BOLETÍN Nº 161 - 30 de diciembre de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.3. Órdenes Forales

ORDEN FORAL 212/2009, de 16 de diciembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se fijan los plazos y fechas para el ingreso de fondos y presentación de documentos y envíos telemáticos por las Entidades Colaboradoras en la recaudación de la Hacienda Pública de Navarra para el año 2010.

En el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra, Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio, se regulan en el Libro II, en su Capítulo II, las relaciones con las Entidades Financieras que prestan el servicio de colaboración en la Gestión recaudatoria de la Hacienda Tributaria de Navarra.

El artículo 81.1 de dicho reglamento establece que el Consejero de Economía y Hacienda determinará el lugar, plazo y forma y demás condiciones en que las Entidades Colaboradoras efectuarán el ingreso y remitirán la información.

La lógica alteración anual de los días hábiles obliga a fijar cada año el calendario de las quincenas en función, según el artículo 81.2, de los días inhábiles de Pamplona.

En consecuencia,

ORDENO:

1.º Para el año 2010, los plazos y fechas fijados para el abono en la cuenta corriente general de la Comunidad Foral de Navarra y para la presentación de la documentación y envíos telemáticos de la recaudación efectuada por las Entidades Colaboradoras de la Hacienda Tributaria de Navarra, serán las que se detallan a continuación:

QUINCENAS

DÍAS QUINCENA
(AMBOS INCLUSIVE)

FECHA VALOR
ABONO EN CTA
CTE GENERAL

FECHA LÍMITE PRESENTACIÓN DOCUMENTOS O ENVÍO TELEMÁTICO

MESES

DENOMINACIÓN/MES

N.º ORDEN

enero

1.ª

1

Del 22/12 al 5/01/2010

11 de enero

12 de enero

enero

2.ª

2

Del 6/01 al 20/01

25 de enero

27 de enero

febrero

1.ª

3

Del 21/01 al 1/02

5 de febrero

7 de febrero

febrero

2.ª

4

Del 2/02 al 22/02

26 de febrero

1 de marzo

marzo

1.ª

5

Del 23/02 al 5/03

10 de marzo

12 de marzo

marzo

2.ª

6

Del 6/03 al 22/03

26 de marzo

29 de marzo

abril

1.ª

7

Del 23/03 al 6/04

12 de abril

13 de abril

abril

2.ª

8

Del 7/04 al 20/04

26 de abril

27 de abril

mayo

1.ª

9

Del 21/04 al 5/05

10 de mayo

12 de mayo

mayo

2.ª

10

Del 6/05 al 20/05

25 de mayo

27 de mayo

junio

1.ª

11

Del 21/05 al 7/06

11 de junio

14 de junio

junio

2.ª

12

Del 8/06 al 21/06

25 de junio

28 de junio

julio

1.ª

13

Del 22/06 al 5/07

9 de julio

12 de julio

julio

2.ª

14

Del 6/07 al 20/07

26 de julio

27 de julio

agosto

1.ª

15

Del 21/07 al 5/08

10 de agosto

12 de agosto

agosto

2.ª

16

Del 6/08 al 20/08

25 de agosto

27 de agosto

septiembre

1.ª

17

Del 21/08 al 6/09

10 de septiembre

13 de septiembre

septiembre

2.ª

18

Del 7/09 al 20/09

24 de septiembre

27 de septiembre

octubre

1.ª

19

Del 21/09 al 5/10

11 de octubre

11 de octubre

octubre

2.ª

20

Del 6/10 al 20/10

25 de octubre

27 de octubre

noviembre

1.ª

21

Del 21/10 al 5/11

10 de noviembre

12 de noviembre

noviembre

2.ª

22

Del 6/11 al 22/11

26 de noviembre

29 de noviembre

diciembre

1.ª

23

Del 23/11 al 7/12

13 de diciembre

13 de diciembre

diciembre

2.ª

24

Del 8/12 al 20/12

24 de diciembre

27 de diciembre

2. º El documento de orden de abono en la cuenta corriente general de los ingresos recaudados en cada quincena, deberá remitirse por fax al número 848 42 79 55 de la Sección de Tesorería antes de las quince horas del día fijado como fecha valor en el dispositivo anterior.

3.º Notificar esta Orden Foral al Servicio de Recaudación, al Servicio de Presupuestos y Tesorería, al Servicio de Contabilidad e Intervención, a la Sección de Aplicación y Control de Recaudación, a la Sección de Tesorería y a las Entidades Financieras Colaboradoras y disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 16 de diciembre de 2009.-El Consejero de Economía y Hacienda, Álvaro Miranda Simavilla.

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