BOLETÍN Nº 131 - 23 de octubre de 2009

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución de derivación de responsabilidad solidaria

La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 3-09-2009, mediante la que declara a la empresa Palasan Estudios Proyectos y Construcción, S.L, con C.I.F número B31565682, responsable solidario de las deudas contraídas por la empresa Compañía Promotora Constructora Garid, S.L con C.I.F. B31736945 con la Tesorería General de la Seguridad Social y reclamar a Palasan Estudios Proyectos y Construcción, S.L, la cantidad de 103.031,98 euros, en los correspondientes documentos de reclamaciones de deuda, que a continuación se relacionan:

REG.

T/IDENTIF.

NUMERO
DE RECLAMACIÓN

PERIODO

IMPORTE

0111

31101473849

31/09/016498880

12/05-12/05

5.743,63

0111

31101473849

31/09/016298921

01/06-01/06

5.396,15

0111

31101473849

31/09/016299022

02/06-02/06

66,36

0111

31101473849

31/09/016299123

02/06-02/06

3.761,63

0111

31101473849

31/09/016299224

01/05-12/05

1.114,31

0111

31101473849

31/09/016299325

01/06-02/06

246,82

0111

31101473849

31/09/016299426

03/06-03/06

4.654,86

0111

31101473849

31/09/016299527

04/06-04/06

4.793,52

0111

31101473849

31/09/016299628

05/06-05/06

4.780,58

0111

31101473849

31/09/016299729

06/06-06/06

5.423,71

0111

31101473849

31/09/016299830

07/06-07/06

7.137,20

0111

31101473849

31/09/016299931

08/06-08/06

49,48

0111

31101473849

31/09/016300032

08/06-08/06

5.970,84

0111

31101473849

31/09/016300133

09/06-09/06

6.088,39

0111

31101473849

31/09/016300234

10/06-10/06

6.129,36

0111

31101473849

31/09/016300335

11/06-11/06

6.092,30

0111

31101473849

31/09/016300436

12/06-12/06

4.865,21

0111

31101473849

31/09/016300537

01/07-01/07

4.999,47

0111

31101473849

31/09/016300638

02/07-02/07

5.175,80

0111

31101473849

31/09/016300739

01/06-06/06

92,87

0111

31101473849

31/09/016300840

07/06-12/06

104,23

0111

31101473849

31/09/016300941

01/07-03/07

299,90

0111

31101473849

31/09/016301042

03/07-03/07

4.191,02

0111

31101473849

31/09/016301143

04/07-04/07

3.271,79

0111

31101473849

31/09/016301244

05/07-05/07

2.056,04

0111

31101473849

31/09/016301345

06/07-06/07

2.777,18

0111

31101473849

31/09/016301446

07/07-07/07

3.385,35

0111

31101473849

31/09/016301547

08/07-08/07

2.489,37

0111

31101473849

31/09/016301648

09/07-09/07

1.224,76

0111

31101473849

31/09/016301749

10/07-10/07

649,85

Resolución de derivación de responsabilidad solidaria

La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 21-09-2009, mediante la que declara a la empresa Decogorley, S.L con C.I.F número B71005359, responsable solidario de las deudas contraídas por la empresa Pablo Jesús Jiménez Morate con D.N.I. número 33426429T con la Tesorería General de la Seguridad Social y reclamar a Decogorley, S.L la cantidad de 14.232,48 euros, en los correspondientes documentos de reclamaciones de deuda, que a continuación se relacionan:

REG.

T/IDENTIF.

NÚMERO
DE RECLAMACIÓN

PERIODO

IMPORTE

0111

31106889984

31/09/016730064

09/08-09/08

3.741,20

0111

31106889984

31/09/016730165

10/08-10/08

2.974,91

0111

31106889984

31/09/016730266

11/08-11/08

2.799,19

0111

31106889984

31/09/016730367

12/08-12/08

2.785,75

0111

31106889984

31/09/016730468

03/09-03/09

965,71

0111

31106889984

31/09/016730569

04/09-04/09

965,72

Recurso Procedente: Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, Recurso de Alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 del Reglamento de Recaudación aprobado por R.D. 1415/2004 de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado del 25), en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, según dichos artículos, transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, éste se entenderá desestimado a todos los efectos, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

La interposición del recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que junto con el recurso se garantice con aval suficiente, o se consigne el importe total de la deuda, que en el presente supuesto asciende, como en su momento se ha dicho, a 14.232,48 euros, conforme con lo dispuesto en el artículo 30.5 de la Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada al mismo por la Ley 52/2003 de 10 de diciembre.

Si finalizado el indicado plazo de ingreso en período voluntario, no se hubiera efectuado el mismo, ni interpuesto recurso de alzada con la prestación de garantía antes señalados, se iniciará la vía de apremio, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social en la nueva redacción dada por la citada Ley 52/2003.

Por resultar infructuosas las gestiones para notificar la citada resolución en el domicilio de la interesada, sito en Elorz, calle Andricain, 17 de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, y a fin de que sirva de notificación, se hace público el presente anuncio, y se advierte al deudor para que comparezca por si o por medio de representante con el objeto de que pueda conocer el contenido integro de la resolución, la cual no se publica en su totalidad por apreciarse que puede lesionar derechos o intereses legítimos, tal y como establece el último de los artículos citados.

Transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Elorz y en el Boletín Oficial de Navarra sin personarse el interesado en la sede de esta Dirección Provincial, sita en la Avda. Conde Oliveto número 7 de Pamplona, se tendrá por notificado a todos los efectos en los términos señalados en dicho artículo 61.

Pamplona, 8 de octubre de 2009.-La Jefa de Sección de la Unidad de Impugnaciones, Ana Casas Carretero.

Resolución de derivación de responsabilidad solidaria

La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 4-09-2009, mediante la que declara a con Francisco Javier Labella Osés con D.N.I. número 72665601E, en su calidad de administrador de la empresa Azpachea, S.L. con C.I.F número B31849144, responsable solidario de las deudas contraídas por esta razón social con la Tesorería General de la Seguridad Social y reclamar a don Francisco Javier Labella Osés la cantidad de 26.678,78 euros, en los correspondientes documentos de reclamaciones de deuda, que a continuación se relacionan:

REG.

T/IDENTIF.

NÚMERO
DE RECLAMACIÓN

PERIODO

IMPORTE

0111

31106992947

31/09/016494436

12/05-12/05

2.870,93

0111

31106992947

31/09/016494537

01/06-01/06

2.970,15

0111

31106992947

31/09/016494638

02/06-02/06

2.940,15

0111

31106992947

31/09/016494739

03/06-03/06

2.932,65

0111

31106992947

31/09/016494840

04/06-04/06

2.924,89

0111

31106992947

31/09/016494941

05/06-05/06

2.787,73

0111

31106992947

31/09/016495042

06/06-06/06

1.939,74

0111

31106992947

31/09/016495143

07/06-07/06

1.893,99

0111

31106992947

31/09/016495244

08/06-08/06

960,55

0111

31106992947

31/09/016495345

10/06-10/06

1.294,99

0111

31106992947

31/09/016495446

11/06-11/06

1.249,83

0111

31106992947

31/09/016495547

12/06-12/06

662,61

0111

31106992947

31/09/016495648

09/06-09/06

1.250,57

Recurso Procedente: Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, Recurso de Alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 del Reglamento de Recaudación aprobado por R.D. 1415/2004 de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado del 25), en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, según dichos artículos, transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, éste se entenderá desestimado a todos los efectos, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

La interposición del recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que junto con el recurso se garantice con aval suficiente, o se consigne el importe total de la deuda, que en el presente supuesto asciende, como en su momento se ha dicho, a 26.678,78 euros, conforme con lo dispuesto en el artículo 30.5 de la Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada al mismo por la Ley 52/2003 de 10 de diciembre.

Si finalizado el indicado plazo de ingreso en período voluntario, no se hubiera efectuado el mismo, ni interpuesto recurso de alzada con la prestación de garantía antes señalados, se iniciará la vía de apremio, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social en la nueva redacción dada por la citada Ley 52/2003.

Por resultar infructuosas las gestiones para notificar la citada resolución en el domicilio de la interesada, sito en Pamplona, calle Zapatería, 15-2.º izqda. de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, y a fin de que sirva de notificación, se hace público el presente anuncio, y se advierte al deudor para que comparezca por si o por medio de representante con el objeto de que pueda conocer el contenido integro de la resolución, la cual no se publica en su totalidad por apreciarse que puede lesionar derechos o intereses legítimos, tal y como establece el último de los artículos citados.

Transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Pamplona y en el Boletín Oficial de Navarra sin personarse el interesado en la sede de esta Dirección Provincial, sita en la Avda. Conde Oliveto número 7 de Pamplona, se tendrá por notificado a todos los efectos en los términos señalados en dicho artículo 61.

Pamplona, 8 de octubre de 2009.-La Jefa de Sección de la Unidad de Impugnaciones, Ana Casas Carretero.

Resolución de derivación de responsabilidad solidaria

La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 8-09-2009, mediante la que declara a doña Ofelia Rodríguez Zabalegui con D.N.I. número 33427322L, en su calidad de administradora de la empresa Slflix Motor, S.L.L. con C.I.F número B31809593, responsable solidario de las deudas contraídas por esta razón social con la Tesorería General de la Seguridad Social y reclamar a doña Ofelia Rodríguez Zabalegui la cantidad de 5.263,66 euros, en los correspondientes documentos de reclamaciones de deuda, que a continuación se relacionan:

REG.

T/IDENTIF.

NÚMERO
DE RECLAMACIÓN

PERIODO

IMPORTE

0111

31106998203

31/09/016499890

05/05-05/05

186,27

0111

31106998203

31/09/016499991

07/05-07/05

171,27

0111

31106998203

31/09/016500092

09/05-09/05

1.086,01

0111

31106998203

31/09/016500193

08/05-08/05

1.122,86

0111

31106998203

31/09/016500294

10/05-10/05

1.117,17

0111

31106998203

31/09/016500395

11/05-11/05

1.078,36

0111

31106998203

31/09/016500496

12/05-12/05

501,72

Recurso Procedente: Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, Recurso de Alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 del Reglamento de Recaudación aprobado por R.D. 1415/2004 de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado del 25), en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, según dichos artículos, transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, éste se entenderá desestimado a todos los efectos, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

La interposición del recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que junto con el recurso se garantice con aval suficiente, o se consigne el importe total de la deuda, que en el presente supuesto asciende, como en su momento se ha dicho, a 5.263,66 euros, conforme con lo dispuesto en el artículo 30.5 de la Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada al mismo por la Ley 52/2003 de 10 de diciembre.

Si finalizado el indicado plazo de ingreso en período voluntario, no se hubiera efectuado el mismo, ni interpuesto recurso de alzada con la prestación de garantía antes señalados, se iniciará la vía de apremio, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social en la nueva redacción dada por la citada Ley 52/2003.

Por resultar infructuosas las gestiones para notificar la citada resolución en el domicilio de la interesada, sito en Barañain, calle Comunidad de Navarra, 4-2.º A de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, y a fin de que sirva de notificación, se hace público el presente anuncio, y se advierte al deudor para que comparezca por si o por medio de representante con el objeto de que pueda conocer el contenido integro de la resolución, la cual no se publica en su totalidad por apreciarse que puede lesionar derechos o intereses legítimos, tal y como establece el último de los artículos citados.

Transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Barañain y en el Boletín Oficial de Navarra sin personarse el interesado en la sede de esta Dirección Provincial, sita en la Avda. Conde Oliveto número 7 de Pamplona, se tendrá por notificado a todos los efectos en los términos señalados en dicho artículo 61.

Pamplona, 8 de octubre de 2009.-La Jefa de Sección de la Unidad de Impugnaciones, Ana Casas Carretero.

Resolución de derivación de responsabilidad solidaria

La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 14-09-2009, mediante la que declara a don Joaquim Fernando Da Silva Freitas con N.I.E número X2324195E, en su calidad de administrador de la empresa Montajes Rioave S.L. con C.I.F número B31834021, responsable solidario de las deudas contraídas por esta razón social con la Tesorería General de la Seguridad Social y reclamar a don Joaquim Fernando Da Silva Freitas la cantidad de 6.485,31 euros, en los correspondientes documentos de reclamaciones de deuda, que a continuación se relacionan:

REG.

T/IDENTIF.

NÚMERO
DE RECLAMACIÓN

PERIODO

IMPORTE

0111

31106999415

31/09/016513836

12/05-12/05

78,08

0111

31106999415

31/09/016513937

12/05-12/05

1.859,25

0111

31106999415

31/09/016514038

01/06-01/06

885,31

0111

31106999415

31/09/016514139

02/06-02/06

920,53

0111

31106999415

31/09/016514240

03/06-03/06

917,23

0111

31106999415

31/09/016514341

04/06-04/06

913,72

0111

31106999415

31/09/016514442

05/06-05/06

911,19

Recurso Procedente: Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, Recurso de Alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 del Reglamento de Recaudación aprobado por R.D. 1415/2004 de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado del 25), en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, según dichos artículos, transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, éste se entenderá desestimado a todos los efectos, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

La interposición del recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que junto con el recurso se garantice con aval suficiente, o se consigne el importe total de la deuda, que en el presente supuesto asciende, como en su momento se ha dicho, a 6.485,31 euros, conforme con lo dispuesto en el artículo 30.5 de la Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada al mismo por la Ley 52/2003 de 10 de diciembre.

Si finalizado el indicado plazo de ingreso en período voluntario, no se hubiera efectuado el mismo, ni interpuesto recurso de alzada con la prestación de garantía antes señalados, se iniciará la vía de apremio, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social en la nueva redacción dada por la citada Ley 52/2003.

Por resultar infructuosas las gestiones para notificar la citada resolución en el domicilio de la interesada, sito en Pamplona, calle Pintor Asarta, 7-1.º C de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, y a fin de que sirva de notificación, se hace público el presente anuncio, y se advierte al deudor para que comparezca por si o por medio de representante con el objeto de que pueda conocer el contenido integro de la resolución, la cual no se publica en su totalidad por apreciarse que puede lesionar derechos o intereses legítimos, tal y como establece el último de los artículos citados.

Transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Pamplona y en el Boletín Oficial de Navarra sin personarse el interesado en la sede de esta Dirección Provincial, sita en la Avda. Conde Oliveto número 7 de Pamplona, se tendrá por notificado a todos los efectos en los términos señalados en dicho artículo 61.

Pamplona, 8 de octubre de 2009.-La Jefa de Sección de la Unidad de Impugnaciones, Ana Casas Carretero.

Código del anuncio: E0924529