BOLETÍN Nº 25 - 27 de febrero de 2009

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCIÓN 57/2009, de 13 de febrero, de la Directora General de Transportes, por la que se convocan las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera.

El Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera ("Boletín Oficial del Estado" número 184, de 2 de agosto de 2007), incorporó al derecho español la Directiva 2003/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2003.

En este Real Decreto se regulan las condiciones para la obtención del certificado de aptitud profesional, acreditativo de la correspondiente cualificación inicial, y de la realización de los cursos de formación continua, necesarios para la conducción por vías públicas españolas de vehículos de empresas establecidas en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, para la que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E.

En aplicación del artículo 15 del citado Real Decreto, procede realizar la convocatoria de las pruebas para la obtención del mencionado certificado, de acuerdo con las bases que establecen en el Anexo I.

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por el artículo 22.1.d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria para la realización de pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial, necesario para la conducción por vías publicas españolas de vehículos para los que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E, definidas en el Reglamento General de Conductores.

2.º Designar como componentes del tribunal que presidirá la realización de las pruebas a las siguientes personas:

-Presidente: Don Jesús Posadas Martínez, Director del Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes

-Suplente: Doña Beatriz Sanz García, Directora del Servicio de Planificación y Régimen Jurídico de Transportes.

-Vocales: Doña Charo Loitegui Biurrun, Jefa de la Sección de Régimen Jurídico de Transportes.

Don Jesús Armendáriz Mateo, Jefe de la Sección de Explotación de Transportes.

Don Ana Belén Gracia García, ingeniera industrial adscrita al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes.

-Suplentes:

Doña Gloria Arancón Largo, T.A.P. (Rama Jurídica) adscrita al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes.

Don Angel Goñi Gironés, Jefe de la Sección de Planificación y Proyectos de Transportes.

Don Iñaki Azcona Mendizábal, Jefe del Negociado de Gestión de Transporte de Viajeros y Operadores de Transporte.

-Secretaria:

Doña Carmen Castiella Sánchez Ostiz, Jefa de la Sección de Inspección y Junta Arbitral.

-Suplente: Doña María Jesús Gutiérrez Gutiérrez, Jefa del Negociado de Inspección de Transportes.

3.º Aprobar las Bases de la convocatoria, que figuran en el Anexo I.

4.º Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes, a la Sección de Explotación y a los miembros del Tribunal.

6.º Indicar que contra la presente Resolución que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 13 de febrero de 2009.-La Directora General de Transportes, Susana Labiano Bastero.

ANEXO I

Bases de la convocatoria

Primera.-Condiciones generales de los aspirantes.

Para ser admitido a estas pruebas, será necesario cumplir los siguientes requisitos:

-Haber superado los cursos preceptivos, ya sea en su modalidad ordinaria o acelerada, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, dentro de los 6 meses anteriores a la fecha de examen.

-Tener y acreditar su residencia habitual en la Comunidad Foral de Navarra. Sin embargo, podrán concurrir las personas residentes en territorio de otra comunidad autónoma, siempre que, por causa debidamente justificada, cuenten con autorización del órgano convocante.

Se presumirá que la residencia habitual del aspirante se encuentra en el lugar en que figure su domicilio en su documento nacional de identidad en vigor. Sólo se admitirá que el domicilio es distinto al que aparece en dicho documento cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

1. Que el aspirante acredite, mediante el certificado de empadronamiento, que ha tenido su domicilio en la Comunidad Foral de Navarra al menos 185 días naturales del último año, contado desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes para concurrir a los ejercicios.

2. Que el aspirante acredite que, aún habiendo tenido su domicilio en lugar distinto menos de 185 días del último año, se ha visto obligado por razones familiares o profesionales a cambiar su residencia. Esta última circunstancia no se entenderá cumplida cuando se trate de una estancia temporal en una localidad para la realización de una actividad de duración determinada. La asistencia a una Universidad, una escuela o un centro docente no implica el traslado de la residencia habitual.

Segunda.-Solicitudes.

1. Las personas que deseen participar en la presente convocatoria deberán presentar su solicitud de una de las siguientes maneras:

-A través de Internet, cumplimentando el formulario que aparece en el Portal del Gobierno de Navarra, www.navarra.es, dentro del epígrafe "Servicios", apartado "Otros Servicios por temas", subapartado "Transportes".

-Presentando una solicitud, según el modelo que figura en el Anexo lI de estas Bases en la oficina de Registro General del Gobierno de Navarra situada en el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones (Avenida San Ignacio, número 3, planta baja, Pamplona) y, asimismo, en cualquiera de las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra relacionadas en el Decreto Foral 137/2002, de 24 de junio (Boletín Oficial de Navarra número 95, de 7 de agosto) o en los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dicha solicitud se podrá obtener de Internet, o bien solicitándola en el Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes.

2. Además de la solicitud, en ambos casos, los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación.

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad vigente.

Si el domicilio que figure en el documento nacional de identidad no es de la Comunidad Foral de Navarra, deberá acreditar la residencia en Navarra mediante certificado de empadronamiento, en el que figure que ha tenido su domicilio en la Comunidad Foral de Navarra al menos 185 días naturales del último año, contados desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes para concurrir a las pruebas.

Para el caso de una antigüedad inferior a 185 días en el empadronamiento, deberá adjuntarse documentación acreditativa de las razones familiares o profesionales que le han obligado a cambiar su residencia a la Comunidad de Foral de Navarra.

b) Justificante de haber ingresado en la cuenta de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la cantidad de 11,00 euros, en concepto de presentación a examen.

3. En el caso de que la solicitud se realice por Internet, dicha documentación se remitirá por correo certificado al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes (calle Yanguas y Miranda, número 5, 31002 Pamplona) o se presentará en cualquiera de los Registros Oficiales del Gobierno de Navarra. En otro caso, se adjuntará dicha documentación a la solicitud.

Podrá solicitarse la inscripción a examen aun cuando no haya finalizado el curso previo de formación, siempre y cuando el curso finalice antes de que transcurra el período de subsanación de solicitudes y en ese plazo se haga constar fehacientemente ante la Administración que se ha superado el mismo (mediante la certificación telemática que debe presentar el centro donde se ha realizado el curso).

Cualquiera que sea la fórmula elegida para inscribirse en las pruebas, tanto la solicitud como la documentación necesaria deberá presentarse en los plazos indicados en el Anexo III de estas Bases.

La solicitud solo será válida para la convocatoria a la que se presente, debiendo volver a cumplimentarla si se desea realizar la prueba en convocatorias posteriores. En este caso bastará con presentar la instancia y carta de pago, indicando en la instancia que no presenta el resto de la documentación por obrar ya en poder de la Administración, al haberla aportado en las convocatorias anteriores.

Tercera.-Los plazos para presentar las solicitudes son los que figuran en la tabla del Anexo III para cada convocatoria.

Cuarta.-Lista provisional y definitiva de admitidos y excluidos.

1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la lista provisional de admitidos y excluidos, junto con el lugar y el horario de celebración de las pruebas, se publicará en el tablón de anuncios de las oficinas del Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes (calle Yanguas y Miranda, número 5, de Pamplona), en las fechas indicadas en el Anexo III de estas Bases (para cada una de las convocatorias).

Los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, hasta la fecha indicada en el Anexo III de estas Bases (para cada una de las convocatorias).

Las listas definitivas de admitidos y excluidos se harán públicas, de igual forma, en las fechas indicadas en el Anexo III de estas Bases (para cada una de las convocatorias).

Quinta.-Desarrollo de las pruebas.

Los aspirantes deberán presentarse a la realización de las pruebas provistos de DNI u otro documento que acredite fidedignamente su identidad, a criterio del tribunal.

Sexta.-Estructura y calificación del examen.

En cuanto a la materia objeto del examen, la estructura de las pruebas y su calificación, se estará a lo establecido en el Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera.

El examen consistirá en 100 preguntas test, cada una de las cuales con cuatro supuestos alternativos, siendo las respuestas correctas valoradas con un punto, las erróneas se penalizarán con 0,5 puntos negativos, las preguntas no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán positiva ni negativamente.

Para aprobar el examen será necesario obtener al menos 50 puntos.

Para la realización del ejercicio se dispondrá de un tiempo de dos horas.

Los conductores que cuenten ya con el correspondiente certificado de aptitud profesional, y deseen ampliar o modificar sus actividades para efectuar transporte de viajeros o el de mercancías, realizarán solo la parte del examen que corresponda a los objetivos 1.4, 1.5, 2.2 y 3.7 de la sección 2.ª del Anexo I del Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, si pretenden realizar transporte de viajeros y la parte correspondiente a los objetivos 1.4, 2.2 y 3.7 de la sección 1.ª del Anexo I del referido texto legal, para poder realizar transporte de mercancías.

Septima.-Relación de aprobados.

1. Terminada la calificación de los ejercicios, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios de las oficinas del Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes (calle Yanguas y Miranda, número 5, de Pamplona) y en la página web de la Dirección General de Transportes (Portal del Gobierno de Navarra: www.navarra.es dentro de "Servicios", apartado "Servicios por temas", subapartado "Transportes"), la relación de aprobados, y dará traslado de la misma a la Directora General de Transportes.

2. La Resolución de la Directora General de Transportes aprobando la relación de aspirantes que han superado las pruebas se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones en el plazo de un mes a contar desde la referida publicación.

ANEXO II

Solicitud de inscripción a las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional para la conducción de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o viajeros por carretera

A) Datos del solicitante:

Primer apellido:

Segundo apellido:

Nombre:

Número del D.N.I:

Fecha nacimiento:

Lugar de nacimiento:

Nacionalidad:

Número de teléfono:

Domicilio (calle, número):

Localidad domicilio:

Provincia domicilio:

Código Postal:

Centro en el que ha realizado el curso:

Fecha fin de curso:

Modalidad curso: ordinaria f, acelerada f

Solicito ser admitido a las pruebas contenidas en la convocatoria aprobada por Resolución ............................. de la Directora General de Transportes (BON ............................) para la obtención del Certificado de Aptitud Profesional para la conducción de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o viajeros por carretera.

B) Pruebas a las que se presenta (ponga una X donde proceda).

Cualificación inicial de viajeros:

f Modalidad acelerada.

f Modalidad ordinaria.

Cualificación inicial de mercancías:

f Modalidad acelerada.

f Modalidad ordinaria .

C) La tasa por derechos de examen es de 11,00 euros.

Pamplona, a ................................

Firma

ANEXO III

Plazos de presentación de solicitudes, publicación de listas provisionales, fecha límite de subsanación y publicación de listas definitivas y fechas de examen

Del 4/03/09 al 25/03/09

31 de marzo de 2009

17 de abril de 2009

20 de abril de 2009

24 de abril de 2009

Del 11/05/09 al 29/05/09

4 de junio de 2009

18 de junio de 2009

22 de junio de 2009

26 de junio de 2009

Del 13/07/09 al 31/07/09

6 de agosto de 2009

20 de agosto de 2009

24 de agosto de 2009

28 de agosto de 2009

Del 7/09/09 al 25/09/09

1 de octubre de 2009

15 de octubre de 2009

19 de octubre de 2009

23 de octubre de 2009

Del 26/10/09 al 13/11/09

20 de noviembre de 2009

10 de diciembre de 2009

14 de diciembre de 2009

18 de diciembre de 2009

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