BOLETÍN Nº 125 - 9 de octubre de 2009

4. Procedimientos Judiciales

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO TRES DE PAMPLONA

Edicto de notificación ejecución 131/2009

En el procedimiento de ejecución, número 131/2009, seguido en este Juzgado a instancia de Idoya Elia Menéndez contra Inmobiliaria María y Jimena Sociedad Limitada, sobre cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Se despacha ejecución a instancia de Idoya Elia Menéndez contra Inmobiliaria María y Jimena Sociedad Limitada, por un principal de 648,03 euros más 38,88 euros de intereses provisionales y la de 64,80 euros de costas provisionales.

Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes de la parte ejecutada, suficientes a cubrir las indicadas cantidades.

Se significa al deudor que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banesto, oficina 0030-8025, al concepto 3160.0000.64.0131.09.

Ofíciese al Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, así como al Registro de la Propiedad correspondiente al domicilio de la parte demandada a fin de que faciliten la relación de todos los bienes o derechos de la parte ejecutada de los que tengan constancia y únase la nota informativa relativa a la titularidad de vehículos de la parte ejecutada.

Requiérase al deudor o persona que legalmente le represente para que en el plazo de diez días, de no haber abonado en su totalidad la cantidad objeto de ejecución y sin perjuicio de los bienes embargados, presente manifestación de sus bienes y derechos con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades, sirviendo la notificación de la presente resolución de requerimiento en forma.

Únase la nota obtenida de la aplicación informática de acceso a la base de datos de la Hacienda Tributaria de Navarra, Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Dirección General de Tráfico y visto su contenido se declara el embargo de los siguientes bienes o derechos de la parte ejecutada:

Cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Foral de Navarra a la persona o empresa ejecutada por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas o Impuesto sobre el Valor Añadido, según la personalidad jurídica de la parte ejecutada, o por cualquier otro concepto, hasta cubrir las cantidades objeto de apremio.

Saldos existentes en cuentas corrientes, de ahorro a cualquier tipo de depósitos que la parte ejecutada tenga en la/s entidad/es bancarias La Caixa, Caja de Ahorros de Guipúzcoa y San Sebastián, BBVA, Caja de Ahorros de Navarra y Caja Rural de Navarra, así como de cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada en que esa entidad financiera actúe como depositaria o intermediaria, hasta cubrir las cantidades objeto de apremio. Para la garantía y eficacia de dicho embargo, líbrese oficio a las citadas entidades para que, en caso de existencia, procedan a retener y transferir a la cuenta de este Juzgado el importe de dichos saldos, en cantidad suficientes para cubrir lo reclamado en la ejecución.

Crédito que la parte ejecutada ostente frente a Construcciones Castellón 2000, S.A., Grupas, S.A., Inmoksa Inmobiliaria, S.L., Difusión Publicidad y Marketing, S.L., Promolite 21, S.L., a la/s que se librará oficio para que en el plazo de cinco días transfieran a la cuenta de este Juzgado la suma total de las cantidades pendientes en la ejecutoria, o sucesivas que adeude hasta cubrir el total importe, bajo las advertencias y apercibimientos legales en caso de incumplimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Inmobiliaria María y Jimena Sociedad Limitada, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 21 de septiembre de 2009.-La Secretaria Judicial, Lourdes García Ruiz.

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