BOLETÍN Nº 131 - 23 de octubre de 2009

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

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En la Unidad de Recaudación Ejecutiva 31/01 se instruye expediente administrativo de apremio número 31 01 06 00179161 contra el deudor Vicente Estabolite Goñi, habiéndose dictado en fecha 13/05/2009 por el Recaudador Ejecutivo de dicha Unidad la diligencia de embargo que a continuación se transcribe:

"Diligencia de embargo de bienes inmuebles.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF 072653902F, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NÚMERO DE PROVIDENCIA DE APREMIO

PERÍODO

RÉGIMEN

31 06 010951355

12 2005 / 12 2005

0521

31 06 011800006

01 2006 / 01 2006

0521

31 06 012218015

02 2006 / 02 2006

0521

31 06 012817290

03 2006 / 03 2006

0521

31 06 013463655

04 2006 / 04 2006

0521

31 06 013670385

05 2006 / 05 2006

0521

31 06 014478115

06 2006 / 06 2006

0521

31 06 015424873

07 2006 / 07 2006

0521

31 06 016406900

09 2006 / 09 2006

0521

31 06 010165836

10 2006 / 10 2006

0521

31 07 010165937

11 2006 / 11 2006

0521

31 07 010779158

12 2006 / 12 2006

0521

31 07 011484026

01 2007 / 01 2007

0521

31 07 012036623

02 2007 / 02 2007

0521

31 07 012556480

03 2007 / 03 2007

0521

31 07 013122518

04 2007 / 04 2007

0521

31 07 018225122

05 2007 / 05 2007

0521

31 07 018569167

06 2007 / 06 2007

0521

31 07 018925441

07 2007 / 07 2007

0521

31 07 019709121

08 2007 / 08 2007

0521

31 07 020442075

09 2007 / 09 2007

0521

31 08 010021022

10 2007 / 10 2007

0521

31 08 010389622

11 2007 / 11 2007

0521

31 08 011200984

12 2007 / 12 2007

0521

31 08 012575152

01 2008 / 01 2008

0521

31 08 012575253

02 2008 / 02 2008

0521

31 08 013347516

03 2008 / 03 2008

0521

31 08 013881016

04 2008 / 04 2008

-

31 08 014594166

05 2008 / 05 2008

0521

31 08 015402195

08 2005 / 08 2005

0111

31 08 015402401

11 2005 / 11 2005

0111

31 08 015402603

03 2006 / 03 2006

0111

31 08 015402704

01 2006 / 01 2006

0111

31 08 015402906

04 2006 / 04 2006

0111

31 08 015403007

05 2006 / 05 2006

0111

31 08 015403108

06 2006 / 06 2006

0111

31 08 015403209

07 2006 / 07 2006

0111

31 08 015403310

08 2006 / 08 2006

0111

31 08 015403411

09 2006 / 09 2006

0111

31 08 015403512

10 2006 / 10 2006

0111

31 08 015403815

01 2007 / 01 2007

0111

31 08 015403916

02 2007 / 02 2007

0111

31 08 015404017

03 2007 / 03 2007

0111

31 08 015404118

04 2007 / 04 2007

0111

31 08 015404421

02 2005 / 02 2005

0111

31 08 015404623

06 2005 / 06 2005

0111

31 08 015404724

07 2005 / 07 2005

0111

31 08 015404825

08 2005 / 08 2005

0111

31 08 015405027

10 2005 / 10 2005

0111

31 08 015405229

01 2005 / 01 2005

0111

31 08 015402805

02 2006 / 02 2006

0111

31 08 015402300

10 2005 / 10 2005

0111

31 08 015403613

11 2006 / 11 2006

0111

31 08 015403714

12 2006 / 12 2006

0111

31 08 015404522

03 2005 / 03 2005

0111

31 08 015402502

12 2005 / 12 2005

0111

31 08 015404926

09 2005 / 09 2005

0111

31 08 015402296

09 2005 / 09 2005

0111

31 08 014857379

06 2008 / 06 2008

0521

31 08 015645709

07 2008 / 07 2008

0521

31 08 000030123

01 2007 / 05 2007

0111

Importe deuda:

Principal: 57.307,97 euros. Recargo: 15.227,05 euros. Intereses: 11.332,09 euros. Costas devengadas: 20,92 euros. Costas e intereses presupuestados: 1.000,00 euros. Total: 84.888,03 euros.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1.415/2004 de 11 de junio, (Boletín Oficial del Estado del día 25), declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a 15 días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Datos finca urbana: Finca número 1.

Urbana. Pleno dominio con carácter privativo de vivienda en la planta segunda mano derecha del bloque 4 construido por la Agrupación San Miguel en jurisdicción de Aoiz, es del tipo A. Tiene una superficie útil de noventa y nueve metros y trece decímetros cuadrados. Tiene como anejo el local número 15.

Datos de Registro: N.º de Reg.: Aoiz número 1, n.º tomo: 3089, n.º libro: 66, n.º folio: 154, n.º finca: 1867

Datos finca urbana: Finca número 2.

Urbana. Local en planta baja de sótano ubicado en los bloques números 3 y 4 construidos por la Agrupación San Miguel en el Polígono 1-UPR-3, está señalado con el número 15. Tiene una superficie útil de doce metros y veintisiete decímetros cuadrados.

Datos de Registro: N.º de Reg.: Aoiz número 1, n.º tomo: 2.075, n.º libro: 30, n.º folio: 30, n.º finca: 1.918.

Al resultar infructuosas las gestiones realizadas para notificar a don Vicente Estabolite Goñi, en calidad de interesado, la citada diligencia, al ser devueltas las cartas por el Servicio de Correos después de varios intentos por "Ausente", y de conformidad con el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado del día 25) y a fin de que sirva de notificación, se hace público el presente anuncio, y se advierte al destinatario para que comparezca por si o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue.

Transcurridos ocho días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio y en el Boletín Oficial de Navarra sin personarse el interesado, se tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que le asiste a comparecer.

Pamplona, 18 de septiembre de 2009.-El Recaudador Ejecutivo, Jesús Daniel Irigoyen San Martín.

Código del anuncio: E0923978