Anuncio
BOLETÍN Nº 152 - 11 de diciembre de 2009
2. Administración Local de Navarra
2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo
PAMPLONA
Convocatoria para la provisión, mediante oposición,
de 4 plazas del puesto de trabajo de Licenciado en Derecho
al servicio del Ayuntamiento de Pamplona
La Junta de Gobierno Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 10 de noviembre de 2009, aprobó la convocatoria de conformidad con las siguientes:
normas
1.-Normas generales.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria, que se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de la convocatoria, la provisión, mediante oposición, de 4 plazas del puesto de trabajo de Licenciado en Derecho al servicio del Ayuntamiento de Pamplona, distribuidas en los siguientes turnos:
-2 plazas en turno libre.
-2 plazas en turno de promoción.
1.2. Las plazas que se convocan son las siguientes:
-2 en la Gerencia Municipal, identificadas en la plantilla orgánica con el número 100505-3 y 100505-11.
-2 en el Area de Bienestar Social y Deporte, identificadas en la plantilla orgánica con el número 100505-4 y 100505-17.
No obstante las plazas que se ofertarán en el acto de elección de vacantes a las que se refiere la base 8 de la convocatoria serán las que hayan resultado del procedimiento de concurso de traslado.
1.3. Si las vacantes del turno de promoción quedaran desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumulará al turno libre.
Del mismo modo, si resultaran más aspirantes aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de este turno optarán a la vacante del turno libre en concurrencia con los aspirantes de este turno, de acuerdo con la puntuación final obtenida.
Asimismo, podrán optar a la vacante del turno libre en la forma señalada en el párrafo anterior, los aspirantes del turno de promoción que no reúnan los requisitos específicos exigidos para participar en el mismo en el momento en que finalice el plazo de presentación de documentos al que se refiere el apartado 7.2 de la convocatoria.
1.4. El nombramiento conferirá a los designados el carácter de funcionarios de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario del Ayuntamiento de Pamplona.
1.5. Los puestos de trabajo estarán dotados con las remuneraciones correspondientes al nivel A, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones aplicables al Ayuntamiento de Pamplona.
1.6. Los aspirantes que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas y resultar nombrados para las plazas de los puestos de trabajo convocados, ingresen en el Ayuntamiento de Pamplona y adquieran la condición de funcionario, serán afiliados y dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.
Los funcionarios que resulten nombrados para las plazas convocadas y estén afiliados al Régimen de Derechos Pasivos y Asistencia Sanitaria y Social al que se refiere el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y demás disposiciones complementarias, podrán optar por mantenerse en el mismo o afiliarse al mencionado régimen de la Seguridad Social.
1.7. Los aspirantes nombrados tendrán el deber de residir en el lugar de su destino, a cuyo efecto fijarán efectivamente su domicilio en el término municipal de Pamplona.
1.8. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.
1.9. Asimismo es objeto de la presente convocatoria constituir, con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, relaciones de aspirantes a la contratación temporal, conforme a lo dispuesto en las bases 3, 10 y 11 de esta convocatoria.
2.-Requisitos de los aspirantes.
2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y dentro del plazo de presentación de documentos al que se refiere el apartado 7.2. de la convocatoria y hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados afectados por los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, cuando no medie separación legal, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en la fecha mencionada en posesión de credencial que acredite su homologación.
d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.
e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
2.2. Los aspirantes del turno de promoción deberán reunir asimismo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y dentro del plazo de presentación de documentos al que se refiere el apartado 7.2. de la convocatoria y hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, además de los requisitos señalados en el apartado anterior, los siguientes:
a) Ostentar la condición de personal fijo perteneciente a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.
b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.
c) Tener cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.
2.3. Salvo lo dispuesto en la base tercera, los requisitos anteriores deberán acreditarse por los aspirantes aprobados que sean propuestos para su nombramiento, en el plazo y forma previstos en la base séptima.
3.-Instancias.
3.1.-Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en los Registros del Ayuntamiento de Pamplona, (calle Mayor 2, calle Zapatería 40, calle San Saturnino 2, calle Monasterio de Irache, 2, calle Eslava, 1, y Avenida Ejército, 2), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria, que será facilitado en el Servicio de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona, en Internet www.pamplona.es, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para su presentación. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.
3.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas y adjuntar la acreditación de la condición legal de discapacitado, expedida por órgano competente.
3.3. A la instancia se acompañará el justificante de haber abonado al Ayuntamiento de Pamplona la cantidad de 21,90 euros en concepto de pago de tasa por formalización de expediente y derechos de examen. El pago podrá realizarse mediante abono o transferencia a las cuentas del Ayuntamiento de Pamplona en las siguientes entidades financieras: Caja Navarra (2054 0152 31 1100003684), Caja Laboral Popular (3035 0039 34 0390900005) y Caja Rural de Navarra (3008 0001 14 1103447429) o en la Tesorería Municipal, calle Mercado 7-9, 2.º planta, en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:
Nombre y apellidos del aspirante.
DNI/NIF.
Número de cuenta en la que se efectúa el abono.
Concepto: Oposiciones.
Puesto de trabajo objeto de la convocatoria.
La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.
3.4. Los aspirantes que soliciten participar en la convocatoria por el turno de promoción y tengan la condición de personal fijo perteneciente a una Administración Pública de Navarra distinta a la del Ayuntamiento de Pamplona, deberán unir a la instancia, además, certificación acreditativa de los requisitos señalados en las letras a), b) y c) del apartado 2.1. de esta convocatoria.
3.5. Los aspirantes que soliciten participar en la convocatoria por el turno de promoción deberán adjuntar, además, certificación acreditativa de los requisitos señalados en el apartado 2.1.c) de la convocatoria.
4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.
4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Director del Área de Presidencia dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.
4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director del Área de Presidencia dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
5.-Tribunal calificador.
5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:
-Presidente: Don Gonzalo Pérez Remondegui, Director de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Pamplona.
-Suplente: Don José María Jiménez Bolea, Gerente Municipal del Ayuntamiento de Pamplona.
-Vocal: Don Fernando Chueca Inchusta, Director de la Asesoría Jurídica de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.
-Suplente: Un Asesor Jurídico de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.
-Vocal: Don Juan Luis Guijarro Salvador, Letrado del Área de Hacienda Local del Ayuntamiento de Pamplona.
-Suplente: Doña Rebeca Sánchez Ruiz, Licenciada en Derecho del Área de Hacienda Local del Ayuntamiento de Pamplona.
-Vocal: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.
-Suplente: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.
-Vocal Secretario: Don Miguel Ángel Cuesta Jorquera, Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pamplona.
-Suplente: Doña Begoña García Revuelto, Licenciada en Derecho del Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Pamplona.
El Tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas.
5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.
Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.
5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.
5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.
5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.
6.-Desarrollo de la oposición.
6.1. La oposición dará comienzo en el mes de mayo de 2010. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.
Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.
6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:
Primer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 90 preguntas, con varias alternativas de respuesta, siendo sólo una de ellas válida, acerca de las materias contenidas en el temario de la oposición. Penalizarán los errores. El tiempo máximo de que dispondrán los aspirantes para la realización del ejercicio será de 3 horas.
Segundo ejercicio: De carácter teórico, consistirá en exponer por escrito, durante el tiempo máximo de 5 horas, 3 temas escogidos al azar: uno de la Parte I, uno de la Parte II y uno de la Parte III de que consta el temario.
Tercer ejercicio: De carácter práctico, consistirá en redactar, durante el tiempo máximo de 5 horas, 2 dictámenes o informes jurídicos sobre los aspectos que determine el Tribunal en relación con las materias del temario de la oposición.
6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar hasta un máximo de 145 puntos, distribuidos de la siguiente forma:
Primer ejercicio: Hasta 45 puntos. El Tribunal valorará cada pregunta acertada con 0,5 puntos. Cada respuesta incorrecta restará 0,25 puntos. Las respuestas en blanco o nulas no contarán ni descontarán puntos.
Segundo ejercicio: Hasta 60 puntos. Cada tema tendrá una puntuación máxima de 20 puntos.
Tercer ejercicio: Hasta 50 puntos. Cada supuesto práctico tendrá una puntuación máxima de 25 puntos.
6.4. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima asignada a los ejercicios primero y segundo, así como aquellos aspirantes que obtengan una puntuación inferior a 20 puntos en el tercer ejercicio. Igualmente, en los ejercicios segundo y tercero, quedará eliminado el aspirante que sea calificado con 0 puntos en cualquiera de los temas o supuestos de la oposición.
6.5. Los ejercicios segundo y tercero se llevarán a cabo por el sistema de plicas.
6.6. Terminada la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona y en el del lugar de celebración la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, la fecha, lugar y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.
6.7. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento que el Tribunal considere suficiente, quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados.
6.8. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con discapacidad que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.
7.-Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.
7.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona y en el del lugar de su celebración, la relación de aprobados por orden de puntuación alcanzada, sumando las calificaciones obtenidas por cada aspirante en los ejercicios de la oposición, y elevará a la Junta de Gobierno Local, junto con la relación anterior y el expediente completo, propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes aprobados con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas.
Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el tercer ejercicio; de persistir los empates se tomarán en consideración, sucesivamente y por su orden, las puntuaciones obtenidas en el resto de ejercicios.
7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de notificación de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar al Área de Presidencia los siguientes documentos:
7.2.1. Aspirantes que no ostenten la condición de personal fijo al servicio del Ayuntamiento de Pamplona o de sus organismos autónomos:
a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.
b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, salvo que se hubiera presentado con anterioridad.
c) Informe expedido por los servicios médicos del Ayuntamiento de Pamplona acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.
Los aspirantes con discapacidad deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.
e) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.
f) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.
g) Tarjeta de residencia en caso de ciudadanos que pertenezcan a la Unión Europea.
h) Permiso de residencia y trabajo, en caso de ciudadanos de países que no pertenezcan a la Unión Europea.
Los aspirantes que ostenten la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.
7.2.2. Aspirantes que ostenten la condición de personal fijo del Ayuntamiento de Pamplona o de sus organismos autónomos:
a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención. Los aspirantes del turno de promoción que hubieran acompañado a la instancia dicho título estarán exentos de su aportación.
b) La documentación que para ser nombrado para el puesto de Licenciado en Derecho al servicio del Ayuntamiento de Pamplona sea requerida por el Área de Presidencia.
7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.
7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la Junta de Gobierno Local cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.
8.-Elección de vacantes.
8.1. Los aspirantes que cumplan lo dispuesto en la base anterior comunicarán, en el plazo que a tal efecto les señale el Área de Presidencia, su preferencia por las vacantes de puesto de trabajo convocadas o aquellas que les sustituyan en atención a las necesidades del servicio, y se les pongan de manifiesto.
8.2. Los aspirantes que superen las pruebas selectivas por el turno de promoción, tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir las vacantes objeto de convocatoria sobre los aspirantes que no procedan de este turno.
9.-Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión.
9.1. La Junta de Gobierno Local nombrará funcionarios del Ayuntamiento de Pamplona para desempeñar el puesto de trabajo de Licenciado en Derecho, y adjudicará las vacantes, mediante Acuerdo, a los aspirantes que den cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.
9.2. Dicho nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.
9.3. Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario del Ayuntamiento de Pamplona. En tales supuestos se estará a lo establecido en el apartado 7.4. de la convocatoria.
9.4. En el caso de aspirantes que adquieran la condición de funcionarios y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4. de la convocatoria.
9.5. En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores no se modificará la elección de vacantes realizada con carácter previo al nombramiento, adjudicándose directamente a los nuevos funcionarios las plazas resultantes de dichas situaciones.
10.-Listas de aspirantes a la contratación temporal.
10.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal, comunes para todas las Áreas y organismos autónomos del Ayuntamiento de Pamplona:
-Lista de aprobados sin plaza.
-Lista de aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo.
10.2. Listas de aprobados sin plaza.
La Dirección del Área de Presidencia constituirá con los aprobados sin plaza del proceso selectivo, una lista de aspirantes a la contratación temporal de acuerdo con el procedimiento establecido en la base 11 de esta convocatoria.
Asimismo, remitirá esta lista a los órganos competentes de los organismos autónomos, para su gestión de conformidad con las normas que resulten de aplicación.
10.3. Aspirantes que no superen todos los ejercicios del proceso selectivo.
De conformidad con el procedimiento establecido en la base undécima de esta convocatoria, la Dirección del Área de Presidencia, constituirá una lista de aspirantes a la contratación temporal con los aspirantes que hayan superado el primer y segundo ejercicio establecido en esta convocatoria, y de aspirantes que sólo hayan superado el primer ejercicio establecido en esta convocatoria.
11.-Procedimiento de constitución de listas de aspirantes a la contratación temporal.
11.1. Recibido el expediente del Tribunal Calificador, por Resolución del Director del Area de Presidencia, se concederá a los aprobados sin plaza del procedimiento selectivo de ingreso, así como a los aspirantes que hayan superado al menos el primer ejercicio establecido en esta convocatoria, un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación de dicha Resolución, para presentar la documentación que se indica a continuación:
-Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria, del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención o certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias de participación en el procedimiento de ingreso.
Dicha Resolución se publicará, conjuntamente con los listados del personal afectado, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona (Plaza del Mercado, trasera del Ayuntamiento).
Quienes dentro del plazo indicado no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, no serán incluidos en las listas de aspirantes a la contratación temporal y decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.
11.2. El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.
11.3. Finalizado el plazo de presentación de documentación, por Resolución del Director del Área de Presidencia, se aprobarán, en su caso, las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal, que se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona (Plaza del Mercado, trasera del Ayuntamiento):
a) Lista de aprobados sin plaza.
b) Lista de aspirantes que hayan superado al menos el primer ejercicio establecido en esta convocatoria, que no hayan sido aprobados sin plaza.
11.4. El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.
12.-Recursos.
Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.
b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.
c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.
Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.
Pamplona, 10 de noviembre de 2009.-El Concejal-Secretario de la Junta de Gobierno Local, José Iribas Sánchez de Boado.
anexo i
Don/Doña .................................................., mayor de edad, D.N.I./ carta de identidad ........................ fecha de nacimiento [día/mes/año] ................. natural de [municipio/provincia] ............................. nacionalidad ................. domicilio actual [calle, número, escalera, piso] ............................. código postal/población .................................................. teléfono ............................teléfono de trabajo ............................
EXPONE:
Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.
Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.
Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.
Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo.
Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
? Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).
? Que aporta documentación acreditativa de la condición de minusválido, expedida por organismo competente.
SOLICITA:
Ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante ......................, de .................... plazas del puesto de trabajo de Licenciado en Derecho al servicio del Ayuntamiento de Pamplona, publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número ............, de fecha ........................................., en el turno que se indica:
- Turno libre
- Turno promoción *
- Turno restringido minusválidos *
(*) Unicamente cuando lo contemple la convocatoria.
Protección de datos. En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de 13-XII-1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso, se utilizarán exclusivamente para el ejercicio de las competencias municipales en el procedimiento de selección y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos del Ayuntamiento de Pamplona, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General (calle Mayor, 2. 31001 Pamplona).
Pamplona, ....................... de ..................................... de 20.........
(Firma)
ANEXO II
Temario
Parte I. Derecho Constitucional y Comunitario Europeo. Derecho civil y mercantil.
1.-Las fuentes del Derecho Público en España: enumeración, ordenación y principios que las informan. La Constitución como norma jurídica.
2.-La Ley. Concepto y clases. La reserva de Ley. Decretos Leyes y Decretos Legislativos.
3.-Otras fuentes del Derecho Público: los Tratados Internacionales. Los principios generales del Derecho. La jurisprudencia. La costumbre en el Derecho Público.
4.-La Constitución Española de 1978. Proceso de elaboración. Características. Estructura. La reforma de la Constitución.
5.-Los principios constitucionales. El Estado social y democrático de Derecho: significado. Los valores superiores en la Constitución española y los principios del artículo 9.
6.-La Monarquía parlamentaria. La Corona: significado y atribuciones. El Refrendo.
7.-El sistema electoral español. El contencioso electoral. Las instituciones de democracia directa. Las instituciones de democracia semidirecta: Iniciativa popular y referéndum en el Derecho Constitucional español. Examen de estas dos últimas figuras en el Derecho navarro.
8.-El pluralismo político. Los partidos políticos. El pluralismo sindical. Los sindicatos. Otras formas de reconocimiento de la pluralidad social y económica en la Constitución española.
9.-Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y el Senado: composición y funciones.
10.-El Gobierno. Funciones y potestades en el sistema constitucional español. Composición, designación y remoción del Gobierno y su Presidente. Las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
11.-La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. La iniciativa autonómica. Creación, modificación y disolución de las Comunidades Autónomas.
12.-Los Estatutos de Autonomía: naturaleza, caracteres y contenido. Procedimiento de reforma. La distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. El control del Estado sobre las Comunidades Autónomas.
13.-La potestad legislativa del Estado y de las Comunidades Autónomas. Sistemas de relación entre el ordenamiento estatal y el autonómico. Leyes Básicas, leyes marco, leyes de transferencia o delegación y leyes de armonización. Las leyes autonómicas.
14.-El Tribunal Constitucional. Composición, organización y funcionamiento. Competencias. El control de constitucionalidad de las normas con rango legal: El recurso de inconstitucionalidad y la cuestión de inconstitucionalidad. El control previo de los Tratados Internacionales.
15.-Los conflictos constitucionales entre órganos del Estado. Los conflictos constitucionales de competencia entre los órganos centrales del Estado y las Comunidades Autónomas y de éstas entre sí. Impugnación de disposiciones y resoluciones de las Comunidades Autónomas. Los conflictos en defensa de la autonomía local.
16.-El Poder Judicial. La función judicial en la Constitución de 1978. Principios constitucionales de la organización y funcionamiento del poder y la función judiciales. El Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal.
17.-El Tribunal de cuentas. Naturaleza. Composición y organización. Función fiscalizadora. Función jurisdiccional.
18.-Los derechos y deberes de los ciudadanos en la Constitución. Derechos fundamentales y las libertades públicas en la Constitución española. Derechos y deberes ordinarios. Los principios rectores de política económica y social.
19.-La protección de los derechos en la Constitución. La vía judicial. El "habeas corpus". El recurso de amparo constitucional.
20.-El Defensor del Pueblo. Competencias y formas de actuación.
21.-El proceso de Unión Europea. Antecedentes, objetivos y naturaleza jurídica de la organización comunitaria. El Derecho comunitario originario: los Tratados constitutivos. El Derecho comunitario derivado: Reglamentos, Directivas y otras fuentes.
22.-La organización de la Comunidad Europea. El Parlamento. El Consejo Europeo. La Comisión Europea. El Consejo (de Ministros). El Tribunal de Justicia. Otras instituciones comunitarias.
23.-Los derechos y libertades de los ciudadanos de la Unión Europea. La ciudadanía europea.
24.-Medios financieros de la Comunidad Europea. Financiación de la Comunidad Europea: el Presupuesto de la Comunidad. Las ayudas de Estado y su control por la Unión europea.Los fondos comunitarios: clases y finalidades.
25.-La Compilación del Derecho Civil Foral o Fuero Nuevo de Navarra. Elaboración y procedimiento de reforma. Las fuentes del Derecho civil navarro. La condición civil foral.
26.-La Ley de Arrendamientos Urbanos: análisis de su contenido.
27.-La Ley de Propiedad Horizontal: análisis de su contenido.
28.-Las sociedades mercantiles en general. Concepto legal de sociedad mercantil. Diferencias con la sociedad civil. Clases. Sociedades irregulares y en formación. El Registro Mercantil.
Parte II. Derecho Administrativo General, Tributario y Laboral.
1.-La Administración Pública en la Constitución española de 1978. Su inserción en el Poder Ejecutivo. Principios constitucionales de organización y funcionamiento.
2.-La Administración Pública y el Derecho. El principio de legalidad. Potestades regladas y discrecionales.
3.-Administración Pública y jurisdicción: el principio de autotutela.
4.-La potestad reglamentaria de la Administración Pública. El Reglamento. Concepto y clases. Relaciones entre la Ley y el Reglamento. Los límites de la potestad reglamentaria. La defensa jurídica contra los reglamentos ilegales: las vías penal y contencioso-administrativa y la excepción judicial.
5.-Las personas jurídicas públicas. Tipología de los entes públicos en el ordenamiento jurídico español. La capacidad de los entes públicos.
6.-La relación jurídico-administrativa. Concepto y caracteres. Nacimiento, modificación y extinción de las relaciones jurídico-administrativas. Elementos de la relación jurídico-administrativa.
7.-Las situaciones jurídicas subjetivas en el Derecho Administrativo. Situaciones activas, potestad, derecho subjetivo e interés legítimo. Situaciones pasivas y mixtas.
8.-El administrado. Concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Participación de los ciudadanos en la Administración.
9.-El acto administrativo. Concepto. Clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo.
10.-El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza. La Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento administrativo Común: Ámbito de aplicación y principios informadores. Los interesados. Términos y plazos.
11.-El procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación.
12.-Los procedimientos administrativos especiales: el procedimiento para la elaboración de las disposiciones de carácter general. Las reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales.
13.-La eficacia de los actos administrativos. Presunción de validez. Condiciones de eficacia. El silencio administrativo. Ejecutividad y suspensión. La ejecución de los actos administrativos.
14.-La teoría de la invalidez del acto administrativo. Actos nulos y anulables. La convalidación del acto administrativo. La revisión de oficio.
15.-Las formas de la acción administrativa. El fomento y sus medios. Enumeración y breve descripción de la normativa reguladora de las Subvenciones aplicable al Ayuntamiento de Pamplona.
16.-La actividad administrativa de limitación. Evolución del concepto. Principios que lo informan. Manifestaciones de la actividad de limitación. Las autorizaciones. Las concesiones.
17.-La potestad sancionadora de la Administración. Principios generales. El procedimiento sancionador.
18.-El condicionamiento administrativo de los derechos de los españoles. La Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana. Suspensión de los derechos y estados excepcionales.
19.-El servicio público. Evolución del concepto. Servicio público y prestaciones administrativas.
20.-Los modos de gestión del servicio público. La gestión direcuenta El contrato de gestión de servicios públicos. Las empresas públicas y las empresas mixtas.
21.-El dominio público. Concepto y naturaleza. Elementos. Régimen jurídico.
22.-La responsabilidad patrimonial de la Administración pública. Evolución y régimen actual.
23.-Los recursos administrativos. Los recursos de alzada y de reposición. El recurso extraordinario de revisión.
24.-La jurisdicción contencioso-administrativa. Evolución histórica y régimen español vigente. Naturaleza. Extensión y límites.
25.-El recurso contencioso-administrativo. Las partes. Objeto del recurso contencioso-administrativo. Procedimiento contencioso-administrativo: en primera o única instancia y el abreviado. La sentencia y su ejecución.
26.-La organización administrativa. Principios constitucionales. Los órganos administrativos: concepto y clases. Competencia y traslación de competencias. La jerarquía. La desconcentración. Centralización y descentralización administrativa. Coordinación y control.
27.-Las relaciones entre las Administraciones Públicas. Principios generales. La colaboración, cooperación y coordinación interadministrativas. Las Conferencias Sectoriales y otros órganos de cooperación. Los convenios de colaboración y los planes y programas conjuntos.
28.-La Administración Corporativa. Colegios Profesionales y Cámaras oficiales en Navarra. La Administración Institucional. Los organismos autónomos. Las entidades públicas empresariales. Especial referencia a su régimen en Navarra.
29.-El régimen de organización de los municipios de gran población: ámbito de aplicación; organización y atribuciones del pleno; el alcalde y los tenientes de alcalde; organización y atribuciones de la Junta de Gobierno Local; la Asesoría Jurídica.
30.-Adquisición, suspensión y pérdida de la condición de miembro de la Corporación. Derechos y deberes. Grupos políticos. Registro de intereses. Constitución, vigencia y finalización del mandato corporativo.
31.-La protección de datos personales en Europa y España. La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales.
32.-La administración electrónica: orígenes. La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
33.-La expropiación forzosa. Evolución histórica. Concepto. Naturaleza y justificación. Elementos: sujetos, objeto, causa y contenido.
34.-El procedimiento expropiatorio. Referencia a los procedimientos especiales. Las garantías del particular.
35.-La organización de la Administración General del Estado. Los órganos superiores. Presidente y Vicepresidente del Gobierno. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. Los Ministros. Mención a otros órganos.
36.-Los órganos territoriales de la Administración General del Estado. Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas. Los Subdelegados del Gobierno en las provincias.
37.-El presupuesto: concepto, naturaleza y clases. El presupuesto español, fuentes de su ordenación jurídica, contenido y principios básicos de su estructura.
38.-El gasto público: principios constitucionales en la materia. Limitación de los créditos presupuestarios para gastos. Procedimiento para la ejecución del gasto público.
39.-Los ingresos públicos: clasificación. La Deuda Pública: concepto, clases y régimen jurídico.
40.-Los tributos: concepto, naturaleza y clases. Estudio especial del impuesto. El ordenamiento tributario español: principios generales.
41.-Gestión, liquidación, recaudación e inspección de los tributos. La revisión de los actos tributarios en vía administrativa. Infracciones y sanciones tributarias. El delito fiscal.
42.-El Derecho del Trabajo. Naturaleza y caracteres. Principios fundamentales que regulan la relación laboral.
43.-Las fuentes del Derecho del Trabajo. El Estatuto de los Trabajadores. Convenios Colectivos.
44.-El contrato de trabajo: concepto, naturaleza y modalidades. La contratación laboral en las Administraciones Públicas.
45.-Suspensión y extinción del contrato de trabajo: sus causas. El despido.
46.-La Seguridad Social. Normas generales y campo de aplicación. Entidades gestoras, servicios comunes, entidades colaboradoras y organismos autónomos de la Seguridad Social.
47.-Régimen General de la Seguridad Social. Campo de aplicación. Afiliación y cotización. Acción protectora: contingencias protegibles y régimen de prestaciones.
Parte III. Derecho Público de Navarra.
1.-El régimen foral de Navarra. Su evolución (1512-1982): Navarra, de reino a Comunidad Foral. Especial referencia a las Leyes de Fueros, en particular la Ley Paccionada de 1841.
2.-Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. Proceso de elaboración. Naturaleza y significado. El Título Preliminar. La reforma.
3.-El Parlamento o Cortes de Navarra. Composición, organización y funciones. La función de control del Parlamento sobre el Gobierno.
4.-La iniciativa legislativa. Leyes Forales. Naturaleza y clases. El procedimiento legislativo. La iniciativa legislativa popular. La iniciativa legislativa de los Ayuntamientos.
5.-La Diputación Foral o Gobierno de Navarra. Funciones. El Presidente. Su elección. Los Consejeros. La Administración de la Comunidad Foral. Decretos y Ordenes Forales. Actos y recursos.
6.-La Administración de Justicia de Navarra. Organización. El Tribunal Superior de Justicia de Navarra. Relaciones de la Comunidad Foral de Navarra con el Estado y con las Comunidades Autónomas.
7.-La Cámara de Comptos de Navarra. Organización y competencias. Sus relaciones con el Tribunal de Cuentas del Reino.
8.-Ley Foral del Vascuence y su desarrollo reglamentario. El uso del vascuence en las Administraciones Públicas de Navarra. La Ordenanza reguladora de la utilización y fomento del vascuence del Ayuntamiento de Pamplona.
9.-El régimen del convenio económico. Los Convenios Económicos: Historia y naturaleza jurídica. Los principios de la autonomía tributaria de Navarra. El vigente Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.
10.-El Consejo de Navarra. Origen y justificación. Naturaleza y caracteres. Composición. Organización. Competencias. Funcionamiento.
11.-El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra. Origen y justificación. Carácter de la institución. Elección, cese y sustitución. Prerrogativas e incompatibilidades. Competencias. Funcionamiento de la institución. Relaciones con el Parlamento y con el Defensor del Pueblo designado por las Cortes Generales.
12.-Bienes de las Entidades Locales de Navarra (I): Concepto, clasificación y régimen jurídico. Calificación jurídica. Alteración. Adscripción. Adquisición. Defensa, conservación y recuperación.
13.-Bienes de las Entidades Locales de Navarra (II): Inventario y registro de los bienes. Utilización y aprovechamiento; en particular las concesiones administrativas. Enajenación y gravamen.
14.-Las competencias de Navarra. Su ordenación en el Amejoramiento del Fuero: clasificación y principios. La Junta de Transferencias.
15.-La protección pública a la vivienda en Navarra: concepto, ámbito y descripción de la protección, modalidades de actuaciones protegibles. Régimen jurídico de las viviendas de protección oficial. La rehabilitación de viviendas.
16.-Función pública: naturaleza y contenido de la relación jurídico funcionarial. El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.
17.-La Administración Local en Navarra (I). Competencias de Navarra para su regulación. Los Municipios de Navarra: concepto, elementos, símbolos, organización y competencias. Relaciones interadministrativas.
18.-La Administración Local en Navarra (II). Régimen de funcionamiento de las Entidades Locales de Navarra. Información y Participación Ciudadanas.
19.-La Administración Local en Navarra (III). Intervención administrativa en la actividad privada Formas de gestión de los servicios públicos. Servicios económicos. Consorcios. Acción socioeconómica.
20.-La potestad reglamentaria de las Entidades Locales: reglamentos y ordenanzas. Procedimiento de elaboración. El reglamento orgánico. Los bandos.
21.-El procedimiento y régimen jurídico de las actuaciones en las Entidades Locales de Navarra. Impugnación y control de las actuaciones de las Entidades Locales. El Tribunal Administrativo de Navarra.
22.-Los recursos de las Haciendas Locales de Navarra y su régimen. Impuestos municipales. La participación de las Entidades Locales de Navarra en los tributos de la Hacienda Pública de Navarra.
23.-Los presupuestos de las entidades locales de Navarra. Contenido y aprobación. Créditos presupuestarios y sus modificaciones. Ejecución y liquidación. El control y la fiscalización.
24.-La Ley Foral de Contratos Públicos (I): Ámbito y normas generales de aplicación. Los contratistas. Disposiciones comunes a los contratos de las Administraciones Públicas. Actuaciones previas a la adjudicación.
25.-La Ley Foral de Contratos Públicos (II): Procedimientos y criterios de adjudicación. Sistemas para la mejora de la gestión de la contratación. Normas de publicidad y plazos. Adjudicación, perfección y formalización.
26.-La Ley Foral de Contratos Públicos (III): Ejecución de los contratos. Retribución y revisión de precios. Extinción e invalidez de los contratos. Las reclamaciones y otras medidas de control. Las especialidades en materia de contratación de las entidades locales de Navarra.
27.-Planeamiento Urbanístico Municipal (I). Concepto y configuración del Plan General Municipal. Objeto, contenido y tipología. Procedimiento de elaboración y aprobación. Efectos, vigencia y alteración del Plan General Municipal.
28.-Planeamiento Urbanístico Municipal (II). El planeamiento de desarrollo. Contenido. Elaboración. Aplicación y efectos.
29.-Régimen urbanístico del suelo. Principios generales del régimen urbanístico del suelo. El estatuto legal de la propiedad del suelo. Deberes urbanísticos generales de los propietarios de terrenos y construcciones en cualquier clase de suelo: uso, conservación y rehabilitación. La clasificación del suelo. El régimen del suelo urbano, urbanizable y no urbanizable: derechos y deberes de los propietarios.
30.-Ejecución del planeamiento (I). Presupuestos de la ejecución urbanística. La ejecución urbanística. El proyecto técnico de gestión urbanística. El proyecto de urbanización. Obtención de terrenos destinados a sistemas generales, locales y dotaciones supramunicipales.
31.-Ejecución del planeamiento (II). Los sistemas de actuación privados. Consideraciones generales. El sistema de compensación. Sistema de reparcelación voluntaria. Sistema de Agente Urbanizador.
32.-Ejecución del planeamiento (III). Los sistemas de actuación pública. Sistema de cooperación. Sistema de ejecución forzosa. Sistema de expropiación forzosa.
33.-La intervención pública en la edificación y usos del suelo: Licencias urbanísticas. Ordenes de ejecución. Declaración de ruina. Protección de la legalidad urbanística. Régimen sancionador.
34.-La intervención pública en el mercado del suelo. Patrimonios públicos de suelo. Derecho de superficie. Derecho de tanteo y retracto.
Nota: Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la presente convocatoria, sin perjuicio de que el Tribunal pueda valorar adicionalmente la aportación de las modificaciones normativas que hubieran sido aprobadas con posterioridad a dicha fecha.
Código del anuncio: L0926658
Acceso
Enlaces relacionados
Boletín Oficial de Navarra
Paseo Pablo Sarasate, 38, 2.º izda.
31001 - Pamplona (Navarra)
848 42 12 50
