BOLETÍN Nº 84 - 9 de julio de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCIÓN 221/2008, de 13 de mayo, del Director del Servicio de Calidad Ambiental, por la que se concede la Autorización de Afecciones Ambientales para la realización del Proyecto de Prolongación de la actual red de Muruarte de Reta hasta la caseta de derivación de Mendívil y conexión de la antigua Mancomunidad del Valle del Aragón con la red de la Mancomunidad de Mairaga, promovido por la Mancomunidad de Mairaga.

Con fecha 20 de noviembre de 2007 ha tenido entrada en el Servicio de Calidad Ambiental la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales del expediente arriba citado. Las obras afectan al Lugar de importancia Comunitaria ES2200035: Tramos Bajos del Aragón y del Arga, por lo que, de acuerdo al Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, y al tratarse de una actividad incluida en el apartado N y P (por su afección a la Red Natura 2000) del Anejo 2C de la citada norma, procede su tramitación como Autorización de Afecciones Ambientales.

Este Decreto Foral establece en el artículo 36 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales en el plazo de cuatro meses desde la presentación de la solicitud.

El artículo 31.2 de dicho Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, establece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

El Proyecto contempla el nuevo abastecimiento en Alta desde Muruarte de Reta, arqueta de manantiales del Carrascal, hasta Mendívil con tubería de PEAD 200 Ø mm Por otro lado, se conectará la red existente de la Mancomunidad de Mairaga con la 3.ª fase del bajo Aragón, mediante tubería de fundición de 350 y 500 mm.

El trazado de la ampliación entre Muruarte de Reta y Mendívil tiene una longitud de 1.870 m.l. En su inicio discurrirá paralela a la N-121. El cruce de la plataforma del ferrocarril se realizará a través de la obra de fábrica de paso río Cidacos. Posteriormente cruza el barranco de Zapitur y continúa en dirección Sur hasta llegar al camino de Zapitur y de aquí, en dirección Oeste, hasta la cámara de derivación de Mendívil. Las zanjas tendrán una anchura de 60 cm. Otras obras complementarias serán las arquetas para desagües y ventosas, y el bombeo en Mendívil.

La conexión Mairaga 3.ª Fase Bajo Aragón se proyecta mediante tubería de conexión entre Caparroso y Traibuenas en dos tramos. El primero tiene una longitud de 1.593 m.l., con origen en Caparroso y llega hasta la arqueta de derivación del nudo N1, que conectará en un futuro la Mancomunidad de Mairaga con Marcilla. Desde Caparroso la tubería cruza el río Aragón en 35 m y a cielo abierto, en dos fases, construyendo una ataguía en cada una de ellas para desviar la corriente de agua. Posteriormente, la tubería cruza varios campos de cultivo hasta situarse junto a la N-121, donde se cruza el canal de la minicentral hidroeléctrica de Marcilla. A partir de este punto, la tubería discurrirá paralela a la N-121 hasta llegar al cruce con la N-128, donde se instalará la cámara de derivación del nudo N1.

El segundo tramo es de 2.049 m.l., con origen en la arqueta del nudo N1, discurre paralela a la N-121 hasta llegar al cruce de la misma con la N-124 donde se conectará con la tubería de abastecimiento existente. Las zanjas tendrán una anchura de 60 cm. Otras obras complementarias serán las arquetas para desagües y ventosas, y la cámara de derivación Bajo Arga, que estará ubicada bajo el nivel del terreno, quedando a la vista únicamente, la caseta que da acceso a la misma.

Vistos los informes que figuran en el expediente, que resulta completo y suficiente y en virtud de las competencias que me han sido delegadas por Orden Foral 426/2007, de 10 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Otorgar la Autorización de Afecciones Ambientales para la realización del Proyecto de Prolongación de la actual red de Muruarte de Reta hasta la caseta de derivación de Mendívil y conexión de la antigua Mancomunidad del Valle del Aragón con la red de la Mancomunidad de Mairaga, promovido por la Mancomunidad de Mairaga.

2.º La presente autorización estará sujeta a las siguientes condiciones de contenido ambiental:

-Se deberá señalizar claramente, mediante replanteo, las anchuras de ocupación de las obras delimitando la propia zona de actuación, zonas de tránsito de maquinaria y zonas de vertedero.

-Debido a la presencia de visón europeo y nutria, especies catalogadas en peligro de extinción, las obras de cruce del río Aragón en Caparroso y su zona de influencia, se realizarán fuera del período comprendido entre el 1 de abril al 30 de agosto, debiendo procederse al desbroce manual de la vegetación herbácea y arbustiva existente. Una vez eliminada ésta, se procederá al apeo de la vegetación arbórea, caso de existir, y tras 48 horas de la eliminación de la cobertura vegetal, podrá accederse al movimiento de tierras. Para minimizar los efectos negativos de las obras sobre el río Aragón, el período de trabajo en éste se establece entre finales de agosto y noviembre.

-Los cruces de barrancos y ríos se realizarán en sentido perpendicular al trazado del cauce, seleccionando las zonas donde se produzca menor afección ambiental.

-Se minimizará la afección sobre setos o vegetación natural valiosa, en especial en el tramo que afecta al LIC Tramos Bajos del Aragón y del Arga, zona del Sasillo y regata de Zapitur. En todas estas zonas se reducirá la calle de trabajo, que no será de más de 4 metros de anchura. Se utilizará maquinaria de pequeño tamaño.

-Se apearán tan sólo los ejemplares arbóreos y arbustivos que inevitablemente sea preciso talar. Se tendrá especial cuidado con los ejemplares de carrasca presentes junto al camino de Zapitur. En todos estos casos se dará previo aviso a la ronda de guarderío forestal de la zona para informar la correspondiente autorización de corta. Sobre la vegetación que pueda sufrir afecciones por el paso de la maquinaria se procederá a la poda de las ramas que dificulten el trasiego de la misma.

-Todas las superficies afectadas por las obras que no hayan de ser cultivadas habrán de quedar regularizadas, sembradas o hidrosembradas.

-En las márgenes de los cauces, coincidentes con los cruces de la conducción, se evitará la colocación de escolleras de protección reperfilando la superficie final con tierra vegetal, con pendiente no superior a 3H/2V, para posteriormente ser revegetadas, fuera de la franja de servidumbre de la tubería, mediante la plantación de estaquillas de sauces procedentes de las labores de desbroce en la zona de actuación (Salix elaeagnus, Salix purpurea y Salix fragilis) y plantación con ejemplares enraizados de Populus nigra, Populus alba, Fraxinus angustifolia, Crataegus monogyna y Prunus spinosa. En las zonas donde sea inevitable la colocación de escolleras, éstas se realizarán con piedra suelta, con taludes nunca superiores a 3H/2V, rellenando los huecos con tierra vegetal y estaquillando los mismos con las especies de sauce anteriormente señaladas.

-La sección de los cauces no se verá reducida y la cota del lecho en los cruces de la conducción deberá respetar la cota original del mismo, nunca superior, rellenando los 20-30 cm superiores con material propio del lecho procedente de la excavación.

-La reposición de la vegetación mediante plantaciones en los terrenos naturales afectados, habrá de tener un período de garantía de al menos 2 años, hasta el buen arraigo de la misma.

-Las tierras de excavación, restos de demolición de caminos, etc. que no se utilicen para la cubrición de las zanjas deberán ser trasladados a vertedero autorizado.

-Tras la finalización de las obras, la zona quedará limpia de restos de obra.

-Una vez terminadas las obras se deberá presentar ante la Sección de Evaluación Ambiental un documento fin de obra donde se detalle el estado final del punto del Lugar de Importancia Comunitaria afectado por el proyecto. Se incluirán las fotografías y explicaciones que se consideren necesarias.

-En cuanto a las afecciones sobre la Cañada Real de Tauste a la Sierras de Urbasa y Andia en el Término municipal de Caparroso, se dará cumplimiento de la Resolución 2610 de 20 de diciembre de 2007.

3.º Esta autorización tendrá además, los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, relativo al procedimiento de autorización de actividades a realizar en suelo no urbanizable.

4.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

5.º Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

6.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Calidad Ambiental, al Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, al Guarderío forestal, a los Ayuntamientos de Caparroso, Mendívil y Olóriz y a la Mancomunidad de Mairaga, a los efectos oportunos.

Pamplona, 13 de mayo de 2008.-El Director del Servicio de Calidad Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.

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