BOLETÍN Nº 125 - 9 de octubre de 2009

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

PAMPLONA

Ocupación de calles, viales, zonas verdes y áreas libres del ámbito de Santa María la Real

La Junta de Gobierno del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 29 de septiembre de 2009, adoptó el siguiente acuerdo:

"Vistas las actuaciones llevadas a cabo en desarrollo del acuerdo del Consejo de Gerencia de Urbanismo 10/GU, de 8 de abril de 2009, relativo a regularización de la inscripción registral de los espacios libres y zonas verdes en el ámbito de Santa María la Real así como la alegación formulada al acuerdo de JOB 30/06/09 (13/UV) y habiendo transcurrido el plazo de treinta días otorgado mediante notificaciones practicadas a los posibles afectados (vecinos de la disuelta Cooperativa de Viviendas de Santa María la Real, Nemesio Andía Larraya y Teresa Vidaurre Doiz, y María Cruz Inza) y, de conformidad con el informe jurídico obrante en el expediente,

Se acuerda:

1.-Desestimar la alegación formulada por María Isabel Elizondo Miguéliz presentada al acuerdo de JOB 30/06/2009 (13/UV) por cuanto:

1.º Dentro del ámbito al que se refiere el acuerdo de 30/06/2.009 (véase plano del ámbito) se pretende ocupar las calles, viales, zonas verdes y áreas libres precisamente para destinarlas a esos fines tal y como señala el Plan Municipal de Pamplona Homologado. Todo esto se dice en el primer punto del acuerdo de 30-JUN-09 constituyendo su objeto.

El certificado de 22/06/1987 que presenta es algo más limitado en su contenido que el acuerdo de 30/06/2009 puesto que no se refiere a calles ni viales además de que lo referente a las condiciones ya se resolvió por la sentencia que luego se citará.

Sí que queda claro en el informe jurídico de fecha 16/06/2009, que consta en el expediente y al que se refiere la alegante, en sus apartados III 1.º 1.1 y III último párrafo que lo que se pretende es "que el Ayuntamiento se haga cargo de su mantenimiento como una urbanización más".

2.º En relación con lo que se señala respecto al ámbito:

2.1. El informe jurídico de fecha 16/06/2009, al que ya nos hemos referido, señala que la finca 12.605 no se encuentra incluida en el ámbito del expediente. (Véase nota al apartado II b).

2.2. La misma alegante aporta cédula parcelaria de la finca 1.660 (que viene a corresponderse con la registral 12.605) donde se aprecia que la misma se encuentra fuera del ámbito del expediente.

2.3. No queda aclarado a qué informes se refiere cuando habla de la finca 12.605 o la vinculación que pretende hacer de dichos informes con la citada finca.

2.4. Respecto a esta parcela 1.660, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de los de Pamplona con fecha 14/10/2008 dictó sentencia número 291 en el recurso 43/2007 interpuesto por la comunidad de propietarios número 7 de la calle Bardenas Reales de Pamplona (de la que es vecina la alegante) en la que se vino a desestimar el recurso interpuesto contra el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de 28/11/2006, por el que se aprobó definitivamente el Texto Refundido del proyecto y acta de reparcelación, cuenta de liquidación provisional y expediente de valoraciones del sector I/SI, IV/SI, XVI/SI, XIX/SI y Sistemas Generales adscritos del área de reparto ARS-3 "Arrosadía-Lezkairu". Dicha sentencia es firme.

2.5. La parcela se incluyó en el ámbito del plan "Arrosadía-Lezkairu" y proyecto de reparcelación citados y los usos son los contemplados en dicho plan. Si se pretende que dicha parcela tenga usos distintos a los previstos en el planeamiento no es algo que deba resolver este expediente.

2.-Acordar la ocupación de las calles, viales, zonas verdes y áreas libres del ámbito de Santa María la Real con la delimitación que constan en los planos adjuntos al acuerdo de JOB 30/06/2009 (13/UV), siendo el destino de las fincas a ocupar el propio de las mismas tal y como aparecen en el Plan Municipal de Pamplona Homologado y que afecta a las siguientes personas, derechos y fincas:

A)

FINCAS REGISTRALES AFECTADAS

FINCA

REGISTRO

SUPERFICIE

TITULAR

Resto 12.603

7

22.146,54

Cooperativa Viviendas Sta. M.ª La Real

8.781

1

553,95

Cooperativa Viviendas Sta. M.ª La Real

Resto 12.601

7

4.018,60

Cooperativa Viviendas Sta. M.ª La Real

Resto 11.780

7

306,70

Nemesio Andía Larraya y Teresa Vidaurre Doiz

TOTAL

27.025,79

B) Servidumbre de paso de conducción de saneamiento a favor de la finca 11.788, Inscripción 2.ª, folio 94, tomo 2.675, libro 249".

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

-Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

-Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

-Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 59.6, apartado a), de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, 30 de septiembre de 2009.-La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo.

Código del anuncio: L0923442