BOLETÍN Nº 2 - 5 de enero de 2009

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.3. Expropiación Forzosa

RESOLUCIÓN 3748/2008, de 4 de diciembre, de la Directora General de Empresa, por la que se concede autorización administrativa de construcción de instalaciones y reconocimiento de la utilidad pública del proyecto: "Centro de almacenamiento y red de distribución de gas propano canalizado para 10 viviendas en el núcleo urbano de Pitillas en el término municipal de Pitillas (Navarra)".

La empresa Repsol Butano, S.A., con fecha 26 de septiembre de 2008, solicitó autorización administrativa para la construcción de instalaciones del proyecto: "Centro de almacenamiento y red de distribución de gas propano canalizado para 10 viviendas en el núcleo urbano de Pitillas", y reconocimiento de utilidad pública de las mismas. El término municipal afectado es Pitillas.

Esta solicitud de autorización administrativa ha sido sometida a un periodo de información pública mediante anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra número 130, de 24 de octubre de 2008, en los periódicos Diario de Navarra y Diario Noticias de 9 de octubre de 2008 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pitillas. Durante dicho periodo no se han recibido alegaciones.

Los datos básicos del proyecto son los siguientes:

Se contempla la construcción de un centro de almacenamiento del grupo E-13 compuesto por un depósito fijo enterrado de 4.000 litros, a instalar en parcela 618 del polígono 4, propiedad de la urbanización con vaporización natural. La red de distribución del propano comercial en fase gaseosa partirá desde dicho centro de almacenamiento y discurrirá enterrada en forma ramificada para dar servicio a las 10 viviendas con un total de 191 ml de tubería de polietileno de media densidad SDR 11, según norma UNE 53333, de diámetros nominales 40 y 20 mm hasta acometidas, disponiendo de válvulas de seccionamiento y de acometida en cada edificio o en armario en fachada.

La red se diseña para un consumo horario de 68 kgr y anual de 58.000 kgr, con previsión para las 10 viviendas, una presión inicial de 1,75 kg/cm² y una presión garantizada en el punto más alejado de 1,74 kg/cm²

El presupuesto asciende a tres mil ciento trece euros con setenta y seis céntimos (3.113,76 euros).

La empresa solicitante de la autorización cumple con los requisitos que se exigen en el artículo 46 bis de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.

Repsol Butano, S.A. ha solicitado autorización y condicionado a todos los Organismos Públicos a cuya tutela se encuentran determinados bienes y servicios, por lo que la empresa titular aceptará los condicionados impuestos por éstos.

En su virtud, de conformidad con la Orden Foral 285/2007, de 27 de septiembre, del Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, por la que se designan los suplentes temporales de las Directoras Generales y del Secretario General Técnico del Departamento de Innovación, Empresa y Empleo, y al hallarse ausente la titular del órgano,

RESUELVO:

1. Aprobar el proyecto: "Centro de almacenamiento y red de distribución de gas propano canalizado para 10 viviendas en el núcleo urbano de Pitillas", y conceder a la empresa Repsol Butano, S.A. autorización administrativa para la construcción de instalaciones del citado proyecto.

2. Declarar la utilidad pública de las instalaciones autorizadas a los efectos de expropiación forzosa y ejercicio de las servidumbres de paso.

3. Esta autorización administrativa se ajustará a las siguientes condiciones:

Primera.-En el plazo de dos meses, la empresa titular constituirá una garantía por importe de 62,28 euros, correspondiente al 2% del presupuesto de las instalaciones para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones. La fianza deberá depositarla en el Departamento de Hacienda del Gobierno de Navarra y se devolverá a la empresa cuando se formalice el acta de puesta en marcha de las instalaciones.

Segunda.-En las instalaciones y en su montaje se cumplirá lo establecido en la ITC IG 03 del Reglamento de distribución y utilización de combustibles gaseosos, aprobado por Real Decreto 919/2006, de 29 de julio.

Tercera.-La determinación de las tarifas de venta de gas, se regirá por las disposiciones vigentes en su momento sobre la materia.

Cuarta.-Repsol Butano, S.A. está obligada a efectuar el suministro de gas propano de forma regular y continua y a mantener las instalaciones en las adecuadas condiciones de conservación e idoneidad técnica.

Quinta.-El Servicio de Instalaciones, Infraestructuras y Seguridad Industrial, cuidará del exacto cumplimiento de las condiciones estipuladas por esta Resolución.

Una vez construidas las instalaciones, dicho Servicio inspeccionará las obras y montajes efectuados y, al finalizar estas y después de haber comprobado que el concesionario ha entregado el Certificado Final de Obra de las instalaciones, firmado por Técnico competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente, levantará Acta sobre dichos extremos que habrá de remitir seguidamente a esta Dirección General.

Los reconocimientos, ensayos y pruebas de carácter general o parcial que, según las disposiciones en vigor, hayan de realizarse en las instalaciones objeto de la autorización, deberán comunicarse por el distribuidor al mencionado Servicio con la debida antelación.

Asimismo y previo al comienzo de las obras, el concesionario deberá presentar un detallado plan de ejecución de las mismas.

Sexta.-Serán causa de revocación de la presente Autorización Administrativa además de las señaladas en el apartado 6 del artículo 73 de la Ley 34/1998 de 7 de octubre, las siguientes:

a) El incumplimiento de la constitución del depósito de garantía en la forma y plazo señalado.

b) La introducción de cualquier variación o ampliación no autorizada por el Departamento de Innovación, Empresa y Empleo en la ejecución del proyecto, salvando las modificaciones precisas para que se cumplan las disposiciones vigentes.

c) Si no se llevasen a cabo las instalaciones de acuerdo con las condiciones impuestas en esta Resolución o no se cumpliesen las condiciones y preceptos técnicos esenciales que con objeto de garantizar la seguridad de personas y cosas y las condiciones de suministro impone la reglamentación vigente.

4. Notificar esta Resolución a Repsol Butano, S.A., con domicilio en calle Hermanos Imaz 3-5, 31002 Pamplona, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

5. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra para su general conocimiento.

Pamplona, 4 de diciembre de 2008.-El Director del Servicio de Infraestructuras, Instalaciones y Seguridad Industrial suplente de la Directora General de Empresa, José Antonio Ayesa Usabiaga.

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