BOLETÍN Nº 134 - 30 de octubre de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.2. Decretos Forales

CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto Foral 71/2009, de 5 de octubre, por el que se modifican el Decreto Foral 116/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, y el Decreto Foral 117/2007, de 3 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del organismo autónomo Instituto Navarro de Administración Pública.

Advertidos errores en el citado Decreto Foral 71/2009, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 124, de 7 de octubre de 2009, procede su corrección en el siguiente sentido:

En el artículo segundo, apartado uno, donde dice:

"Se modifican los artículos 4.1, 5, 14.2, 15.1, 16 y 18 de los Estatutos del organismo autónomo Instituto Navarro de Administración Pública, aprobados por Decreto Foral 117/2007, de 3 de septiembre".

Debe decir:

"Se modifican los artículos 4.1, 5, 14.2, 15.1, 16, 18 y 20 de los Estatutos del organismo autónomo Instituto Navarro de Administración Pública, aprobados por Decreto Foral 117/2007, de 3 de septiembre".

Asimismo y por razones de sistemática, el artículo 20 que aparece en el texto publicado en el Boletín Oficial de Navarra dentro del apartado dos del artículo segundo, debe aparecer al final del apartado uno del artículo segundo, con las siguientes correcciones:

En el artículo 20, apartado 1, d) donde dice:

"Servicio de Calidad de las Políticas Públicas".

Debe decir:

"Servicio de Calidad de las Políticas y Servicios Públicos".

En el artículo 20, apartado 2, donde dice:

"La Escuela de Seguridad de Navarra queda adscrita al Instituto Navarro de Administración Pública, a través del Director Gerente, y se regirá por su propio Reglamento orgánico y de funcionamiento".

Debe decir:

"La Escuela de Seguridad de Navarra queda adscrita al Instituto Navarro de Administración Pública, a través del Director Gerente, y se regirá por su propio Reglamento orgánico y de funcionamiento.

Cuando la dirección de la Escuela de Seguridad recaiga en un miembro de la Policía Foral o de la Dirección de Prevención, Extinción de incendios y Salvamento de la Agencia Navarra de Emergencias, éste mantendrá a todos los efectos su condición de miembro del cuerpo correspondiente, percibiendo la retribución asignada a los directores de servicio en el caso de que esta fuere superior".

En el artículo segundo, apartado dos, donde dice:

"Artículo 16.ter. Sección de Gestión y Régimen Jurídico.

Adscrita a la Secretaría General existirá la Sección de Gestión y Régimen Jurídico. Esta Sección ejercerá las funciones de propuesta, informe y ejecución de las atribuciones previstas en los apartados c), d), e), f), h), l), m), n) y ñ) del artículo 16 bis, apartado 2, y cualquier otra que se le encomiende relacionada con su ámbito de gestión, así como la coordinación, dirección y control de las actividades desarrolladas por los negociados o unidades dependientes de ella."

Debe decir:

"Artículo 16.ter. Sección de Gestión y Régimen Jurídico.

Adscrita a la Secretaría General existirá la Sección de Gestión y Régimen Jurídico. Esta Sección ejercerá las funciones de propuesta, informe y ejecución de las atribuciones previstas en los apartados c), d), e), g), i), l), m), n), ñ) y o) del artículo 16.bis, apartado 2, y cualquier otra que se le encomiende relacionada con su ámbito de gestión, así como la coordinación, dirección y control de las actividades desarrolladas por los negociados o unidades dependientes de ella."

Pamplona, 20 de octubre de 2009.-El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Javier Caballero Martínez.

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