BOLETÍN Nº 125 - 9 de octubre de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 526/2009, de 21 de septiembre, del Director Gerente del Instituto Navarro del Deporte, que aprueba la convocatoria del Programa de Deporte en edad Escolar, curso 2009-2010, a desarrollar a través de centros educativos y se autoriza un gasto de 100.000,00 euros para hacer frente a los gastos de organización general del Programa de Deporte en edad Escolar para el curso 2009-2010.

El artículo 44.14 de la Ley Orgánica 13/1982 de 10 agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra atribuye a la Comunidad Foral de Navarra competencia exclusiva en materia de promoción del deporte y adecuada utilización del ocio.

Entre los objetivos de política deportiva de la Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra, Artículo 3.s, figura el de promocionar el deporte base desde los niveles escolares y por encima de cualquier otra práctica deportiva, como núcleo fundamental para el desarrollo del deporte navarro en todos sus niveles.

De tal manera, la normativa deportiva foral dispone, en su artículo 14, que la Administración Deportiva de la Comunidad Foral en colaboración con la Administración Educativa de la Comunidad Foral, con las Entidades Locales, con las Entidades Deportivas de Navarra y con otras Entidades públicas o privadas impulsará la realización de programas de promoción de la actividad deportiva en edad escolar que estarán orientados a complementar la educación integral, el desarrollo armónico de la personalidad, las condiciones físicas y hábitos de salud preventivos y promoverán igualmente la integración de la población escolar con necesidades educativas especiales.

El Decreto Foral 18/2008, de 17 de marzo, por el que se aprueban los estatutos del Instituto Navarro del Deporte, establece que el Organismo Autónomo, bajo la superior planificación, dirección y tutela del titular del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, ejercerá las competencias en materia de deporte que corresponden al Gobierno de Navarra, con el alcance que establecen sus propios estatutos.

Entre las funciones que corresponden a la Subdirección de Deporte se encuentran las de:

-Promocionar, coordinar y fomentar la actividad deportiva.

-Ejecutar programas específicos que contribuyan a la realización y materialización de los objetivos recogidos en la Ley Foral del Deporte de Navarra.

Con este objetivo y con el fin de constituir una nueva vía en el itinerario deportivo del conjunto de la población escolar de la Comunidad Foral, surge esta iniciativa respaldada por una experiencia piloto promovida por el Instituto Navarro del Deporte y desarrollada durante el curso escolar 2008-2009 por diez Centros Escolares de la Comunidad Foral.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por el artículo 12 del Decreto Foral 18/2008, de 17 de marzo, por el que se aprueban los estatutos del Instituto Navarro del Deporte.

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria del Programa de Deporte en edad Escolar para centros educativos públicos y privados de enseñanzas regladas no universitarias a desarrollar durante el curso escolar 2009-2010 así como las bases y criterios que se acompañan en el anexo I.

2.º Autorizar un gasto de 100.000,00 euros para hacer frente a los gastos de organización general del Programa de Deporte en edad Escolar para el curso 2009-2010, con cargo a la Partida Económica 940002-95110-2269-336102, denominada Juegos Deportivos de Navarra y actividad físico-deportiva en edad escolar, de los Presupuestos Generales de Navarra de 2009.

3.º Contra la presente convocatoria y sus bases podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Publicar la presente Resolución y su anexo en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Trasladar la presente Resolución a la Dirección General de Educación, a la Intervención delegada, al Instituto Navarro del Deporte, a su Servicio de Secretaría General y Órganos Colegiados del Deporte, al Negociado de Gestión Económica y Procedimental y a la Subdirección de Deporte, a los efectos oportunos.

Pamplona, 21 de septiembre de 2009.-El Director Gerente del Instituto Navarro del Deporte, José Javier Esparza Abaurrea.

ANEXO I

Bases

Primera.-Convocatoria.

Se convoca el Programa de Deporte en edad Escolar para centros educativos públicos y privados de enseñanzas regladas no universitarias, a desarrollar durante el curso 2009-2010.

Segunda.-Objetivo.

El objetivo principal de esta iniciativa es la de promover la realización de actividades físicas lúdico-recreativas por los escolares navarros, en las que prime el componente educativo y recreativo, consiguiendo generar un hábito físico que propicie la práctica continuada en edades posteriores, fomentando el desarrollo de una forma de vida saludable y evitando así fenómenos como el sedentarismo y la obesidad infantil.

Se persigue promover la ampliación del número de escolares que practican actividades físico-deportivas fuera del horario estrictamente lectivo, bajo la figura del centro escolar, que se constituye como eje sobre el que se sustenta el proyecto.

Tercera.-Proyecto.

Se podrá presentar un único proyecto por cada centro escolar, no obstante, y para el supuesto de centros en los que se impartan enseñanzas correspondientes a varios ciclos educativos, podrá admitirse la presentación de un proyecto que incluya variantes diferenciadas para cada uno de los ciclos. La elaboración de cada proyecto corresponderá al Departamento de Educación Física y será coordinado por el profesorado del propio centro e incorporado al proyecto educativo del centro.

Se considera imprescindible establecer una complementariedad entre el proyecto y las actividades que se realizan en la propia asignatura de Educación Física, creando mecanismos de coordinación entre ambos, vinculando así el proyecto al desarrollo curricular de esta asignatura.

El Centro Escolar deberá incluir la leyenda "con la colaboración del Gobierno de Navarra" y el símbolo oficial del Gobierno de Navarra como colaborador de la actividad en todas las acciones promocionales relacionadas con el desarrollo del proyecto.

Cuarta.-Actividades.

Las actividades estarán orientadas a complementar la educación escolar integral, el desarrollo armónico de la personalidad, la consecución de unas condiciones físicas y de salud y una formación que posibilite la práctica continuada del deporte en edades posteriores.

Se realizarán actividades físico-deportivas, no ligadas a la participación en competiciones oficiales regladas ni a otros programas ya establecidos, que complementen la formación deportiva, tanto en su vertiente formativa como recreativa, de manera que pueda darse cabida a dos tipos de modalidades:

-Actividades físico-deportivas de carácter recreativo.

Se priorizará el desarrollo de actividades de carácter lúdico que vayan encaminadas a la creación de hábitos de vida saludable y que sirvan de apoyo al desarrollo curricular de las enseñanzas del nivel que cursan los participantes relacionadas principalmente con la educación física.

-Actividades deportivas de carácter competitivo.

Se podrán realizar actividades de iniciación deportiva de carácter unideportivo o polideportivo, dándose prioridad, en la selección de proyectos, a aquellos que desarrollen actividades de carácter polideportivo, siempre y cuando se circunscriban al ámbito del centro escolar.

Quinta.-Duración.

-Periodicidad:

El periodo de duración del proyecto será el curso escolar, si bien podrán ser aceptadas propuestas cuya duración sea inferior a la establecida en función de las características de las actividades desarrolladas u otras circunstancias debidamente justificadas por el centro escolar, siendo el límite mínimo de duración cinco meses. Se dará prioridad en la selección de proyectos a aquellos que establezcan una mayor duración.

-Frecuencia de las actividades:

Independientemente del tipo de actividad practicada se establece una duración mínima de dos sesiones de trabajo semanal, teniendo prioridad aquellas propuestas que cuenten con una mayor amplitud horaria.

Sexta.-Horario.

Cada Centro Escolar determinará el horario de desarrollo de las actividades.

Séptima.-Personal.

Cada centro escolar se encargará del desarrollo de su propio programa, poniendo para ello los medios personales necesarios para su correcta ejecución.

El personal implicado en cada proyecto presentado deberá adecuarse al siguiente perfil:

-Responsable:

Cada proyecto estará diseñado, coordinado y supervisado por el Departamento de Educación Física del centro escolar y, por lo tanto, la figura del responsable o coordinador general debe contar con la cualificación y experiencia que tal labor requiere.

-Resto de personal:

El personal encargado del desarrollo de las actividades deberá contar con la cualificación necesaria en función del trabajo a desarrollar que será como mínimo la titulación de monitor de la concreta actividad a desarrollar.

El Instituto Navarro del Deporte, a través del Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte, impartirá cursos de formación que igualmente capacitarán para el desarrollo de la actividad.

Los centros escolares podrán contar con la colaboración de federaciones y clubes deportivos en la ejecución de los proyectos correspondientes.

Octava.-Participantes.

Podrán tomar parte en el Programa de Deporte Escolar 2009-2010 todos los centros educativos públicos y privados de enseñanzas regladas no universitarias radicados en la Comunidad Foral.

Atendiendo al objetivo principal de la convocatoria, no se podrá discriminar a ningún escolar en razón de la realización de procesos selectivos. El proyecto estará dirigido al conjunto de la población escolar del centro, sin que puedan realizarse restricciones derivadas de las aptitudes para la práctica deportiva.

La integración de los escolares con minusvalías en el sistema educativo normalizado debe tener reflejo posibilitando la realización de prácticas físico-deportivas con sus compañeros de estudio.

Novena.-Instalaciones y material.

El propio centro escolar será el encargado de poner a disposición del proyecto sus propias instalaciones así como el material necesario para el desarrollo de las actividades incluidas en el correspondiente programa.

Décima.-Asistencia sanitaria.

La asistencia derivada de la práctica deportiva de los escolares participantes en el Programa de Deporte en edad Escolar corresponderá, con carácter general, al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Undécima.-Dotación económica.

El Instituto Navarro del Deporte podrá financiar, en función de la disponibilidad presupuestaria y del número de centros seleccionados, cada proyecto con una cantidad máxima de hasta 4.000 euros.

La cuantía con la que se financiará cada proyecto se determinará en función del presupuesto de gastos e ingresos presentado del mismo, y en función del prorrateo del crédito total disponible en relación con la totalidad de proyectos seleccionados.

En ningún caso la cuantía a asumir por el Instituto Navarro del Deporte podrá superar el déficit resultante del desarrollo del proyecto.

Los conceptos susceptibles de ser contemplados serán los siguientes: material fungible, gastos generales, gastos de personal (coordinación, monitores, otros) y formación. No se contemplarán gastos de material inventariable ni de uso de instalaciones.

La cantidad a abonar se justificará mediante la presentación por parte del Centro Escolar de una factura única que tendrá como destinatario el Instituto Navarro del Deporte.

Duodécima.-Solicitudes de participación.

-Proyectos individuales:

Podrán presentar solicitud de participación los centros educativos públicos y privados de enseñanzas regladas no universitarias ubicados en Navarra.

-Proyectos mancomunados:

Aquellos centros escolares que no cuenten con un número suficiente de participantes podrán asociarse con otro/s centros por proximidad geográfica con el fin de dar respuesta a los escolares interesados en participar en el proyecto, admitiéndose, en este sentido, solicitudes de participación conjunta.

-Lugar y plazo de presentación:

Las solicitudes serán presentadas en el Registro oficial del Instituto Navarro del Deporte en el plazo máximo de treinta días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

-Documentación a presentar:

Junto a la instancia correspondiente se incluirá el proyecto deportivo a desarrollar cuyo contenido deberá contemplar, como mínimo, los siguientes aspectos:

  • Objetivos.
  • Actividades a desarrollar y características.
  • Duración y horario de desarrollo del programa.
  • Medios humanos y materiales.
  • Presupuesto de ingresos y gastos.

Decimotercera.-Selección de proyectos.

Los proyectos, además de ajustarse a los objetivos definidos anteriormente, deberán garantizar su viabilidad técnica, económica y de gestión.

Junto con los aspectos anteriormente contemplados, se valorarán entre otros, los siguientes:

-Centros participantes en la Campaña de Prevención de Obesidad Infantil.

-Viabilidad técnica, económica y de gestión.

-Variedad e innovación de las actividades a desarrollar.

-Implicación de la comunidad escolar.

-Actividades complementarias: charlas sobre alimentación, hábitos saludables, actividades de formación, etc ....

Los proyectos presentados en el plazo habilitado al efecto, se evaluarán y seleccionarán conforme a su orden de registro.

Una vez finalizado el plazo de presentación se determinará, mediante Resolución del Director Gerente del Instituto Navarro del Deporte, la cuantía definitiva otorgada a cada uno de los proyectos seleccionados, en función del prorrateo del crédito total disponible en relación con la totalidad de proyectos seleccionados.

Decimocuarta.-Comunicación, seguimiento y control.

Valorados los proyectos presentados, el Instituto Navarro del Deporte comunicará a los centros escolares admitidos su participación en el Programa de Deporte en edad Escolar.

El Instituto Navarro del Deporte, será el encargado a través de los técnicos correspondientes, de ejercer el seguimiento del programa, supervisar y evaluar la totalidad de aspectos desarrollados y el grado de cumplimiento de los objetivos fijados.

La financiación del proyecto quedará condicionada a la correcta ejecución del proyecto.

Decimoquinta.-Aceptación de las bases.

Todos los centros escolares que participen en la convocatoria asumen plenamente el contenido de las presentes bases.

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