BOLETÍN Nº 109 - 4 de septiembre de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 1653/2009, de 12 de agosto, del Director General de Medio Ambiente y Agua, por la que se formula Declaración de Incidencia Ambiental sobre el Plan General Municipal de Aibar, promovido por el Ayuntamiento de Aibar.

De acuerdo con lo establecido en el anexo 3.A apartado B)1. de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, los Planes Generales Municipales deben someterse a Evaluación Ambiental Estratégica y ser objeto de Declaración de Incidencia Ambiental, de manera previa o simultánea a la aprobación del Plan.

Con objeto de iniciar el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica se presenta el Plan Urbanístico Municipal con fecha 16 de abril de 2007. En respuesta a los informes emitidos por la Sección de Evaluación Ambiental (informe de 11 de enero de 2008 e informe de 12 de enero de 2009) se presenta la documentación completa en el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente el 3 de abril de 2009. Mediante Resolución 258/2009, de 24 de abril, se somete a información pública el Plan Urbanístico Municipal y el Estudio de Incidencia Ambiental, por un periodo de 45 días. No se han recibido alegaciones con contenido ambiental.

El Plan General Municipal de Aibar tiene como objetivos principales resolver las necesidades de suelo residencial, dotacional y de actividades económicas y prever las reservas de suelo necesarias para dotar a la población de servicios adecuados, ordenar el territorio del término municipal, crear un paseo en los márgenes del río Lorte, mejorar la balsa de la Mueda, potenciar usos recreativos en el monte robledal y repoblar zonas degradadas. Para el suelo no urbanizable se considera prioritario categorizar los terrenos en función de sus valores ambientales, arqueológicos o culturales, paisajísticos, agrícola, forestal o ganadero.

Así mismo, se procede a la actualización y adaptación del planeamiento vigente según lo establecido en la Ley Foral 35/2005, adaptándolo a la legislación urbanística y en particular el referido al suelo no urbanizable.

El análisis, diagnóstico y las propuestas efectuadas en el Plan Municipal de Aibar afectan a todo el ámbito municipal de 47,9 km² e incorpora la información y determinaciones derivadas del Estudio de Incidencia Ambiental, que contribuyen a armar el modelo de ocupación territorial.

El modelo de ocupación de las nuevas áreas de suelo urbano ha optado por un desarrollo urbano compacto. Al oeste del núcleo, los desarrollos urbanos que engloban el río Lorte y sus zonas de inundación (UE 8, 9, 11 y 12), quedan vinculados a la aplicación de criterios de zonificación de usos en relación al riesgo. En cuanto al suelo urbanizable clasifica como suelo sectorizado una única zona destinada a actividades económicas o industriales.

El estudio de Incidencia Ambiental analiza las interacciones del Plan Urbanístico Municipal con instrumentos de ordenación territorial como la Estrategia Territorial de Navarra (ETN) y el Plan de Ordenación Territorial 4 "Zonas Medias" (POT-4) y con otros Planes y Programas Sectoriales, destacando la compatibilidad y coherencia del Plan Urbanístico con los instrumentos supramunicipales.

El análisis y diagnóstico del medio se ha realizado integrando datos del medio físico referentes al clima, calidad del aire, geología y geomorfología, hidrología y riesgos. Aibar se sitúa en las estribaciones meridionales de la Sierra de Izco y presenta zonas bien diferenciadas desde el punto de vista geomorfológico, al norte con una serie de pequeñas cadenas montañosas que siguen la dirección pirenaica y la llanura aluvial del río Aragón al sur, que corresponde a dos extensos niveles de glacis de erosión y de terrazas fluviales. El núcleo de Aibar/Oibar se extiende en una pequeña cadena montañosa que atraviesa el término en sentido NO-SE.

Incluye datos de la red hidrográfica, caracterizada por barrancos profundos en la zona norte que pasan a ser sinuosos en la desembocadura en la margen derecha del Aragón. Destacan el barranco Gallán y el río Lorte, el cuál atraviesa la zona urbana tras la confluencia de los barrancos el Zoco, la Rabosa y la Bizkaia. Destaca como valores relevantes el Lugar de Importancia Comunitaria "Tramo medio del río Aragón", que discurre por el extremo sur del municipio y la Balsa de Mueda, un pequeño humedal de relativa importancia para las aves acuáticas, incluido en el Inventario de Zonas Húmedas de Navarra.

En base al análisis bioclimático y geobotánico se identifican las series y geoseries de vegetación que constituyen la vocación espontánea de este ámbito mediterráneo de la Navarra Media. Los quejigales, con un buen estado de conservación, se localizan al NO del término, en zonas en las que la topografía es más abrupta. Los carrascales con menor representación, han sido sustituidos por cultivos de secano y repoblaciones de coníferas o pastizales, quedando formaciones de gran interés ecológico en la zona centro-este, repartidos en cuatro pequeños enclaves. Las zonas de matorral mediterráneo se asientan sobre suelos más pobres al norte del municipio y constituyen las etapas de sustitución de los robledales de roble pubescente, quejigales y carrascales originales. Hacia el este los matorrales se intercalan con campos de cultivos, pastizales y repoblaciones de coníferas.

Como vegetación de interés destacan las choperas y sotos que se extienden en una estrecha franja en la margen derecha del río Aragón y alguno de los barrancos del municipio y los juncales mediterráneos del entorno de la balsa de la Mueda.

Los hábitats de interés comunitario de Aibar son el robledal ibérico de Quercus faginea (Código UE 9240), matorrales mediterráneos (código U.E. 4090), pastizales y prados xerofíticos basófilos-lastonares (Código UE 6212) y saucedas y choperas mediterráneas (Código UE 92AO) y como hábitats prioritarios, los juncales mediterráneos (Código UE 6420).

Los elementos de interés natural más destacables del municipio son la Balsa de la Mueda, las vías pecuarias (CRMS, Traviesa 11, Pasada 43, Pasada 29, Ramal de Pozoz y Ramal río Norte) y como elementos de valor cultural, el camino de Santiago y el patrimonio arqueológico (despoblado de santa Cilia, Soreta, Vuelta de Valcirama, Caminos de los Cascajos y Corral de Arbeloa).

Destaca la presencia de especies de flora de interés como Baldellia ranunculoides asociada a suelos encharcados, Orchis laxiflora, Narcissus asturiensis ssp jacetanus, Dactylorhiza ininsulares y Thymelaea pubescens.

El término municipal de Aibar/Oibar se caracteriza por ocho unidades ambientales homogéneas, configuradas a partir de la topografía y los usos del suelo asociados: Frondosas marcescentes, mosaico de repoblación de frondosas perennifolias y coníferas, plantaciones forestales, mosaico de matorral y pastizal, de cultivos y matorral, de cultivos de secano, todas ellas en el ámbito de las laderas de dominio fluvial, el bosque de galería en el dominio fluvial y la unidad urbana.

La conservación de los valores ambientales del territorio de Aibar/Oibar queda garantizada mediante la categorización del suelo. En la categoría de suelos de protección se diferencian las siguientes subcategorías:

-Valor Ambiental incluye el monte de utilidad pública la Vizcaya-Santa Cecilia, el LIC Tramo medio del río Aragón, la Balsa de la Mueda, las repoblaciones de carrasca y todos los cauces naturales con una banda de 5 m de servidumbre.

-Valor cultural engloba los yacimientos arqueológicos, el camino de Santiago y las Vías Pecuarias (CRMS, P-43, T-11, Ramal de Pozoz y Ramal del río Lorte).

-Prevención de Riesgos, incluye los suelos de la margen derecha del río Aragón con riesgo de inundación para periodos de retorno de 500 años.

El suelo no urbanizable de preservación en las distintas subcategorías cubre el resto del término:

-Valor Paisajístico, las laderas sobre las que se asientan el casco histórico,

-Valor para su explotación natural diferenciando suelos de regadío (de alto valor) y de secano (de mediano valor),

-Valor Ambiental incluye las repoblaciones de carrasca y coníferas, matorrales y pastizales.

-Valor cultural incluye el recorrido BTT- Sierra de Izco, la nevera de Bizkaia y el sendero interpretativo.

El estudio de Incidencia Ambiental valora como compatibles o moderados los impactos derivados de la aplicación del Plan Urbanístico Municipal y considera que supone una mejora desde el punto de vista de la conservación de los recursos de interés ambiental, cultural y paisajístico en cuanto que prevé la regulación y ordenación de los mismos.

El Servicio de Calidad Ambiental informa sobre la realización del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica, sobre la forma en que se han incorporado los condicionantes ambientales al Plan General Municipal de Aibar y emite informe favorable.

En consecuencia, a la vista de los informes obrantes en el expediente, considerando que el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica está completo y en virtud de las atribuciones delegadas por la Orden Foral 426/2007, de 10 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Se formula Declaración de Incidencia Ambiental favorable sobre la conveniencia ambiental de aprobación del Plan Municipal de Aibar.

2.º La presente Declaración de Incidencia Ambiental se emite en relación al Plan General Municipal de Aibar y a la cartografía (Planos 4.1, 4.2, 4.3 y 4.4) y normativa urbanística para suelo no urbanizable con fecha enero de 2009.

3.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Notificar esta Resolución al Servicio de Calidad Ambiental, al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y al Ayuntamiento de Aibar, a los efectos oportunos.

Pamplona, 12 de agosto de 2009.-El Director General de Medio Ambiente y Agua, Andrés Eciolaza Carballo.

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