BOLETÍN Nº 131 - 23 de octubre de 2009

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

LEOZ

Aprobación definitiva de modificación de ordenanza reguladora
de la exacción de contribuciones especiales

El Ayuntamiento de Leoz, en sesión plenaria celebrada el día 18 de junio de 2009, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza reguladora de la Exacción de Contribuciones Especiales.

Publicado el Acuerdo de aprobación inicial en el Boletín Oficial de Navarra número 101 de fecha 17 de agosto de 2009 y, transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra, modificado por Ley Foral 11/2004, de 29 de octubre, para la Actualización del Régimen local de Navarra, el citado acuerdo ha pasado a ser definitivo por lo que procede la publicación del texto de la modificación, a los efectos procedentes.

Modificación del artículo 12.1.a):

En concordancia, con la modificación realizada el artículo 12.1.a) ha pasado a tener la siguiente redacción:

Artículo 12.1. La base imponible de las contribuciones especiales se repartirá entre los sujetos pasivos, teniendo en cuenta la clase y naturaleza de las obras y servicios, con sujeción a las siguientes reglas:

a) Con carácter general se aplicarán conjuntamente, como módulos de reparto, la superficie de la parcela, la superficie construida, los metros lineales de fachada de los inmuebles afectada por las obras y el valor catastral del total de la parcela, teniendo en cuenta que este último modulo de reparto es inversamente proporcional para la aplicación de la cuota. Tales criterios se considerarán para sufragar el importe total del tributo en el siguiente porcentaje: en cuanto a la superficie (el 50%) entendiendo un 30% a la superficie total de la parcela y un 20% a la superficie construida, en lo referente a la longitud de la fachada (un 30%) y el valor catastral inversamente proporcional en un 20%.

La presente modificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 326 de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra, entrará en vigor, al día siguiente de la publicación integra de su texto en el Boletín Oficial de Navarra.

Iracheta, 17 de septiembre de 2009.-El Alcalde, Endika Zabalza Murillo.

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