BOLETÍN Nº 22 - 20 de febrero de 2009

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

ALTSASU/ALSASUA

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común por las circunstancias que constan en el justificante de la notificación y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 y 61 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación a los interesados que a continuación se relacionan, de la notificación del requerimiento de documentación para el expediente de responsabilidad patrimonial.

Secretaría.

Referencia: Notificación requerimiento de documentación.

El señor Alcalde, con fecha 30 de octubre de 2008, ha dictado la siguiente resolución:

"Resolución de Alcaldía 271/2008.

Con fecha 16 de octubre de 2008 ha sido registrada en este Ayuntamiento la reclamación presentada por doña Ana Imaz Ruiz por los perjuicios sufridos en su negocio debido a un corte de agua en la red general.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial, y dado que su reclamación no especifica la presunta relación de causalidad entre la lesión y el funcionamiento del servicio público, ni la evaluación económica de la responsabilidad patrimonial, y tampoco acompaña a la misma las alegaciones, documentos e informaciones oportunas, ni contiene proposición de prueba concretando los medios de que pretenda valerse.

Resuelvo:

Primero.-Conceder un plazo de 10 días a contar desde la recepción de este escrito a fin de que pueda subsanar los defectos de su reclamación, acompañando los documentos preceptivos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con indicación de que si no lo hiciere se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución en los términos previstos en el artículo 42 de la mencionada Ley.

Segundo.-De conformidad con el artículo 42.5 de la Ley 30/1992, el plazo de seis meses con que cuenta el Ayuntamiento para la resolución del procedimiento y la notificación de la resolución queda suspendido por el tiempo otorgado para la subsanación".

La presente resolución, como acto de trámite, no es susceptible de recurso alguno, sin perjuicio de que usted pueda interponer el que estime pertinente.

Destinataria: Ana Imaz Ruiz. Domicilio: Ctra. Nacional 1-Km 398. Población: Altsasu/Alsasua.

Altsasu/Alsasua, 3 de noviembre de 2008.-El Secretario, Isaac Valencia Alzueta.

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