BOLETÍN Nº 22 - 20 de febrero de 2009

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

RESOLUCIÓN 310/2009, de 9 de febrero, del Director General de Función Pública, por la que se aprueban las convocatorias para la constitución, a través de pruebas selectivas, de dos relaciones de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo de Diplomado en Ciencias Empresariales, una para la contratación temporal y otra para la formación, en situación de servicios especiales, así como para la realización de la prueba de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación como Diplomado en Ciencias Empresariales, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, excluido el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

El Decreto Foral 347/2004, de 15 de noviembre, establece en su Disposición Transitoria Primera que a los empleados fijos que ya hubiesen sido declarados en situación de servicios especiales para la formación al amparo del Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril y, a la fecha de su entrada en vigor, no hubieran agotado los periodos máximos de seis y cuatro años previstos por el artículo 3.º del citado Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, les será de aplicación dicha normativa anterior.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto Foral 347/2004, de 15 de noviembre y en la Orden Foral 199/2004, de 30 de diciembre, por la que se establece el procedimiento para la constitución y gestión de las listas de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo en situación de servicios especiales para la formación, para el acceso al segundo periodo de formación de cuatro años de duración máxima los empleados deberán realizar los cursos de formación o las pruebas selectivas que se determinen en las correspondientes convocatorias.

A tenor de lo expuesto, procede aprobar la convocatoria para la realización de las pruebas de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación como Diplomado en Ciencias Empresariales.

Por otra parte, a la vista de las necesidades de personal existentes en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra procede asimismo realizar una convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una nueva relación de aspirantes al desempeño en situación de servicios especiales para la formación, de puestos de trabajo de Diplomado en Ciencias Empresariales, así como de una relación de aspirantes a la contratación temporal de dicho puesto de trabajo, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, excluido el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Por lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, en el Decreto Foral 347/2004, de 15 de noviembre y en la Orden Foral 199/2004, de 30 diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, y de conformidad con el artículo 42.2 c) del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra y la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, se anuncian las siguientes

CONVOCATORIAS

I.-Convocatoria para la constitución de una relación de aspirantes a la contratación temporal como Diplomado en Ciencias Empresariales

Esta convocatoria se regirá por las siguientes

BASES

Primera.-Se anuncia convocatoria para constituir, mediante pruebas de selección, una relación de aspirantes a desempeñar el puesto de Diplomado en Ciencias Empresariales, con el fin de dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, excluido el Servicio Navarro de Salud Osasunbidea.

Esta relación de aspirantes a la contratación temporal tendrá carácter subsidiario respecto de cualquier otra relación de empleados fijos, existente o que se pueda constituir en el futuro, al amparo de lo dispuesto en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril.

Segunda.-Requisitos de los participantes.

2.1. En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los descendientes del cónyuge, cuando no medie separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de la edad establecida para la jubilación.

c) Hallarse en posesión del título de Diplomado en Ciencias Empresariales o haber superado los tres primeros cursos de la Licenciatura de Economía, Dirección y Administración de Empresas, o título declarado equivalente, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

2.2. El requisito de titulación exigido en el apartado 2.1.c) de esta base, deberá ser acreditado documentalmente por los aspirantes que resulten seleccionados, en el plazo que a tal efecto se determine por Resolución del Director General de Función Pública, de acuerdo con lo establecido en la norma sexta de las comunes a las convocatorias.

2.3. El cumplimiento de todos los requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.

Tercera.-Desarrollo y valoración del proceso de selección.

El proceso selectivo se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en las normas comunes a las tres convocatorias aprobadas por la presente Resolución.

Cuarta.-Llamamiento de los aspirantes a la contratación temporal.

El llamamiento de los aspirantes y, en su caso, la contratación se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en los artículos 88.b) y siguientes del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en las bases de esta convocatoria, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establecen normas de provisión temporal de puestos de trabajo (Boletín Oficial de Navarra número 144 de 2 de diciembre) y demás normativa que resulte de aplicación.

Para el llamamiento, se tendrá en cuenta lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 3, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la redacción dada por la Ley Foral 16/2002 de 31 de mayo, por la que se regulan aspectos de acceso al empleo de las personas con discapacidad en la Comunidad Foral de Navarra.

II.-Convocatoria para la constitución de una relación de aspirantes en formación como Diplomado en Ciencias Empresariales

Esta convocatoria se regirá por las siguientes

BASES

Primera.-Se anuncia convocatoria para la constitución, mediante pruebas selectivas, de una relación de aspirantes a desempeñar en situación de servicios especiales para la formación el puesto de Diplomado en Ciencias Empresariales, con el fin de dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, excluido el Servicio Navarro de Salud Osasunbidea.

Esta relación de aspirantes en formación tendrá carácter subsidiario respecto del personal al que se refiere la Disposición Transitoria Primera del Decreto Foral 347/2004, de 15 de noviembre, por el que se modifica el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril.

Segunda.-Requisitos de los participantes.

2.1. En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los participantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la condición de empleado fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos y estar encuadrado en los niveles o grupos C, D o E.

b) Haber completado un mínimo de tres años de servicios efectivamente prestados en su puesto de trabajo.

c) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

d) Estar en posesión de la titulación de Diplomado en Ciencias Empresariales o haber superado los tres primeros cursos de la Licenciatura de Economía, Dirección y Administración de Empresas, o título declarado equivalente o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. Dicha titulación debe ser distinta de aquella por la que el empleado fijo se encuentra en servicio activo.

2.2. El requisito de titulación exigido en el apartado 2.1.d) de esta base, deberá ser acreditado documentalmente por los aspirantes que resulten seleccionados, en el plazo que a tal efecto se determine por Resolución del Director General de Función Pública, de acuerdo con lo establecido en la norma sexta de las comunes a las convocatorias.

2.3. El cumplimiento de todos los requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse en el momento del llamamiento y durante el periodo de formación.

2.4. No podrá participar en la presente convocatoria el personal docente del Departamento de Educación, el personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, ni el personal excluido del ámbito de aplicación del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Tercera.-Desarrollo y valoración del proceso de selección.

El proceso selectivo se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en las normas comunes a las tres convocatorias aprobadas por la presente Resolución.

Cuarta.-Llamamiento de los aspirantes en formación.

El llamamiento de los aspirantes y, en su caso, la declaración en situación de servicios especiales para la formación se realizará de conformidad con lo establecido en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, en la Orden Foral 199/2004, de 30 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establece el procedimiento de constitución y gestión de las listas de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo en formación (Boletín Oficial de Navarra número 157, de 31 de diciembre) y demás normativa que resulte de aplicación.

III.-Convocatoria para la realización de la prueba de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación como Diplomado en Ciencias Empresariales

Esta convocatoria se regirá por las siguientes

BASES

Primera.-Requisitos de los participantes.

Podrán participar en la prueba de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación como Diplomado en Ciencias Empresariales, los empleados que figuran en la relación vigente de aspirantes al desempeño en situación de servicios especiales para la formación correspondiente a este puesto de trabajo y cumplan los siguientes requisitos:

-Haber sido declarados en situación de servicios especiales para la formación al amparo del Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, en el momento de la entrada en vigor del Decreto Foral 347/2004, de 15 de noviembre.

-Haber permanecido un mínimo de cuatro años en situación de servicios especiales para la formación al amparo del Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril. Este requisito se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Segunda.-Pruebas de acceso al segundo periodo de formación.

2.1. El proceso selectivo se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en las normas comunes a las tres convocatorias aprobadas por la presente Resolución.

Tercera.-Orden de llamamiento.

Los aspirantes que superen la prueba de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación, podrán ser llamados para desempeñar temporalmente funciones de Diplomado en Ciencias Empresariales, siendo declarados en situación de servicios especiales en su puesto de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril y demás normativa de aplicación.

IV.-Normas comunes a las tres convocatorias

Primera.-Plazo de presentación de instancias.

El plazo de presentación de solicitudes para las tres convocatorias aprobadas por la citada Resolución será de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Segunda.-Instancias.

2.1. Las instancias para poder participar en las convocatorias deberán presentarse en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III, 2, (vestíbulo) de Pamplona, en cualquiera de las demás oficinas de registro del Gobierno de Navarra, cuya relación aparece publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 14, de fecha 31 de enero de 2007, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

2.2. Las instancias deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo I, para los aspirantes a la contratación temporal, en el Anexo II, para los nuevos aspirantes en formación y en el Anexo III para los participantes en la prueba de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación. Estos modelos se facilitarán en cualquiera de las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra, pudiendo obtenerse también, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios" "Empleo Público".

En la instancia de participación, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Junto con la instancia de participación los aspirantes sólo deberán aportar fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento que acredite la identidad y nacionalidad del aspirante y, en su caso, de los requisitos de nacionalidad y parentesco exigidos en la base 2.1.a de la convocatoria relativa a la contratación temporal.

Únicamente los aspirantes que resulten llamados para la contratación deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento del requisito de titulación exigido en su respectiva convocatoria, cuando se proceda a la formalización del contrato o a la declaración en servicios especiales para la formación, de acuerdo con lo establecido en la norma sexta de las comunes a las convocatorias.

2.3. Los aspirantes con minusvalía deberán adjuntar a la instancia de participación la acreditación de la condición de minusválido, expedida por órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y además, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas.

Tercera.-Admisión de aspirantes.

3.1. Listas provisionales.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Servicio de Gestión de Personal de la Dirección General de Función Pública del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, hará públicas, en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Av. Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona), las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las convocatorias aprobadas por la mencionada Resolución.

A partir de dicha fecha y dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes, los aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.

3.2. Listas definitivas.

Transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones y una vez resueltas las mismas, por Resolución del Director General de Función Pública, se aprobarán las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y se harán públicas en el Tablón de anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona), junto con la fecha y lugar de realización de las pruebas de selección previstas en las convocatorias.

El hecho de figurar en las relaciones de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en las convocatorias. Cuando del examen de la documentación que deben presentar los aspirantes o de la que obra en poder de la Administración, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos, los interesados decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en las convocatorias.

3.3. Con la publicación de las listas de aspirantes admitidos y excluidos se considerará efectuada la correspondiente notificación a los interesados a los efectos previstos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Cuarta.-Pruebas.

4.1. El proceso selectivo para las tres convocatorias aprobadas por la presente Resolución, se llevará a cabo mediante la realización de una prueba que consistirá en contestar a un cuestionario con varias alternativas de respuesta, de las que sólo una será válida relacionadas con el temario que figura como anexo IV de la presente Resolución. Penalizarán las respuestas erróneas.

La duración máxima de la prueba será fijada por el Tribunal antes del comienzo del ejercicio.

4.2. La prueba será calificada con una valoración máxima de 30 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima asignada a la misma, es decir, 15 puntos.

Los participantes en la prueba de acceso al segundo periodo de formación serán calificados con "apto" o "no apto", teniendo en cuenta, a estos efectos, la valoración de la prueba establecida en la presente norma. Los aspirantes que no obtengan la calificación de "apto" en esta convocatoria podrán volver a presentarse a las pruebas de acceso al segundo periodo de formación que la Administración convoque en el futuro.

4.3. La convocatoria para las pruebas se realizará mediante llamamiento único al que los aspirantes deberán comparecer provistos del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante. Los aspirantes que no comparecieran quedarán eliminados.

4.4. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en su instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

Quinta.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Doña Idoia Glaría Aznárez, Diplomada en Ciencias Empresariales del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Presidente Suplente: Doña Carmen Roda Movilla, Jefa de Sección Económica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Vocal: Doña Nuria Esteban Moriones, Jefa de Sección de Gestión y Control Presupuestario del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

Vocal suplente: Doña M.ª Raquel San Martín Ederra, Directora del Servicio de Control de Gasto de Personal y Nóminas, del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

Vocal: Doña Marta Paternain Remón, Técnica de Administración Pública (Rama Económica) del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.

Vocal suplente: Doña M.ª Nieves Sáinz de Vicuña Gil, Jefa de la Sección de Contratos, del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte

Vocal: Un representante del personal, propuesto por las organizaciones sindicales presentes en la Comisión de Personal de Administración Núcleo, propuesto por la misma.

Vocal Suplente: Un representante del personal, propuesto por las organizaciones sindicales presentes en la Comisión de Personal de Administración Núcleo, propuesto por la misma.

Vocal-Secretario: Doña Alicia Segura Maisterra, Jefa de la Sección de Gestión Presupuestaria del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.

Vocal-Secretario Suplente: Doña Beatriz Eguaras Tirapu, Jefa de Negociado de Suministros, del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.

5.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección General de Función Pública, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Igualmente los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.

En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos.

5.3. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros. Asimismo, para la válida constitución y actuaciones del Tribunal se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de las convocatorias.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para la prueba. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente en éstas.

Sexta.-Relaciones de aprobados.

6.1. Terminada la calificación de las pruebas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra y en el lugar de celebración de la prueba, de forma separada, las siguientes relaciones:

-Relación de aspirantes aprobados en la convocatoria relativa a la contratación temporal, por orden de puntuación total obtenida.

-Relación de aprobados en la convocatoria de nuevos aspirantes a la formación en situación de servicios especiales, por orden de puntuación total obtenida.

-Relación de aspirantes que han superado la prueba de acceso al segundo periodo de formación, con la calificación de "apto".

Asimismo, el Tribunal remitirá las relaciones a que se refiere la presente norma al Director General de Función Pública para su aprobación, junto con el expediente completo del proceso selectivo.

6.2. Los empates en la puntuación que pudieran producirse entre los aspirantes se resolverán de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Convocatoria de contratación temporal: los empates se resolverán atendiendo al mayor número de respuestas correctas realizadas en el cuestionario. En caso de que persista el empate, éste se resolverá mediante sorteo celebrado al efecto en el Servicio de Gestión de Personal de la Dirección General de Función Pública, al que serán convocados los aspirantes afectados.

b) Convocatoria de nuevos aspirantes en formación: los empates se resolverán atendiendo a la mayor antigüedad que tengan reconocida los aspirantes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes en la convocatoria. De persistir el empate, éste se resolverá mediante sorteo celebrado al efecto en el Servicio de Gestión de Personal, al que serán convocados los aspirantes afectados.

Séptima.-Listas de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo de Diplomado en Ciencias Empresariales.

7.1. Listas definitivas.

Recibido el expediente completo del proceso selectivo, se publicarán las listas definitivas de aspirantes por Resolución del Director General de Función Pública.

7.2. Llamamiento

El llamamiento de los aspirantes que figuren en las relaciones a que se refiere la presente norma se realizará de acuerdo con lo establecido en las bases de las convocatorias aprobadas por la presente Resolución y garantizando, en todo caso, la prioridad en el llamamiento de los aspirantes en formación sobre los aspirantes a la contratación temporal.

Los aspirantes que resulten llamados deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de titulación exigidos en su respectiva convocatoria y deberán aportar fotocopia compulsada del título de Diplomado en Ciencias Empresariales o haber superado los tres primeros cursos de la Licenciatura de Economía, Dirección y Administración de Empresas o de los resguardos de haber satisfecho los derechos para su obtención, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

Quienes no cumplan con los requisitos exigidos serán excluidos del procedimiento selectivo por Resolución del Director General de Función Pública y decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la correspondiente convocatoria.

Octava.-Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra las convocatorias, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Pamplona, 9 de febrero de 2009.-El Director General de Función Pública, Gregorio Eguílaz Gogorza.

ANEXO I

Modelo de instancia

Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior. Dirección General de Función Pública.

Solicitud para participar en la convocatoria de contratación temporal del puesto de trabajo de ...................... publicada en el Boletín Oficial de Navarra número ................. de fecha ..................

1) Datos personales.

Nombre y apellidos

DNI ................. Nacionalidad ...................... Fecha nacimiento

Domicilio .................... Localidad

Provincia ................................... Código Postal

Teléfonos (máx. 3)

Correo electrónico

2) Acreditación de discapacidad. (Únicamente cuando proceda).

f Que padece discapacidad, que acredita junto con la instancia.

f Que por razón de su discapacidad, solicita la adaptación que se adjunta por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán los motivos de la minusvalía y las adaptaciones que se solicitan).

3) Plazas en vascuence. (Únicamente cuando lo contemple la convocatoria).

Que solicita optar también a puestos con requisito de vascuence y a tal fin manifiesta que:

f Está en posesión del Certificado de Aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente (grado de dominio 2 y 3).

f Ha superado el cuarto curso de vascuence de una Escuela Oficial de Idiomas o nueve "urrats" de los cursos organizados por el Gobierno de Navarra (grado de dominio 1).

f Solicita realizar las pruebas de conocimiento de vascuence.

4) Asimismo manifiesta:

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo, ni está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de las titulaciones exigidas en la convocatoria y reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las instancias.

Pamplona, ................. de ............... de ............

(Firma)

NOTAS:

-Adjuntar a la instancia una fotocopia del DNI.

-En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos recogidos en este documento, y en otros que posteriormente sean necesarios en orden a la gestión de una futura relación de servicios con la Administración, se introducirán en un fichero automatizado de datos, correspondiendo la responsabilidad de su correcta utilización a la Dirección General de Función Pública del Gobierno de Navarra, quien garantiza la confidencialidad de los mismos. El titular de los datos queda informado de su facultad de ejercer, en cualquier momento el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de conformidad con la citada normativa.

ANEXO II

Modelo de instancia

Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior. Dirección General de Función Pública.

Solicitud para participar en la convocatoria de nuevos aspirantes en formación del puesto de trabajo de ....................... publicada en el Boletín Oficial de Navarra número ................ de fecha .................

1) Datos personales.

Nombre y apellidos

DNI .................. Nacionalidad .................... Fecha nacimiento

Domicilio ....................... Localidad

Provincia .................................... Código Postal

Teléfonos (máx 3)

Correo electrónico

2) Datos del puesto de trabajo para el que fue nombrado.

Departamento

Servicio

Puesto de trabajo

Nivel ................

3) Acreditación de discapacidad. (Únicamente cuando proceda)

f Que padece discapacidad, que acredita junto con la instancia.

f Que por razón de su discapacidad, solicita la adaptación que se adjunta por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán los motivos de la minusvalía y las adaptaciones que se solicitan).

4) Plazas en vascuence. (Únicamente cuando lo contemple la convocatoria)

Que solicita optar también a puestos con requisito de vascuence y a tal fin manifiesta que:

f Está en posesión del Certificado de Aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente (grado de dominio 2 y 3).

f Ha superado el cuarto curso de vascuence de una Escuela Oficial de Idiomas o nueve "urrats" de los cursos organizados por el Gobierno de Navarra (grado de dominio 1).

f Solicita realizar las pruebas de conocimiento de vascuence.

5) Asimismo manifiesta:

Que está en posesión de las titulaciones exigidas en la convocatoria, distintas de aquellas por las que se encuentra en servicio activo, y reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las instancias.

Pamplona, .......................... de ............. de ........

(Firma)

NOTAS:

-Adjuntar a la instancia una fotocopia del DNI.

-En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos recogidos en este documento, y en otros que posteriormente sean necesarios en orden a la gestión de una futura relación de servicios con la Administración, se introducirán en un fichero automatizado de datos, correspondiendo la responsabilidad de su correcta utilización a la Dirección General de Función Pública del Gobierno de Navarra, quien garantiza la confidencialidad de los mismos. El titular de los datos queda informado de su facultad de ejercer, en cualquier momento el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de conformidad con la citada normativa.

ANEXO III

Modelo de instancia

Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior. Dirección General de Función Pública.

Solicitud para participar en la convocatoria de acceso al segundo período de 4 años de formación del puesto de trabajo de .............................. publicada en el Boletín Oficial de Navarra número ................ de fecha ....................

1) Datos personales.

Nombre y apellidos

DNI ....................... Nacionalidad .................... Fecha nacimiento

Domicilio ........................................ Localidad

Provincia ......................................... Código Postal

Teléfonos (máx 3)

Correo electrónico

2) Datos del puesto de trabajo para el que fue nombrado.

Departamento

Servicio

Puesto de trabajo

Nivel ...............

3) Acreditación de discapacidad. (Únicamente cuando proceda).

f Que padece discapacidad, que acredita junto con la instancia.

f Que por razón de su discapacidad, solicita la adaptación que se adjunta por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán los motivos de la minusvalía y las adaptaciones que se solicitan).

4) Plazas en vascuence. (Únicamente cuando lo contemple la convocatoria).

Que solicita optar también a puestos con requisito de vascuence y a tal fin manifiesta que:

f Está en posesión del Certificado de Aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente (grado de dominio 2 y 3).

f Ha superado el cuarto curso de vascuence de una Escuela Oficial de Idiomas o nueve "urrats" de los cursos organizados por el Gobierno de Navarra (grado de dominio 1).

f Solicita realizar las pruebas de conocimiento de vascuence.

5) Asimismo manifiesta:

Que a la entrada en vigor del Decreto Foral 347/2004, de 15 de noviembre, había sido declarado en situación de servicios especiales para la formación al amparo del Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, por el que se regula la formación y perfeccionamiento profesional del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Que ha permanecido en dicha situación administrativa un mínimo de cuatro años.

Que está en posesión de las titulaciones exigidas en la convocatoria y reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las instancias.

Pamplona, ............................ de ................. de ....

(Firma)

NOTAS:

-Adjuntar a la instancia una fotocopia del DNI.

-En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos recogidos en este documento, y en otros que posteriormente sean necesarios en orden a la gestión de una futura relación de servicios con la Administración, se introducirán en un fichero automatizado de datos, correspondiendo la responsabilidad de su correcta utilización a la Dirección General de Función Pública del Gobierno de Navarra, quien garantiza la confidencialidad de los mismos. El titular de los datos queda informado de su facultad de ejercer, en cualquier momento el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de conformidad con la citada normativa.

ANEXO IV

Temario (Diplomado en Ciencias Empresariales)

1.-Análisis de la situación patrimonial, financiera y de costes de la empresa.

2.-El Plan General de Contabilidad. Contabilización de operaciones y cuentas anuales.

3.-Operaciones financieras simples y compuestas. Rentas y Préstamos.

4.-Estadística: Medidas de posición y dispersión; números índices.

5.-El Presupuesto en las Administraciones Públicas. Contabilidad presupuestaria.

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