BOLETÍN Nº 22 - 20 de febrero de 2009

II. ADMINISTRACIÓN LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.5. Otros

PAMPLONA

Modificación convenio del personal laboral del Ayuntamiento de Pamplona para los años 2005 a 2007

La Junta de Gobierno Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 16 de diciembre de 2008, aprobó el documento de modificación del Convenio del Personal Laboral del Ayuntamiento de Pamplona para los años 2005 a 2007, que se transcribe:

"Acuerdo por el que se modifica el Convenio del Personal Laboral del Ayuntamiento de Pamplona para los años 2005 a 2007, aprobado por Acuerdo de Junta Gobierno Local de 15 de febrero de 2005 (13/PR). Publicado en el Boletín Oficial de Navarra de 18 de abril de 2005 mediante Resolución 193/2005 del Director General de Trabajo.

Reunidos, los sindicatos CC.OO. y UGT, componentes de la Mesa de Negociación con la Administración Municipal, y como consecuencia de la aprobación de una enmienda a los presupuestos del Ayuntamiento de Pamplona para el ejercicio 2008.

Acuerdan:

1.º Establecer las categorías profesionales de encargado de empleo social y de oficial de empleo social.

2.º Dar una nueva redacción al artículo 12.14, con el siguiente texto:

12.14.a) Los puestos de trabajo, de carácter temporal, del Área de Bienestar Social y Deporte que se indican, tendrán asignadas las siguientes retribuciones:

-Director Escuela-Taller, Nivel B, 35% incompatibilidad y 16,88% puesto de trabajo.

-Profesor, Nivel B, 35% complemento docente y 6,88% P.T.

-Monitor, Nivel C, 59,52% puesto de trabajo y 12% L.F.

-Técnico en Trabajo Familiar de Atención Domiciliaria, nivel B y 35% de incompatibilidad y 6,88% P.T.

-Técnico en Adaptación Social, (Educador Social y Enlace de Inserción), Nivel C, 28,52% puesto de trabajo y 12% L.F.

-Monitor de Cursos de Formación, Nivel D y complemento del 35% docente, 53,35% puesto de trabajo y 12% Ley Foral (Equiparados a Monitores tutores de Escuela Taller.

-Encargado, asimilado a nivel C, y complemento de puesto de trabajo del 14,52%, Ley Foral 12% y especial riesgo 10%.

-Oficial primera, asimilado a nivel D, y complemento de puesto de trabajo del 12,35%, Ley Foral 12% y especial riesgo 10%.

1b) Las retribuciones del personal de empleo social serán las siguientes:

Encargado empleo social C 12% 23,57% 10%

Capataz D 12% 14,35% 10%

Oficial 1.ª empleo social D 12% 23,95 % 10%

Peón E 15% 11,77%

3.º Modificar el tercer párrafo del artículo 12.31, que quedará redactado de la siguiente manera:

La retribución por hora extraordinaria efectuada los domingos o días festivos se incrementará en un 25% sobre la correspondiente a la hora extraordinaria del día laborable.

4.º Establecer los efectos económicos de la propuesta el 1 de enero de 2008.

Pamplona, 11 de diciembre de 2008.-Por el Ayuntamiento de Pamplona, El Concejal Especial de Función Pública, Eduardo Palacios Sureda; por U.G.T., José Torres Carbia y por CC.OO., José Javier Astíz Montero."

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