BOLETÍN Nº 16 - 6 de febrero de 2009

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

DECRETO FORAL 124/2008, de 15 de diciembre, por el que se aprueba el cambio de la denominación del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Navarra por la de "Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Navarra".

Con fecha 19 de septiembre de 2008, el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Navarra solicita la inscripción de la modificación de su denominación en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Navarra, aportando, para ello, la correspondiente documentación justificativa.

Según el artículo 11 de la Ley Foral 3/1998, de 6 de abril, de Colegios Profesionales de Navarra, el cambio de denominación de un Colegio Profesional "requerirá la aprobación mediante Decreto Foral, a iniciativa de los propios Colegios, de acuerdo con lo previsto en sus estatutos".

Constan en el expediente el informe del Servicio de Participación y Atención al Ciudadano en el que se propone la aprobación del cambio de denominación solicitado y el informe jurídico.

A tenor de lo establecido en el artículo 12.3 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, adoptarán la forma de Decreto Foral las resoluciones que deban adoptar dicha forma jurídica porque así lo exija alguna disposición legal.

En consecuencia, cumplidos los trámites establecidos por el Decreto Foral 375/2000, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral de Colegios Profesionales, procede la aprobación del cambio de denominación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día quince de diciembre de dos mil ocho,

DECRETO:

Primero.-Aprobar el cambio de la denominación del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Navarra por la de "Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Navarra".

Segundo.-Publicar el presente Decreto Foral en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Tercero.-Notificar el presente Decreto Foral al Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Navarra, al Servicio de Participación y Atención al Ciudadano y a la Dirección General de Presidencia del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

Pamplona, 15 de diciembre de 2008.-El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.-El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Javier Caballero Martínez.

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