BOLETÍN Nº 138 - 9 de noviembre de 2009

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO CUATRO DE PAMPLONA

Edicto de notificación. Ejecución 110/2009

En el procedimiento de Ejecución número 0000110/2009, seguido en este Juzgado a instancia de Raúl Sáinz López contra Productos Soldevilla, S.A., sobre despido, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Primero.-Se despacha ejecución a instancia de Raúl Sáinz López contra Productos Soldevilla, S.A., por un principal de 26.562,70 euros más 1.593,76 euros de intereses provisionales y la de 2.656,27 euros de costas provisionales, sin perjuicio de su ulterior liquidación.

Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes de la parte ejecutada, suficientes a cubrir las indicadas cantidades.

Se significa al deudor que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad BANESTO, oficina 0030-8025, al concepto 4148.0000.64.0110.09.

Ofíciese al Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, a fin de que faciliten la relación de todos los bienes o derechos de la parte ejecutada de los que tengan constancia.

Requiérase al deudor o persona que legalmente le represente para que en el plazo de diez días, de no haber abonado en su totalidad la cantidad objeto de ejecución y sin perjuicio de los bienes embargados, presente manifestación de sus bienes y derechos con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades, sirviendo la notificación de la presente resolución de requerimiento en forma.

Segundo.-Únase la nota obtenida de la aplicación informática de acceso a la base de datos de la Hacienda Tributaria de Navarra, Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Dirección General de Tráfico y visto su contenido se declara el embargo de los siguientes bienes o derechos de la parte ejecutada:

1.º Cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Foral de Navarra a la persona o empresa ejecutada por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas o Impuesto sobre el Valor Añadido, según la personalidad jurídica de la parte ejecutada, o por cualquier otro concepto, hasta cubrir las cantidades objeto de apremio.

2.º Ingresos que se produzcan y saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos en las siguientes entidades: Caja Ahorros de La Rioja, Caixa D'estalvis i Pensions de Barcelona, Caja Rural de Navarra, S.C. Limitada de Crédito y Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Navarra, así como de cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en las indicadas entidades financieras actúen como depositarias o intermediarias, hasta cubrir las cantidades objeto de apremio.

3.º Credito que la citada parte ejecutada ostente frente a Alimentos Congelados de La Rioja, S.A., Conservas Franco Riojanas, S.A., Compre y Compare, S.A., Conservas Napal, S.A., Conservas Dantza, S.A., Selfoods, S.A., Impex Medrano, S.L., Mendavia Conservas Artesanas, S.L. y Conservas Almanaque, S.L., a quien se librará oficio para que en el plazo de cinco días trasfiera a la cuenta de este Juzgado la suma total de las cantidades pendientes en la ejecutoria, o sucesivas que adeude hasta cubrir el total importe, bajo las advertencias y apercibimientos legales en caso de incumplimiento

Para la garantía y eficacia de dichos embargos, líbrense los despachos oportunos.

4.º Sobrante que pueda resultar a favor del ejecutado en las Ejecuciones número 77/09 y número 85/09 del Juzgado de lo Social número Dos de Navarra y Ejecución número 129/09 del Juzgado de lo Social número 3 de Navarra. Líbrense los oportunos despachos para la toma de razón del embargo en dichos procedimientos.

5.º Dinero en metálico y bienes muebles propiedad de Productos Soldevilla, S.A., que pueda encontrarse en el domicilio en Rincón de Soto, Km 3.2, Apdo. 75 de Corella, a fin de cubrir un principal pendiente de 26.562,70 euros más 1.593,76 euros de intereses provisionales y la de 2.656,27 euros de costas provisionales.

Líbrese al efecto el oportuno exhorto al Juzgado correspondiente al domicilio del ejecutado en Rincón de Soto, Km 3.2, Apdo. 75 de Corella, quedando facultada la Comisión Judicial que se designe, debiendo seguirse el orden de prelación establecido legalmente y depositándose los bienes con arreglo a derecho, procediéndose, en su caso, al nombramiento de depositario con las advertencias legales, y sirviendo la presente resolución de mandamiento en forma para el embargo acordado. Queda facultada la parte actora para intervenir en la diligencia de embargo, si a su derecho conviene.

Modo de impugnarla: Mediante Recurso de Reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Asi lo propongo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Productos Soldevilla, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 22 de octubre de 2009.-El Secretario Judicial, Alfonso Pérez Ruiz.

Código del anuncio: J0924858