BOLETÍN Nº 104 - 24 de agosto de 2009

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

MÉLIDA

Convocatoria para la provisión, con carácter restringido
al personal funcionario con nivel "E" del Ayuntamiento de Mélida, de dos puestos de trabajo de empleados de servicios múltiples
de nivel "D", sin incremento de puestos en plantilla

1.-Normas Generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión de dos puestos de trabajo de Empleados de Servicios Múltiples, mediante el sistema de concurso-oposición restringido, para el personal fijo de plantilla al servicio del Ayuntamiento de Mélida que acredite los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

La prueba selectiva, con carácter restringido, se convoca en virtud de lo establecido por el artículo 15.6 de Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

1.2. Las personas que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulten nombradas para estos puestos de trabajo, serán encuadrada en el nivel D del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y percibirá las retribuciones correspondientes a dicho nivel, amortizándose automáticamente los puestos de trabajo desempeñados hasta ese momento

1.3. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes. En cuanto a las vacaciones anuales los aspirantes nombrados no podrán disfrutarlas a la vez ni durante la temporada de riego del Monte Comunal.

1.4. La participación en esta promoción de nivel no supondrá, en ningún caso, modificación del régimen jurídico funcionarial que tuvieran las personas aspirantes antes de la promoción, continuando, con el mismo régimen de Seguridad Social y asistencia sanitaria.

1.5. Las funciones a desempeñar serán las propias del nivel y categoría de la convocatoria, continuando las personas que resulten nombradas, adscritas a las mismas áreas municipales en las que estaban así como desempeñando las mismas funciones que venía realizando hasta el momento, además de las derivadas de su nuevo nivel de encuadramiento, Las funciones serán:

-Organización y vigilancia del riego y otros trabajos agrícolas propios del medio rural.

-Mantenimiento y conservación de alumbrado público y de la red municipal de abastecimiento y saneamiento.

-Limpieza y mantenimiento de bienes muebles e instalaciones municipales.

-Encargado de jardinería y arbolado de calles y plazas.

-Riego y barrido de calles y plazas.

-Encargado de trabajadores eventuales en obras municipales.

-Encargado del cementerio y enterrador.

-Conducción, por razones de su trabajo, de toda clase de vehículos, incluidos los especiales.

-Otras similares que se le pudieran encomendar, que sin precisar una especialización concreta, exijan un cierto conocimiento o pericia de oficio.

2.-Requisitos de los aspirantes.

2.1. Los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ostentar la condición de Funcionario encuadrado en el nivel E, del Ayuntamiento de Mélida.

b) Hallarse en posesión del Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

La ausencia del requisito de titulación podrá suplirse por la acreditación de ocho años de servicios efectivamente prestados en las Administraciones Públicas de Navarra.

c) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

2.2. Los anteriores requisitos deberán ser acreditados por los aspirantes seleccionados en el plazo y forma prevista en la Base Novena de la presente convocatoria. El cumplimiento de dichos requisitos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

3.-Instancias.

3.1. Quienes deseen participar en la presente convocatoria deberán presentar la correspondiente instancia, según modelo adjunto, en el Registro General del Ayuntamiento de Mélida en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, o bien, de cualquiera de las formas establecidas en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.2. Los aspirantes acompañarán a su instancia los documentos justificativos de los méritos establecidos en la Base Sexta que serán objeto de valoración en la fase de concurso. Los documentos deberán ser originales o compulsados debidamente, teniéndose por no presentados en caso contrario.

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes el Alcalde-Presidente dictará Resolución, aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón de anuncios municipales del Ayuntamiento.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudiera haberse incurrido, mediante su presentación escrita en el Registro General Municipal.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, si las hay, el Alcalde dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: Don Francisco Jaso Martínez, Alcalde del M.I. Ayuntamiento de Mélida.

-Suplente: Doña Marta Malón Pérez, Primera Teniente de Alcalde del M.I. Ayuntamiento de Mélida.

-Vocal: Don Isidoro Muneta González, Arquitecto Asesor Municipal.

-Suplente: El que designe el titular.

-Vocal: Don Fernando Mañas Pina, Concejal del Ayuntamiento de Mélida.

-Suplente: El que designe el titular.

-Vocal: Doña Katherine Pérez Arellano, Trabajara del Ayuntamiento de Mélida.

-Suplente: El que designe la titular.

-Vocal-Secretaria: Doña Ana Huércanos Marco, Secretaria del Ayuntamiento de Mélida.

-Suplente: El que designe la titular.

5.2. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal en la forma y condiciones previstas en la Ley de Procedimiento Administrativo.

Si por recusación, abstención u otras causas, y aún con suplentes, no pudiera constituirse el Tribunal, por falta de miembros, queda facultado el señor Alcalde para designar los nuevos y los suplentes precisos para evitar tal situación.

5.3. El Tribunal se constituirá antes del inicio de las pruebas selectivas con la presencia mínima de la mayoría absoluta de sus miembros, que será exigible para todas sus actuaciones decisorias, sin perjuicio de las delegaciones que en sus componentes formule para actuaciones de vigilancia o control no decisorias.

Las decisiones serán adoptadas por mayoría de los miembros presentes, decidiendo los empates el voto de calidad del Presidente.

5.4. Las dudas o reclamaciones surgidas en el desarrollo de las pruebas, incluso sobre el mismo condicionado de la convocatoria, serán resueltas por el propio Tribunal.

5.5. El Tribunal podrá, recabar la asistencia y asesoría que precise para el desarrollo, análisis y valoración de los ejercicios, sin renuncia a su exclusividad de decisión y responsabilidad propia en la calificación de la s pruebas.

6.-Fase de concurso.

6.1. La fase de concurso, sin carácter eliminatorio, tendrá una puntuación máxima de 30 puntos.

6.2. Los méritos alegados y probados conforme a lo establecido en el apartado 3.2 se puntuarán de acuerdo con el siguiente baremo:

-Por servicios efectivamente prestados en las Administraciones Públicas de Navarra como Empleado de Servicios Múltiples: 3 puntos por cada año hasta un máximo de 30 puntos.

6.3. Concluida la fase de concurso, se hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Mélida la puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes. La puntuación obtenida en la fase de concurso, se sumará a la total obtenida en la fase de oposición, resultando de este modo la puntuación total del concurso-oposición.

7.-Fase de oposición.

7.1. En la resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinará el lugar fecha y hora del comienzo de las pruebas.

7.2. La fase de oposición consistirá en la siguiente prueba:

Ejercicio que será determinado por el Tribunal, consistirá en una serie de preguntas breves o de tipo test que versaran sobre funciones a realizar por el Empleado de Servicios Múltiples (conocimiento del término municipal, agricultura, albañilería, manejo y mantenimiento de herramientas y útiles de trabajo, jardinería y otros supuestos relacionados con las tareas del puesto de trabajo), posteriormente el tribunal podrá realizar preguntas sobre las respuestas dadas al ejercicio a cada candidato por separado. La puntuación máxima de este ejercicio será de 70 puntos, debiendo obtenerse una calificación mínima de 35 puntos, quedando eliminadas las aspirantes que no superen dicha puntuación.

7.3. Al término del ejercicio de la fase de oposición se hará público en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Mélida, la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas.

7.4. Todos los aspirantes deberán acudir a la prueba provistos del Documento Nacional de Identidad o asimilado legalmente. Cualquier fraude en las pruebas será causa de exclusión inmediata, sin perjuicio de las actuaciones penales si procedieran.

8.-Resultado de las pruebas.

8.1. Terminada la calificación, el Tribunal elevará al Alcalde la relación de aprobados por orden de puntuación total obtenida, sumando las calificaciones alcanzadas por cada aspirante en los distintos ejercicios de la oposición y el concurso, y acompañará la propuesta de nombramiento a favor de las personas que hayan obtenido mayor puntuación.

9.-Nombramiento y toma de posesión.

9.1. El Alcalde nombrará Empleados de Servicios Múltiples del nivel D, a las personas incluidas en la propuesta de nombramiento elevada por el Tribunal y que previamente habrán debido acreditar documentalmente el cumplimiento de los requisitos de la base 2 de la Convocatoria.

9.2. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.

10.-Recursos.

Contra esta convocatoria, sus bases y actos de aplicación de las mismas, podrán interponerse los siguientes recursos:

-Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes, contado desde el siguiente a su notificación o publicación.

-Directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente a su notificación o publicación.

-Recurso de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el acuerdo, en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente a su notificación.

Mélida, 7 de agosto de 2009.-El Alcalde, firma ilegible.

Modelo de instancia

Don ............................................, D.N.I. ............................, dirección ....................................................................

Expongo:

Que el Ayuntamiento de Mélida ha aprobado la convocatoria para proveer dos plazas de Empleados de Servicios Múltiples, Nivel D, mediante concurso-oposición restringido.

Que reúno todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base número 2 de la misma.

Solicito:

Ser admitido a la convocatoria citada, a fin de participar en la prueba de selección correspondiente.

(Lugar, fecha y firma)

Código del anuncio: L0920740