BOLETÍN Nº 100 - 14 de agosto de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 64/2009, de 26 de junio del Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, por la que autoriza un incremento de gasto por importe de 307.531,00 euros con cargo a la partida A10001 A1120 7709 432300 "Transferencias a la iniciativa privada para creación de producto turístico".

Por Orden Foral 79/2008, de 21 de abril se aprobó la convocatoria de subvenciones a Pymes para la creación y modernización de infraestructuras turísticas en Navarra durante el periodo 2008-2011, con la siguiente dotación presupuestaria:

EJERCICIO

IMPORTE

PARTIDA

2008

1.114.000,00

A10001 A1120 7709 432300 "Transferencias a la iniciativa privada para creación de producto turístico"

2009

779.800,00

Partida paralela a la de 2008

2010

668.400,00

Partida paralela a la de 2008

2011

557.000,00

Partida paralela a la de 2009

Como quiera que se ha dotado nuevamente a la partida mediante ajustes con la cantidad de 307.531,00 euros procedentes del remanente de la partida A10001 A1120A7709 432304 "Transferencias a la iniciativa privada para creación de producto turístico. FEDER" después de resolver los expedientes cofinanciados por Fondos Estructurales de la Unión Europea (FEDER), se considera procedente incrementar el importe autorizado por la citada Orden Foral en la cantidad necesaria para poder proceder a la concesión de las ayudas correspondientes con cargo a la partida presupuestaria de 2009 y resolver el conjunto de las solicitudes positivas.

En su virtud, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Foral 126/2007, de 3 de septiembre, artículo 2.2. por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana

ORDENO:

1. Autorizar gasto por importe de 307.531,00 euros con cargo a la partida A10001 A1120 7709 432300 "Transferencias a la iniciativa privada para creación de producto turístico" del presupuesto de gasto del año 2009, incrementando en dicha cantidad el importe autorizado por la Orden Foral 79/2008, de 21 de abril en lo referente al presente año.

2. Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

Contra la presente Orden Foral cabe interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación.

La presente Orden Foral se notificará al Servicio de Ordenación y Desarrollo de Productos Turísticos, al Negociado de Gestión Económica en el Departamento, a la Intervención delegada y al Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 26 de junio de 2009.-El Consejero de Cultura y Turismo-Institución Príncipe de Viana, Juan Ramón Corpas Mauleón.

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