BOLETÍN Nº 134 - 30 de octubre de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 2316/2009, de 7 de octubre, de la Directora General de Empresa, por la que se concede autorización administrativa, se aprueba el proyecto y se declara la utilidad pública de la nueva línea eléctrica aérea 13,2 kV unión de la STR Biurrun con el apoyo número 21.09 de la línea Biurrun-Puente, por los términos municipales de Biurrun-Olcoz y Tiebas-Muruarte de Reta.

Con fecha 13 de junio de 2007, Iberdrola D.E.S.A.U. solicitó la tramitación administrativa de una línea aérea 13,2 kV unión de la STR Biurrun con el apoyo número 21.09 de la línea Biurrun-Puente, presentando el correspondiente proyecto para dotar de suministro eléctrico a la nueva subestación de bombeo que promueve Riegos de Navarra en el paraje El Cerrado en término municipal de Añorbe.

Se sometió a información pública la petición de Iberdrola D.E.S.A.U. publicándose en el Diario de Navarra en fecha 30/11/07 y en el Boletín Oficial de Navarra número 154, de 12/12/07, dando un plazo de veinte días a partir del siguiente al de la publicación del anuncio para formular las reclamaciones que estimen oportunas, a la vez que se solicitó informe a los Organismos y Corporaciones afectados.

Los Ayuntamientos de Tiebas-Muruarte de Reta y Biurrun -Olcoz solicitan se tenga en cuenta otras alternativas de suministro sin afectar al citado término municipal para lo que ofrecen dos alternativas, una que se suministre desde la subestación de San Esteban de Derna y otra que el suministro se realice a 66 kV de la línea Cordovilla-Recajo.

La empresa Iberdrola manifiesta que la línea ha sido aprobada por el Director General de Ordenación del Territorio y Vivienda mediante Resolución 293/2009, de 14 de agosto, sin que en el plazo legal de 2 meses como señala el punto 3.º de la citada Resolución se haya interpuesto recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Las dos alternativas planteadas por los Ayuntamientos son de 66 kV que es una tensión distinta de la solicitada para esta línea de 13,2 kV y por lo tanto una solución mucho más costosa. Además si bien está línea atenderá inicialmente la demanda de Riegos de Navarra en adelante servirá para poder atender las demandas que puedan surgir en su entorno. En cuanto a la propuesta de que se suministre desde la Subestación de San Esteban de Derna no es posible ya que se trata de una subestación de evacuación de los parques eólicos y por tanto no pertenece a empresa distribuidora; en relación con la otra propuesta para alimentar desde la línea de 66 kV Cordovilla-Recajo tampoco es viable por estar la línea saturada y no disponer de capacidad para nuevos suministros.

En consecuencia no procede estimar las alegaciones formuladas por los Ayuntamientos de Tiebas-Muruarte de Reta y Biurrun-Olcoz por lo que quedan rechazadas dichas propuestas.

Enagas informó favorablemente en fecha 29/12/07 y la empresa Iberdrola ha aceptado el condicionado de esta empresa así como el de Red Eléctrica de España.

Durante el período de información pública se presentaron las siguientes alegaciones:

Alegación número 1 de don Miguel Zulet Pagola, como propietario de la finca situada en la parcela 261 (3) y 256 del polígono 3 de Biurrun-Olcoz, solicita que el apoyo número 25 se instale en linde de la parcela 256 con el cementerio, sin que se modifique la alineación proyectada.

La empresa Iberdrola D.E.S.A.U. ha contestado que la variante propuesta no es posible aceptarla debido a que la modificación del trazado supone una variación superior en longitud al 10 % de la parte de línea afectada por la variación, por lo que se incumple la especificado en el artículo 161 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

En consecuencia no procede estimar la alegación formulada quedando rechazada dicha propuesta.

Alegación número 2 de don José Luis Goñi Osácar, como propietario de la finca situada en la parcela 198 del polígono 3 de Biurrun-Olcoz, solicita que desde el apoyo número 7 se una con el n. º 9 modificando la alineación proyectada y con afecciones a otras parcelas.

La empresa Iberdrola D.E.S.A.U. ha contestado que no puede aceptar lo solicitado ya que el trazado propuesto supondría una afección mayor sobre la parcela número 200 del polígono 3 del término de Biurrun-Olcoz.

En consecuencia no procede estimar la alegación formulada quedando rechazada la propuesta.

Alegación número 3 de don Laureano Loitegui Erdozain como propietario de la finca situada en la parcela 337 del polígono 2 de Biurrun, solicita que el apoyo número 9 se traslade a terreno comunal.

La empresa Iberdrola D.E.S.A.U. ha contestado que acepta lo solicitado, desplazando el apoyo número 09 a la parcela número 326 del polígono 2 comunal del concejo de Biurrun dentro del término municipal de Biurrun-Olcoz.

Alegación número 4 de don Juan José López Cuenca en representación de Contena Recuperación, S.L., manifestando que tiene firmado un contrato con los propietarios de las parcelas 292 y 294 del polígono 2 de Biurrun-Olcoz, para instalar un vertedero de materiales inertes de construcción, lo que supondrá un incremento de la altura de la rasante del terreno y afectará a la línea proyectada, por lo que se solicita modificación parcial del trazado por los apoyos número 3, 4, 5 y 6 entre el límite del Camino de la Venta hasta el cruce con el Camino Sotoa.

La empresa Iberdrola D.E.S.A.U. ha contestado que acepta la modificación de trazado propuesta por don Juan José López Cuenca en representación de Contena Recuperación, S.L., por instalación de un vertedero de materiales inertes de construcción, en las parcelas 292 y 294 del polígono 2 de Biurrun-Olcoz, lo que ha motivado que se reubiquen los apoyos número 3 y número 6 modificando las servidumbres de las parcelas 261, 265, 259, 294, 292, 289, 293, 288 y quedando desafectadas las parcelas 296 y 553 del polígono número 2 de Biurrun-Olcoz.

Se comunicó a los titulares de las parcelas afectadas sin que ninguno presentara alegaciones en el plazo legal establecido.

Alegación número 5 de don Luis Otazu Loitegui como representante de la propiedad de las fincas situada en la parcela 330 y 334 del polígono 2 del concejo de Biurrun, se coloquen los apoyos correspondientes fuera de la finca en terreno comunal, lo que supone modificar la alineación proyectada. Además señala que la finca de la parcela número 264 del polígono 3 de Tiebas- Muruarte de Reta no es propiedad de don Jesús Otazu Iribarren.

La empresa Iberdrola D.E.S.A.U. ha contestado que el apoyo número 00.08 no está proyectado entre las parcelas 330 y 334 como señala el alegante, sino entre las parcelas 334 y 335 donde existe una pendiente muy pronunciada con riesgo para la seguridad y estabilidad del apoyo. No obstante estima que se podría desplazar el apoyo citado hasta la parcela comunal número 335 del concejo de Biurrun dentro del término municipal de Biurrun-Olcoz. El apoyo número 00.11 no se puede aproximar a la acequia por existir según la legislación vigente una zona de servidumbre de 4 m. El apoyo número 00.12 está en el vano de cruzamiento con la línea de 220 kV de REE, por lo que de acuerdo con las especiales características del cruzamiento establecidas por la legación vigente no es posible su desplazamiento.

En consecuencia al no poder modificar la totalidad de los apoyos propuestos no procede estimar la alegación formulada y queda rechazada la propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.-Autorizar el establecimiento de la nueva línea eléctrica aérea 13,2 kV unión de la STR Biurrun con el apoyo número 21.09 de la línea Biurrun-Puente, por los términos municipales de Biurrun-Olcoz y Tiebas-Muruarte de Reta, con las modificaciones estimadas.

2.-Declarar en concreto la utilidad pública de la citada instalación conforme a los efectos prevenidos en los artículos 52, 53 y 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico y artículos 148 y 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que la desarrolla.

3.-Aprobar el proyecto presentado para la ejecución de dicha instalación, suscrito por el ingeniero industrial don francisco Javier Juárez Gay, concediéndole un plazo de 12 meses para la ejecución de las obras.

4.-Reconocer a la empresa Iberdrola D.E.S.A.U. la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.

5.-Notificar esta Resolución a Iberdrola D.E.S.A.U. con domicilio en Polígono Industrial Landaben, calle C, portal E, 31012 Pamplona, y a los titulares de los bienes y derechos afectados, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

6.-Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra para su general conocimiento.

Pamplona, 7 de octubre de 2009.-La Directora General de Empresa, Begoña Urien Angulo.

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