BOLETÍN Nº 109 - 4 de septiembre de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 623/2009, de 11 de agosto, del Director del Servicio de Calidad Ambiental, por la que se concede, con condiciones, la Autorización de Afecciones Ambientales al proyecto de Línea Aérea en 13,2 Kv. Simple Circuito que enlace la Línea Aérea a 13,2 Kv. propiedad de Iberdrola, S.A.U., del Polígono Industrial "San Colomar" con el Polígono Industrial "La Sardilla" en término municipal de Funes (Navarra).

Con fecha 13 de mayo de 2009 tuvo entrada en el Servicio de Calidad Ambiental la solicitud de Autorización de Afecciones ambientales del expediente citado. La actividad proyectada se encuentra incluida en el Anejo 2C.1) Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, y requiere Autorización de Afecciones Ambientales.

En el artículo 28 del Decreto Foral, se establece que el Consejero del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales en el plazo de cuatro meses desde la presentación de la solicitud; por su parte en el artículo 33.2) del Reglamento de desarrollo de la citada Ley Foral, se determina que el plazo para resolver se computará a partir del día en que se reciba la documentación exigida completa.

El objeto del proyecto es mejorar el suministro eléctrico al Polígono Industrial La Sardilla para favorecer la implantación de nuevas actividades industriales, así como satisfacer las actuales necesidades de suministro a las empresas instaladas en dicho polígono. La solución adoptada consiste en dotar de mayor capacidad de transporte a la actual línea aérea a 13,2 Kv de "Peralta-Funes" en el tramo de derivación al Polígono Industrial "San Colomar". Para ello se construye un nuevo tendido que sustituye al ya existente.

Vistos los informes que figuran en el expediente y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Orden Foral 426/2007, de 10 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Otorgar a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., la autorización de afecciones ambientales para la construcción de línea aérea en 13,2 Kv Simple Circuito que enlace la Línea Aérea a 13,2 Kv propiedad de Iberdrola, S.A.U., del Polígono Industrial "San Colomar" con el Polígono Industrial "La Sardilla" en término municipal de Funes (Navarra).

2.º La presente Autorización estará sujeta a la ejecución de las medidas correctoras incluidas en el Anteproyecto de mayo de 2009 y las siguientes condiciones:

-Para reducir el riesgo de colisión se deberán señalizar los tres conductores de la línea en el tramo comprendido entre el vano anterior al cruce del río Arga y el apoyo 18/07 de fin de línea. La señalización se realizará utilizando balizas salvapájaros preformadas de, al menos, 30 cm; colocadas alternativamente en las tres fases, con una cadencia entre señales en un mismo conductor de 15 m, de forma que en proyección, la distancia visual resultante entre dos balizas consecutivas sea como máximo de 5 m. Para mitigar el previsible riesgo de colisión inducido sobre las aves de costumbres crepusculares, las balizas instaladas deberán disponer de material luminiscente.

-Para minimizar la afección de la nueva línea se deberá, una vez puesta en servicio y realizadas las pertinentes pruebas, desmantelar por completo el viejo tendido. El desmantelamiento deberá efectuarse en el plazo de un mes desde que la nueva línea este en servicio.

-Los apoyos de la instalación deberán respetar como mínimo 3 m de servidumbre respecto del borde exterior de los caminos públicos, como establece el artículo 112.2 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

-Al finalizar la obra se hará una rigurosa limpieza de la zona. Todos los residuos y materiales de desecho y no reutilizables se transportarán a vertedero autorizado y aquellos materiales sobrantes que, por su naturaleza, puedan ser reciclados se transportarán a centro de tratamiento de residuos.

3.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente, que no sean Administraciones Públicas, podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

4.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Calidad Ambiental, al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, al Guarderío Forestal, al Ayuntamiento de Funes y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 11 de agosto de 2009.-El Director del Servicio de Calidad Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.

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