VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE PAMPLONA
Juicio de faltas inmediato 37/2008
Se hace saber que en este juzgado se sigue Juicio de faltas inmediato 37/2008 por hurto habiéndose dictado auto aclaratorio, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Auto. En Pamplona, a 11 de agosto de 2008.
Hechos:
Único.-En las presentes actuaciones se dictó sentencia, la cual fue notificada a la denunciante, quien dentro del plazo legal, solicitó que se aclararan los siguientes extremos:
Según se establece en el Fundamento de Derecho Segundo ambos denunciados deberán indemnizar conjunta y solidariamente al establecimiento Decathlon en la cantidad de 107,60 euros. Sin embargo, en el fallo de la mencionada sentencia no aparece recogido dicho extremo.
Parte Dispositiva.
Dispongo: Que debo aclarar y aclaro la sentencia antes citada añadiendo en el fallo de la misma que en materia de responsabilidad civil, los denunciados deben responder conjunta y solidariamente en la cantidad de 107,60euros. Llévese testimonio de esta resolución a los autos, quedando el original en el libro de sentencias y tras la que refiere.
Así lo dispongo, mando y firmo doña M.ª Paz Benito Osés, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción número Tres de Pamplona.
Y para que sirva de notificación a Juan José Jaurrieta Ibánez yJavier Merino Somovilla hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente.
Pamplona, 26 de agosto de 2008.-La Magistrado-Juez, María Paz Benito Osés.
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