BOLETÍN Nº 92 - 28 de julio de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

RESOLUCIÓN 2233/2008, de 30 de junio, del Director General de Función Pública, por la que se aprueban las convocatorias para la constitución, a través de pruebas selectivas, de dos relaciones de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo de Auxiliar Administrativo, una para la contratación temporal y otra para la formación en situación de servicios especiales, así como la convocatoria para la realización de la prueba de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación como Auxiliar Administrativo, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, excluido el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

El Decreto Foral 347/2004, de 15 de noviembre, establece en su Disposición Transitoria Primera que a los empleados fijos que ya hubiesen sido declarados en situación de servicios especiales para la formación al amparo del Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril y, a la fecha de su entrada en vigor, no hubieran agotado los periodos máximos de seis y cuatro años previstos por el artículo 3.º del citado Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, les será de aplicación dicha normativa anterior.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto Foral 347/2004, de 15 de noviembre y en la Orden Foral 199/2004, de 30 de diciembre, por la que se establece el procedimiento para la constitución y gestión de las listas de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo en situación de servicios especiales para la formación, para el acceso al segundo periodo de formación de cuatro años de duración máxima los empleados deberán realizar los cursos de formación o las pruebas selectivas que se determinen en las correspondientes convocatorias.

A tenor de lo expuesto, procede aprobar la convocatoria para la realización de las pruebas de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación como Auxiliar Administrativo.

Por otra parte, a la vista de las necesidades de personal existentes en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra procede asimismo realizar una convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una nueva relación de aspirantes al desempeño, en situación de servicios especiales para la formación, de puestos de trabajo de Auxiliar Administrativo, así como de una relación de aspirantes a la contratación temporal en dicho puesto de trabajo, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, excluido el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Por lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, en el Decreto Foral 347/2004, de 15 de noviembre y en la Orden Foral 199/2004, de 30 diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, y de conformidad con el artículo 42.2 c) del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, se anuncian las siguientes

CONVOCATORIAS

I.-Convocatoria para la constitución de una relación de aspirantes a la contratación temporal como auxiliar administrativo

Esta convocatoria se regirá por las siguientes

BASES

Primera.-Se anuncia convocatoria para constituir, mediante pruebas de selección, una relación de aspirantes a desempeñar el puesto de Auxiliar Administrativo, con el fin de dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, excluido el Servicio Navarro de Salud Osasunbidea.

Esta relación de aspirantes a la contratación temporal tendrá carácter subsidiario respecto de cualquier otra relación de empleados fijos, constituida al amparo de lo dispuesto en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, así como de las listas de aspirantes a la contratación temporal que sean prioritarias, de acuerdo con las normas de gestión de listas de aspirantes a la contratación temporal (BOLETÍN OFICIAL de Navarra número 9, de 21 de enero de 2005).

Segunda.-Requisitos de los participantes.

2.1. En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los descendientes del cónyuge, cuando no medie separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad establecida para la jubilación forzosa.

c) Hallarse en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado, o título oficialmente declarado equivalente, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

2.2. Los aspirantes que resulten seleccionados para formar parte de la relación de aspirantes a la contratación temporal como Auxiliares Administrativos a que se refiere la presente convocatoria, podrán optar a puestos de trabajo en vascuence, siempre y cuando, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, acrediten alguno o algunos de los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del Certificado de Aptitud en Vascuence expedido por una Escuela Oficial de Idiomas o título oficialmente reconocido como equivalente, para optar a puestos de trabajo para los que se hayan determinado los grados de dominio de vascuence 2 y 3.

b) Haber aprobado el cuarto curso de vascuence de una Escuela Oficial de Idiomas o nueve "urrats" de los cursos organizados por el Gobierno de Navarra, para optar a puestos de trabajo para los que se haya determinado el grado de dominio 1.

c) Superar una prueba de conocimientos que determine la posesión del nivel lingüístico suficiente para el desempeño del correspondiente puesto de trabajo, de acuerdo con lo establecido en la norma segunda de las comunes a las convocatorias.

A tal fin, en el mismo plazo de presentación de instancias establecido en la norma tercera de las comunes a las convocatorias, los interesados deberán manifestar que reúnen los requisitos de titulación exigidos en esta base o, en su defecto, su voluntad de realizar la prueba de conocimientos de vascuence que al efecto se determine.

2.3. Todos estos requisitos deberán ser acreditados documentalmente por los aspirantes que resulten seleccionados y sean llamados para su contratación temporal, en el momento que se les indique, con anterioridad a la formalización del correspondiente contrato.

Quienes no presenten dichos documentos, salvo causas de fuerza mayor suficientemente justificadas, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

El cumplimiento de los anteriores requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.

Tercera.-Proceso selectivo.

El proceso selectivo se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en las normas comunes a las tres convocatorias aprobadas por la presente Resolución. En cualquier caso, las pruebas no darán comienzo antes de la segunda quincena mes de septiembre de 2008.

Cuarta.-Llamamiento de los aspirantes a la contratación temporal.

4.1. Los aspirantes aprobados podrán ser llamados de acuerdo con las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos -excluido el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea-, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión para la provisión temporal de puestos de trabajo y demás normativa de aplicación.

Para el llamamiento, se tendrá en cuenta lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 3, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la redacción dada por la Ley Foral 16/2002 de 31 de mayo, por la que se regulan aspectos de acceso al empleo de las personas con discapacidad en la Comunidad Foral de Navarra.

4.2. La contratación temporal se realizará en régimen administrativo, como Auxiliar Administrativo, siendo encuadrados en el nivel D, con arreglo a lo establecido en los artículos 88.b) y siguientes del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, y demás disposiciones normativas que resulten de aplicación; percibiendo las retribuciones correspondientes a dicho puesto de trabajo, excepción hecha de aquéllas que sean inherentes a la condición de personal fijo de plantilla.

En supuestos excepcionales, podrá utilizarse la contratación temporal en régimen laboral.

4.3. Los contratados serán dados de alta y afiliados al Régimen General de la Seguridad Social, siendo, por tanto, a su cargo la cuota correspondiente, así como la retención del I.R.P.F. en las cuantías que procedan.

II.-Convocatoria para la constitución de una relación de aspirantes en formación como auxiliar administrativo

Esta convocatoria se regirá por las siguientes

BASES

Primera.-Se anuncia convocatoria para la constitución, mediante pruebas selectivas, de una relación de aspirantes a desempeñar, en situación de servicios especiales para la formación, el puesto de Auxiliar Administrativo, con el fin de dar cobertura temporal a las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, excluido el Servicio Navarro de Salud Osasunbidea.

Esta relación de aspirantes en formación tendrá carácter subsidiario respecto del personal al que se refiere la Disposición Transitoria Primera del Decreto Foral 347/2004, de 15 de noviembre, por el que se modifica el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril.

Segunda.-Requisitos de los participantes.

2.1. En la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los participantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la condición de empleado fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos y estar encuadrado en el nivel o grupo E.

b) Haber completado un mínimo de tres años de servicios efectivamente prestados en su puesto de trabajo.

c) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

d) Estar en posesión de la titulación de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o título oficialmente declarado equivalente, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

2.2. Los aspirantes que resulten seleccionados para formar parte de la relación de aspirantes en formación como Auxiliares Administrativos a que se refiere la presente convocatoria, podrán optar a puestos de trabajo en vascuence, siempre y cuando, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, acrediten alguno o algunos de los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del Certificado de Aptitud en Vascuence expedido por una Escuela Oficial de Idiomas o título oficialmente reconocido como equivalente, para optar a puestos de trabajo para los que se hayan determinado los grados de dominio de vascuence 2 y 3.

b) Haber aprobado el cuarto curso de vascuence de una Escuela Oficial de Idiomas o nueve "urrats" de los cursos organizados por el Gobierno de Navarra, para optar a puestos de trabajo para los que se haya determinado el grado de dominio 1.

c) Superar una prueba de conocimientos que determine la posesión del nivel lingüístico suficiente para el desempeño del correspondiente puesto de trabajo, de acuerdo con lo establecido en la norma segunda de las comunes a las convocatorias.

A tal fin, en el mismo plazo de presentación de instancias establecido en la norma tercera de las comunes a las convocatorias, los interesados deberán manifestar que reúnen los requisitos de titulación exigidos en esta base o, en su defecto, su voluntad de realizar la prueba de conocimientos de vascuence que al efecto se determine.

2.3. El cumplimiento de los anteriores requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse en el momento del llamamiento y durante el periodo de formación.

2.4. No podrá participar en la presente convocatoria el personal docente del Departamento de Educación, el personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, ni el personal excluido del ámbito de aplicación del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Tercera.-Proceso selectivo.

El proceso selectivo se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en las normas comunes a las tres convocatorias aprobadas por la presente Resolución. En cualquier caso, las pruebas no darán comienzo antes de la segunda quincena del mes de septiembre de 2008.

Cuarta.-Llamamiento de los nuevos aspirantes en formación.

El llamamiento de los aspirantes y, en su caso, la declaración en situación de servicios especiales para la formación se realizará de conformidad con lo establecido en la Orden Foral 199/2004, de 30 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establece el procedimiento de constitución y gestión de las listas de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo en formación (BOLETÍN OFICIAL de Navarra número 157, de 31 de diciembre) y demás normativa de aplicación.

III.-Convocatoria para la realización de la prueba de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación como auxiliar administrativo

Esta convocatoria se regirá por las siguientes

BASES

Primera.-Participantes.

1.1. Podrán participar en la prueba de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación como Auxiliar Administrativo, los empleados que figuran en las relaciones vigentes de aspirantes al desempeño en situación de servicios especiales para la formación correspondiente a este puesto de trabajo y cumplan los siguientes requisitos:

-Haber sido declarados en situación de servicios especiales para la formación al amparo del Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, en el momento de la entrada en vigor del Decreto Foral 347/2004, de 15 de noviembre.

-Haber permanecido un mínimo de cuatro años en situación de servicios especiales para la formación al amparo del Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril. Este requisito se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

1.2. Los aspirantes que resulten seleccionados para acceder al segundo periodo de cuatro años de formación, podrán optar a puestos de trabajo en vascuence, siempre y cuando, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, acrediten alguno o algunos de los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del Certificado de Aptitud en Vascuence expedido por una Escuela Oficial de Idiomas o título oficialmente reconocido como equivalente, para optar a puestos de trabajo para los que se hayan determinado los grados de dominio de vascuence 2 y 3.

b) Haber aprobado el cuarto curso de vascuence de una Escuela Oficial de Idiomas o nueve "urrats" de los cursos organizados por el Gobierno de Navarra, para optar a puestos de trabajo para los que se haya determinado el grado de dominio 1.

c) Superar una prueba de conocimientos que determine la posesión del nivel lingüístico suficiente para el desempeño del correspondiente puesto de trabajo, de acuerdo con lo establecido en la norma segunda de las comunes a las convocatorias.

A tal fin, en el mismo plazo de presentación de instancias establecido en la norma tercera de las comunes a las convocatorias, los interesados deberán manifestar que reúnen los requisitos de titulación exigidos en esta base o, en su defecto, su voluntad de realizar la prueba de conocimientos de vascuence que al efecto se determine.

Segunda.-Pruebas de acceso al segundo periodo de formación.

2.1. El proceso selectivo se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido en las normas comunes a las tres convocatorias aprobadas en la presente Resolución. En cualquier caso, las pruebas no darán comienzo antes de la segunda quincena del mes de septiembre de 2008.

2.2. Los aspirantes serán calificados con "apto" o "no apto", pudiendo acceder al segundo periodo de cuatro años de formación, únicamente los aspirantes que obtengan la calificación de "apto".

Los aspirantes que no obtengan la calificación de "apto" en esta convocatoria podrán volver a presentarse a las pruebas de acceso al segundo período de formación que la Administración convoque en el futuro.

Tercera.-Orden de llamamiento.

Los aspirantes que superen la prueba de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación, podrán ser llamados para desempeñar temporalmente funciones de Auxiliar Administrativo, siendo declarados en situación de servicios especiales en su puesto de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril y demás normativa de aplicación.

IV.-Normas comunes a las tres convocatorias

Primera.-Desarrollo y valoración del proceso de selección.

1.1. La prueba selectiva no darán comienzo antes de la segunda quincena del mes de septiembre de 2008. En la misma Resolución por la que se aprueben las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, se determinará el lugar, fecha y hora de realización de las pruebas.

1.2. El proceso selectivo se llevará a cabo mediante la realización de una única prueba que constará de dos partes:

Primera parte: consistente en responder a un cuestionario de preguntas con varias opciones de respuesta, de las que sólo una de ellas será válida, sobre aptitud verbal, numérica, burocrática y materia ortográfica.

Segunda parte: consistente en responder a un cuestionario de preguntas con varias opciones de respuesta, de las que sólo una de ellas será válida, sobre la materia contenida en el Anexo V de la presente Resolución.

La duración máxima de cada ejercicio será fijada por el Tribunal antes del comienzo de los mismos.

1.3. Cada una de las partes de la prueba se calificará, con un máximo de 30 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no alcancen un total de 24 puntos en el conjunto de las dos partes.

1.4. La convocatoria para la prueba se realizará mediante llamamiento único al que deberán comparecer los aspirantes provistos del Documento Nacional de Identidad u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente. Los aspirantes que no comparezcan a la hora fijada por el Tribunal para el inicio del primer ejercicio quedarán excluidos del proceso selectivo.

1.5. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en su instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

Segunda.-Prueba de conocimiento de vascuence para optar a plaza con requisito de este idioma.

2.1. La prueba de conocimiento de vascuence no dará comienzo antes de la segunda quincena del mes de septiembre de 2008. Una vez publicadas las calificaciones de los ejercicios previstos en la norma primera de las comunes a las tres convocatorias, se determinará el lugar, día y hora de realización de la prueba de vascuence, publicándose la convocatoria de los aspirantes en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona).

2.2. Para la realización de esta prueba el Tribunal requerirá la colaboración del Servicio de Vascuence e Idiomas Comunitarios del Instituto Navarro de Administración Pública, órgano que determinará la prueba a realizar y otorgará a los aspirantes la calificación de "apto" o "no apto" para cada grado de dominio de vascuence establecido en el Decreto Foral 203/2001, de 30 de julio. Dicha calificación vinculará al Tribunal Calificador.

2.3. Únicamente se admitirá a la realización de la prueba de vascuence a los aspirantes que habiéndolo solicitado en su instancia de participación en la correspondiente convocatoria, hayan superado los ejercicios establecidos en la norma primera de las comunes a las convocatorias.

2.4. Los aspirantes que superen esta prueba serán incluidos en la correspondiente relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal o formación, de puestos de trabajo de Auxiliar Administrativo en vascuence.

Tercera.-Plazo de presentación de instancias.

El plazo de presentación de solicitudes para las tres convocatorias aprobadas por esta Resolución será de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Cuarta.-Instancias.

4.1. Las instancias para poder participar en las convocatorias deberán presentarse en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III, 2, (vestíbulo) de Pamplona, en cualquiera de las demás oficinas de Registro del Gobierno de Navarra, cuya relación aparece publicada en BOLETÍN OFICIAL de Navarra número 14, de 30 de enero de 2008, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las instancias deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo I, para los aspirantes a la contratación temporal, en el Anexo II, para los nuevos aspirantes en formación y en el Anexo III, para los participantes en la prueba de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación. Estos modelos serán facilitados en la Oficina de Información del Gobierno de Navarra, Avenida Carlos III, 2, vestíbulo, de Pamplona, pudiendo obtenerse también, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios" "Empleo Público".

En la instancia de participación, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Junto con la instancia de participación los aspirantes deberán aportar fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

Asimismo, los participantes en la convocatoria para la constitución de una relación de aspirantes a la contratación temporal, deberán manifestar en la instancia si desean optar a la provisión temporal de plazas de Auxiliar Administrativo en toda Navarra o, en su defecto, en una o varias de las Zonas geográficas señaladas en la instancia. La elección de Zonas manifestada en la instancia surtirá efectos durante todo el periodo de vigencia de las listas.

En los casos en los que no se cumplimente la opción de zonificación, los aspirantes serán incluidos en las listas correspondientes a todas las Zonas. A estos efectos se publica como Anexo IV de esta Resolución, el ámbito territorial que incluye cada una de las Zonas que figuran en la instancia de participación.

Igualmente estos aspirantes a la contratación temporal, deberán manifestar en la misma instancia si desean optar también a puestos de trabajo a tiempo parcial. En el caso de que no se manifieste esta voluntad, los aspirantes no serán llamados para la provisión de puestos de trabajo a tiempo parcial.

Los aprobados que manifiesten su voluntad de trabajar a tiempo parcial serán llamados, indistintamente, para plazas de jornada completa y de tiempo parcial.

Los participantes en la convocatoria para la constitución de una nueva relación de aspirantes en formación como Auxiliar Administrativo, deberán adjuntar a la instancia de participación fotocopia compulsada del título exigido como requisito.

Quienes no presenten la documentación requerida, salvo causas de fuerza mayor suficientemente justificadas, no serán admitidos a la convocatoria, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

4.2. Los aspirantes con minusvalía deberán adjuntar a la instancia de participación la acreditación de la condición legal de minusválido, expedida por el órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y además, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas.

Quinta.-Listas provisionales.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Servicio de Gestión de Personal de la Dirección General de la Función Pública del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, hará públicas, en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Av. Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona), las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las convocatorias aprobadas por la mencionada Resolución.

Asimismo se publicarán las listas provisionales de aspirantes que hayan manifestado estar en posesión de la titulación de vascuence exigida para optar a plazas para las que se haya determinado dicho idioma como requisito y de los aspirantes que hayan solicitado realizar la prueba de conocimiento de vascuence, de acuerdo con establecido en las convocatorias.

A partir de dicha fecha y dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes, los aspirantes podrán formular reclamaciones o subsanar defectos de su instancia.

Sexta.-Listas definitivas.

Transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones y una vez resueltas las mismas, por Resolución del Director General de Función Pública, se aprobarán las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y se harán públicas en el Tablón de anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona), junto con la fecha y lugar de realización de las pruebas de selección previstas en las convocatorias.

El hecho de figurar en las relaciones de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en las convocatorias. Cuando del examen de la documentación que deben presentar los aspirantes o de la que obra en poder de la Administración, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos, los interesados decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en las convocatorias.

Séptima.-Tribunal calificador.

7.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Don Juan Antonio Sola Ibarra, Director del Servicio de Gestión de Personal del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

Suplente: Doña Elena Uriz Sucunza, Jefa de la Sección de Promoción y Contratación Temporal del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

Vocal: Don Francisco Javier Ibero Gutiérrez, Técnico de Grado Medio de Sistemas Informáticos, del Departamento de Educación.

Vocal Suplente: Don Jesús Acosta Marín, Asesor docente del Departamento de Educación.

Vocal: Don Alberto Viana Górriz, Jefe de la Sección de Órganos de Selección para el Ingreso, del Instituto Navarro de Administración Pública.

Suplente: Don Carlos Sarasíbar Subiza, Sección de Provisión y Régimen de Personal, del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

Vocal: Un representante del personal, a designar por las organizaciones sindicales presentes en las comisiones paritarias de ámbito general.

Suplente: Un representante del personal, a designar por las organizaciones sindicales presentes en las comisiones paritarias de ámbito general.

Vocal-Secretario: Doña Amaya Goñi Lacabe, Jefa de la Sección de Inspección General y Asuntos Sindicales, del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

Vocal-Secretario Suplente: Don Alfredo Prado Santamaría, Jefe de la Sección de Régimen Jurídico, del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

7.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección General de Función Pública, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Igualmente los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran dichas circunstancias.

En caso de que, en aplicación de las causas de abstención y recusación legalmente establecidas, se produjera alguna variación en la composición del Tribunal, ésta se hará pública junto con las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos.

7.3. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros. Asimismo, para la válida constitución y actuaciones del Tribunal se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

7.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de las convocatorias.

7.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para la prueba. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente en éstas.

Octava.-Relaciones de aprobados.

8.1. Terminada la calificación de las pruebas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra y en el lugar de celebración de la prueba, de forma separada, las siguientes relaciones:

-Relación de aspirantes a la contratación temporal aprobados por orden de puntuación total obtenida.

-Relación de aspirantes al desempeño en situación de servicios especiales para la formación aprobados por orden de puntuación total obtenida.

-Relación de aspirantes que han superado la prueba de acceso al segundo periodo de cuatro años de formación.

-Relación de aspirantes que han superado la prueba de vascuence establecida en la norma segunda de las comunes a las convocatorias.

Asimismo, el Tribunal remitirá las relaciones a que se refiere la presente base al Director General de Función Pública para su aprobación, junto con el expediente completo del proceso selectivo.

8.2. Los empates en la puntuación que pudieran producirse entre los aspirantes se resolverán de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Aspirantes a la contratación temporal: los empates se resolverán atendiendo a la mayor puntuación obtenida en cada una de las partes de la prueba por el orden en el que éstas se han realizado y, en caso de ser necesario, a favor del aspirante que cuente con menor número de errores en cada una de las partes, igualmente por el orden en el que se han realizado. Por último y en caso de que todavía persista el empate, éste se resolverá mediante sorteo celebrado al efecto en el Servicio de Gestión de Personal de la Dirección General de Función Pública, al que serán convocados los aspirantes afectados.

b) Nuevos aspirantes en formación: los empates se resolverán atendiendo a la mayor antigüedad que tengan reconocida los aspirantes en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes en la convocatoria. De persistir el empate, éste se resolverá mediante sorteo celebrado al efecto en el Servicio de Gestión de Personal, al que serán convocados los aspirantes afectados.

Novena.-Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra las convocatorias, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Pamplona, 30 de junio de 2008.-El Director General de Función Pública, Gregorio Eguílaz Gogorza.

ANEXO I

Modelo de instancia

Solicitud para participar en la convocatoria de contratación temporal del puesto de trabajo de ........................... publicada en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra número ................ de fecha ....................

1) Datos personales.

Nombre y apellidos .................................... DNI ....................... Nacionalidad ............................. Fecha nacimiento ................................ Domicilio ..................................... Localidad ..................................... Provincia .......................... Código postal .......................... Teléfonos (máx 3) .......................

2) Acreditación de discapacidad. (únicamente cuando proceda)

f Que padece discapacidad, que acredita junto con la instancia.

f Que por razón de su discapacidad, solicita la adaptación que se adjunta por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán los motivos de la minusvalía y las adaptaciones que se solicitan).

3) Plazas en vascuence. (únicamente cuando lo contemple la convocatoria)

Que solicita optar también a puestos con requisito de vascuence y a tal fin manifiesta que:

f Está en posesión del Certificado de Aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente (grado de dominio 2 y 3).

f Ha superado el cuarto curso de vascuence de una Escuela Oficial de Idiomas o nueve "urrats" de los cursos organizados por el Gobierno de Navarra (grado de dominio 1).

f Solicita realizar las pruebas de conocimiento de vascuence.

4) Solicitud de Zonas. (únicamente cuando lo contemple la convocatoria).

Que solicita optar a la provisión temporal de plazas en las siguientes Zonas Geográficas:

A) Todas las zonas geográficas

f Todas las zonas de navarra.

B) Únicamente las siguientes zonas:

f ZONA 1: PAMPLONA

f ZONA 2: CINTURON DE PAMPLONA

f ZONA 3: IRURTZUN

f ZONA 4: SANTESTEBAN

f ZONA 5: LUMBIER-SANGÜESA

f ZONA 6: TAFALLA

f ZONA 7: ESTELLA

f ZONA 8: TUDELA

f Está interesado también en trabajar a tiempo parcial.

5) Asimismo manifiesta:

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo, ni está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de las titulaciones exigidas en la convocatoria y reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las instancias.

Pamplona, ....................... de ...................... de 2008.

(Firma)

ANEXO II

Modelo de instancia

Solicitud para participar en la convocatoria de nuevos aspirantes en formación del puesto de trabajo de ..................... publicada en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra número ............................ de fecha ........................

1) Datos personales.

Nombre y apellidos .................................... DNI ....................... Nacionalidad ............................. Fecha nacimiento ................................ Domicilio ..................................... Localidad ..................................... Provincia .......................... Código postal .......................... Teléfonos (máx 3) .......................

2) Datos del puesto de trabajo para el que fue nombrado.

Departamento

Servicio

Puesto de trabajo

Nivel

3) Acreditación de discapacidad. (únicamente cuando proceda)

f Que padece discapacidad, que acredita junto con la instancia.

f Que por razón de su discapacidad, solicita la adaptación que se adjunta por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán los motivos de la minusvalía y las adaptaciones que se solicitan).

4) Plazas en vascuence. (únicamente cuando lo contemple la convocatoria)

Que solicita optar también a puestos con requisito de vascuence y a tal fin manifiesta que:

f Está en posesión del Certificado de Aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente (grado de dominio 2 y 3).

f Ha superado el cuarto curso de vascuence de una Escuela Oficial de Idiomas o nueve "urrats" de los cursos organizados por el Gobierno de Navarra (grado de dominio 1).

f Solicita realizar las pruebas de conocimiento de vascuence.

5) Asimismo manifiesta:

Que está en posesión de las titulaciones exigidas en la convocatoria, distintas de aquellas por las que se encuentra en servicio activo, y reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las instancias.

Pamplona, ................. de ...................... de 2008.

(Firma)

ANEXO III

Modelo de instancia

Solicitud para participar en la convocatoria de acceso al segundo período de 4 años de formación del puesto de trabajo de ...................... publicada en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra número .................... de fecha ..........................

1) Datos personales.

Nombre y apellidos .................................... DNI ....................... Nacionalidad ............................. Fecha nacimiento ................................ Domicilio ..................................... Localidad ..................................... Provincia .......................... Código postal .......................... Teléfonos (máx 3) .......................

2) Datos del puesto de trabajo para el que fue nombrado.

Departamento

Servicio

Puesto de trabajo

Nivel

3) Acreditación de discapacidad. (únicamente cuando proceda)

f Que padece discapacidad, que acredita junto con la instancia.

f Que por razón de su discapacidad, solicita la adaptación que se adjunta por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán los motivos de la minusvalía y las adaptaciones que se solicitan).

4) Plazas en vascuence. (únicamente cuando lo contemple la convocatoria)

Que solicita optar también a puestos con requisito de vascuence y a tal fin manifiesta que:

f Está en posesión del Certificado de Aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente (grado de dominio 2 y 3).

f Ha superado el cuarto curso de vascuence de una Escuela Oficial de Idiomas o nueve "urrats" de los cursos organizados por el Gobierno de Navarra (grado de dominio 1).

f Solicita realizar las pruebas de conocimiento de vascuence.

5) Asimismo manifiesta:

Que a la entrada en vigor del Decreto Foral 347/2004, de 15 de noviembre, había sido declarado en situación de servicios especiales para la formación al amparo del Decreto Foral 96/1997, de 14 de abril, por el que se regula la formación y perfeccionamiento profesional del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Que ha permanecido en dicha situación administrativa un mínimo de cuatro años.

Que está en posesión de las titulaciones exigidas en la convocatoria y reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las instancias.

Pamplona, .................. de ....................... de 2008.

(Firma)

ANEXO IV

Ambito territorial de las zonas

ZONA 1. PAMPLONA: Pamplona y zona comprendida entre las localidades de Villava, Burlada, Berriozar, Beriáin, Noáin, Zizur, Huarte, Arre, Barañáin, Ansoáin, Olaz, Orcoyen y Mutilva.

ZONA 2. CINTURON DE PAMPLONA: zona comprendida entre las localidades de Larraintzar, Lantz, Zubiri, Eugi, Monreal, Tiebas, Campanas, Obanos, Puente la Reina, Añorbe, Cirauqui y Mañeru.

ZONA 3. IRURTZUN: zona comprendida entre las localidades de Irurtzun, Uharte-Arakil, Lakuntza, Arbizu, Etxarri Aranatz, Olazti/Olazagutía, Urdiáin, Altsasu/Alsasua, Ziordia, Lekunberri, Jauntsarats, Betelu, Areso, Leitza, Ezkurra y Goizueta.

ZONA 4. SANTESTEBAN: zona comprendida entre las localidades de Doneztebe/Santesteban, Elizondo, Bera/Vera de Bidasoa, Lesaka, Lekarotz, Narbarte, Saldías, Arizkun, Amaiur/Maya, Erratzu, Beintza-Labaien, Sunbilla, Zubieta, Azpilkueta, Legasa, Oronoz, Igantzi, Arantza, Etxalar, Gartzain, Almandoz, Irurita, Urdazubi-Urdax, Zugarramurdi, Arraioz, Ziga, Ituren y Eratsun.

ZONA 5. LUMBIER/SANGÜESA: zona comprendida entre las localidades de Lumbier, Sangüesa, Aoiz, Erro, Aurizberri/Espinal, Auritz/Burguete, Luzaide/Valcarlos, Garralda, Hiriberri-Villanueva de Aezkoa, Aribe, Orbaitzeta, Oroz-Betelu, Abaurrea, Ochagavía, Isaba, Roncal, Ustárroz, Navascués, Urroz, Aibar, Cáseda, Sada, Yesa, Liédena y Eslava.

ZONA 6. TAFALLA: zona comprendida entre las localidades de Tafalla, Olite, Caparroso, Carcastillo, Santacara, Rada, Figarol, Mélida, Murillo, Funes, Villafranca, Peralta, Marcilla, Falces, Artajona, Larraga, Berbinzana, Miranda de Arga, Barásoain, Garínoain, Mendigorría, San Martín de Unx, Ujué, Beire, Pitillas y Milagro.

ZONA 7. ESTELLA: zona comprendida entre las localidades de Estella, Villatuerta, Abárzuza, Lezáun, Oteiza, Los Arcos, Arróniz, Zudaire, Viana, Lerín, Sesma, Allo, Ancín, Dicastillo, Muniáin de la Solana, Mendavia, Cárcar, Lodosa, Sartaguda, San Adrián, Andosilla, Azagra, Murieta y Salinas de Oro.

ZONA 8. TUDELA: zona comprendida entre las localidades de Tudela, Fontellas, Fitero, Cadreita, Murchante, Ribaforada, Fustiñana, Monteagudo, Valtierra, Cascante, Ablitas, Buñuel, Corella, Arguedas, Cintruénigo, Castejón, Cortes y Cabanillas.

ANEXO V

Temario (auxiliar administrativo)

Informática

Tema 1.-Conceptos elementales sobre informática básica: hardware, software y sistemas operativos. Conceptos elementales sobre Internet y Correo Electrónico.

Tema 2.-Conceptos elementales sobre Windows XP. El escritorio y sus elementos; el Administrador de Tareas; el Explorador de Windows; el Panel de Control; Impresoras; el botón Inicio; la carpeta Inicio; la barra de tareas; el comando ejecutar; la Ayuda; trabajo en red; cuentas de usuario.

Tema 3.-Procesadores de textos: conceptos fundamentales. Microsoft Word XP: el área de trabajo; escribir y editar; formato de texto; diseño de página y composición; estilos; plantillas; herramientas; tablas; administración de archivos; combinar correspondencia; trabajar con campos; imprimir.

Tema 4.-Hojas de cálculo: conceptos fundamentales. Microsoft Excel XP: conceptos básicos; libros de trabajo; hojas; celdas; selección de celdas y comandos; introducción de datos; creación de fórmulas y vínculos; uso de funciones; edición de una hoja de cálculo; formatos; gráficos; imprimir.

Tema 5.-Bases de datos: conceptos fundamentales. Microsoft Access XP: fundamentos; tablas; consultas; formularios; informes; imprimir.

Código del anuncio: F0810715