BOLETÍN Nº 133 - 28 de octubre de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 1466/2009, de 7 de octubre, del Rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se modifican las "Normas Reguladoras del Estudio de la Universidad Pública de Navarra", aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de octubre de 2009.

En uso de las competencias que me han sido conferidas por el artículo 40 de los Estatutos de la Universidad aprobados por Decreto Foral 110/2003 de 12 de mayo, se ordena la publicación del acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de octubre de 2009 por el que se modifican las "Normas Reguladoras del Estudio de la Universidad Pública de Navarra", por la que se transcribe a continuación:

Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se modifican las Normas Reguladoras del Estudio de la Universidad Pública de Navarra.

La nueva normativa reguladora de los estudios de grado, establece un nuevo régimen regulador de la anulación de matrícula y del impago, estableciendo los efectos que se derivan de ambas situaciones.

Con objeto de dar un tratamiento común a todos los estudiantes afectados por procesos de anulación de matrícula o impago de la misma, con independencia de que se trate de estudiantes de primer y segundo ciclo, o estudiantes de grado, se hace necesaria la modificación de las Normas Reguladoras de los Estudios de Primer y Segundo Ciclo para que, durante el tiempo en el que perdure la vigencia de los estudios de primer y segundo ciclo, los efectos de las anulaciones de las matrículas y del impago, sean los mismos que los establecidos para los estudios de grado.

En su virtud, a propuesta del Vicerrector de Enseñanzas, el Consejo de Gobierno, en su sesión del 6 de octubre de 2009, adopta el siguiente:

ACUERDO:

Primero.-Derogar los artículos 15.4, 20 y 21 de las Normas Reguladoras del Estudio en la Universidad Pública de Navarra (Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de septiembre de 2006).

Segundo.-A partir del curso 2009/2010, a los estudiantes de primer y segundo ciclo, les será de aplicación lo establecido en los artículos 38, 39, 40 y 41 de las Normas reguladoras de los Estudios de Grado en la Universidad Pública de Navarra.

Tercero.-Comunicar el presente Acuerdo al Vicerrectorado de Enseñanzas, al Vicerrectorado de Estudiantes y Relaciones Internacionales y al Servicio de Estudiantes y Apoyo Académico.

Cuarto.-El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 7 de octubre de 2009.-El Rector, Julio Lafuente López.

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