BOLETÍN Nº 100 - 14 de agosto de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 67/2009, de 1 de julio, del Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, por la que se aprueban las bases reguladoras del Premio de edición"José Lázaro Galdiano" (año 2009).

Mediante Decreto Foral 26/2009, de 30 de marzo, se instituyó el Premio de edición "José Lázaro Galdiano", de carácter único y periodicidad anual.

En cumplimiento de dicho Decreto Foral, el Servicio de Acción Cultural en el que se propone la aprobación de las bases reguladoras del Premio a la edición "José Lázaro Galdiano", la autorización del gasto de 3.000 euros y la publicación de esta Orden Foral y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

En virtud de las facultades conferidas por el Decreto Foral 126/2007, de 3 de septiembre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana,

ORDENO:

1.º Aprobar las bases reguladoras del Premio a la edición "José Lázaro Galdiano" (año 2009), que figuran como Anexo I de la presente Orden Foral.

2.º Autorizar un gasto de 3.000 euros para la concesión del Premio a la edición "José Lázaro Galdiano" con cargo a la partida A20002-A2500-4609-334103 denominada "Premio Lázaro Galdiano" del Presupuesto de gastos del presente ejercicio económico condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

3.º Trasladar la presente Orden Foral al Servicio de Acción Cultural, a la Sección de Convocatorias y Ayudas, al Interventor Delegado de Hacienda en el Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, a la Secretaría General Técnica y al Negociado de Gestión Económica, a los efectos oportunos.

5.º Contra la presente Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación.

6.º Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 1 de julio de 2009.-El Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, Juan Ramón Corpas Mauleón.

ANEXO I

El Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Beire, con la colaboración de la Fundación Lázaro Galdiano, desean honrar la memoria del navarro don José Lázaro Galdiano, reconocido intelectual, coleccionista, editor, financiero y persona emprendedora en distintos campos de la cultura. A tal fin, mediante Decreto Foral 26/2009, de 30 de marzo se instituyó el Premio de edición "José Lázaro Galdiano".

Por ello se convoca el Premio de edición "José Lázaro Galdiano" (año 2009), con el objeto de reconocer la calidad en la edición de libros de arte en su más amplia extensión, de acuerdo con las siguientes:

BASES

1.-Objeto del Premio.

Este Premio, de carácter único y periodicidad anual, tiene por objeto honrar la memoria del navarro don José Lázaro Galdiano. Con este propósito, y atendiendo a distintas facetas de su personalidad, se premiará la calidad en la edición de libros que aborden la investigación histórica y ensayística sobre el arte en su más amplia extensión.

2.-Imputación presupuestaria y cuantía.

El Premio, dotado con 3.000 euros, se financiará con cargo a la partida A20002-A2500-4609-334103 denominada "Premio Lázaro Galdiano" del presupuesto de gastos de la Dirección General de Cultura para el año 2009.

3.-Requisitos de los beneficiarios.

Podrán optar al Premio todos aquellos editores que hayan publicado, en cualquier idioma, y durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2008, libros de arte o de estudios sobre arte en su más amplia extensión, que hayan cumplido los requisitos legales para su difusión y dispongan del depósito legal del año 2008 e ISBN (International Standard Book Number).

Quedan excluidas del concurso las reediciones. No obstante, podrán ser consideradas si aportan alguna mejora sustancial o variación respecto a la anterior o anteriores, que merezca ser tenida en cuenta.

4.-Presentación de solicitudes.

4.1. Las solicitudes al Premio deberán presentarse, conforme al modelo de solicitud recogido en el anexo II de las presentes bases, en el Registro del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana (calle Navarrería, 39, 31001 Pamplona), o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.2. La solicitud deberá ir dirigida a la Sección de Convocatorias y Ayudas de la Dirección General de Cultura del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, indicando en la misma "Premio de edición José Lázaro Galdiano 2009".

4.3. El plazo de presentación de las solicitudes y documentación anexa finalizará el día 30 de septiembre de 2009.

5.-Documentación requerida.

Los editores podrán participar con una o varias obras, para cada una de las cuales deberán adjuntar:

a) Un ejemplar de cada obra presentada.

b) En caso de reediciones que supongan mejoras o variaciones respecto a la primera edición, un ejemplar de la primera edición.

c) Una breve descripción argumental de las mismas en idioma castellano.

6.-Tramitación.

6.1. La tramitación de las solicitudes se efectuará por la Sección de Convocatorias y Ayudas del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana.

6.2. La valoración de las solicitudes se realizará por un Jurado presidido por el Director General de Cultura del Gobierno de Navarra e integrado por los siguientes miembros:

El Director del Servicio de Publicaciones del Gobierno de Navarra.

El Jefe de la Sección de Promoción, Edición y Nuevas Tecnologías del Departamento de Cultura del Gobierno de Navarra.

Un representante del Ayuntamiento de Beire.

Un representante de la Fundación Lázaro Galdiano.

Dos expertos cualificados en arte y diseño gráfico.

El Jurado, cuyo dictamen será vinculante y podrá declarar desierto el Premio, realizará una evaluación de todos los elementos formales que intervienen en la edición del libro, primando el criterio de la calidad.

El Jurado elevará al Presidente del Gobierno de Navarra la propuesta de concesión del Premio.

El Premio será concedido por el Gobierno de Navarra y entregado preferentemente en la localidad de Beire en la fecha que se determine.

Las obras no premiadas quedarán a disposición de los editores, quienes podrán retirarlas antes del 31 de diciembre de 2009. En caso contrario pasarán a integrar el fondo bibliográfico de la Biblioteca General de Navarra.

7.-Recursos.

Contra la presente Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

ANEXO II

Modelo de solicitud
(presentar por duplicado)

Don/Doña ...................................................... D.N.I./N.I.F ....................... con domicilio en ..................................... calle ......................................................... C.P. .............. Teléfono ............................... en nombre propio o en representación de (táchese lo que no proceda)

Don/Doña ...................................................... D.N.I./N.I.F ....................... con domicilio en ..................................... calle ......................................................... C.P. .............. Teléfono ............................... presenta,

Solicitud para el premio de edición "José Lázaro Galdiano", conforme a las bases aprobadas por Orden Foral ........./2009, de de julio (Boletín Oficial de Navarra número de de julio de 2009).

Destino: Sección de convocatorias y ayudas

Y, de conformidad con lo previsto en dichas bases reguladoras:

1. Aporta, según se exige en las mismas, los documentos siguientes:

a) Documentación acreditativa de lo estipulado en la base 5.

b) Un ejemplar de la obra

2. El tratamiento de los datos aportados con la presente solicitud se ajustará a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en la demás legislación aplicable. El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación y cancelación se ejercerá, conforme a la legislación señalada, en el Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana.

....................................., .............. de ........................... de 2009.

(Firma)

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