BOLETÍN Nº 133 - 28 de octubre de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ORDEN FORAL 751/2009, de 29 de septiembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se crea un fichero con datos de carácter personal bajo la denominación "Listas de aspirantes a la formación en situación de servicios especiales".

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en su artículo 20, dispone que "la creación modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse por disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente".

Por Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, se regulan los ficheros informatizados con datos de carácter personal dependientes de los órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Se considera necesaria la creación del fichero con la denominación "Listas de aspirantes a la formación en situación de servicios especiales" debido a que las mismas responden a la definición de fichero establecida en el artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Por otra parte, el artículo 2 del Decreto Foral 143/1994, de 26 de julio, señala que "la modificación de las características de los ficheros existentes, así como su cancelación, y la creación de nuevos ficheros se llevará a cabo por Orden Foral del Consejero del Departamento del que depende o al que esté adscrita la unidad responsable del fichero".

En su virtud, visto el informe del Servicio de Gestión de Personal, de la Dirección General de Función Pública,

ORDENO:

1.º Crear el fichero denominado "Listas de aspirantes a la formación en situación de servicios especiales".

Finalidad y usos previstos.

Recursos humanos, selección de personal: constitución de listas de aspirantes a la formación en situación de servicios especiales para la cobertura de las necesidades existentes en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, excluidos el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y el personal docente del Departamento de Educación.

Personas y colectivos afectados.

Funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad Foral, excluido el personal al servicio del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y el personal docente del Departamento de Educación.

Procedimiento de recogida de datos.

Instancia de participación en las pruebas de selección, cumplimentada por los interesados o su representante.

Estructura básica y tipos de datos de carácter personal incluidos en el fichero.

-Datos de carácter dentificativos:

. Nombre y apellidos

. Teléfono

-Datos de detalle de empleo:

. Puesto de trabajo.

. Nivel

-Sistema de tratamiento:

. Mixto.

Unidad orgánica responsable del fichero.

Servicio de Gestión de Personal, de la Dirección General de Función Pública, del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

Unidad ante la que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación.

Sección de Promoción y Contratación Temporal, del Servicio de Gestión de Personal, de la Dirección General de Función Pública, del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

Medidas de Seguridad.

Nivel básico.

2.º Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Trasladar esta Orden Foral al Servicio de Gestión de Personal de la Dirección General de Función Pública y al Servicio de Seguridad de los Sistemas de Información del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

Pamplona, 29 de septiembre de 2009.-El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Javier Caballero Martínez.

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