BOLETÍN Nº 149 - 4 de diciembre de 2009

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

EGÜÉS

Edicto

No habiendo podido ser notificada la incoación y pliego de cargos de los expedientes sancionadores que se detallan y de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se procede a la notificación de los mismos mediante la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de residencia de los denunciados.

1.-Denunciado: don Asier Odero Jiménez.

Incoación: Decreto Alcaldía número 784/2009 de 2 de noviembre.

Pliego de Cargos: formulado por la instructora doña Carolina Potau, en fecha de 3 de noviembre de 2009.

Hechos denunciados: Se encuentra en fecha de 8 de junio de 2009, sobre las 8:55 horas, un perro suelto sin la debida cadena o correa a la altura de la calle Río Urbi número 151 de Gorraiz, circunstancia acreditada en el boletín de denuncia emitido por el Agente de Policía Municipal del Ayuntamiento del Valle de Egüés número 045, en fecha de 8 de junio de 2009.

Preceptos infringidos y calificación de la infracción: artículo 24.2.h) de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y artículo 46.2.h) de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés, en los que se tipifica como infracción leve la tenencia de perros en espacios públicos urbanos sin ser conducidos mediante correa o cadena.

Sanción propuesta: 150,25 euros por la comisión de la citada infracción leve, al amparo de lo dispuesto en los artículos 25.1 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y del artículo 49.1 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.

Órgano competente para resolver: La Alcaldía, en virtud de lo dispuesto por el artículo 21.1n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en relación a lo dispuesto en los artículos 26.2 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y 50.3 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.

2.-Denunciado: Don Asier Odero Jiménez.

Incoación: Decreto Alcaldía número 785/2009 de 2 de noviembre.

Pliego de Cargos: formulado por la instructora doña Carolina Potau en fecha de 3 de noviembre de 2009.

Hechos denunciados: Se encuentra en fecha de 15 de junio de 2009, sobre las 20:50 horas, dos perros sueltos, sin la debida cadena o corrrea, a la altura de la calle Río Urbi 157 de Gorraiz, siendo la persona responsable de los perros don Asier Odero Jiménez, circunstancia acreditada en el boletín de denuncia emitido por los Agentes de Policía Municipal del Ayuntamiento del Valle de Egüés números 026 y 028, en fecha de 15 de junio de 2009.

Preceptos infringidos y calificación de la infracción: artículo 24.2 h) de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y artículo 46.2. h) de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés, en los que se tipifica como infracción leve la tenencia de perros en espacios públicos urbanos sin ser conducidos mediante correa o cadena.

Sanción propuesta: 150,25 euros por la comisión de la citada infracción leve, al amparo de lo dispuesto en los artículos 25.1 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y del artículo 49.1 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.

Órgano competente para resolver: La Alcaldía, en virtud de lo dispuesto por el artículo 21.1 n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en relación a lo dispuesto en los artículos 26.2 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y 50.3 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.

3.-Denunciado: Doña Belén Cuadrillero Fernández.

Incoación: Decreto Alcaldía número 787/2009, de 2 de noviembre.

Pliego de Cargos: formulado por la instructora doña Carolina Potau en fecha de 3 de noviembre de 2009.

Hechos denunciados: Arrojar o dejar bolsas de basura en el interior de una papelera, sita en la Calle Lezáun número 4 de Gorraiz, en fecha de 17 de junio de 2009, sobre las 10:00, circunstancia acreditada en el boletín de denuncia emitido por el Agente de Policía Municipal número 020, en fecha de 17 de junio de 2009.

Preceptos infringidos y calificación de la infracción: artículo 36 e) de la Ordenanza Municipal sobre Promoción de Conductas Cívicas y Protección de los Espacios Públicos en el Valle de Egüés, en el que se tipifica como infracción leve "arrojar o dejar basura o cualquier elemento en la vía pública", en concreto, arrojar o dejar bolsas de basura en el interior de una papelera sita en la calle Lezáun, 4, de Gorraiz.

Sanción propuesta: 66 euros por la comisión de la citada infracción leve, al amparo de lo dispuesto en el artículo 37 de la Ordenanza Municipal sobre Promoción de Conductas Cívicas y Protección de los Espacios Públicos en el Valle de Egüés.

Órgano competente para resolver: La Alcaldía, en virtud de lo dispuesto por el artículo 21.1 n), artículo 139 y siguientes de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículos 127 siguientes y concordantes de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.

4.-Denunciado: doña Natalia Gómez Yanci.

Incoación: Decreto Alcaldía número 815/2009 de 4 de noviembre.

Pliego de cargos: formulado por la instructora doña Carolina Potau en fecha de 5 de noviembre de 2009.

Hechos denunciados: Se encuentra, en fecha de 12 de julio de 2009, sobre las 20:28 horas, y a la altura de la calle Susabide número 46 de Gorraiz, un perro suelto, sin la debida cadena o correa, sin nadie a su cuidado, siendo la persona responsable del citado perro doña Natalia Gómez Yanci, circunstancia acreditada en el boletín de denuncia emitido por los Agentes de Policía Municipal números 066, 043 y 018, en fecha 12 de julio de 2009.

Preceptos infringidos y calificación de la infracción: artículo 46.3 n) de la Ordenanza Municipal de Sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés, en el que se tipifica como infracción grave la reincidencia en infracciones leves, consistentes éstas en la tenencia de perros en espacios públicos sin ser conducidos mediante correa o cadena (artículo 24.2h) de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y artículo 46.2.h) de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés, en los que se tipifica como infracción leve la tenencia de perros en espacios públicos urbanos sin ser conducidos mediante correa o cadena).

Sanción propuesta: 375,63 euros por la comisión de la citada infracción grave, al amparo de lo dispuesto en los artículos 25.1 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y del artículo 49.1 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.

Órgano competente para resolver: La Alcaldía, en virtud de lo dispuesto por el artículo 21.1n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en relación a lo dispuesto en los artículos 26.2 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y 50.3 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.

5.-Denunciado: don Enrique González Ayala.

Incoación: Decreto Alcaldía número 818/2009, de 4 de noviembre.

Pliego de cargos: formulado por la instructora doña Carolina Potau en fecha de 5 de noviembre de 2009.

Hechos denunciados: Generar ruidos que perturban gravemente la convivencia ciudadana. Por el Agente de Policía Municipal número 028, acompañado del Auxiliar de Policía Municipal número 036, se formula Boletín de denuncia en el que se hace constar que en el vehículo con matrícula 0671-CRS, a la altura de la Avenida Reino de Navarra número 27 de Sarriguren, se están generando ruidos que perturban gravemente la convivencia ciudadana. En concreto, según el Informe de los Agentes denunciantes, la fuente del ruido procede de dicho vehículo por causa de la música a gran volumen, molestando gravemente a los vecinos, circunstancia acreditada en el boletín de denuncia emitido por el Agente de Policía Municipal número 028, acompañado del Auxiliar de Policía Municipal número 036, en fecha de 25 de julio de 2009.

Preceptos infringidos y calificación de la infracción: artículo 35 a) de la Ordenanza Municipal sobre Promoción de Conductas Cívicas y Protección de los Espacios Públicos en el Valle de Egüés, en el que se considera infracción grave perturbar gravemente la convivencia ciudadana mediante actos que incidan en la tranquilidad o en el ejercicio de derechos legítimos de otras personas". Así el Artículo 7.3 (Título III, Capítulo I) indica que no está permitido provocar ruidos que perturben el descanso de los vecinos; y el Artículo 20.1 de dicha Ordenanza, en el que se señala que todos los ciudadanos están obligados a respetar la tranquilidad y el descanso de los vecinos y a evitar la producción de ruidos que alteren la normal convivencia".

Sanción propuesta: 401 euros por la comisión de la citada infracción grave, al amparo de lo dispuesto en el artículo 37 de la Ordenanza Municipal sobre Promoción de Conductas Cívicas y Protección de los Espacios Públicos en el Valle de Egüés.

Órgano competente para resolver: La Alcaldía, en virtud de lo dispuesto por el artículo 21.1n), artículo 139 y siguientes de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículos 127 y siguientes y concordantes de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.

6.-Denunciado: doña María Teresa Yanci Serrano

Incoación: Decreto Alcaldía número 819/2009, de 4 de noviembre de 2009.

Pliego de Cargos: formulado por la instructora doña Carolina Potau, en fecha de 5 de noviembre de 2009.

Hechos denunciados: se encuentra en fecha de 28 de julio de 2009, sobre las 20:25 horas, y a la altura de la calle Susabide de Gorraiz, un perro suelto, sin nadie a su cuidado, siendo la persona responsable del citado perro doña María Teresa Yanci Serrano, circunstancia acreditada en el boletín de denuncia emitido por el Agente de Policía Municipal número 018, en fecha de 28 de julio de 2009.

Preceptos infringidos y calificación de la infracción: artículo 46.3 n) de la Ordenanza Municipal de Sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés, en el que se tipifica como infracción grave la reincidencia en infracciones leves, consistentes éstas en la tenencia de perros en espacios públicos sin ser conducidos mediante correa o cadena (artículo 24.2h) de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y artículo 46.2.h) de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés, en los que se tipifica como infracción leve la tenencia de perros en espacios públicos urbanos sin ser conducidos mediante correa o cadena).

Sanción propuesta: 375,63 euros por la comisión de la citada infracción grave, al amparo de lo dispuesto en los artículos 25.1 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y del artículo 49.1 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.

Órgano competente para resolver: La Alcaldía, en virtud de lo dispuesto por el artículo 21.1n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en relación a lo dispuesto en los artículos 26.2 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y 50.3 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.

7.-Denunciado: don Juan Manuel González Morais.

Incoación: Decreto Alcaldía número 832/2009 de 6 de noviembre.

Pliego de Cargos: formulado por la instructora doña Carolina Potau en fecha de 9 de noviembre de 2009.

Hechos denunciados: Se encuentra un perro suelto, defecando en vía pública, a la altura de la calle Badostáin número 9 de Sarriguren, sobre las 11:00 horas, quedándose los excrementos del citado perro sin recoger en la vía pública. Tales circunstancias son acreditadas en los boletines de denuncia emitidos por el Agente de Policía Municipal del Ayuntamiento del Valle de Egüés número 045, acompañado del Auxiliar de Policía Municipal del Ayuntamiento del Valle de Egüés número 036, en fecha de 14 de agosto de 2009.

Preceptos infringidos y calificación de la infracción: artículo 24.2 h) de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y artículo 46.2. h) de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés, en los que se tipifica como infracción leve la tenencia de perros en espacios públicos urbanos sin ser conducidos mediante correa o cadena; Artículo 24.2.i) de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de protección de los Animales y artículo 46.2.i) de la Ordenanza Municipal de Sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés, en los que se tipifica como infracción leve " ensuciar y no limpiar las deyecciones de los animales de compañía en los espacios públicos".

Sanción propuesta: los hechos denunciados - tener un perro suelto sin la debida sujeción con cadena o correa y ensuciar y no limpiar las deyecciones de los animales de compañía - son constitutivos de infracción leve de los artículos arriba señalados, al amparo de lo dispuesto en los artículos 25.1 de la Ley Foral 7/1994 de 31 de mayo de Protección de los Animales, y del Articulo 49.1 de la Ordenanza Municipal de Sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés procediendo imponer sanción en su grado mínimo conforme se señala:

-Sanción de 60,10 euros por la tenencia de un perro en espacio público urbano sin ser conducido mediante cadena o correa.

-Sanción de 60,10 euros por ensuciar y no limpiar las deyecciones del citado perro en espacio público urbano.

Órgano competente para resolver: La Alcaldía, en virtud de lo dispuesto por el artículo 21.1 n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en relación a lo dispuesto en los artículos 26.2 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y 50.3 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.

8.-Denunciado: don Christian Arcos Lasso.

Incoación: Decreto Alcaldía número 790/2009 de 2 de noviembre.

Pliego de Cargos: formulado por la instructora doña Carolina Potau en fecha de 3 de noviembre de 2009.

Hechos denunciados: Se encuentra, en fecha de 30 de junio de 2009, sobre las 21:40 horas, y a la altura de la calle Urbasa,18, de Sarriguren, un perro suelto, sin la debida cadena o correa, siendo la persona responsable del citado perro don Christian arcos Lasso, circunstancia acreditada en el boletín de denuncia emitido por los Agentes de Policía Municipal números 067 y 033, en fecha de 30 de junio de 2009.

Preceptos infringidos y calificación de la infracción: artículo 24.2.h) de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y artículo 46.2.h) de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés, en los que se tipifica como infracción leve la tenencia de perros en espacios públicos urbanos sin ser conducidos mediante correa o cadena.

Sanción propuesta: 60,10 euros por la comisión de la citada infracción leve, al amparo de lo dispuesto en los artículos 25.1 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y del artículo 49.1 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.

Órgano competente para resolver: La Alcaldía, en virtud de lo dispuesto por el artículo 21.1 n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en relación a lo dispuesto en los artículos 26.2 de la Ley Foral 7/1994, de 31 de mayo de Protección de los Animales, y 50.3 de la Ordenanza municipal de sanidad sobre la tenencia de animales en el término municipal del Valle de Egüés.

En el plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la notificación del presente edicto, los expedientados podrán formular las alegaciones que estimen pertinentes para la defensa de su derecho así como proponer las pruebas que consideren oportunas, debiendo hacerlo mediante escrito presentado en el Registro General del Ayuntamiento del Valle de Egüés o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dirigido al Ayuntamiento del Valle de Egüés.

Asimismo, se le manifiesta que el expediente se encuentra a disposición de los interesados en las oficinas generales del Ayuntamiento del Valle de Egüés sitas en calle San Martín 26, donde podrán examinarlo de ocho treinta a catorce treinta horas en días laborables de lunes a viernes.

Egüés, 27 de noviembre de 2009.-El Alcalde, José A. Andía García de Olalla.

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