BOLETÍN Nº 22 - 20 de febrero de 2009

VIII. ANUNCIOS

8.2. ANUNCIOS PARTICULARES

NAVARRA DE INFRAESTRUCTURAS LOCALES, S.A.

Ayudas para la reducción de la carta contaminante de los vertidos de origen industrial. Convocatoria año 2009

El Decreto Foral 221/2002, de 28 de octubre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, regula las subvenciones a las inversiones para la prevención, corrección y control del impacto ambiental de la actividad industrial.

El Consejo de Administración de NILSA, en la sesión celebrada el 23 de diciembre de 2008, ha aprobado el Programa de Actuación para 2009 con una consignación para ayudas a inversiones de entidades privadas de 50.000,00 euros.

Objeto:

El objeto de esta Convocatoria es la regulación de subvenciones a las inversiones destinadas a la adopción de medidas que mejoren la calidad de los vertidos.

Beneficiarios:

Podrán acogerse a las subvenciones establecidas en esta Convocatoria las empresas, públicas o privadas, las agrupaciones de dichas empresas, las personas físicas y las instituciones, siempre que sean usuarios-consumidores de agua, bien a través de entidades distribuidoras o bien por suministro propio, que están sujetos al pago del canon de saneamiento por los vertidos de aguas residuales producidos.

No serán acogibles en la presente Convocatoria las instalaciones industriales que no dispongan de las autorizaciones ambientales exigidas por la normativa vigente, en la fecha de presentación de la solicitud de la subvención.

Las instalaciones de producción, transformación y comercialización de productos agrícolas incluidos en el ámbito de aplicación de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario y forestal 2007-2013 (2006/C 319/01), podrán acogerse a la presente Convocatoria sólo si la subvención solicitada fuera compatible con lo dispuesto en dichas Directrices.

Plazos:

Las solicitudes de subvenciones se dirigirán a Navarra de Infraestructuras Locales, S.A., hasta el 29 de mayo de 2009. Con posterioridad a esta fecha y hasta el 31 de agosto de 2009 se admitirán solicitudes, quedando condicionada su consideración a la existencia de presupuesto.

Las actuaciones deben iniciarse en 2009 y finalizarse en un plazo máximo de 18 meses, salvo que el proyecto estipule un plazo mayor.

Documentación:

Las solicitudes de subvenciones constarán de una instancia sellada y firmada por el solicitante, de dos copias del proyecto de actuación y del resto de la documentación enumerada en el artículo 3.º del Decreto Foral 221/2002, de 28 de octubre.

Procedimiento:

Las solicitudes se resolverán por Navarra de Infraestructuras Locales, S.A. Para la concesión de ayudas será preceptivo el informe favorable del Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, que será vinculante.

Otros detalles:

Será obligación del beneficiario el mantener los bienes objeto de subvención afectos a la actividad de la empresa y en Navarra durante el plazo mínimo de 5 años o durante su vida útil si fuera menor, sin ser objeto de transmisión, arrendamiento o cesión a terceros de su uso. Este plazo se contará desde la puesta en marcha de las inversiones. En caso de incumplimiento el beneficiario procederá al reintegro de la totalidad de la subvención recibida.

Los especificados en el Decreto Foral 221/2002, de 28 de octubre (BOLETÍN OFICIAL de Navarra número 5 de 10 de enero de 2003).

Tanto el modelo de solicitud como el Decreto Foral citado pueden encontrarse en página web de NILSA www.nilsa.com.

Pamplona, 17 de febrero de 2009.-Firma ilegible.

Código del anuncio: P0902492