BOLETÍN Nº 122 - 2 de octubre de 2009

6. Otros anuncios

6.2. Anuncios de particulares

COLEGIO DE MEDIADORES DE SEGUROS DE NAVARRA

Creación fichero de titularidad pública

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas y Corporaciones de Derecho Público deberá efectuarse por medio de una disposición general publicada en el "Boletín Oficial del Estado" o Diario Oficial correspondiente.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 15/99, de 13 de diciembre, la Junta de Gobierno del Colegio de Mediadores de Seguros de Navarra, en sesión celebrada el día 9 de septiembre de 2009 acuerda por unanimidad, la aprobación de la disposición de creación de 1 fichero de titularidad pública de carácter personal de la Corporación, en los siguientes términos:

Artículo 1. Se crea el fichero de datos de carácter personal de titularidad pública del que es responsable el Colegio de Mediadores de Seguros de Navarra que se relaciona en el Anexo de la presente disposición y que deberán adecuarse a los términos y condiciones previstos en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y disposiciones de desarrollo, en particular a las prescripciones establecidas en el Real Decreto 994/99, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal.

Artículo 2. El Colegio de Mediadores de Seguros de Navarra como responsable del fichero y tratamientos deberá adoptar las medidas necesarias para garantizar que los datos de carácter personal existentes en los mismos se usan para las finalidades y funciones de derecho público que tiene encomendadas y reconocidas en la Ley de Colegios Profesionales 2/74, de 13 de febrero y demás normativa de carácter general o sectorial que afecte a la profesión, en relación con la Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Artículo 3. Los profesionales afectados podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación, ante el Colegio de Mediadores de Seguros de Navarra en su sede oficial de Pamplona, Plaza del Castillo, número 8, 2.º

DISPOSICION FINAL

Primera.-De la presente disposición se dará traslado a la Agencia Española de Protección de Datos, conforme a lo dispuesto en el artículo 39.2.a) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal (LOPD), que dispone que serán objeto de inscripción en el Registro General de Protección de Datos los ficheros de los cuales sean titulares las Administraciones Públicas. Asimismo, y en el artículo 5 del Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio de 1994, que desarrolla determinados aspectos de la Ley Orgánica 5/1992, y que está en vigor en cuanto no se oponga a la LOPD, se señala que todo fichero de datos de carácter personal de titularidad pública será notificado a la Agencia Española de Protección de Datos por el órgano competente responsable del fichero para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el traslado a través del modelo normalizado que al efecto elabore la Agencia, de una copia de la disposición de creación del fichero.

Segunda.-La presente disposición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra de Navarra.

Pamplona, 10 de septiembre de 2009.-La Presidente, María Luisa Martínez Villaseca.

ANEXO I

Nombre del fichero: Fichero de Colegiados.

A.-Descripción del fichero: Fichero destinado al seguimiento y gestión de los colegiados y actividades del colegio.

B.-Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos incluidos en el mismo:

-Datos de carácter identificativo: Nombre y apellidos, DNI, dirección, teléfono.

-Datos de características personales: No.

-Datos académicos y profesionales: Número de colegiado.

-Datos de detalle de empleo: Puesto de trabajo, Empresa.

-Datos económicos y financieros: No.

-Datos de transacciones: No.

C.-Finalidad y usos previstos: Finalidades varias: Registro de colegiados; acreditación de la habilitación profesional de los colegiados; envío de correspondencia propia de la organización colegial, documentación.

D.-Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener los datos o resulten obligados a suministrarlo: <Tipo de Colegiados> colegiados en Navarra.

E.-Medidas de seguridad: Nivel Básico.

F.-Procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal.

G.-Cesiones de datos y trasferencias internacionales: Otros Colegios Profesionales, administraciones públicas e interesados legítimos y órganos jurisdiccionales.

H.-Responsable del fichero: Colegio de Mediadores de Seguros de Navarra

I.-Servicio o unidades ante el que se pueden ejercitar los derechos:

Colegio de Mediadores de Seguros de Navarra. Plaza del Castillo, número 8, 2.º, Pamplona 31001.

Código del anuncio: P0922475