BOLETÍN Nº 138 - 9 de noviembre de 2009

3. Administración del Estado

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO

Resolución de aprobación de la tarifa de utilización del agua
del canal de Lodosa año 2009

Con fecha 5 de octubre de 2009, por la Presidencia de esta Confederación Hidrográfica del Ebro se ha dictado la siguiente resolución:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 309 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (en lo sucesivo, R.D.P.H.), aprobado por R.D. 849/1986, de 11 de abril (Boletín Oficial del Estado número 103 de 30 de abril) y artículo 5.º del R.D. 984/1989, de 28 de julio, por el que se determina la estructura orgánica dependiente de la Presidencia de las Confederaciones Hidrográficas, el Servicio de Explotación número 1 de la Dirección Técnica de la Confederación Hidrográfica del Ebro elaboró el cálculo de la tarifa de utilización del agua del Canal de Lodosa año 2009, y de los estudios técnico y económico, éste último con la participación de la Junta de Explotación número 1 (sesión de día 18 de marzo).

A la vista de todo ello por la Dirección Técnica de esta Confederación Hidrográfica, en fecha 30 marzo de 2009 se procedió a la aprobación de la propuesta de la tarifa de utilización del agua del Canal de Lodosa año 2009, a los efectos previstos en el mencionado artículo 309 del R.D.P.H. y para sometimiento a información pública y, en su caso, para su aprobación definitiva por el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

Como consecuencia de ello, los Boletínes Oficiales de las Provincias de Zaragoza (24-04-2009), La Rioja (17-04-2009) y Navarra (08-05-09) publicaron, anuncio por el que se acordaba someter a información pública durante quince días la propuesta para la tarifa de utilización del agua del Canal de Lodosa año 2009, con la siguiente distribución:

A) Has. en riego: 53,13491981 euros/Ha.

Suministros riego: 0,00582039 euros/m3.

B) Abastecimientos: 0,04477221 euros/m3.

C) Has. en riegos temporada invierno (30%): 15,94047595 euros/Ha.

Suministros riego en temp. invierno: 0,00582039 euros/m3.

En esta tarifa no va incluido el Canon de Regulación del Embalse del Ebro, tasa que se pasará independientemente.

Transcurrido el plazo mencionado desde la publicación del anuncio sin que se hayan formulado reclamaciones y, a la vista de lo dispuesto en el mencionado artículo 309 del R.D.P H. y en el ejercicio de la función que tiene atribuida en virtud de lo dispuesto en el artículo 30.1.e) del texto refundido de la Ley de Aguas y en el artículo 33.2.i) del Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, aprobada por R.D. 927/1988, de 29 de julio, esta Presidencia ha acordado aprobar la tarifa de utilización del agua del Canal de Lodosa año 2009, de acuerdo con la propuesta sometida a información pública.

Esta Resolución será objeto de publicación en los Boletínes Oficiales de las Provincias de Zaragoza, Navarra y La Rioja.

Dada su naturaleza económico administrativa y de conformidad, con lo dispuesto en los artículos 222, 223, 224, 229 y 235 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (Boletín Oficial del Estado número 302 de 18 de diciembre), contra esta resolución puede interponerse reclamación en el plazo de un mes ante el Tribunal Económico Administrativo Regional de Aragón, o bien potestativamente recurso de reposición con igual plazo ante esta Confederación. Tanto el escrito de interposición de la reclamación como el del recurso deberán presentarse en ese plazo en esta Confederación Hidrográfica del Ebro, advirtiéndose que no es posible simultanear ambas vías de impugnación.

Zaragoza, 8 de octubre de 2009.-La Secretaria General, M.ª Teresa Santos Ruiz de Eguílaz.

Código del anuncio: E0924994