BOLETÍN Nº 25 - 27 de febrero de 2009

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 174/2009, de 6 de febrero, del Director General de Obras Públicas, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para actividades de espeleología y geología con fines científicos durante el año 2009.

El Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas informa de la necesidad de fomentar y mejorar las actividades de espeleología y geología que se desarrollan con fines científicos dentro del territorio de la Comunidad Foral. A tal fin se ha procedido a la confección de las bases que regulan la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación parcial de dichas actividades durante el presente ejercicio de 2009, atendiendo al marco legal establecido por la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones, de 9 de noviembre.

En su virtud, de conformidad con lo informado y propuesto por el Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas y en uso de las facultades atribuidas por el artículo 7 de la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones, de 9 de noviembre, en relación con el artículo 8 del Decreto Foral 47/2005, de 24 de febrero.

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria de subvenciones para actividades de espeleología y geología con fines científicos durante el año 2009, que se regirá por las bases recogidas en el anexo de esta Resolución.

2.º Autorizar un gasto de 20.000,00 euros, con cargo a la partida 610002 61320 4819 456300 "Espeleología", del presupuesto de 2009. Número de expediente RCSA 1333.

3.º Notificar esta Resolución al Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas, a la Secretaría General Técnica (Negociado de Gestión Económica) y a la Intervención Delegada de Economía y Hacienda en el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

4.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 6 de febrero de 2009.-El Director General de Obras Públicas, José Luis Echávarri Arraiza.

ANEXO

BASES DE LA CONVOCATORA DE SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES DE ESPELEOLOGIA Y GEOLOGÍA CON FINES CIENTÍFICOS 2009

1. Objeto.

Esta convocatoria tiene por objeto la financiación parcial o total de trabajos relacionados con la exploración espeleológica y la geología de la Comunidad Foral de Navarra que contribuyan a un mejor conocimiento del territorio de Navarra. Así como las acciones encaminadas a la divulgación de los conocimientos relativos a ambas especialidades, como exposiciones, organización de jornadas técnicas o congresos. Las exploraciones de grupos de espeleología y trabajos de geología tendrán como objetivos concretos los siguientes:

-Exploración de cavidades específicas en ciertas zonas de interés.

-Exploración e inventario y catalogación de cavidades de ciertos macizos.

-Estudio sobre una caverna determinada, abordando las disciplinas correspondientes a génesis, morfología, tectónica y estratigrafía de la misma y su encaje en el contexto general del macizo en que se ubica.

-Estudio climático en la red subterránea en relación con sus elementos aire-agua-roca y su influencia por los cambios externos.

-Estudios sobre hidrología subterránea, conjunto de fenómenos físico-químicos que regulan la circulación del agua en el karst.

-Estudios sobre Hidroquímica, Geología, etc.

-Estudios de topografía, dimensiones y formas de las cavidades subterráneas, incluyendo la simbología de la Unión Internacional de Espeleología, así como todos los trabajos y estudios que en materia de espeleología constituyen tema de su desarrollo específico.

-Estudios y trabajos relacionados con cualquier especialidad de la geología que contribuya a un mejor conocimiento del territorio de los distintos materiales que lo forman

-Organización de eventos encaminados a la divulgación de conocimientos sobre la geología y la espeleología, como exposiciones, jornadas técnicas o congresos.

Mediante la concesión de las citadas subvenciones se persigue fomentar y mejorar las actividades de espeleología y geología que se desarrollan con fines científicos dentro del territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

Las actividades objeto de subvención habrán de realizarse dentro del año 2009, por consiguiente no serán subvencionadas actuaciones que se hubieran realizado antes o después de la presente convocatoria.

2. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias de las presentes ayudas las personas físicas y jurídicas que desarrollen alguna actividad relacionada con el objeto de la convocatoria, que no estén incursas en las circunstancias contempladas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

3. Solicitudes.

Las solicitudes se presentarán dirigidas al Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, en la oficina del Registro General del Gobierno de Navarra situada en el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones (Avda. San Ignacio, 3, planta baja, Pamplona) o, asimismo, en cualquiera del resto de las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra relacionadas en el Anuncio del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 14 de fecha 30 de enero de 2008, o en los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

a) Memoria descriptiva de la actividad o proyecto para cuya realización se solicita la ayuda, con expresa justificación del costo detallado de los trabajos y de las circunstancias del lugar y tiempo, en su caso, en que hayan de llevarse a cabo.

b) Solicitud de abono por transferencia indicando el D.N.I. o el N.I.F. del beneficiario.

c) Instancia según modelo adjunto.

d) Las solicitudes podrán incorporar a la documentación citada cuantos elementos estimen oportunos, para mejor acreditar sus méritos y apreciar sus peticiones.

Si la solicitud no reúne los requisitos indicados, el órgano instructor requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo de 10 días naturales, con la indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su solicitud, dictándose y notificándose en tal caso resolución de archivo del expediente.

4. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento.

A los efectos previstos en la presente convocatoria, las funciones de ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones se atribuyen al Servicio de Proyectos Ferrocarriles y Obras Hidráulicas a través de una Comisión Técnica presidida por el Director de dicho Servicio e integrada, como vocales, por los jefes de la Sección de Geología y Geotecnia, del Negociado de Control Administrativo, que actúa como secretaria, y del Negociado de Infraestructura Geológica. Las referencias hechas al "órgano instructor" en estas bases reguladoras se entienden hechas a dicha Comisión Técnica.

Es competente para la resolución del procedimiento de concesión el Director General de Obras Públicas.

5. Procedimiento de concesión y normas generales de valoración.

El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley Foral de Subvenciones.

Las peticiones presentadas serán valoradas por el órgano instructor.

Para la valoración se tendrán en cuenta la naturaleza del proyecto presentado, el número de participantes y su cualificación, así como el interés y rentabilidad social dentro de la Comunidad Foral.

La Comisión Técnica podrá recabar ampliación de la información aportada, así como la comparecencia del solicitante, para mejor fundar su decisión, pudiendo desestimar las solicitudes de subvención para trabajos que en el momento actual no tengan interés para las actividades y objetivos del Departamento.

6. Concesión.

La concesión o denegación de la subvención se hará a través de Resolución del Director General de Obras Públicas conforme a lo previsto en el artículo 21 de la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones, de 9 de noviembre. Dicha resolución deberá tener lugar en el término de tres meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho periodo sin que recaiga Resolución expresa, se entenderá desestimada la petición de subvención. Las subvenciones concedidas se publicarán en el Boletín Oficial de Navarra, expresando la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad de la subvención.

7. Compatibilidad.

La concesión de subvenciones previstas en esta convocatoria es compatible con otras que pudieran obtenerse para el desarrollo de la misma actividad.

No obstante lo anterior, la cuantía concedida no podrá ser tal que, aislada o conjuntamente con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos propios, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

8. Importe y financiación.

La Resolución fijará en cada caso la cuantía de la correspondiente subvención.

Los proyectos para actividades espeleológicas podrán obtener una subvención de un máximo de 2.000,00 euros.

Los proyectos sobre trabajos de Geología podrán obtener una subvención de un máximo de 5.000,00 euros.

La organización de eventos encaminados a la divulgación de conocimientos sobre la geología y la espeleología, como exposiciones, jornadas técnicas o congresos podrán obtener una subvención de un máximo de 13.000,00 Euros.

La concesión de subvenciones se hará con cargo a la partida 610002 61320 4819 456300 "Espeleología", del presupuesto de 2009, hasta el importe del saldo disponible en la misma.

9. Pago.

El abono de la correspondiente subvención se hará a la finalización de los trabajos, una vez justificados los gastos, mediante factura u otros documentos de valor probatorio equivalente y presentada la memoria correspondiente.

10. Obligaciones de los beneficiarios.

Los beneficiarios de las ayudas estarán sujetos a las siguientes obligaciones:

1.ª Realizar la actividad objeto de subvención, admitiendo en todo momento la verificación de datos y actividades por el Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas.

2.ª Comunicar al Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas la solicitud u obtención de otras ayudas para la misma actividad, así como cualquier eventualidad en el desarrollo del proyecto, que suponga modificación en su contenido o en su costo. Dicha modificación no supondrá compromiso para la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, si no es asumida de modo expreso.

3.ª Presentar, antes del 20 de noviembre de 2009, una memoria de la actividad realizada y la justificación de los gastos realizados. La memoria incluirá los planos topográficos de las cavidades exploradas, ficha técnica de equipamientos en la cavidad, así como textos (se adjuntará un disquete con los textos en Word 97 o superior), los planos de las cavidades se presentarán en ficheros aptos para Autocad 2.000, o MicroStation y el resumen de datos básicos de las cavidades (en hojas Excel 97 o superior o ficheros Access 97 o superior). Los trabajos fotográficos estarán respaldados por negativos y copias en papel fotográfico de los mismos, en el caso de fotografía digital las fotos se entregarán en formato RAW o similar. El Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones podrá hacer libre uso de los materiales y documentos entregados, citando, en todo caso, la autoría.

4.ª Dar adecuada publicidad del carácter público de la financiación de las actividades objeto de subvención.

11. Incumplimiento.

El incumplimiento de las obligaciones previstas en las presentes Bases comporta la pérdida de la ayuda y, en su caso, el reintegro de las cantidades recibidas en los términos previstos en el artículo 35 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre.

De igual forma, los beneficiarios estarán sujetos a lo dispuesto en el Título IV de dicho texto legal.

12. Recursos.

Contra la presente convocatoria y sus bases se puede interponer recurso de alzada ante la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones del Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación.

MODELO DE INSTANCIA

Don/Doña ......................................., domiciliado/a en ...................., calle o plaza ............................................, número ..................., teléfono ......................, con D.N.I./ N.I.F ....................., en su propio nombre o en representación de ..............................................................

Expone:

Que en relación con la convocatoria de subvenciones para actividades de espeleología y geología con fines científicos durante el año 2009, promovida por el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número ............., de fecha ................. de 2009, considerando reunir los requisitos requeridos en la misma, acepta en todos sus términos las bases de la citada convocatoria y declara responsablemente no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones; para lo cual adjunta la documentación exigida y solicita la concesión de una de dichas subvenciones por importe de ................ euros (indicar la cantidad que se solicita en cifras y letra), para financiar la actividad denominada .................................................................

Solicita:

Se acepte la presente solicitud y se sometan los demás documentos anejos a la selección correspondiente.

(fecha y firma)

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