BOLETÍN Nº 109 - 4 de septiembre de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 10 de agosto de 2009, por el que se aprueba la extinción del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal Polígono Industrial Comarca I.

En sesión celebrada el 29 de junio de 1989, el Gobierno de Navarra aprobó el "Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal Polígono Industrial Comarca I" (Boletín Oficial de Navarra de 19 de julio de 1989).

Con fecha 27 de enero de 2009, la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Pamplona dió traslado del Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Pamplona, adoptado el 16 de enero de 2009, por el cual solicita la extinción del PSIS de Comarca I y su incorporación al Plan Municipal de Pamplona; se aprueba inicialmente la modificación del Plan Municipal de carácter estructurante para la incorporación a éste del citado PSIS; se somete el expediente a información pública; y se remite el mismo al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda al objeto de que emita el informe al que se refiere el artículo 70.4 de la Ley Foral 35/2002. Se adjunta a dicho traslado un ejemplar del documento de "Solicitud de incorporación del PSIS del polígono industrial Comarca-I al Plan Municipal de Pamplona y Modificación de carácter estructurante de este documento".

Posteriormente, con fecha 16 de abril de 2009 la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Pamplona dió traslado del Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Pamplona, adoptado el 2 de abril de 2009, por el que, tras señalar que en el periodo de información pública del expediente de modificación (Boletín Oficial de Navarra de 13 de febrero de 2009) no se ha presentado alegación alguna, se aprueba provisionalmente la antedicha modificación, sustituyendo la ficha correspondiente a la ZO-1 conforme al informe técnico emitido sobre el particular, subsanando así, dice el informe, "un error material advertido en el documento aprobado inicialmente".

El artículo 46 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, establece que el Gobierno de Navarra podrá acordar la extinción de los PSIS en determinados supuestos, siendo uno de ellos el siguiente:

"c) Que lo soliciten las entidades locales en cuyo término se localicen las actuaciones para su incorporación al planeamiento municipal, sin que de dicha incorporación se pueda derivar una alteración sustancial del contenido del Plan Sectorial. Dicha incorporación podrá realizarse bien a través de una modificación del Plan General Municipal, con autorización del Gobierno de Navarra, o en el marco de una revisión de dicho Plan General Municipal."

El ámbito del PSIS a incorporar al Plan Municipal está constituido por los terrenos comprendidos en las unidades delimitadas en el Plan Municipal de Pamplona como ZO-1 (sectores B, C y D de suelo industrial del PSIS, que constituyen propiamente el ámbito de aplicación del mismo en el término de Pamplona) y A-5 (perteneciente al sector A de suelo no urbanizable del PSIS, con destino a infraestructuras, A-15). Dicho ámbito no incluye la unidad ZO-2 (sector E del PSIS) y Z-1 (sector H del PSIS), que respectivamente integran el ámbito del PSIS para la Implantación de una Gran Superficie Comercial en Pamplona (Eroski) -tramitado y aprobado de manera independiente- y la parcela del Colegio Agustinos, excluida del ámbito del PSIS, en la que actualmente es de aplicación el Plan Municipal.

Consideraciones:

La extinción del PSIS del Polígono Industrial Comarca I, ha sido solicitada por el Ayuntamiento de Pamplona para la incorporación de su contenido al Plan Municipal de Pamplona a través de la modificación de éste. Por otra parte, a la vista del documento presentado se considera que, en los términos en que se plantea la citada incorporación, no se deriva una alteración sustancial del contenido del Plan Sectorial, del que cabe decir que sus determinaciones han sido casi en su totalidad materializadas, constituyendo su ámbito en estos momentos un suelo urbano consolidado, tal como se recoge en la modificación del Plan Municipal que ahora se tramita.

Ahora bien, el PSIS cuya extinción solicita el Ayuntamiento de Pamplona afecta a otros términos municipales (e, incluso, una de las parcelas ocupada por una gran industria pertenece a Pamplona y a Berrioplano). Por ello, con fecha 19 de febrero pasado, el Director General de Vivienda y Ordenación del Territorio se dirigió a los Ayuntamientos afectados por el PSIS solicitando de los mismos que, si estuvieran de acuerdo con la extinción del PSIS Comarca I, formulasen, en consecuencia, la pertinente solicitud de extinción del PSIS en los términos establecidos en el artículo 46 de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

A dicho escrito dio respuesta el Ayuntamiento de Orcoyen, trasladando el Acuerdo adoptado el 25 de marzo de 2009 por el Pleno de "solicitar al Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio la extinción del PSIS Comarca I en los términos establecidos en el artículo 46 de la Ley Foral 35/2002, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, incorporándolo al planeamiento municipal, sin que de dicha incorporación se pueda derivar una alteración sustancial de su contenido". Analizado el Plan Municipal de Orcoyen, vigente desde el 25 de abril de 2007, se constata que entre las fichas de la Normativa Urbanística Particular figura la correspondiente al Sector "S8-Comarca 1" en la que se incluye el "Planeamiento vigente que se incorpora", es decir, el PSIS del polígono industrial Comarca 1 y sus modificaciones. En consecuencia, las "determinaciones de ordenación urbanística pormenorizadas" son las "establecidas en el planeamiento vigente que se incorpora".

Por su parte, el Ayuntamiento de Berrioplano, en sesión celebrada el día 1 de julio pasado, acordó por unanimidad solicitar la extinción del PSIS Comarca I y su incorporación al Plan Municipal de Berrioplano en los términos establecidos en el artículo 46 de la Ley Foral 35/2002. Analizado, asimismo, el Plan Municipal de Berrioplano vigente desde el 17 de septiembre de 2001, cabe comprobar que en el documento destinado a regular las áreas industriales del mismo, figura una ficha de normativa urbanística referida al polígono "Comarca I" -denominación abreviada del PSIS- con la siguiente anotación: "La Normativa Urbanística Particular del polígono "Comarca I" se incluye como documento de este Plan".

Cabe señalar, por último, que si bien el ámbito del PSIS afectaba en su formulación inicial a los términos municipales de Pamplona, Ansoain -Concejos de Berriozar y Aizoáin- y Olza -Concejo de Orcoyen-, actualmente afecta, según la división administrativa vigente, a los términos municipales de Pamplona, Berrioplano -Concejo de Aizoáin- y Orcoyen. En cualquier caso, el Ayuntamiento de Berriozar, en sesión plenaria celebrada el 24 de junio de 2009, acordó manifestar su conformidad con la extinción del PSIS quedando sus determinaciones incorporadas a las Normas Subsidiarias de la localidad.

En su virtud, de acuerdo con el informe de la Comisión de Ordenación del Territorio, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y demás normas de aplicación, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio,

ACUERDA:

1.º Aprobar la extinción del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal "Polígono Industrial Comarca I", quedando incorporadas las determinaciones del mismo a todos los efectos al Plan Municipal de Orcoyen, al Plan Municipal de Berrioplano y a las Normas Subsidiarias de Berriozar.

2.º Autorizar la incorporación del contenido del Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal "Polígono Industrial Comarca I" al Plan Municipal de Pamplona a través de la modificación aprobada inicialmente por el Ayuntamiento de Pamplona mediante Acuerdo del Pleno de 16 de enero de 2009 y provisionalmente mediante Acuerdo del Pleno de 2 de abril de 2009, sin perjuicio de los términos en los que se resuelva tal expediente de modificación. En cualquier caso, dicho PSIS mantendrá su vigencia hasta la fecha de entrada en vigor de la referida modificación del Plan General Municipal.

3.º Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y trasladarlo a la Dirección General de Empresa.

4.º Notificar el presente Acuerdo a la Sociedad Estatal de Promoción y Equipamiento de Suelo (SEPES), y a los Ayuntamientos de Pamplona, Orcoyen, Berrioplano y Berriozar a los efectos oportunos, señalando que contra el mismo, que agota la vía administrativa, cabe interponer Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación.

No obstante, las Administraciones Públicas podrán efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Pamplona, 10 de agosto de 2009.-El Consejero de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, en sustitución del Secretario del Gobierno de Navarra, Alberto Catalán Higueras.

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