el presupuesto de la Universidad Pública de Navarra para el año 2009, de acuerdo con los estados de ingresos y gastos que lo configuran y que asciende a 74.487.129,58 euros, con la siguiente distribución de gastos e ingresos:

GASTOS:

Capítulo I.-Personal: 50.063.720,69 euros.

Capítulo II.-Bienes corrientes y servicios: 15.251.242,75 euros.

Capítulo III.-Gastos financieros: 10.723,24 euros.

Capítulo IV.-Transferencias corrientes: 1.219.737,90 euros.

Capítulo VI.-Inversiones reales: 7.871.705,00 euros.

Capítulo VIII.-Activos financieros: 70.000,00 euros.

Total gastos: 74.487.129,58 euros.

INGRESOS:

Capítulo III.-Tasas, Precios Públicos y otros ingresos: 9.374.445,13 euros.

Capítulo IV.-Transferencias corrientes: 53.861.638,00 euros.

Capítulo V.-Ingresos patrimoniales: 351.046,45 euros.

Capítulo VII.-Transferencias de capital: 2.900.000,00 euros.

Capítulo VIII.-Activos Financieros: 8.000.000,00 euros.

Total ingresos: 74.487.129,58 euros.

Segundo.-Aprobar, a los efectos previstos en los artículos 5 d) de la Ley Foral 15/2008, de 2 julio, del Consejo Social de la Universidad Pública de Navarra y 81.4 de la Ley Orgánica de Universidades, los costes del personal docente e investigador, así como los del personal de administración y servicios. Los incrementos retributivos serán conforme a las Leyes de Presupuestos Generales de Navarra y del Estado.

Tercero.-Aprobar las Bases de Ejecución que forman parte del Presupuesto de la Universidad para el año 2009.

Cuarto.-Aprobar los precios públicos que figuran como Anexo II en el Presupuesto 2009.

Quinto.-Aprobar el Presupuesto de la Fundación Universidad-Sociedad para el año 2009, que figura como Anexo III en el Presupuesto 2009.

Sexto.-Las exenciones de pago de precios públicos por estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, serán las establecidas en la normativa dictada por el Estado o por la Comunidad Foral de Navarra en ejercicio de sus respectivas competencias y, en todo caso, las contempladas en la norma foral que regule anualmente dichos precios públicos.

Séptimo.-Destinar el Remanente General de Tesorería previsto para el Presupuesto inicial, partida 870.01 "Remanente General de Tesorería", a la financiación de las siguientes partidas:

Crédito inicial no afecto del capítulo 6 "Inversiones Reales": 4.728.075,00 euros.

Crédito inicial no afecto del capítulo 4 "Transferencias Corrientes": 1.180.733,90 euros.

Crédito inicial no afecto del capítulo 8 "Activos Financieros": 70.000,00 euros.

Crédito inicial no afecto de la partida 51/51.00/259.00 "Centro Superior de Idiomas": 367.982,00 euros.

Crédito inicial no afecto de la partida 51/51.00/259.02 "Otras Actividades": 82.018,00 euros.

Crédito inicial no afecto de la partida 51/51.00/226.07 "Actividades Culturales y Otras": 234.617,72 euros.

Crédito inicial no afecto de la partida 51/51.01/227.09 "Otros Servicios": 478.000,00 euros.

Crédito inicial no afecto de la partida 51/51.00/229.11 "Universidad de la Experiencia" 35.000,00 euros.

Crédito inicial no afecto de la partida 31/30.00/229.09 "Material no inventariable. Grupos de investigación": 695.000,00 euros.

Crédito inicial no afecto de la partida 11/11.02/240.00 "Publicaciones Institucionales y Administrativas" 85.932,00: euros.

Crédito inicial no afecto de la partida 11/11.02/240.09 "Publicaciones Informativas Periódicas: 37.260,00 euros.

Crédito no afecto de la partida 11/11.02/240.01 "Publicaciones Científicas y Docentes": 5.381,38 euros.

Octavo.-Aprobar la propuesta de la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Docente e Investigador, habilitar al Rector para que, a propuesta del Vicerrector competente, pueda modificar la relación de puestos de trabajo no pertenecientes a los cuerpos docentes universitarios, si bien los cambios de dedicación podrán ser autorizados por el Vicerrector competente.

Noveno.-Aprobar la propuesta de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del personal de administración y servicios de la Universidad Pública de Navarra para el año 2009, oídos los Sindicatos con representación en la Mesa de Negociación de la Universidad Pública de Navarra, teniendo en cuenta el Acuerdo de adaptación del régimen jurídico aplicable al personal de administración y servicios de la Universidad Pública de Navarra, en cumplimiento del mandato normativo contenido en el artículo 106.1 del Decreto Foral 110/2003, de 12 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Pública de Navarra.

Décimo.-Aprobar, a los efectos del artículo 2 de la Ley Foral 19/98, de 1 de diciembre, de retribuciones del profesorado de la Universidad Pública de Navarra:

a) La cuantía estimada que resultará de la aplicación de los conceptos retributivos para funcionarios de los cuerpos docentes, conforme a lo dispuesto en la Ley Foral 19/98, de 1 de diciembre, de retribuciones del profesorado de la Universidad Pública de Navarra, es de 2.847.000 euros, cuya ejecución se realizará con cargo al subconcepto económico 121.03 "Retribuciones complementarias por méritos individuales cuerpos docentes".

b) Incluir como Anexo I al Presupuesto los criterios de distribución de dicha cuantía total adoptados por el Consejo Social en su Acuerdo 309/99, de 2 de junio. (Modificado en Acuerdo 12/2001).

c) A los efectos del cumplimiento del artículo 2.c de la Ley Foral 19/98, de retribuciones del profesorado de la Universidad Pública de Navarra, se incluirá como Anexo al Presupuesto 2009 de la Universidad Pública de Navarra la relación individualizada de las personas que vayan a percibir los conceptos retributivos individuales, especificando las cuantías que corresponden a cada perceptor, tan pronto como el Consejo Social adopte su acuerdo de asignación de complementos para el ejercicio 2009. Dicha relación será remitida, para su conocimiento, al Consejero de Educación del Gobierno de Navarra.

Duodécimo.-Trasladar el presente Acuerdo al Gerente, a la Vicerrectora de Asuntos Económicos, Planificación y Prospectiva, al Director del Servicio de Asuntos Económicos y a la Interventora.

Duodécimo primero.-Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra.

Duodécimo segundo.-Trasladar el presente Acuerdo al Rector para su ejecución.

Pamplona, 29 de diciembre de 2008.-El Presidente del Consejo Social, Jesús Irurre Arigita.

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