BOLETÍN Nº 123 - 5 de octubre de 2009

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

PAMPLONA

Convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la concesión de ayudas a vecinos
de Pamplona por la asistencia a cursos de aprendizaje del euskera en régimen de internado durante el año 2009

La presente convocatoria tiene por objeto desarrollar el procedimiento para la concesión de ayudas a vecinos de Pamplona por la asistencia a cursos de euskera en régimen de internado durante el año 2009 en régimen de concurrencia competitiva y en ejecución de lo dispuesto por la Ordenanza General de Subvenciones del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento de fecha 3 de noviembre de 2005, y publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 21, de fecha 17 de febrero de 2006.

En lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación la Ordenanza General de Subvenciones del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona.

1.-Presupuesto.

La presente convocatoria tendrá una consignación presupuestaria máxima de 2.800 euros que será atendida con aplicación a la partida presupuestaria 50 45140 480000 del vigente presupuesto municipal.

Se procederá al prorrateo, entre los beneficiarios de la convocatoria que cumplan los requisitos establecidos, del importe máximo destinado a las ayudas, en el caso de que el importe del total de éstas supere la consignación económica de la convocatoria.

2.-Objeto y finalidad de las ayudas y condiciones de la actividad.

El objeto y la finalidad de la presente convocatoria es conceder ayudas económicas a vecinos de Pamplona por la asistencia durante el año 2009 a cursos intensivos de aprendizaje del euskera en régimen de internado siempre que cumplan los requisitos establecidos.

Asimismo, podrá ser objeto de esta convocatoria la realización de cursos que, habiendo sido iniciados en el año 2008, han tenido continuidad en el 2009, y no recibieron subvención por la parte correspondiente en la convocatoria de 2008.

Los cursos deberán tener una duración mínima de cuatro semanas, pudiendo acumularse cursos de menor duración siempre que entre ellos no haya transcurrido un periodo de tiempo superior a cuatro semanas.

3.-Requisitos para solicitar la resolución y forma de acreditarlos.

Podrán solicitar la subvención los vecinos de Pamplona que, reuniendo los requisitos generales y no estando incursos en ninguna de las causas de prohibición establecidas en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones, cumplan, además, los requisitos siguientes:

a) Estar empadronados en Pamplona con una antelación mínima de seis meses a la fecha de inicio del curso por el que se solicita la ayuda económica. Este documento se obtendrá de oficio por los servicios administrativos municipales.

b) Haber realizado el curso con un nivel mínimo de asistencia del 90%, habiendo obtenido un nivel de aprovechamiento satisfactorio.

c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social, así como no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro. El Ayuntamiento comprobará de oficio que se está al corriente de las obligaciones fiscales para con el ayuntamiento.

La forma de justificar el cumplimiento de reunir los citados requisitos y de no estar en incursos en ninguna causa de prohibición se efectuará mediante la presentación de la documentación que se concreta en la cláusula 8 de estas Bases.

4.-Órganos competentes para la instrucción y resolución de las solicitudes.

El órgano para la instrucción del procedimiento de subvenciones será la Secretaría Técnica del Área de Cultura que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución.

La resolución del procedimiento para la concesión de subvenciones corresponderá a la Concejala Delegada de Cultura.

La propuesta de resolución será formulada por el órgano instructor a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración y trasladada al órgano competente para resolver.

La Comisión de Valoración estará integrada por los siguientes miembros:

-Presidente: La Directora del Área de Cultura.

-Vocales: El Coordinador Municipal de Euskara.

La Técnica de actividades culturales.

La Secretaria de Dirección del Área de Cultura.

-Secretario: Un administrativo con conocimiento de euskera del Área de Cultura.

5.-Criterios de concreción de la cuantía.

La ayuda económica será del 50% del coste del curso sin que nadie pueda percibir una ayuda por asistencia a cursos intensivos de euskera en régimen de internado superior a 492 euros, teniéndose en cuenta para computar este límite las ayudas otorgadas hasta la fecha por el Ayuntamiento de Pamplona dentro de esta misma convocatoria.

En el caso en que la cuantía del total de las ayudas económicas determinadas por este criterio supere la consignación económica de la convocatoria se aplicará lo establecido en el párrafo 2.º de la cláusula 1 de estas Bases.

6.-Plazo y lugar de presentación de solicitudes.

Las solicitudes podrán realizarse a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y hasta el día 12 de noviembre de 2009. A las solicitudes se acompañarán los documentos e informaciones a que se hace referencia en la cláusula 8 de estas Bases.

Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Pamplona, calle Mercado número 7-9, en los registros auxiliares (calle Descalzos número 72, 2.ª planta -Área de Cultura-, calle San Saturnino número 2, planta baja -Área de Desarrollo Sostenible-, calle Monasterio de Irache número 2, planta baja -Área de Seguridad Ciudadana-, avenida del Ejército número 2, 5.ª planta -Área de Urbanismo y Vivienda-, calle Zapatería número 40, planta baja -Áreas de Presidencia, Bienestar Social y Deporte y de Educación y Juventud) o en cualquiera de los previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7.-Plazo de resolución y de notificación.

El plazo máximo para resolver la resolución de concesión y ordenación del pago finaliza el 31 de diciembre de 2009.

Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, el solicitante podrá entender desestimada su solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la Ordenanza General de Subvenciones.

8.-Documentación que debe presentarse a la solicitud.

Los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación:

a) Solicitud en modelo de instancia oficial.

b) Documento suscrito por la entidad organizadora del curso, en el que se describan claramente las fechas de duración, el nivel y el coste económico del curso, y en el que se certifique que el solicitante ha mantenido una actitud positiva y ha obtenido un aprovechamiento satisfactorio en las enseñanzas impartidas, así como que ha observado un nivel de asistencia y participación en el curso superior al 90% de su duración. Este documento estará firmado por persona que deberá estar claramente identificada y que lo hará en calidad de responsable de la entidad organizadora del curso.

c) Justificante acreditativo de haber realizado el pago del curso.

d) Justificante acreditativo de cuenta bancaria a nombre del solicitante en la que se desea recibir la ayuda económica.

e) Certificación expedida por la Administración competente de encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social.

f) Declaración responsable en la que se haga constar que el solicitante cumple los requisitos exigidos por la presente convocatoria y no se halla incurso en ninguna causa de prohibición enumerada en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones.

9.-Obligaciones de los beneficiarios.

Las personas que obtengan la ayuda deberán reunir los requisitos para poder ser considerados beneficiarios y tendrán obligación de someterse a cualquier actuación de comprobación, relacionada con la ayuda económica recibida, que puedan efectuar los órganos competentes para ello.

10.-Medio de notificación o publicación.

La resolución de concesión, que pondrá fin a la vía administrativa, será notificada a los solicitantes de conformidad con lo prescrito en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.

11.-Pago.

El pago de la ayuda se ordenará en la Resolución de la Concejala Delegada de Cultura que autorice su concesión en el plazo máximo que finaliza el 31 de diciembre de 2009.

No podrá realizarse el pago de la ayuda en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.

En tal caso el ayuntamiento de Pamplona podrá de oficio proceder a saldar previamente las deudas pendientes de cobro de los beneficiarios de las subvenciones, mediante compensación de dichas subvenciones, o de parte de éstas, con las cantidades adeudadas.

12.-Resolución y recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y las resoluciones administrativas que se adopten en ejecución de las mismas podrán interponerse, potestativamente, los siguientes recursos:

Recurso de reposición ante el mismo órgano municipal autor del acto administrativo en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra.

Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.

Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Navarra en el plazo de dos meses. Este plazo se computará a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.

Pamplona, 15 de septiembre de 2009.-La Concejal Delegada de Cultura, Paz Prieto.

Código del anuncio: L0922830