BOLETÍN Nº 84 - 9 de julio de 2008

II. ADMINISTRACIÓN LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.5. Otros

LAZAGURRÍA

Edicto rectificación del catastro

El día seis de junio de dos mil ocho el Señor Alcalde del Ayuntamiento de Lazagurría dictó la siguiente Resolución:

Examinados los documentos obrantes en el expediente de incoado a instancia de don Herminio Cirauqui Fernández, de rectificación del catastro consistente en la división de la parcela 391, del polígono 1 de Lazagurría,

He resuelto:

1.º Acceder a la solicitud formulada por Herminio Cirauqui Fernández, ordenado la rectificación del Catastro de Lazagurría de acuerdo con el título de propiedad aportado por el interesado (escritura otorgada ante el Notario don Miguel Lacarra de Miguel en Estella, el 2 de febrero de 1985, obrante al número 143 de su protocolo).

2.º Notificar esta Resolución a los interesados.

Lo que se publica para notificación a la herencia yacente o los herederos desconocidos de don Ismael Cirauqui Fernández y a todos los posibles interesados, advirtiéndoles que contra dicha Resolución podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación o, previamente, y con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano emanante de la misma en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación, o recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes desde la notificación del mismo.

Lazagurría, 11 de junio de 2008.-El Alcalde, Ignacio Mangado López.

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