BOLETÍN Nº 100 - 14 de agosto de 2009

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

SAN ADRIÁN

Convocatoria oposición oficial administrativo

Mediante Resolución 51/2009, de 30 de junio, del Alcalde-Presidente, se han aprobado las bases de la convocatoria para la provisión, mediante oposición y en régimen laboral fijo, de un puesto de trabajo de oficial administrativo al servicio del Ayuntamiento de San Adrián, que son las siguientes:

Bases de la convocatoria

Base 1.-Normas Generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante oposición y en régimen laboral fijo, de un puesto de trabajo de oficial administrativo con destino en las oficinas municipales del Ayuntamiento de San Adrián.

1.2. El nombramiento conferirá al designado/ a, a todos los efectos, el carácter de personal laboral fijo del Ayuntamiento de San Adrián, desde la fecha de firma del contrato, siendo afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al Nivel C de los establecidos en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y Reglamento Provisional de Retribuciones del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio.

1.4. Los trabajos y funciones a desempeñar serán las propias del nivel y categoría exigidos en la presente convocatoria y según la titulación exigida, incluyendo atención al público, manejo de máquinas de escribir o calcular, uso de ordenadores, pantallas y terminales, y en especial, con carácter meramente enunciativo, las que se señalan a continuación:

a) Llevar a cabo la gestión, tramitación y archivo de expedientes del Área de Secretaría, agregando cuantos documentos, dictámenes, resoluciones, acuerdos y demás diligencias deban integrarlos y realizando la tramitación y seguimiento de los asuntos de competencia administrativa de los mismos.

b) Confeccionar las resoluciones y acuerdos, así como notificaciones y comunicaciones, recoger duplicados y acuses de recibo, incorporándolos a los expedientes respectivos.

c) Colaborar con Secretaría en la transcripción de ordenes del día y convocatorias de las sesiones plenarias y de la Junta de Gobierno Local, así como en la cumplimentación y remisión de la documentación necesaria al respecto, y en la transcripción de las actas de dichas sesiones a papel oficial, en aras a la confección de los correspondientes Libros de Actas.

d) Conocer y manejar las aplicaciones informáticas que se utilizan en las oficinas del Ayuntamiento de San Adrián (programas de Padrón de Habitantes, IAE, Registro de documentos, ...).

e) Tramitación, gestión y archivo de los expedientes de licencias urbanísticas: licencias de actividad clasificada, licencias de obras, licencias de segregación, licencias de apertura, licencias de primera ocupación, y otras autorizaciones municipales.

f) Tramitación, gestión y archivo de los expedientes de modificación de cualquier clase de planeamiento municipal, y otros de carácter urbanístico.

g) Redactar escritos, oficios y documentos que se le encomienden, así como mecanografiar y fotocopiar toda clase de documentos que se le encomienden.

h) Establecer y desarrollar las relaciones y contactos necesarios con otros Organismos, públicos y privados, que se precisen en las oficinas municipales para la tramitación de los expedientes de referencia.

i) Localizar y organizar en el archivo histórico municipal los expedientes y documentos que se requieran por las distintas áreas municipales.

j) Colaborar con el resto del personal de oficinas municipales en situaciones de acumulación de tareas, ausencia o enfermedad.

k) Realizar, además de las descritas, cualesquiera tareas que, en coherencia con las capacidades y aptitudes profesionales que el puesto exige, le sean encomendadas.

1.5. El régimen de jornada de trabajo es de jornada completa y se adaptará en todo momento a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por el Ayuntamiento.

1.6. Con la relación de aprobados, se confeccionará una lista, en primer lugar para cubrir la vacante objeto de la convocatoria, para el supuesto de que el aspirante aprobado no ocupase la plaza; y, en segundo lugar para formar lista de espera para el caso de que el Ayuntamiento, en el futuro, precisase de contrataciones temporales. En dichos supuestos la contratación se efectuará por riguroso orden de puntuación entre los aspirantes que hayan superado las correspondientes pruebas de selección. Esta lista tendrá una vigencia máxima de cinco años desde su elaboración por el Tribunal calificador.

Base 2.-Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitido a la presente oposición, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o de cualquier otro estado miembro de la Unión Europea o la de aquellos Estados que proceda en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.

b) Ser mayor de edad.

c) Estar en posesión, como mínimo, del título de Bachillerato, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente a alguno de los anteriores, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) Tener capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

2.2. Los requisitos expresados deberán ser acreditados por el aspirante aprobado que obtenga la plaza en el plazo y forma previstos en la Base 7 de la presente convocatoria y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

Base 3.-Solicitudes.

3.1. Las solicitudes para poder participar en la convocatoria se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Adrián y deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de San Adrián en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y hasta las 13:30 horas del último día. Si dicho plazo finaliza en sábado o en día inhábil, se entenderá referido al primer día hábil siguiente.

3.2. Dichas solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo I. Además, deberá presentarse conjuntamente con la instancia, fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad y resguardo acreditativo de haber ingresado la cantidad de 10 euros, en concepto de derechos de examen en la cuenta corriente, abierta en Caja Rural, de titularidad del Ayuntamiento de San Adrián. Su no presentación será motivo suficiente de exclusión a participar en las pruebas.

3.3. El plazo señalado para la presentación de solicitudes y documentación será improrrogable.

Base 4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Adrián dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de Anuncios Municipal.

4.2. Los aspirantes excluidos podrán, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y resueltas éstas, el Alcalde-Presidente dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de Anuncios Municipal. En esta publicación o en otra de fecha posterior, que también se publicarán en el Boletín Oficial de Navarra, se concretará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas, y, en su caso, las personas concretas que formarán parte del tribunal calificador.

Base 5.-Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: Don Carlos Monasterio Muro, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Adrián.

-Suplente: Doña Rosa Ana Cigudosa Medrano, Concejala del Ayuntamiento de San Adrián, integrante de la Comisión Informativa de Hacienda y Personal.

-Vocal: Técnico designado por la Federación Navarra de Municipios y Concejos.

-Suplente: Técnico designado por la Federación Navarra de Municipios y Concejos.

-Vocal: Técnico designado por el Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra.

-Suplente: Técnico designado por el Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra.

-Vocal: Don Jesús Matías Lamata Cristóbal, representante de los trabajadores del Ayuntamiento de San Adrián.

-Suplente: un representante de los trabajadores del Ayuntamiento de San Adrián.

-Vocal: Doña Andrea Lafuente Bozal, Secretaria del Ayuntamiento de San Adrián.

-Suplente: Don Miguel Chivite Sesma, Secretario del Ayuntamiento de Peralta.

5.2. Quienes integran el Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal según lo dispuesto en la citada Ley 30/92, de 26 de noviembre.

5.3. El Tribunal se constituirá antes del inicio de las pruebas selectivas, con la presencia mínima de la mayoría absoluta de sus miembros, que será exigible para todas sus actuaciones decisorias.

El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquellas.

Base 6.-Comienzo y desarrollo de la oposición.

6.1. Desarrollo de la oposición.

La oposición constará de los siguientes ejercicios:

6.1.1. Primera prueba:

-Primer ejercicio: de carácter teórico. Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario de varias preguntas breves o tipo test sobre conocimientos de informática general: conceptos generales de informática, componentes de un ordenador, entorno Windows y Microsoft Office (Word, Excel y Access). Se calificará de 0 a 15 puntos, siendo necesario un mínimo de 7,5 puntos para aprobar.

-Segundo ejercicio: de carácter práctico. Consistirá en la elaboración de uno o más supuestos prácticos que podrá incluir pruebas sobre conocimientos de Word, Excel y Access. Se calificará de 0 a 15 puntos, siendo necesario un mínimo un mínimo de 7,5 puntos para aprobar.

La duración de estar pruebas será determinada por el Tribunal antes de iniciarse las mismas, y la puntuación máxima de las mismas será de treinta puntos (primer y segundo ejercicio).

6.1.2. Segunda prueba:

-Primer ejercicio: de carácter teórico. Consistirá en la contestación por escrito a varias preguntas cortas o tipo test sobre el programa que figura como Anexo II, con la duración que determine el Tribunal calificador.

La puntuación de cada una de las preguntas acertadas y la penalización de las respuestas incorrectas se determinará por el Tribunal calificador.

Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario un mínimo de 15 puntos para aprobar.

-Segundo ejercicio: Ortografía. Consistirá en una prueba de conocimientos ortográficos, a determinar por el Tribunal calificador.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario un mínimo de 5 puntos para aprobar.

-Tercer ejercicio: Consistirá en la elaboración de varios documentos de los que habitualmente se elaboran en el puesto de trabajo de oficial administrativo.

El planteamiento de cada supuesto práctico se determinará por el Tribunal calificador, y podrá plantearse de manera escrita, oral o en ordenador. Asimismo, el Tribunal podrá exigir que se elabore el documento a máquina, a mano o en ordenador.

En esta prueba se valorará tanto los aspectos gramaticales como la presentación del documento y la correcta recepción de los datos aportados por el Tribunal.

Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario un mínimo de 15 puntos para aprobar.

La puntuación máxima de la segunda prueba será de 70 puntos.

Los tres ejercicios correspondientes a esta segunda prueba podrán realizarse consecutivamente en el mismo día si así lo decide el Tribunal calificador.

6.1.3. Cada uno de los ejercicios de que constan las pruebas de la oposición serán eliminatorios, quedando eliminados, en cada uno de ellos, aquellos opositores que no alcancen, al menos, la puntuación mínima asignada a los mismos, sin que el Tribunal entre a calificar el resto de ejercicios.

6.1.4. Finalizada la corrección de cada ejercicio y realizada la apertura de plicas en acto público, el Tribunal hará pública en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento la lista de las personas aprobadas con las calificaciones obtenidas y la fecha, el lugar y la hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición con una antelación mínima de 48 horas.

6.1.5. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio mediante llamamiento único, al que deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad.

Los aspirantes que no comparezcan quedarán eliminados.

6.1.6. El sistema a utilizar será el sistema de plicas cerradas.

6.1.7. En caso de constituirse, por el elevado número de opositores presentados, grupos con pruebas no simultáneas, el Tribunal podrá disponer pruebas distintas, aunque similares en cuanto a nivel y dificultad.

Cada ejercicio tendrá carácter eliminatorio, no procediendo el Tribunal a la corrección del ejercicio siguiente si el aspirante no ha obtenido la puntuación mínima exigida en cada ejercicio realizado.

Los empates que se produzcan en el resultado final se dirimirán a favor de quienes obtuvieran mayor puntuación en la primera prueba y de persistir el empate, a favor de quienes tuvieran mayor puntuación en la segunda prueba y así sucesivamente.

Base 7.-Relación de aprobados y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación de los aspirantes el Tribunal hará pública en el lugar de celebración del último ejercicio y en el Tablón de Anuncios Municipal, la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida, y elevará al Alcalde-Presidente propuesta de contratación a favor del aspirante con mayor puntuación. Dicha propuesta se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de Navarra.

7.2. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de contratación, el aspirante propuesto deberá presentar en el Registro General del Ayuntamiento de San Adrián los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria, y en concreto los siguientes:

-Fotocopia compulsada del DNI.

-Certificado literal de nacimiento.

-Fotocopia compulsada del título exigido para participar en la presente convocatoria o del resguardo de haber satisfecha los derechos para su obtención.

-Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

-Informe médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite para el normal ejercicio de las funciones propias del puesto de trabajo, realizado por el equipo médico que determine el Ayuntamiento de San Adrián.

7.3. Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, el aspirante propuesto no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la baja se cubrirá con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere esta Base 7 en su punto 1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

Base 8.-Contratación e incorporación al puesto de trabajo.

8.1. Concluido el proceso selectivo y aportados por el aspirante aprobado con mayor puntuación los documentos a que se refiere la Base 7.2 anterior, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Adrián, resolverá su contratación como trabajador laboral fijo del Ayuntamiento de San Adrián para desempeñar el puesto de trabajo de Oficial Administrativo.

8.2. La citada Resolución de Alcaldía relativa a su contratación como trabajador laboral fijo, se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

8.3. La persona contratada deberá incorporarse a su puesto de trabajo en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la contratación en el Boletín Oficial de Navarra. Si dentro del plazo indicado, y salvo los supuestos de fuerza mayor suficientemente justificados, no se incorpora a su puesto de trabajo, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de trabajador laboral fijo del Ayuntamiento de San Adrián. En tal supuesto se estará a lo establecido en la base 7.4 de la presente convocatoria.

8.4. En todo lo no previsto en esta convocatoria se estará a lo dispuesto en el Reglamento de Ingreso de las Administraciones Públicas de Navarra aprobado por Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, y sus sucesivas modificaciones, así como en las demás disposiciones concordantes vigentes.

Base 9.-Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y actos de aplicación de las mismas, podrá interponerse alguno de los siguientes recursos:

-Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo que corresponda en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra, pudiendo, no obstante, interponer con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Adrián, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

-Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Anexo I

Modelo de instancia

Don/Doña ......................................................mayor de edad, con DNI número .......................en domicilio en ...............................(.........................), calle ...........................................número ............................., piso .............................................código postal .........................................., número de teléfono ....................................................y número de fax .................................................

Expone:

Que cumple todos los requisitos exigidos en la convocatoria para la provisión mediante oposición de un puesto de trabajo de Oficial Administrativo del Ayuntamiento de San Adrián, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número ................../09, de fecha ........................................................., referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio de las funciones propias del puesto de trabajo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública ni ha sido inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la base 2 de la convocatoria.

Que ha abonado los derechos de examen.

Por lo expuesto, solicita se admita la presente solicitud, y, en su virtud, tenga al suscribiente por admitido a las pruebas selectivas para la provisión, mediante oposición, de una plaza de Oficial Administrativo del Ayuntamiento de San Adrián, en régimen laboral fijo.

En San Adrián, a ................de .....................................de 2009.

(firma del solicitante)

REGISTRO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE SAN ADRIÁN.

Anexo II

Programa

1.-La Constitución Española de 1978 y la organización territorial del Estado.

2.-La Administración Local de Navarra. Elementos, Organización y administración. Tipos de entidades. Competencias.

3.-El Ayuntamiento. Composición. Elección de sus miembros. El Pleno, el Alcalde y la Junta de Gobierno Local. Régimen de sesiones. Las Comisiones Informativas.

4.-Documentos administrativos. El oficio, la instancia, el certificado, el acta, la circular, el traslado de acuerdos. Organización y tratamiento archivístico.

5.-Disposiciones y actos administrativos. El procedimiento administrativo. Concepto. Principios. Fases. Procedimientos especiales. El administrado. El interesado. Derechos de los ciudadanos. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. Los registros. Cómputo de plazos. La notificación de los actos administrativos. Plazos y formas. La publicación: formas y supuestos.

6.-Reglamentos/ Ordenanzas. El reglamento. Concepto general. Ordenanzas y Reglamentos municipales: Requisitos y clases. Procedimiento de aprobación.

7.-Recursos administrativos y jurisdiccionales contra los actos y acuerdos de las Entidades Locales de Navarra.

8.-Contratos de las Entidades Locales de Navarra. Disposiciones Generales. Actuaciones administrativas preparatorias. Procedimiento y formas de adjudicación.

9.-Recursos de las Entidades Locales de Navarra según la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

10.-La Ley Foral 12/2006, de 21 de noviembre, del Registro de la Riqueza Territorial y de los Catastros de Navarra, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Decreto Foral 100/2008, de 22 de septiembre.

11.-Idea general sobre el Padrón Municipal y el censo electoral.

12.-Bienes de las Entidades Locales de Navarra: regulación en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra. Especial referencia a los bienes comunales.

13.-La Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo: las modificaciones del plan general municipal, los instrumentos de gestión del planeamiento (proyectos de reparcelación y de urbanización) y las licencias urbanísticas.

14.-Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental y su reglamento de desarrollo: las licencias de actividad clasificada, las licencias de obras y la licencia municipal de apertura.

15.-Clases de personal en las Entidades Locales de Navarra. Idea general del procedimiento de selección.

16.-El Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 177/01. La vía de apremio.

San Adrián, 2 de julio de 2009.-El Alcalde, Carlos Monasterio Muro.

Código del anuncio: L0919016