BOLETÍN Nº 22 - 20 de febrero de 2009

II. ADMINISTRACIÓN LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

BERRIOPLANO

Rectificación de errores al amparo del artículo 105 de la LRJPAC

En el Boletín Oficial de Navarra número 110, de 4 de septiembre de 2007, se publicó el texto de la Modificación puntual del Plan Parcial del Sector AÑ-1 de Añezcar. Dicha modificación fue aprobada por el Ayuntamiento de Berrioplano en sesión plenaria celebrada el 7 de agosto de 2007, promovida por el Ayuntamiento de Berrioplano y redactada por la arquitecta Silvia Barbarin; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la LFOTU 35/2002.

Al amparo del artículo 105 de la LRJPAC, se procede a publicar el texto íntegro de la modificación, ya que debido a un error material se omitió un párrafo del texto debidamente aprobado mediante acuerdo plenario celebrado el 7 de agosto de 2007.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, que regula las Bases del Régimen Local en concordancia con los artículos 79.2 y 81 de la ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se procede a publicar el texto íntegro de la modificación, con inclusión del párrafo no publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 110, de 4 de septiembre del 2007; al amparo del artículo 105 de la LRJPAC.

Artículo 21. Norma de cierres de parcelas.

La propuesta de cierres de parcelas, puertas, accesos a garajes, machones de obra, herrerías, etc. serán unitarios en todo el Plan Parcial.

Los cierres de parcela se construirán sobre la alineación oficial y dentro de la parcela privada. En cierres escalonados la altura se medirá en el punto medio de cada escalón. Los saltos entre cada escalón no serán menores de 20 cm. Las alturas máximas indicadas serán las medidas en el punto más desfavorable.

El cerramiento de las parcelas a espacio público, no tendrá una altura superior a 2,10 m y estará formado por un zócalo corrido de altura máxima de 100 cm, revestido en mortero monocapa en ambas caras en color Ral 1015 y terminado con albardilla prefabricada de hormigón plana y de color blanco de anchura 22 cm y espesor 2 cm.

Sobre este y hasta una altura máxima de 2,00 m se colocará una verja metálica compuesta por barrotes verticales de aproximadamente 2 cm y separadas 15 cm, en color blanco. En las puertas de acceso a la parcela tanto peatonal como rodada se colocará igualmente este mismo modelo. Las dimensiones del elemento de acceso será de una anchura de 4,5 m para las viviendas pareadas y de 3,0 m para las adosadas. Esta dimensión se ha concretado a la vista de las dimensiones de los frentes desde el arranque del volumen anexo y hasta el límite con el colindante.

En los cierres entre parcelas se mantendrá el tipo ya aplicado en la urbanización. No se ejecutará ningún elemento delimitador ciego adicional.

Queda totalmente prohibida la colocación de mallas metálicas de torsión, plásticos u otros materiales opacos, tales como chapas metálicas, cañizos o brezos aun con carácter de provisional que oculten la visión de la parcela desde el espacio público. Tan solo podrán emplearse elementos vegetales que en ningún caso superarán la altura máxima del cierre.

Este cierre vegetal será obligatorio en la alineación oficial hacia la carretera Guipúzcoa, empleándose en todos ellos el mismo elemento vegetal.

Berrioplano, 26 de enero de 2009.-El Alcalde, José María Irisarri Ollacarizqueta.

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