BOLETÍN Nº 92 - 28 de julio de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.5. Estatutos y convenios colectivos

RESOLUCIÓN 392/2008, de 13 de mayo, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra del Acuerdo de Revisión Salarial correspondiente a los años 2008 y 2009 del Convenio Colectivo de trabajo de la empresa "Plantas de Navarra, S.A.", de Valtierra (Expediente número: 49/2008).

Con fecha 29-4-2008 ha tenido entrada en este Departamento el Acuerdo de Revisión Salarial del Convenio Colectivo de trabajo de la empresa "Plantas de Navarra, S.A.", correspondiente a los años 2008 y 2009, suscrito y aprobado por la Comisión Negociadora, en cumplimiento de lo pactado en el citado Convenio (Expediente inicial número 62/2002).

Siendo el Departamento de Innovación, Empresa y Empleo competente para efectuar las funciones de registro, depósito y publicación de los Convenios Colectivos de trabajo, establecidas en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en virtud de lo establecido en el Real Decreto 937/1986, de 11 de abril, de transferencias laborales estatales a la Comunidad Foral de Navarra; y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1. Proceder al registro del Acuerdo de Revisión Salarial del Convenio Colectivo de trabajo de "Plantas de Navarra, S.A." (Código número 3106152), de Valtierra, en el libro especial habilitado al efecto que obra en el Negociado de Registro, Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, en cuya unidad administrativa queda en depósito su texto y documentación.

2. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

3. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra para su general conocimiento.

Pamplona, 13 de mayo de 2008.-La Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, Imelda Lorea Echavarren.

Acta de Acuerdo

DOC. REF: Reunión Empresa-Comité.

Asunto: Negociación Claus. Económicas Convenio PLANASA-PROVEDIS.

Fecha: 22-04-2008.

Lugar: S. Reuniones planta superior.

Hora : 12:30 h.

Convocados:

Ana Clara Nieva Preciado

Manuel Ramos (asesor)

Jose Manuel Ayesa (asesor)

Marisa Garcia Elzaburu

Juan C. Calvo Marin

Elena Arbiol (CCOO)

M.ª Jose Lopez Pascual

Esperanza Blasco Prat

Manuela Cambra Preciado

Acta:

Siendo las 12,30 h. del 22 de abril del 2008, se reúnen las personas que arriba se relacionan para tratar:

ACTA FINAL DE LAS NEGOCIACIONES PARA LA REVISIÓN DE LAS CLÁUSULAS ECONÓMICAS DEL CONVENIO COLECTIVO DE PLANTAS DE NAVARRA, S.A. Y PRODUCIONES VEGETALES DIFERENCIADAS, S.L.

Fecha: 22 de abril de 2008

Como resultado de las negociaciones mantenidas durante los meses de enero, febrero, marzo y abril del año 2.008 para la revisión de las cláusulas económicas del Convenio Colectivo de Plantas de Navarra, S.A. (en lo sucesivo PLANASA) y que afectan asimismo al personal de la Empresa Producciones Vegetales Diferenciadas, S.L. (en lo sucesivo PROVEDIS), se alcanzó un preacuerdo por la mayoría absoluta del Comité de Empresa, siendo refrendado por votación secreta de la mayoría absoluta de los trabajadores de ambas Empresas, y firmado por la mayoría absoluta de los miembros del Comité de Empresa.

El acuerdo afecta a los capítulos séptimo (régimen económico) y octavo (cláusulas económicas) y recoge los siguientes puntos de aplicación:

1. Vigencia.

El presente acuerdo tendrá una vigencia de dos años, desde el día 1 de enero de 2008, al 31 de diciembre de 2009.

2. Incremento salarial.

Se acuerdan los siguientes incrementos salariales, en función de tres supuestos:

Supuestos de IPC anual e Incrementos retribución:

IPC real anual hasta el 3% inclusive: IPC real+0,5%.

IPC real anual entre 3,01 % y 3,49%: IPC real + diferencial variable hasta 3,5%.

IPC real anual igual o superior al 3,5%: IPC real.

Todo ello con garantía de IPC real en el conjunto de los dos años de vigencia.

A solicitud de CCOO y como excepción, en el año 2008 se aplicará un anticipo a cuenta del 3%, sin que este incremento pueda suponer un incremento de coste sobre el acordado para este año. En el supuesto de que el importe del anticipo a cuenta sea superior al incremento final que resulte de la aplicación del acuerdo, el exceso se deducirá del incremento 2009.

3. Plus nocturnidad.

Plus nocturno: 30% de salario total mensual recogido en tablas salariales por categoría.

4. Horas extraordinarias.

Año 2008:

Hora extra normal (lunes a sábado mañana): 12 euros brutos para todas las categorías.

Hora extra festiva (sábados tarde, domingos y festivos): 13 euros brutos para todas las categorías.

Año 2009: Revisión salarial.

5. Categorías coordinadoras.

Se acepta el cambio de categoría para catorce puestos, bien entendido que los supuestos de sustituciones - por cualquier causa y duración-no darían derecho al reconocimiento de nuevas categorías, sino únicamente al complemento de puesto.

Este Acuerdo sobre revisión de las cláusulas económicas del Convenio Colectivo de Plantas de Navarra, S.A., se remitirá a la Dirección General de Trabajo, como anexo al Convenio Colectivo, para su registro y publicación.

Y sin más asuntos que tratar, y siendo las 13,00 h. se levanta la sesión.

ANEXO

Tablas salariales provisionales 2008 (Definitivas 2007 + 3% a Cta.)

T. Superior 959,77 133,53 63,50 1.156,80 16.195,20

T. Grado Medio 836,19 123,23 63,50 1.022,92 14.320,88

T. C. Agrícola 807,87 120,88 63,50 992,25 13.891,50

J. de Administra. 888,68 127,60 63,50 1.079,78 15.116,92

O. 1.ª Administra 807,87 120,88 63,50 992,25 13.891,50

O. 2.ª Administrat 754,21 130,00 63,50 947,71 13.267,94

Aux. Adminis 703,80 125,81 63,50 893,11 12.503,54

Encargado 865,45 125,67 63,50 1.054,62 14.764,68

Oficial 1.ª 836,19 123,23 63,50 1.022,92 14.320,88

Oficial 2.ª 807,87 120,88 63,50 992,25 13.891,50

Oficial 3.ª 780,59 132,18 63,50 976,27 13.667,78

Especialista 1.ª 754,21 130,00 77,39 961,60 13.462,40

Especialista 2.ª 728,70 127,90 77,39 933,99 13.075,86

Peon 703,80 125,81 77,39 907,00 12.698,00

Código del anuncio: F0807661