BOLETÍN Nº 138 - 9 de noviembre de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

RESOLUCIÓN 1759/2009, de 22 de octubre , del Director General de Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba el expediente de modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para el desarrollo de un Área Residencial de vivienda protegida en términos de Cordovilla (Galar) y Pamplona, en las parcelas PD-8 y PT-2, promovido por Avanco, S.A. De Gestión Inmobiliaria y Construcciones Sanzol, S.A.

Mediante Resolución 1319 de 17 de agosto de 2009, del Director General de Ordenación del Territorio y Vivienda, se inicia la tramitación del expediente de modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para el desarrollo de un Área Residencial de vivienda protegida en términos de Cordovilla (Galar) y Pamplona, en las parcelas PD-8 y PT-2, promovido por Avanco, S.A., de Gestión Inmobiliaria y Construcciones Sanzol, S.A. Esta Resolución se emite de conformidad con el Artículo 45 de la Ley Foral 35/2002, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en su nueva redacción establecida por la Ley Foral 6/2009, de 5 de junio, de medidas urgentes en materia de urbanismo y vivienda, que establece que las modificaciones de las determinaciones pormenorizadas de los Planes Sectoriales de Incidencia Supramunicipal serán aprobadas por el Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio, previa exposición pública de un mes y audiencia a los Municipios afectados.

El objeto de la modificación del PSIS es ampliar la parcela PD-8, de uso educativo privado, en detrimento de la superficie de la parcela PT-2 destinada al uso terciario, ya que en sus dimensiones actuales aquella resulta insuficiente para el desarrollo de un programa educativo que integre la totalidad de los distintos ciclos educativos. En esta modificación no se altera la superficie de viario público afectado, y se mantiene el aprovechamiento total conjunto asignado a dichas parcelas conforme a los correspondientes coeficientes de uso, sin alteración, por tanto, del aprovechamiento tipo, ni de cualquier otra determinación estructurante del PSIS.

La antedicha Resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 106, de 28 de agosto de 2009, sin que en el periodo de información pública del expediente se presentara alegación alguna.

Por otra parte, el Servicio de Calidad Ambiental, en informe de 16 de octubre de 2009, señala que la modificación propuesta no presenta cambios significativos en relación con los aspectos ambientales ya contemplados en al Declaración de Incidencia Ambiental favorable, formulada por Resolución 390/2009, de 19 de febrero, del Director General de Medio Ambiente y Agua.

Visto el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 127/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio,

RESUELVO:

1.º Aprobar el expediente de modificación del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para el desarrollo de un Área Residencial de vivienda protegida en términos de Cordovilla (Galar) y Pamplona, en las parcelas PD-8 y PT-2, promovido por Avanco, S.A., de Gestión Inmobiliaria y Construcciones Sanzol, S.A.

2.º Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio, en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

3.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra y trasladarla al Servicio de Calidad Ambiental, a los Ayuntamientos de Galar y Pamplona, y a los promotores del expediente, para su conocimiento y efectos oportunos.

Pamplona, 22 de octubre de 2009.-El Director General de Vivienda y Ordenación del Territorio, Jesús Javier Ascunce Elizaga.

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