BOLETÍN Nº 122 - 2 de octubre de 2009

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MANCOMUNIDAD DE SAKANA

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición,
de una plaza de encargado de los servicios de la Mancomunidad de Sakana para la gestión de los residuos

1.-Normas Generales.

1.1. Se anuncia la convocatoria pública para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de Encargado de los servicios de la Mancomunidad de Sakana para la gestión de los residuos.

1.2. La persona que resulte nombrada en virtud de la presente convocatoria desempeñará las siguientes funciones:

-En general, coordinar el servicio de recogida y tratamiento de residuos en dependencia directa de la Gerencia.

-Comprobar el funcionamiento correcto de las recogidas tanto de la general como de las selectivas (pilas, papel comercios, vidrio, contenedores, voluminosos, domésticos, etc ...).

-Obtener datos sobre el comportamiento del sistema de recogida en cuanto a recorridos, frecuencias, brigadas, ubicación, fijación y limpieza de los puntos de recogida, número y dimensión de contenedores ...etc., según tipos de recogidas. En orden a una adecuada planificación y actualización, hacer propuestas sobre la optimización constante del sistema de recogida.

-Organizar y coordinar los turnos de las diversas recogidas distribuyendo tareas entre el personal del Servicio respetando el calendario anual y el convenio colectivo.

-Realizar sustituciones accidentales de conductores o palista.

-Controlar la asistencia del personal a su puesto de trabajo y el absentismo que se produzca, cumplimiento de la jornada laboral y elaboración de informes mensuales sobre las incidencias derivadas de las nóminas del personal (horas extras, compensaciones ...).

-Supervisar y controlar el estado de los camiones y demás vehículos del servicio así como el conjunto de las instalaciones del Servicio dando las indicaciones oportunas al personal.

-Supervisar el estado de las instalaciones del Centro de Tratamiento de Arbizu: vertedero, balsa de lixiviados, depuradora de lixiviados, oficinas, vestuarios, garajes e instalaciones de transferencia, dando las indicaciones oportunas al personal.

-Supervisar el mantenimiento de los contenedores dando las instrucciones oportunas al personal para su conservación, reparación o sustitución.

-Supervisar el tipo de residuos que entran en la Planta y resolver, en primera instancia, las posibles dudas que surjan sobre la autorización o no de determinados vertidos.

-Vigilar el cumplimiento de la Ordenanza de R.S.U. por parte de los usuarios, e informar a los órganos competentes de la Mancomunidad sobre las posibles infracciones cometidas.

-Realizar todas aquellas tareas que en función de su puesto de trabajo le correspondan en el sistema de calidad, gestión medioambiental y prevención de riesgos laborales.

-Recibir de los usuarios en general las quejas y preocupaciones sobre el funcionamiento del Servicio, adoptando las decisiones que procedan para dar solución a las mismas, manteniendo, si fuera preciso, contacto personal con los usuarios, en coordinación con la administración de la Mancomunidad.

Y cualquier otra labor que puede encomendársele dentro de su nivel y categoría.

1.3. La persona que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulte nombrada para cubrir la plaza convocada, tendrá la condición de funcionario de la Mancomunidad de Sakana y será encuadrada en el nivel C, con los complementos que en cada momento se establezcan por la Mancomunidad.

1.4. Dicha persona será afiliada y dada de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

1.5. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

2.-Requisitos de las personas aspirantes.

2.1. Para ser admitidas al presente concurso-oposición, las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser de nacionalidad española o de cualquier otro estado de la Unión Europea.

b) Ser mayor de edad.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, del título de Bachiller, F.P.II o equivalente. Igualmente se admitirá titulación de grado superior.

d) Hallarse en posesión del permiso de conducir vehículos, como mínimo, de la clase C. La persona que resulte nombrada en virtud de esta convocatoria, deberá justificar la disponibilidad de vehículo previamente a dicho nombramiento.

e) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

f) No hallarse inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separada del servicio de una Administración Pública.

2.2. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados en el momento de la presentación de instancias y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, debiendo gozar de los mismos durante el proceso del concurso-oposición, hasta el momento de nombramiento.

3.-Instancias.

3.1. Las solicitudes para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en la Secretaría de la Mancomunidad, en Lakuntza, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

3.2. Las personas aspirantes deberán alegar los méritos que, de conformidad con lo establecido en el apartado 8 de esta convocatoria, hayan de ser valorados por el Tribunal calificador.

3.3. Los méritos alegados deberán probarse con documentos originales o compulsados debidamente, teniéndose por no presentados en caso contrario.

3.4. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Presidente dictará Resolución aprobando la lista de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra y el tablón de anuncios de la Mancomunidad.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Presidente de la Mancomunidad dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, y ordenará la publicación de la misma en el Boletín Oficial de Navarra. En la misma Resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

5.-Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Miguel Angel Zubiria Galartza, presidente de la Mancomunidad.

Suplente: Eduardo Urrestarazu Fernández, vicepresidente de la Mancomunidad.

Vocal: Adolfo Araiz Flamarique, Gerente de la Mancomunidad de Sakana.

Suplente: Persona en la que delegue.

Vocal: Persona designada por la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

Suplente: Persona en la que delegue.

Vocal: Persona designada por la Mancomunidad de Valdizarbe.

Suplente: A designar por la Mancomunidad de Valdizarbe.

Vocal: Fernando Lorenzo Yabar Ollacarizquieta, representante del personal laboral del Servicio de Residuos de la Mancomunidad de Sakana.

Suplente: Representante sindical del personal funcionario de la Mancomunidad de Sakana.

Vocal-Secretario: Isaac Valencia Alzueta, Secretario de la Mancomunidad.

Suplente: Cualquiera de los/as secretarios/as de los ayuntamientos que conforman la Mancomunidad.

5.2. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de quienes lo componen.

5.3. Quienes integran el Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a quienes integran del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar personas asesoras especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichas asesoras se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente de aquéllas.

6.-Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso-oposición se desarrollará en tres fases, teniendo lugar primero la prueba de euskera, en segundo lugar la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición, en la forma indicada en las presentes bases. El Tribunal podrá acordar potestativamente la realización de varios o de todos los ejercicios en un mismo día.

Los aspirantes que no comparezcan quedarán eliminados.

7.-Prueba de euskara.

7.1. La prueba de euskara, a realizar por todas las personas aspirantes, tendrá carácter eliminatorio y consistirá en un ejercicio hablado y escrito determinado por el Tribunal. El nivel de conocimiento será el correspondiente al tercer curso de la Escuela de Idiomas.

8.-Fase de concurso.

8.1. La fase de concurso, sin carácter eliminatorio, tendrá una puntuación máxima de 20 puntos.

8.2. Los méritos alegados y probados conforme a lo establecido en el apartado 3.3 se puntuarán de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Por cada año trabajado en una entidad pública: 1 punto. Por fracción, con un mínimo de tres meses, la parte proporcional, con un máximo de 10 puntos.

b) Cursos relacionados con las funciones del puesto: por cada módulo de 20 horas, 0,5 puntos, con un máximo de 10 puntos.

c) Por otras titulaciones distintas a la exigida para la convocatoria:

-Licenciado: por cada licenciatura 2,5 puntos, con un máximo de 7 puntos.

-Diplomado: por cada diplomatura 2 puntos, con un máximo de 6 puntos.

8.3. Para el cómputo de los méritos previstos en los apartados anteriores suficientemente acreditados, se tendrán en cuenta los servicios prestados tanto en régimen laboral eventual como en fijo.

Cuando el tiempo de experiencia acreditado no complete anualidades enteras, se obtendrá la correspondiente proporcionalidad.

9.-Fase de oposición.

9.1. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios, y su puntuación máxima será de 80 puntos:

a) Prueba de conocimientos.

b) Ejercicio práctico.

c) Prueba psicotécnica.

9.2. La prueba de conocimientos consistirá en la realización por escrito de un ejercicio, tipo test, en un tiempo máximo de 2 horas, sobre los temas indicados en el Anexo 2. La parte teórica tendrá una puntuación máxima de 35 puntos, eliminándose quienes obtengan una puntuación inferior a 17,5 puntos. Cada pregunta mal contestada se penalizará con la mitad del valor que tuviera asignado.

9.3. El ejercicio práctico consistirá en la resolución de varios supuestos prácticos relacionados con las funciones y contenidos de la plaza. El ejercicio se desarrollará en un tiempo máximo de 2 horas. La parte práctica tendrá una puntuación máxima de 35 puntos, eliminándose quienes obtengan una puntuación inferior a 17,5 puntos.

Cada uno de los miembros del tribunal efectuará la calificación por separado y la media aritmética de todas las calificaciones será la puntuación del ejercicio de que se trate. En el supuesto de que entre las puntuaciones máxima y mínima emitidas por los miembros del tribunal calificador, exista una diferencia superior al 30 por ciento de la puntuación prevista en el condicionado del ejercicio de que se trate, no se computarán ninguna de las puntuaciones extremas, obteniendo la media aritmética con el resto de las puntuaciones.

Tanto la prueba de conocimientos como el ejercicio práctico se efectuarán por el sistema de plicas. No se permitirá llevar al examen material de consulta para la realización de ninguno de los ejercicios.

9.4. La prueba psicotécnica. Los candidatos que hayan superado los anteriores ejercicios serán objeto de una prueba psicotécnica, para la evaluación tanto de las aptitudes del aspirante en relación con las precisas para el desempeño de las funciones del puesto, como de su personalidad en relación a la mayor o menor adecuación del perfil técnico-humano que presente al propio puesto. Se calificará asimismo sobre 10 puntos, debiéndose obtener un mínimo de 5 puntos para aprobarlo. La prueba psicotécnica se realizará por personal del INAP.

9.5. Las personas aspirantes serán convocadas mediante llamamiento único para cada ejercicio, al que deberán ir provistos del DNI. Quienes no comparecieran a las mismas quedarán eliminadas.

9.6. Una vez terminado cada ejercicio, el tribunal hará pública, en el tablón de anuncios de la Mancomunidad de Sakana la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, así mismo, el lugar, la fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición.

10.-Relación de aprobados y presentación de documentos.

10.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el tribunal hará pública, en el tablón de anuncios de la Mancomunidad de Sakana, la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida partiendo del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación, sumando las calificaciones obtenidas por cada aspirante en los ejercicios.

10.2. El tribunal elevará al presidente de la Mancomunidad propuesta de nombramiento en favor del aspirante con mayor puntuación, la cual será publicada en el Boletín Oficial de Navarra.

10.3. Dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá aportar, en las oficinas de la Mancomunidad, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en las bases 2.1.c) de la convocatoria.

b) Informe médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

c) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una administración pública.

d) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las leyes y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

10.4. Quienes dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentaran dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

10.5. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el presidente de la Mancomunidad cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere la base 10.1 procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

11.-Nombramiento y toma de posesión.

11.1. El presidente de la Mancomunidad nombrará, mediante resolución, funcionario de la Mancomunidad de Sakana, para desempeñar el puesto de trabajo de Encargado de los servicios de la Mancomunidad de Sakana para la gestión de los residuos sólidos urbanos, al aspirante que hubiera dado cumplimiento a lo establecido en la Base anterior. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.

11.2. El aspirante nombrado deberá tomar posesión del puesto en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Mancomunidad de Sakana. En tal supuesto, se estará a lo establecido en la base 11.1.

12.-Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse alguno de los siguientes recursos:

a) Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano competente del mismo orden del tribunal Superior de justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a esta notificación.

b) Con carácter potestativo, recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del plazo del mes siguiente a esta notificación.

c) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ayuntamiento, dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente a esta notificación.

Sakana, 9 de septiembre de 2009.-El Presidente, Miguel Ángel Zubiría Galartza.

ANEXO 1

Modelo de instancia

Nombre ................................, mayor de edad, con Documento Nacional de Identidad número ........... y fecha de nacimiento día .......... de ........... de 19...., natural de ........... (...........), con domicilio en ................... (...........), calle ......................., número ......., código postal ..............., teléfono ..........

Comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita su admisión en la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de Encargado de los servicios de la Mancomunidad de Sakana para la gestión de los residuos, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número ........, de fecha ............

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no incurre en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no se encuentra en situación de separación mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni en situación de inhabilitación para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación señalada en la base 2 de la convocatoria.

Que está en posesión del permiso de conducir vehículos, de la clase C como mínimo.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Lakuntza, ................... de ........................... de 200 ............

(Firma)

ANEXO 2

Temario

1.-La Ley 10/1998, de Residuos.

2.-La Ley 11/1997, de envases y residuos de envases.

3.-La Ordenanza reguladora de la gestión de los residuos, de la Mancomunidad de Sakana para la gestión de los residuos sólidos urbanos.

4.-La Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por recogida, tratamiento y aprovechamiento o eliminación de residuos urbanos y demás actividades prestadas en relación con dicho servicio, de la Mancomunidad de Sakanalas para la gestión de los residuos sólidos urbanos.

5.-Sistema de Gestión bajo la norma UNE-ISO 9001. Cuestiones generales e implantación en un Servicio de Residuos.

6.-Sistema de Gestión Medioambiental bajo norma UNE-ISO 14.001. Cuestiones generales e implantación en un Servicio de Residuos.

7.-El Procedimiento administrativo: Iniciación, tramitación e instrucción, terminación.

8.-El motor de explosión. Constitución. Funcionamiento. Sistema de alimentación. Carburador, bombas, filtros. Refrigeración y engrase. Sistema de encendido. Batería de acumuladores.

9.-Mecánica. Motor diesel. Chasis. Embrague. Cambio. Amortiguación. Frenos, ruedas y neumáticos.

10.-Electricidad. Circuito de carga. Circuito de arranque. Circuito de alumbrado. Circuito de maniobra. Circuito de accesorios. Aparatos que componen los circuitos.

11.-Tipos de suspensión de los diferentes vehículos. Sistema de refrigeración en los motores. Sistema de lubricación en los distintos motores.

12.-Limpieza de los vehículos del servicio y su mantenimiento.

13.-Las Funciones del Encargado del Servicio de Residuos. Personal adscrito al Servicio e incidencias del mismo.

14.-Los residuos sólidos urbanos: tipos. Sistema de recogida y clasificación.

15.-Conceptos generales de seguridad y salud laboral en el Servicio de residuos.

16.-Equipos de protección individual en materia de seguridad en el trabajo.

17.-Directivas europeas de gestión de residuos.

18.-Gestión municipal de residuos sólidos urbanos. Su clasificación y procedimiento.

Código del anuncio: L0922225