BOLETÍN Nº 122 - 2 de octubre de 2009

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

TUDELA

Decreto de Alcaldía número 11/2009, de 7 de septiembre

En el día de la fecha, el señor Alcalde-Presidente del M. I. Ayuntamiento de Tudela, se dicta lo siguiente:

En sesión celebrada por el Pleno de este Ayuntamiento el día 30 de enero de 2009, se aprobó el Reglamento de Organización Administrativa del Ayuntamiento de Tudela, cuyo texto fue objeto de publicación en el Boletín Oficial de Navarra del 11 de marzo de 2009.

En el citado acuerdo se delegaba en esta Alcaldía para que, conforme fuesen adecuándose los medios humanos y materiales necesarios para su correcto funcionamiento, adopte las medidas necesarias para que de forma progresiva se lleve a cabo la efectiva implantación de la nueva estructura, especialmente en aquéllos casos que represente una modificación de dependencia orgánica o funcional de servicios.

En este sentido, con fecha 31 de agosto de 2009, el Boletín Oficial de Navarra publica el acuerdo de aprobación definitiva de la Plantilla Orgánica del Ayuntamiento de Tudela y de sus Organismos Autónomos, último trámite para su efectiva aplicación, y cuya estructura ya aparece adecuada a la reflejada en el citado Reglamento.

Procede, en consecuencia, adecuar las delegaciones efectuadas por esta Alcaldía en su momento, a la nueva situación derivada de la aprobación de dichas disposiciones.

Respecto a las Delegaciones genéricas que el Alcalde puede efectuar, según el artículo 23.4 del Reglamento Orgánico Municipal, sobre Áreas determinadas de la actividad municipal en favor de los miembros de la Junta de Gobierno Local, mediante Decreto número 6/2007, de 19 de junio, se delegó en la Concejala doña. Elena Magán López el ejercicio de determinadas atribuciones referidas al Área de Bienestar Social y Mujer.

En consecuencia, y en uso de estas facultades y a la vista del resto de disposiciones legales en materia de régimen local que regulan la materia,

DECRETO:

Primero.-Delegar, en forma genérica, el ejercicio de las atribuciones que se especifican a continuación, y que corresponden a la Alcaldía, referidas al Área de Asuntos Sociales y Mujer, a favor de la Tercera Teniente de Alcalde, y componente de la Junta de Gobierno Local, Elena Magán López:

-Dirigir, impulsar e inspeccionar las obras, servicios y actuaciones referidas a las materias propias del Área que se le asigna, así como aquellas cuya ejecución o realización hubiera sido acordada, recabando los asesoramientos técnicos necesarios.

-Presidir subastas y concursos para la venta, arrendamientos, obras, servicios y suministros y adjudicar definitivamente, con arreglo a las leyes, según las competencias que tenga delegadas.

-La contratación y concesión de obras, servicios, suministros y asistencia técnica cuya cuantía no exceda de 15.000 euros.

-Autorizar y disponer gastos dentro de los límites de la cuantía señalada en el apartado anterior, y los que se prevean en las bases de ejecución del presupuesto.

-Hacer cumplir las Ordenanzas y Reglamentos municipales, así como sancionar las infracciones a los mismos y a la normativa de aplicación, en materia de su delegación, siempre que la cuantía de la sanción no exceda de 6.010,12 euros y salvo en los casos en que tal facultad esté atribuida a otros órganos.

-Publicar, ejecutar y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento en la esfera de su competencia.

Segundo.-Dicha delegación abarcará tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes del Área, como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, así como informar los recursos de alzada que se interpongan ante el Tribunal Administrativo de Navarra.

Tercero.-El Concejal que ostenta la delegación genérica de toda el Área tendrá la facultad de supervisar y coordinar la actuación de los Concejales con delegación especial.

Al estar reservada al Concejal con delegación genérica del Área la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, los Concejales con delegaciones especiales le propondrán la adopción de las resoluciones que afecten a su ámbito de competencia.

Asimismo, propondrán a la Alcaldía la adopción de las resoluciones sobre competencias que no hayan sido objeto de delegación.

Los informes con propuesta de acuerdo que se presenten a la Junta de Gobierno Local en asuntos competencia de esta, se tramitarán y propondrán por los respectivos Concejales con delegación especial.

Cuarto.-La delegación de atribuciones surtirá efecto desde el día siguiente al de la fecha del presente Decreto, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Asimismo, requerirá, para ser eficaz, su aceptación por parte de la Concejala. La delegación se entenderá tácitamente aceptada si, en el término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del Decreto, no hace manifestación expresa ante esta Alcaldía de que no acepta la Delegación.

Quinto.-Dar cuenta del presente Decreto al Pleno del M.I. Ayuntamiento; notificarlo a la Corporativa afectada; al Área de Asuntos Sociales y Mujer; y publicarlo en el Boletín Oficial de Navarra, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la firma del presente Decreto.

Tudela, 7 de septiembre de 2009.-El Alcalde, Luis Casado Oliver.

Código del anuncio: L0922429