BOLETÍN Nº 122 - 2 de octubre de 2009

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

BARAÑÁIN

Edicto de notificación

No habiendo podido ser notificado el siguiente acuerdo a don Rubén Sanz y a don Mikel Fernández Pérez en sus últimos domicilios conocidos, de conformidad con las prescripciones contenidas en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la práctica de la notificación mediante el presente anuncio y mediante Edicto publicado en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Barañáin:

En sesión ordinaria que el Pleno del Ayuntamiento de Barañáin celebró en fecha 27 de agosto de 2009, se adoptó, entre otros, el acuerdo, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación, a reserva del texto definitivo que resulte de la aprobación del acta:

"Quinto.-Incoación del Expediente de Revocación de la cesión de uso del local de titularidad Municipal sito en Plaza Consistorial cedido provisionalmente a Gazte Asamblada.

[ ...]

Vista Resolución de alcaldía número 228/2004, de 5 de agosto, por la que se cedió a precario a Gazte Asamblada la utilización del local de titularidad municipal sito en plaza consistorial de 200 m² y con entrada por la plaza junto a la farmacia.

Habida cuenta que, al día de la fecha el ayuntamiento de Barañáin se encuentra interesado en recuperar la posesión de dicho bien con la finalidad de utilizar el inmueble referido para atención de las necesidades o fines de los servicios de este ayuntamiento y resultando asimismo que la cesión autorizada mediante resolución de alcaldía número 228/2004, fue otorgada sin la incoación del correspondiente expediente en el que se justificó la oportunidad, conveniencia de la cesión, la forma de adjudicación y la aprobación del correspondiente pliego de cláusulas administrativas así como el resto de requisitos recogidos en el artículo 116 y siguientes del Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de bienes de Navarra.

Considerando que sin perjuicio de que dicha autorización se confirió a precario, la autorización competencial de la alcaldía para efectuar dicha cesión venía otorgada por la concurrencia de los requisitos establecidos en el artículo 130.1.b) de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de administración local de Navarra, habida cuenta del carácter patrimonial de dicho bien y de su cuantía, que suponían una utilización onerosa del bien por un plazo no superior a 5 años.

Resultando que dicho extremo fue comunicado a Gazte Asamblada mediante notificación del concejal de cultura y juventud de fecha 21 de julio de 2009 a don Iker Martínez Urdaci y don Mikel Fernández Pérez al figurar como responsables de la Gazte Asamblada en la resolución anteriormente señalada donde se indicaba que el plazo máximo por el que el artículo 130.1.b) de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de administración local de Navarra, permitía al presidente de la corporación la cesión mencionada finalizaba el 5 de agosto de 2009 comunicando que, el local debía quedar totalmente desalojado el día 5 de agosto de 2009.

Habida cuenta que en la práctica la cesión ha devenido gratuita por cuanto la utilización del local identificado por Gazte Asamblada no ha estado sujeta a contraprestación alguna y que para dicho tipo de cesiones el órgano competente, ex artículo 130.2 de la ley foral 6/1990, de 2 de julio, de administración local de Navarra, es el pleno de la corporación.

Habida cuenta que visto el informe de policía municipal emitido el día 6 de agosto de 2009 se constata que al día de la fecha se encuentran personas en el inmueble identificado.

Visto Informe Jurídico emitido en el expediente en fecha 12 de agosto de 2009, y en ejercicio de la competencia legalmente atribuida al pleno de la corporación por el referido artículo 130 de la ley foral 6/1990, de 2 de julio, de administración local de Navarra, se acuerda:

Primero.-Incoar expediente para la revocación de la cesión de uso otorgada de forma provisional a Gazte Asamblada mediante resolución de alcaldía número 228/2004, de 5 de agosto y, en su virtud, otorgar a Gazte Asamblada un plazo improrrogable de un mes contado a partir de la notificación del presente acuerdo, para el desalojo y puesta a disposición del Ayuntamiento de Barañáin del local de titularidad municipal sito en Plaza Consistorial de 200 m² y con entrada por la plaza junto a la farmacia ocupado por dicho colectivo.

Segundo.-Indicar a Gazte Asamblada que, en el supuesto de que transcurrido el plazo referido en el resolutivo anterior el local indicado no quede libre y expedito y revertido al ayuntamiento, se procederá, previa declaración de reversión de dicha cesión, a la interposición de las acciones judiciales correspondientes frente a Gazte Asamblada conducentes al desahucio y desalojo del inmueble de titularidad municipal sito en Plaza Consistorial.

Tercero.-Otorgar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84.2 de la ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a Gazte Asamblada un plazo de quince días hábiles para que presenten en defensa de su derecho todas las alegaciones, documentos o justificaciones que estimen pertinentes.

Cuarto.-Notificar la presente resolución a las personas que en la resolución número 228/2004, de 5 de agosto, aparecían como responsables de la interlocución con el Ayuntamiento de Barañáin, don Iker Martínez Urdaci y don Mikel Fernández Pérez y a don Rubén Sanz en su condición de Presidente de la Asociación Barañáingo Gazte Asamblada."

Lo que le notifico a los efectos oportunos advirtiéndole que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.1. in fine de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 25.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra el presente acuerdo no cabe la interposición de Recurso alguno por tratarse de un acto de trámite no susceptible de impugnación, pudiendo formularse por los interesados las alegaciones que se estimen pertinentes para su consideración en la Resolución o acuerdo que ponga fin al procedimiento.

Barañáin, 7 de septiembre de 2009.-El Alcalde-Presidente, José Antonio Mendive Rodríguez.

Código del anuncio: L0922105