BOLETÍN Nº 84 - 9 de julio de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.1. DISPOSICIONES GENERALES

1.1.2. Decretos Forales

DECRETO FORAL 69/2008, 17 de junio por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, dispone que el instrumento en el que se establecerán las prestaciones del sistema público de servicios sociales será la Cartera de Servicios Sociales.

Concretamente, aquellas prestaciones del sistema público de servicios sociales cuyo ámbito se extienda a todo el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, han de ser determinadas por la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General, cuya aprobación corresponde al Gobierno de Navarra mediante Decreto Foral.

Se trata, por tanto, de una norma reglamentaria que concreta el derecho de las personas a disfrutar de los servicios sociales y que, por ello, refleja el paso de un sistema asistencialista de los servicios sociales a un sistema garantista, con derechos concretos reconocidos. En este sentido, y profundizando en el propio espíritu de la Ley Foral de Servicios Sociales, es vocación de la presente Cartera consolidar un sistema universal de prestación de servicios mediante la consolidación y extensión de los recursos públicos que sean necesarios para alcanzar tal objetivo, avanzando hacia la calidad del servicio y la calidad del empleo de las personas que trabajan en los servicios sociales.

La Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General incluye, por tanto, la totalidad de las prestaciones responsabilidad de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y, aquéllas que, siendo responsabilidad de las Entidades Locales, deben garantizarse como mínimo en todo el territorio de la Comunidad Foral. Por otro lado la Cartera, cumpliendo el mandato legal, diferencia entre prestaciones garantizadas, que serán exigibles como derecho subjetivo, y prestaciones no garantizadas, que solamente lo serán de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria.

En este sentido la Cartera, además de las prestaciones garantizadas exigidas como contenido mínimo por el artículo 20 de la Ley Foral de Servicios Sociales, incluye otras prestaciones a las que atribuye dicho carácter y que por tanto se constituyen en otros tantos derechos subjetivos para las personas destinatarias.

Respecto de cada una de las prestaciones incluidas, la Cartera establece su objeto, su carácter garantizado o no, las personas beneficiarias, los requisitos de acceso específicos para cada una de ellas, la apertura (salvo en las prestaciones de Atención Primaria) y la intensidad del servicio o ayuda, la posibilidad, en su caso, de exigir copago a las personas destinatarias y su ámbito de actuación. Además, para el caso de las prestaciones garantizadas, se establece el plazo en el que la Administración competente debe prestar el servicio, a partir del cual, y según lo dispuesto en el artículo 19.3. de la Ley Foral de Servicios Sociales, podrá hacerse valer el derecho ante los tribunales de justicia, y, para las no garantizadas, el plazo máximo de resolución y notificación de las solicitudes.

Por primera vez en servicios sociales se establece una regulación que no sólo contempla todas las prestaciones del sistema público de servicios sociales, sino que además establece, para cada una de ellas, un nivel mínimo de intensidad que deberá estar presente en todo caso y que garantiza a su vez un nivel mínimo de calidad de los servicios.

Asimismo, en esta norma se tiene presente como principio informador la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

En consecuencia, a propuesta de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, de acuerdo con el Consejo de Navarra, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día diecisiete de junio de dos mil ocho,

DECRETO:

Artículo 1. Objeto.

El presente Decreto Foral tiene por objeto la aprobación de la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General, que se une como Anexos 1 y 2 al mismo, con el fin de determinar el conjunto de prestaciones del sistema público de servicios sociales cuyo ámbito de aplicación se extiende a todo el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, aplicando el principio de igualdad entre mujeres y hombres.

Artículo 2. Definiciones.

Se entiende por:

1. Prestación Garantizada: prestación del sistema público de servicios sociales exigible como derecho subjetivo.

2. Prestación No Garantizada: prestación del Sistema público de servicios sociales que únicamente será exigible en el caso de que exista disponibilidad presupuestaria.

3. Servicio de atención diaria (diurna o nocturna): servicio que se desarrolla en centros residenciales o centros de actividad (ocupacional, habilitación, rehabilitación e intervenciones especificas), que en horario continuo abarca una parte sustancial del día y no supone ingreso residencial.

4. Servicio de atención residencial: servicio que se desarrolla en Centros o en su caso en familias, que pasan a ser residencia efectiva de la persona, bien temporalmente, bien a largo plazo, ofreciendo alojamiento, manutención y otras actividades especializadas de habilitación o rehabilitación, atendiendo a las características de la persona atendida.

5. Servicio de atención ambulatoria: servicio que se ofrece a la ciudadanía en los Servicios Sociales de atención primaria y/o especializada o en su propio domicilio, donde la atención se establece normalmente de forma programada y conlleva un contacto entre el personal cualificado y la persona usuaria. Este tipo de atención puede ser puntual o periódica en el tiempo.

6. Apertura del servicio: periodo de tiempo que permanece abierto el servicio para el desarrollo de las actividades del mismo.

7. Intensidad del servicio: número de actividades y horas de intervención que, como mínimo, pueden exigirse por las personas usuarias de los servicios, o cuantía de la ayuda correspondiente cuando se trate de una prestación económica.

La intensidad mínima se establece sin perjuicio de que en el plan de atención individualizada que se elabore para la persona beneficiaria del servicio se señale una intensidad mayor, en cuyo caso ésta será la exigible.

Lo dispuesto en el párrafo anterior no será de aplicación a las prestaciones del área de atención primaria.

8. Ámbito de actuación: demarcación territorial para la que se referencia cada servicio.

9. Plazo para la concesión en las Prestaciones Garantizadas: plazo en el que la Administración competente está obligada a prestar el servicio o a conceder la ayuda económica, siempre que se cumplan los requisitos de acceso establecidos.

10. Plazo de resolución en las Prestaciones No Garantizadas: plazo en el que la Administración competente está obligada a resolver y notificar la solicitud presentada.

11. Unidad familiar en atención a la dependencia: la formada por los cónyuges o pareja estable y sus hijos e hijas menores de edad, salvo que, con el consentimiento de los padres vivan independientes de éstos. En los casos de separación legal, o cuando no existiera vínculo matrimonial o pareja estable, la formada por la madre, el padre y todos los hijos convivientes menores de edad. Opcionalmente podrán ser incluidos como miembros de la unidad familiar los hijos con edades comprendidas entre los 18 y 25 años cuyos ingresos sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y no vivan independientes de sus progenitores.

12. Unidad familiar en atención a personas en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo: la formada por los cónyuges o pareja estable y parientes por consanguinidad hasta el segundo grado y por afinidad hasta el primero, que convivan en el mismo domicilio.

Artículo 3. Ámbito de aplicación.

El ámbito de aplicación de este Decreto Foral se extiende a todo el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

Artículo 4. Personas destinatarias de las prestaciones.

Serán destinatarias de las prestaciones contenidas en la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General todas aquellas personas que, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, reúnan los requisitos establecidos en la Cartera para cada una de las prestaciones, así como, en su caso, las entidades que reúnan los requisitos establecidos en la normativa aplicable y en la propia Cartera.

Artículo 5. Participación de las personas usuarias en la financiación.

En las prestaciones en las que la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General recogida en los anexos 1 y 2 de este Decreto Foral contempla el copago por parte de las personas usuarias, la aportación de éstas se establecerá por la Administración competente de las mismas, conforme a los criterios establecidos legal y reglamentariamente.

Artículo 6. Competencias de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

El Departamento competente en materia de servicios sociales deberá ofrecer las prestaciones incluidas en la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General en los términos establecidos en las mismas, salvo las recogidas en el Anexo 1 relativas a prestaciones de Atención Primaria.

Artículo 7. Competencias de las Entidades Locales de Navarra.

Las Entidades Locales de Navarra deberán ofrecer las prestaciones incluidas en el Anexo 1 relativas a prestaciones de Atención Primaria, en los términos establecidos en las mismas.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera.-Actualización de las prestaciones económicas.

Las prestaciones económicas recogidas en la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General se actualizarán anualmente, al menos conforme al Índice de Precios al Consumo de Navarra, mediante Orden Foral de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.

Segunda.-Prestación económica vinculada al servicio.

1. En los casos de las Prestaciones Garantizadas de atención residencial para personas mayores, atención residencial para personas menores de 65 años, atención residencial para personas con enfermedad mental, atención residencial en centro psicogeriátrico, pisos tutelados y funcionales para personas con discapacidad y enfermedad mental, centros de atención diaria para mayores con dependencia, para menores de 65 años con dependencia, en centro psicogeriátrico y en centros de rehabilitación psicosocial para personas con enfermedad mental en que, por no existir servicios suficientes dentro del sistema público de servicios sociales, no sea posible el acceso al servicio, éste será sustituido por una prestación económica que estará, en todo caso, vinculada a la adquisición de ese servicio. Esta prestación no podrá concederse por un periodo superior a doce meses, transcurrido el cual deberá sustituirse por el correspondiente servicio, salvo que exista acuerdo expreso entre el Departamento competente en materia de servicios sociales y la persona beneficiaria, que deberá constar por escrito y que tendrá un plazo de validez de veinticuatro meses, pudiendo renovarse posteriormente por los mismos periodos.

2. Con el objeto de regular el carácter excepcional de estas prestaciones económicas, mediante Orden Foral de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte se establecerán los criterios para la concesión de estas prestaciones.

3. El Departamento competente en materia de servicios sociales supervisará el destino y la utilización de estas prestaciones al cumplimiento de la finalidad para la que sean concedidas.

4. La prestación económica vinculada al servicio deberá otorgarse dentro del plazo máximo previsto para la concesión del servicio, y su cuantía deberá fijarse con los mismos criterios establecidos para el acceso al servicio correspondiente.

Tercera.-Plazos inmediatos.

Los plazos establecidos como inmediatos en la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General suponen que, cumplidos los requisitos de acceso, el servicio deberá prestarse o la ayuda pagarse en el momento mismo de la solicitud, debiendo posteriormente regularizarse la situación administrativa mediante la oportuna resolución de concesión de la prestación.

Cuarta.-Actualización de las cuantías de ayudas mínimas para atención en el domicilio de personas dependientes y de Renta Básica.

1. La actualización de las cuantías de las ayudas mínimas para atención en el domicilio de personas dependientes se realizará automáticamente en los términos que se establezcan en la regulación estatal de desarrollo de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia, sin necesidad de que se modifique para ello este Decreto Foral.

2. La actualización de la cuantía de la Renta Básica se realizará automáticamente en los términos que se establezcan en su regulación específica, sin necesidad de que se modifique para ello este Decreto Foral.

Quinta.-Análisis de los servicios de atención a Domicilio.

El Departamento competente en materia de servicios sociales promoverá la celebración de un convenio con la Federación Navarra de Municipios y Concejos, los sindicatos más representativos y las organizaciones empresariales más representativas, con el fin de analizar la intensidad de los servicios de atención en el domicilio.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera.-Programas de los Servicios Sociales de Base.

En tanto no se implanten los cuatro programas de los Servicios Sociales de base en todas las zonas básicas de Navarra, el Departamento competente en materia de servicios sociales arbitrará las medidas oportunas para asegurar la atención a través de servicios especializados enclavados en la misma o en distinta área.

Segunda.-Centros de Servicios Sociales.

En tanto no se implanten en Navarra los Centros de Servicios Sociales, el Departamento competente en materia de servicios sociales arbitrará las medidas oportunas para garantizar que los servicios de incorporación sociolaboral, atención a la infancia y adolescencia, atención integral a las víctimas de violencia de género, este último a partir de 2010, e incorporación social a través de la vivienda, atiendan a todas las áreas de servicios sociales.

Tercera.-Servicio de estancias nocturnas y servicio de Residencia-Hogar para personas con trastorno mental grave.

Los servicios de estancias nocturnas y de Residencia-Hogar para personas con trastorno mental grave, sin perjuicio de su carácter de prestaciones garantizadas, sólo serán exigibles en la medida en que se lleve a cabo su progresiva implantación. Esta implantación deberá producirse a más tardar el 1 de julio de 2011.

Cuarta.-Prestaciones Garantizadas para dependientes severos de nivel 1.

1. Los servicios de centro de día para mayores, centro de día para menores de 65 años, centro de día psicogeriátrico, centro de día en centro de rehabilitación psicosocial para personas con enfermedad mental, estancia diurna para mayores, estancia diurna para menores de 65 años, estancia diurna en centro psicogeriátrico y transporte adaptado y asistido, se garantizarán a partir del 1 de enero de 2009, además de para las personas con gran dependencia y dependencia severa de nivel 2, para las personas con dependencia severa de nivel 1.

2. Las prestaciones no recogidas en el apartado anterior referidas a servicios residenciales, Servicio de Atención Domiciliaria (SAD) municipal y ayudas mínimas para atención en el domicilio de las personas dependientes pasarán a garantizase a los dependientes severos de nivel 1 a partir del 1 de enero de 2010, siempre que así se establezca en la regulación estatal de desarrollo de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

Quinta.-Plazos para la concesión de Prestaciones Garantizadas.

Hasta el 1 de julio de 2009 los plazos para la concesión de las siguientes Prestaciones Garantizadas serán de seis meses:

-Servicio de transporte adaptado y asistido.

-Servicio de centro de día para personas menores de 65 años.

-Servicio de centro de día en centros de rehabilitación psicosocial para personas con enfermedad mental.

-Servicio de centro de día para personas mayores.

-Servicio de centro de día psicogeriátrico.

-Servicio de estancia diurna para personas menores de 65 años.

-Servicio de estancia diurna para personas mayores.

-Servicio de estancia diurna en centro psicogeriátrico.

-Servicio de atención residencial para personas menores de 65 años.

-Servicio de atención residencial para personas con enfermedad mental.

-Servicio de atención residencial para personas mayores.

-Servicio de atención residencial en centro psicogeriátrico.

-Servicio de rehabilitación psicosocial para personas con enfermedad mental.

-Servicio de piso supervisado para personas con enfermedad mental.

-Servicio de piso tutelado/funcional para personas menores de 65 años.

-Servicio de piso tutelado/funcional para personas con enfermedad mental.

-Servicio de atención residencial para personas en situación de exclusión social.

Sexta.-Requisitos de acceso para la prestación de Renta Básica.

Hasta el 1 de enero de 2009 el requisito de acceso de residencia efectiva y continuada en Navarra establecido para la prestación de Renta Básica será de dos años.

Séptima.-Entrada en vigor de las prestaciones del área de atención primaria.

El artículo 7 del presente Decreto Foral y el apartado de Atención Primaria de su Anexo 1 al que remite, no entrarán en vigor hasta tanto se realice el desarrollo reglamentario previsto en los artículos 31.3 y 50.2 de la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales.

El Gobierno de Navarra llevará a cabo dicho desarrollo reglamentario antes del 31 de diciembre de 2008, momento en el que deberán concretarse asimismo las medidas para asegurar la prestación de los cuatro programas en todo el ámbito de la Comunidad Foral.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Única.-Normas y preceptos derogados.

1. Queda expresamente derogado el apartado 3 del artículo 9 del Decreto Foral 130/1999, de 26 de abril, por el que se regulan las ayudas económicas para el desarrollo de los programas de incorporación socio-laboral destinados a personas en situación de exclusión social.

2. En general, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto Foral.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.-Modificaciones del Decreto Foral 120/1999, de 19 de abril, por el que se regula la Renta Básica.

El Decreto Foral 120/1999, de 19 de abril, por el que se regula la Renta Básica, queda modificado como sigue:

Uno.-Se modifica el artículo 3, que queda redactado en los siguientes términos:

"1. El importe de la Renta Básica se entenderá como la cantidad necesaria para completar los recursos económicos de la Unidad Perceptora hasta alcanzar la suma de las siguientes cantidades:

-1 persona: hasta el 85% del SMI.

-2 personas: hasta el 105% del SMI.

-3 personas: hasta el 115% del SMI.

-4 personas: hasta el 125% del SMI.

-5 personas: hasta el 135% del SMI.

-6 o más personas: hasta el 145% del SMI.

2. La cantidad a percibir nunca será inferior al 10% del SMI. Se equipararán a esta cantidad las Rentas Básicas cuyo importe, efectuados los cálculos de acuerdo con este Decreto Foral, se sitúe por debajo de la misma".

Dos.-Se modifica el artículo 12.2 que queda redactado de los siguientes términos:

"El órgano competente en la materia resolverá motivadamente y notificará a la persona solicitante la resolución en el plazo de cuarenta y cinco días desde la fecha de la solicitud en el Servicio Social de Base"

Segunda.-Modificaciones del Decreto Foral 168/1990, de 28 de junio, por el que se regulan las ayudas individuales y familiares en materia de servicios sociales.

El Decreto Foral 168/1990, de 28 de junio, por el que se regulan las ayudas individuales y familiares en materia de servicios sociales, queda modificado como sigue:

Uno.-Se modifica el apartado 3 del artículo 8, que queda redactado en los siguientes términos:

"3. Serán beneficiarios de estas ayudas quienes se encuentren en la situación descrita en el apartado 1 de este artículo, debiendo reunir los siguientes requisitos:

-Ser mayor de 18 años y menor de 65 años.

-Acreditar residencia efectiva en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud de la ayuda.

-Haber solicitado previamente de cualquiera de las administraciones y de la Seguridad Social las pensiones o subsidios de cualquier índole que le pudieran corresponder.

-Encontrarse en situación de grave exclusión social y carecer de recursos suficientes para afrontar el coste de las necesidades básicas de supervivencia.

-No tener un deterioro que le impida llevar una vida autónoma en un entorno normalizado.

-Ser tramitada su solicitud desde un Servicio Social de Base y estar incluida en el programa de incorporación social del mismo."

Tercera.-Modificación del Decreto Foral 16/2007, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 22/2002, de 2 de julio, para la adopción de medidas integrales contra la violencia sexista.

El Decreto Foral 16/2007, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 22/2002, de 2 de julio, para la adopción de medidas integrales contra la violencia sexista, queda modificado como sigue:

Uno.-Se modifica el apartado 3 del artículo 27 que queda redactado en los siguientes términos:

"El órgano competente en la materia valorará y resolverá la solicitud en el plazo de 1 mes desde la fecha de entrada del expediente en dicho organismo"

Dos.-Se modifica el apartado 3 del artículo 28, que queda redactado en los siguientes términos:

"3. La cuantía de las ayudas, de percepción única, cubrirá la totalidad del gasto precisado".

Cuarta.-Modificación del Decreto Foral 130/1999, de 26 de abril, por el que se regulan las ayudas económicas para el desarrollo de los programas de incorporación socio-laboral destinados a personas en situación de exclusión social.

El Decreto Foral 130/1999, de 26 de abril, por el que se regulan las ayudas económicas para el desarrollo de los programas de incorporación socio-laboral destinados a personas en situación de exclusión social, queda modificado como sigue:

Uno.-Se modifica el artículo 5, que queda redactado en los siguientes términos:

"Artículo 5. Concepto.

Las ayudas para el empleo social protegido consistirán en prestaciones económicas para apoyar proyectos de interés colectivo y no lucrativo promovidos por las entidades locales y entidades de iniciativa social que impliquen la contratación laboral temporal de personas en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, y que tengan por objeto facilitar a estas personas la adquisición de hábitos y habilidades que mejoren sus posibilidades de incorporación laboral".

Dos.-Se modifica el apartado 2 del artículo 6, que queda redactado en los siguientes términos:

"2. Trabajadores/as contratados/as: las personas contratadas para la realización de estos proyectos deberán encontrarse en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, en edad laboral, y tener, en caso de ser inmigrantes, permiso de trabajo, así como haber suscrito con el Servicio Social de Base y el Equipo de Incorporación Socio-laboral un acuerdo de incorporación socio-laboral en el que se prevea, como una de las fases del itinerario, un período de adquisición de habilidades y hábitos en un contexto laboral".

Tres.-Se modifica el artículo 12, que queda redactado en los siguientes términos:

"Las solicitudes presentadas se resolverán en el plazo de tres meses".

Cuatro.-Se modifica el apartado 2 del artículo 19, que queda redactado en los siguientes términos:

"2. Referidos a las personas a contratar: las personas contratadas se encontrarán en situación de exclusión social, con dificultades para el acceso a un empleo normalizado por los sistemas habituales de inserción laboral, y deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Haber suscrito con el Servicio Social de Base y el Equipo de Incorporación Socio-laboral (EISOL) un acuerdo de incorporación socio-laboral.

b) Contar con el informe favorable para la inserción en la empresa solicitante del Servicio Social de Base y del Equipo de Incorporación Socio-laboral (EISOL) que han suscrito con ella el acuerdo de incorporación socio-laboral.

c) No haber ocupado en los tres años anteriores y durante un período superior a 18 meses un puesto de trabajo mediante contrato subvencionado por el programa.

d) Tener la edad laboral mínima exigida, y permiso de trabajo en el caso de personas inmigrantes".

Cinco.-Se modifica el apartado 1 del artículo 26, que queda redactado en los siguientes términos:

"1. Las personas que soliciten ayuda económica para un proyecto de trabajo individual deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Haber suscrito con el servicio social de base y el Equipo de Incorporación Sociolaboral (EISOL) un acuerdo de incorporación sociolaboral y contar con su informe favorable.

b) Acreditar la cualificación profesional requerida para ejercer la actividad profesional prevista.

c) Disponer de medios económicos para financiar al menos el 30% de la totalidad el presupuesto.

d) Contar con un estudio favorable de viabilidad técnica y económica del proyecto".

Seis.-Se modifica el apartado 2 del artículo 27, que queda redactado en los siguientes términos:

"2. Cuantía de las ayudas: subvención de hasta el 70% del presupuesto presentado sin poder sobrepasar la ayuda el 150% del SMI anual y sin que ésta pueda ser inferior al 20% para presupuestos iguales o inferiores a dos veces el SMI anual o del 40% para presupuestos superiores a dos veces el SMI anual".

Quinta.-Modificación del Decreto Foral 209/1991, de 23 de mayo, por el que se desarrolla la Ley Foral 9/1990, de 13 de noviembre, sobre el régimen de autorizaciones, infracciones y sanciones en materia de servicios sociales.

El Decreto Foral 209/1991, de 23 de mayo, por el que se desarrolla la Ley Foral 9/1990, de 13 de noviembre, sobre el régimen de autorizaciones, infracciones y sanciones en materia de servicios sociales, queda modificado como sigue:

Uno.-Se modifican las siguientes Áreas incluidas en el apartado II, "clasificación de Servicios y Centros", del Anexo:

-El "Área de Infancia Y Juventud" pasa a denominarse "Atención al menor".

-El "Área de Tercera Edad" y el "Área de minusvalías" se dividen en los apartados "Atención a la Dependencia", "Atención a personas mayores", "Atención a personas con discapacidad" y "Atención a personas con enfermedad mental".

-El "Área de reinserción social" pasa a denominarse "Atención a personas en situación de exclusión social o riesgo de estarlo".

-El "Área de Familia y Comunidad" se engloba dentro del apartado "Atención Primaria" y de "Atención a Víctimas de la Violencia de Género".

Dos.-Se modifica la ubicación de los servicios de las siguientes áreas del apartado II, "clasificación de Servicios y Centros", del Anexo:

-Todos los servicios del "Área de Tercera Edad" y del "Área de minusvalías" se incluyen en los apartados "Atención a la Dependencia", "Atención a personas mayores", "Atención a personas con discapacidad" y "Atención a personas con enfermedad mental".

-Todos los servicios del "Área de Familia y Comunidad" se incluyen en el apartado de "Atención Primaria". Excepto el "Programa de Orientación Familiar" que se incluye en el apartado "Atención al Menor", denominándose "Servicio de Orientación Familiar".

-Todos los servicios del "Área de reinserción social" se incluyen en el apartado "Atención a personas en situación de exclusión social o riesgo de estarlo".

Tres.-Se modifica la denominación de los siguientes Servicios y Centros del apartado II, "clasificación de Servicios y Centros", del Anexo:

-El servicio "Pisos residencia de acogida para mujeres víctimas de maltrato" pasa a denominarse "Piso de acogida".

-El servicio "Centros de Día" pasa a denominarse "Centro de Día para personas menores de 65 años".

-El "Servicio de Estancias Diurnas en Centros de Personas con Discapacidad" pasa a denominarse "Estancia diurna para personas menores de 65 años".

-El "Centro de Rehabilitación Psicosocial, de atención a personas con trastorno mental grave, con programas de Centros de Día y de Formación y Orientación Ocupacional Laboral" se divide en el "Servicio de rehabilitación psicosocial para personas con enfermedad mental" y en el "Servicio de Centro de día en centros de rehabilitación psicosocial para personas con enfermedad mental".

-El "Centro de estancias temporales como unidad de respiro para familiares cuidadores de personas con trastorno mental grave" pasa a denominarse "Servicio de ingresos temporales para personas con enfermedad mental".

-El servicio "Centros de atención a minusválidos" pasa a denominarse "Servicio de atención residencial para personas menores de 65 años".

-El servicio "Residencia Asistida para Personas con Enfermedad Mental" pasa a denominarse "Servicio de atención residencial para personas con enfermedad mental".

-El servicio "Piso Supervisado de atención a personas con trastorno mental grave" pasa a denominarse "Servicio de piso supervisado".

-El servicio "Pisos Funcionales y/o Tutelados para Personas con Enfermedad Mental" pasa a denominarse "Servicio de piso tutelado/funcional para personas con enfermedad mental".

-El servicio "Residencia-Hogar, de atención a personas con trastorno mental grave" pasa a denominarse "Servicio de residencia-hogar para personas con enfermedad mental".

-El servicio "Programa de Intervención Sociocomunitaria" pasa a denominarse "Servicio de intervención sociocomunitaria para personas con trastorno mental grave".

-El servicio "Residencia de asistidos" pasa a denominarse "Servicio de atención residencial para personas mayores".

-El servicio "Residencia psicogeriátrica" pasa a denominarse "Servicio de atención residencial en centro psicogeriátrico".

-El "Servicio de Incorporación Sociolaboral" pasa a denominarse "Servicio de apoyo a la incorporación sociolaboral. Equipos de incorporación sociolaboral (EISOL)".

-El servicio "Residencias para transeúntes" pasa a denominarse "Servicio de acogida para personas sin hogar".

-El servicio "Centros Ocupacionales de Inserción" pasa a denominarse "Servicio de Centro ocupacional para personas en situación de exclusión social".

-El servicio "Equipos de atención a la infancia y la adolescencia" pasa a denominarse "Servicio de atención a la infancia y adolescencia. Equipo de Atención a la Infancia y Adolescencia (EAIA)".

-El servicio "Centro de Acogida" pasa a denominarse "Servicio de observación y acogida".

-El servicio "Residencia infantil o juvenil" pasa a denominarse "Servicio de acogimiento residencial".

-El servicio "Programa de intervención familiar" pasa a denominarse "Servicio de intervención familiar".

-El servicio "Programa de educación de adolescentes" pasa a denominarse "Servicio de educación de adolescentes".

-El servicio "Equipo de medio abierto" pasa a denominarse "Servicio de programación, seguimiento y control de la ejecución de medidas judiciales penales en medio abierto".

-El servicio "Equipos para valoración e intervención de menores en situación de dificultad social y/o maltrato" pasa a denominarse "Servicio de valoración de la situación de desprotección o conflicto social".

-El servicio "Centro de Día Infantil y Juvenil" pasa a denominarse "Servicio de centro de día para menores".

-El servicio de "Centro Ocupacional" pasa a denominarse "Servicio de Centro Ocupacional para personas con discapacidad" y "Servicio de Centro Ocupacional para personas con enfermedad mental".

Sexta.-Desarrollo normativo.

Se autoriza a la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y la ejecución de este Decreto Foral.

Séptima.-Criterios para el establecimiento del copago.

En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este Decreto Foral se regularán los criterios para determinar la cuantía de la participación de los usuarios en el coste de los servicios de esta Cartera.

Octava.-Homologación administrativa.

En el plazo de un año desde la entrada en vigor de este Decreto Foral se regularán las condiciones exigibles para contar con la homologación administrativa regulada en el Capítulo III del Título VII de la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre.

Novena.-Criterios para la valoración social.

En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este Decreto Foral, mediante Orden Foral de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte se establecerá el baremo de valoración social de las personas no dependientes para su acceso a un servicio de atención residencial garantizado.

Décima.-Entrada en vigor.

Este Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 17 de junio de 2008.-El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.-La Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, María Isabel García Malo.

ANEXO 1

Prestaciones Garantizadas

A.-Atención Primaria.

1. Servicio de acogida, orientación, asesoramiento, valoración y diagnóstico social y/o socioeducativo, y de prevención y promoción social en el Programa de Acogida y Orientación Social.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso:

-Atención individual/familiar: detectar las necesidades sociales de las personas teniendo en cuenta sus carencias, capacidades, potencialidades y prioridades para dar una primera respuesta a esas necesidades, derivar a otros programas del Servicio Social de Base o a otros servicios sociales especializados.

-Atención Comunitaria: apoyar y fomentar el asociacionismo y otras formas de apoyo social que favorezcan la integración social de toda la ciudadanía y promocionar actitudes sociales positivas dirigidas a toda la población y/o colectivos concretos.

d) Personas beneficiarias: toda la población.

e) Requisitos de acceso: no existen requisitos de acceso específicos.

f) Intensidad del servicio:

-Acogida: una cita en el Servicio Social de Base.

-Orientación social y asesoramiento: una entrevista de media hora.

-Valoración de las demandas y diagnóstico social y/o socioeducativo: elaboración de un informe social acerca de la idoneidad de la intervención o derivación.

-Apertura de expediente en el Sistema de Información de Usuarios.

-Promoción Social y Prevención: una programación anual que contenga actuaciones priorizadas entre sí y que desarrollen el objeto de las prestaciones.

g) Plazo para la concesión: un mes.

h) Copago: No.

i) Ámbito de actuación: Zona Básica.

2. Servicio de acogida, orientación, asesoramiento, valoración y diagnóstico social y/o socioeducativo, y de prevención y promoción social en el Programa de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso:

-Atención individual/familiar: detectar las necesidades sociales de las personas teniendo en cuenta sus carencias, capacidades, potencialidades y prioridades para dar una primera respuesta a esas necesidades o derivar a otros Servicios Sociales especializados.

-Atención Comunitaria: apoyar y fomentar el asociacionismo y otras formas de apoyo social que favorezcan la integración social de toda la ciudadanía y promocionar actitudes sociales positivas dirigidas a toda la población y/o colectivos concretos.

d) Personas beneficiarias: personas en situación de dependencia o en riesgo de estarlo y personas con dificultades de autovalimiento.

e) Requisitos de acceso: haber sido derivado desde el Programa de Acogida y Orientación Social.

f) Intensidad del servicio:

-Acogida: una cita en el Servicio Social de Base.

-Orientación social y asesoramiento: una entrevista de media hora.

-Valoración de las demandas y diagnóstico social y/o socioeducativo: elaboración de un informe social acerca de la idoneidad de la intervención o derivación.

-Apertura de expediente en el Sistema de Información de Usuarios.

-Promoción Social y Prevención: una programación anual que contenga actuaciones priorizadas entre sí y que desarrollen el objeto de las prestaciones.

g) Plazo para la concesión: un mes.

h) Copago: No.

i) Ámbito de actuación: Zona Básica.

3. Servicio de acogida, orientación, asesoramiento, valoración y diagnóstico social y/o socioeducativo, y de prevención y promoción social en el Programa de Incorporación Social.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso:

-Atención individual/familiar: detectar las necesidades sociales de las personas teniendo en cuenta sus carencias, capacidades, potencialidades y prioridades para dar una primera respuesta a esas necesidades o derivar a otros Servicios Sociales especializados.

-Atención Comunitaria: apoyar y fomentar el asociacionismo y otras formas de apoyo social que favorezcan la integración social de toda la ciudadanía y promocionar actitudes sociales positivas dirigidas a toda la población y/o colectivos concretos.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.

e) Requisitos de acceso: haber sido derivado desde el Programa de Acogida y Orientación Social.

f) Intensidad del servicio:

-Acogida: una cita en el Servicio Social de Base.

-Orientación social y asesoramiento: una entrevista de media hora.

-Valoración de las demandas y diagnóstico social y/o socioeducativo: elaboración de un informe social acerca de la idoneidad de la intervención o derivación.

-Apertura de expediente en el Sistema de Información de Usuarios.

-Promoción Social y Prevención: una programación anual que contenga actuaciones priorizadas entre sí y que desarrollen el objeto de las prestaciones.

g) Plazo para la concesión: un mes.

h) Copago: No.

i) Ámbito de actuación: Zona Básica.

4. Servicio de acogida, orientación, asesoramiento, valoración y diagnóstico social y/o socioeducativo, y de prevención y promoción social en el Programa de Infancia y Familia.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso:

-Atención individual/familiar: detectar las necesidades sociales de las personas teniendo en cuenta sus carencias, capacidades, potencialidades y prioridades para dar una primera respuesta a esas necesidades o derivar a otros Servicios Sociales especializados.

-Atención Comunitaria: apoyar y fomentar el asociacionismo y otras formas de apoyo social que favorezcan la integración social de toda la ciudadanía y promocionar actitudes sociales positivas dirigidas a toda la población y/o colectivos concretos.

d) Personas beneficiarias: todos los menores y las unidades familiares con menores a su cargo.

e) Requisitos de acceso: haber sido derivado desde el Programa de Acogida y Orientación Social.

f) Intensidad del servicio:

-Acogida: una cita en el Servicio Social de Base.

-Orientación social y asesoramiento: una entrevista de media hora.

-Valoración de las demandas y diagnóstico social y/o socioeducativo: elaboración de un informe social acerca de la idoneidad de la intervención o derivación.

-Apertura de expediente en el Sistema de Información de Usuarios.

-Promoción Social y Prevención: una programación anual que contenga actuaciones priorizadas entre sí y que desarrollen el objeto de las prestaciones.

g) Plazo para la concesión: un mes.

h) Copago: No.

i) Ámbito de actuación: Zona Básica.

5. Servicio de tramitación de prestaciones en el Programa de Acogida y Orientación social.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: facilitar el acceso a todas las prestaciones del sistema de servicios sociales y a otros sistemas de protección social.

d) Personas beneficiarias: toda la población susceptible de recibir alguna prestación.

e) Requisitos de acceso: los señalados para las diferentes prestaciones.

f) Intensidad del servicio: gestión de las solicitudes a prestaciones y de la documentación necesaria para ello e informe social en las prestaciones que lo requieran.

g) Plazo para la tramitación: un mes.

h) Copago: No.

i) Ámbito de actuación: Zona Básica.

6. Servicio de atención domiciliaria municipal en el Programa de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio que ofrece apoyo personal, doméstico, psicosocial, sociocomunitario y de apoyo técnico, para posibilitar a las personas reconocidas como dependientes la permanencia en su entorno habitual.

d) Personas beneficiarias: personas en situación de dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado III de dependencia (gran dependencia), niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), nivel 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud, o en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Servicio asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Intensidad del servicio:

-40 horas mensuales para Grandes Dependientes de nivel 2.

-30 horas mensuales para Grandes Dependientes de nivel 1.

-20 horas mensuales para Dependientes Severos de nivel 2.

La intensidad fijada se distribuirá entre actuaciones de apoyo personal, doméstico, psicosocial, sociocomunitario y de apoyo a las personas cuidadoras, según el plan de atención individualizado que será elaborado después de haber realizado una visita domiciliaria.

Esta prestación es compatible con todas las prestaciones garantizadas de atención a la dependencia, salvo con las de carácter residencial.

g) Plazo para la concesión: un mes.

h) Copago: Sí.

i) Ámbito de actuación: Zona Básica.

7. Servicio de acompañamiento social en el Programa de Incorporación Social.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: apoyar procesos de incorporación social, según un itinerario diseñado, para que las personas en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo puedan movilizar sus recursos, capacidades y potencialidades y utilicen los recursos de su entorno.

d) Personas beneficiarias: personas o unidades familiares en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.

e) Requisitos de acceso:

-Ser usuaria del programa de incorporación social.

-Valoración de idoneidad de la prestación.

-Firma de un acuerdo de incorporación sociolaboral.

f) Intensidad del servicio: 40 horas/semestre.

La intensidad fijada será distribuida según el itinerario de incorporación diseñado para cada caso y reflejada en el acuerdo correspondiente.

g) Plazo para la concesión: un mes.

h) Copago: No.

i) Ámbito de actuación: Zona Básica.

8. Servicio de prevención de situaciones de desprotección y conflicto social en el Programa de Atención a la Infancia y Familia.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: promover que los menores de edad tengan un entorno que permita su desarrollo personal mediante actuaciones en el ámbito de su comunidad y prevenir la aparición de situaciones de desprotección impulsando formas de apoyo dirigidas a corregir y modificar estas situaciones.

d) Personas beneficiarias: menores de 18 años.

e) Requisitos de acceso:

-Estar el menor empadronado o residir de forma estable o temporal en la Comunidad Foral de Navarra.

f) Intensidad del servicio:

-Actividades para impulsar y mantener escuelas de padres y madres.

-Fomento de la participación de los menores en los espacios culturales, de ocio y tiempo libre de la comunidad.

-Acciones de promoción y sensibilización social.

-Elaboración de un programa de atención y apoyo a menores en situación de desprotección leve o moderada.

-Participación en foros de coordinación institucional de la Zona Básica.

g) Plazo para la concesión: un mes.

h) Copago: No.

i) Ámbito de actuación: Zona Básica.

9. Servicio de detección y declaración de las situaciones de desprotección en el Programa de Atención a la Infancia y Familia.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: conocer, investigar y valorar las situaciones de desprotección infantil, determinando el grado correspondiente de desprotección de todos los casos detectados y notificados al Servicio Social de Base e identificados con menores y familias que padezcan situaciones de dificultad o estrés personal o psicosocial.

d) Personas beneficiarias: menores de 18 años.

e) Requisitos de acceso:

-Estar el menor empadronado o residir de forma estable o temporal en la Comunidad Foral de Navarra

-Derivación del Programa de Acogida y Orientación

f) Intensidad del servicio:

-Una entrevista a la persona o institución que notifique el caso.

-Una visita al domicilio del menor.

g) Plazo para la concesión:

-Inicio de la investigación mediante la entrevista en un plazo máximo de cinco días desde la notificación.

-Inicio de la valoración en un plazo máximo de un mes desde la notificación.

-Final de la valoración en un plazo inferior a dos meses y medio desde la notificación.

h) Copago: No.

i) Ámbito de actuación: Zona Básica.

10. Servicio de intervención familiar en las situaciones de desprotección leve y moderada que no conlleven separación del menor de la familia y de conflicto social en el Programa de Atención a la Infancia y Familia.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: corregir y minorar las situaciones de desprotección leve y moderada que no conlleven separación del menor de su familia y las situaciones de conflicto social.

d) Personas beneficiarias: menores de 18 años.

e) Requisitos de acceso:

-Estar el menor empadronado o residir de forma estable o temporal en la Comunidad Foral de Navarra.

-Estar el menor en situación de desprotección leve o moderada que no conlleve separación del menor de la familia o estar éste en situación de conflicto social.

f) Intensidad del servicio:

-Situaciones de riesgo de desprotección: 10 horas/mes.

-Desprotección o conflicto social leve: 20 horas/mes.

-Desprotección o conflicto social moderado: 30 horas/mes.

Esta intensidad comprenderá las siguientes actividades: entrenamiento familiar en habilidades parentales educativas, visitas e intervención domiciliaria, acompañamiento de los menores, seguimiento de medidas judiciales y coordinación con la unidad de protección del menor. La intensidad fijada se prestará en el entorno habitual del menor y será distribuida en el tiempo según el plan de intervención individualizada elaborado para cada caso.

g) Plazo para la concesión: tres meses.

h) Copago: No.

i) Ámbito de actuación: Zona Básica.

B.-Atención a la Dependencia.

1. Servicio de valoración de la situación de dependencia.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: valoración, reconocimiento y acreditación del grado y nivel de dependencia, con orientación de los cuidados que la persona pueda requerir.

d) Personas beneficiarias: cualquier persona sin límite de edad.

e) Requisitos de acceso: acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud, o en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Lugar de atención: en el lugar de residencia de la persona, preferentemente en su domicilio.

h) Intensidad del servicio: una valoración por usuario.

i) Plazo para la concesión: tres meses.

j) Copago: No.

k) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

2. Servicio telefónico de emergencia.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio de carácter preventivo que consiste en la instalación en el domicilio de un dispositivo electrónico conectado a una central, con el fin de proporcionar seguridad a las personas y responder a las situaciones de emergencia que puedan producirse, movilizando todos los recursos necesarios para dar respuesta a las mismas.

d) Personas beneficiarias: personas en situación de dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado III de dependencia, (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), en los niveles 1 ó 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día todos los días del año.

g) Intensidad del servicio:

-Respuesta inmediata y, en su caso, movilización cada vez que se active el dispositivo.

-Una llamada de cortesía cada quince días.

Esta prestación es compatible con todas las prestaciones garantizadas de atención a la dependencia, salvo con las de carácter residencial.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

3. Servicio de transporte adaptado y asistido.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio que ofrece transporte adaptado y/o de apoyo personal para facilitar la asistencia a los servicios y programas garantizados para las personas con dependencia.

d) Personas beneficiarias: personas con dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado III de dependencia, (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), nivel 2.

-Asistir a un servicio o programa garantizado para personas con dependencia, salvo los de carácter residencial.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos últimos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Apertura del servicio: todos los días del año.

g) Intensidad del servicio:

-Frecuencia mínima: dos transportes semanales.

-Frecuencia máxima: dos transportes diarios.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

4. Servicio de centro de día para personas menores de 65 años.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: servicio de atención diaria (diurna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento específico para ofrecer durante el día atención a las necesidades personales básicas, terapéuticas, de rehabilitación y socioculturales, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas menores de 65 años en situación de dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado III de dependencia, (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), nivel 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Informe de idoneidad emitido por el equipo de orientación escolar en menores de 18 años.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes, con un horario mínimo de atención de 7 horas.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de comedor: dos comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención médica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Atención de enfermería: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Atención psicológica/psicopedagógica/neuropsicológica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Fisioterapia: semanal para personas con discapacidad física, daño cerebral y con pluridiscapacidad; de seguimiento una vez cada seis meses para personas con discapacidad intelectual.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Logopedia: semanal para personas con discapacidad física y daño cerebral.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

Esta prestación es compatible con el Servicio de Atención Domiciliaria (SAD) municipal, con la ayuda económica para permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas y con el Servicio telefónico de emergencia.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

5. Servicio de centro de día en centros de rehabilitación psicosocial para personas con enfermedad mental.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (diurna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento específico para ofrecer durante el día atención a las necesidades personales básicas, terapéuticas, de rehabilitación y socioculturales, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre los 18 y los 65 años con trastorno mental grave en situación de dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado III de dependencia, (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), nivel 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Informe de idoneidad emitido por el Centro de Salud Mental correspondiente.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Apertura del servicio: once meses al año, todos los días laborables del año de lunes a viernes, con un horario de atención de 8 horas por día.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de comedor: dos comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Atención social: semanal.

-Atención psicológica/psicopedagógica: semanal.

-Psicoestimulación integral: semanal.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Habilidades sociales y manejo del dinero: semanal.

-Integración comunitaria: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

Esta prestación es compatible con el Servicio de Atención Domiciliaria (SAD) municipal, con la ayuda económica para permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas y con el Servicio telefónico de emergencia.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

6. Servicio de centro de día para personas mayores.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: servicio de atención diaria (diurna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento específico para ofrecer durante el día atención a las necesidades personales básicas, terapéuticas, de rehabilitación y socioculturales, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años en situación de dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado III de dependencia, (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), nivel 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes, con un servicio mínimo de 7 horas.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de comedor: dos comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención médica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Atención de enfermería: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Fisioterapia: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: de seguimiento semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

Esta prestación es compatible con el Servicio de Atención Domiciliaria (SAD) municipal, con la ayuda económica para permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas y con el Servicio telefónico de emergencia.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

7. Servicio de centro de día psicogeriátrico.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (diurna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento específico para ofrecer durante el día atención a las necesidades personales básicas, terapéuticas, de rehabilitación y socioculturales, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años o menores de esa edad con deterioro cognitivo que les asimile a persona mayor, en situación dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Presentar déficits cognitivos y/o problemas conductuales relacionados con enfermedades mentales y/o demencias tipo alzheimer, degenerativas, vasculares u otras.

-Tener reconocido un grado III de dependencia, (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), nivel 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Informe de idoneidad emitido por el equipo de valoración del Centro San Francisco Javier.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes, con un servicio mínimo de 7 horas.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de comedor: dos comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Psicoestimulación integral: semanal.

-Fisioterapia: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención sanitaria: médica, psiquiátrica, psicológica, enfermería, fisioterapia y terapia ocupacional, en el caso de ser centros concertados con el Departamento de Salud. La existencia de estas actividades y sus intensidades serán determinadas por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al ser el responsable de estos servicios.

Esta prestación es compatible con el Servicio de Atención Domiciliaria (SAD) municipal, con la ayuda económica para permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas y con el Servicio telefónico de emergencia.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

8. Servicio de estancia diurna para personas menores de 65 años.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio atención diaria (diurna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento residencial para ofrecer durante el día atención a las necesidades personales básicas, terapéuticas, de rehabilitación y socioculturales, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas menores de 65 años en situación de dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado III de dependencia, (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), nivel 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Informe de idoneidad emitido por el equipo de orientación escolar en menores de 18 años.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes, con un servicio mínimo de 7 horas.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de comedor: dos comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención médica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Atención de enfermería: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Atención psicológica/psicopedagógica/neuropsicológica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Fisioterapia: semanal para personas con discapacidad física, daño cerebral y con pluridiscapacidad; de seguimiento una vez cada seis meses para personas con discapacidad intelectual.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Logopedia: semanal para personas con discapacidad física y daño cerebral.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

Esta prestación es compatible con el Servicio de Atención Domiciliaria (SAD) municipal, con la ayuda económica para permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas y con el Servicio telefónico de emergencia.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

9. Servicio de estancia diurna para personas mayores.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (diurna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento residencial para ofrecer durante el día atención a las necesidades personales básicas, terapéuticas, de rehabilitación y socioculturales, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años en situación de dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado III de dependencia, (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), nivel 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes, con un servicio mínimo de 7 horas.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de comedor: dos comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención médica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Atención de enfermería: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Fisioterapia: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: de seguimiento semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

Esta prestación es compatible con el Servicio de Atención Domiciliaria (SAD) municipal, con la ayuda económica para permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas y con el Servicio telefónico de emergencia.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

10. Servicio de estancia diurna en centro psicogeriátrico.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (diurna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento residencial para ofrecer durante el día atención a las necesidades personales básicas, terapéuticas, de rehabilitación y socioculturales, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años o menores de esa edad con deterioro cognitivo que les asimile a persona mayor, en situación dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Presentar déficits cognitivos y/o problemas conductuales relacionados con enfermedades mentales y/o demencias tipo alzheimer, degenerativas, vasculares u otras.

-Tener reconocido un grado III de dependencia, (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), nivel 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Informe de idoneidad emitido por el equipo de valoración del Centro San Francisco Javier.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes, con un servicio mínimo de 7 horas.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de comedor: dos comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Psicoestimulación integral: semanal.

-Fisioterapia: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención sanitaria: médica, psiquiátrica, psicológica, enfermería, fisioterapia y terapia ocupacional, en el caso de ser centros concertados con el Departamento de Salud, La existencia de estas actividades y sus intensidades serán determinadas por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al ser el responsable de estos servicios.

Esta prestación es compatible con el Servicio de Atención Domiciliaria (SAD) municipal, con la ayuda económica para permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas y con el Servicio telefónico de emergencia.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

11. Servicio de estancia nocturna para personas menores de 65 años.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (nocturna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento residencial para ofrecer durante la noche atención a las necesidades personales básicas, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas menores de 65 años en situación de dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado III de dependencia, (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), nivel 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Apertura del servicio: todos los días del año, con un servicio mínimo de 10 horas.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un programa personalizado de atención que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de desayuno: diario.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

Esta prestación es compatible con el Servicio de Atención Domiciliaria (SAD) municipal, con la ayuda económica para permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas y con el Servicio telefónico de emergencia.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

12. Servicio de estancia nocturna para personas con enfermedad mental.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (nocturna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento residencial para ofrecer durante la noche atención a las necesidades personales básicas, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años con trastorno mental grave y en situación de dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado III de dependencia, (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), nivel 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Informe de idoneidad emitido por el Centro de Salud Mental correspondiente.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Apertura del servicio: todos los días del año, con un servicio mínimo de 10 horas.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un programa personalizado de atención que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de desayuno: diario.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-En los recursos para personas con trastorno mental grave la existencia de la atención sanitaria: médica, psiquiátrica, psicológica y de enfermería así como sus intensidades serán determinadas por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al ser el responsable de estos servicios.

Esta prestación es compatible con el Servicio de Atención Domiciliaria (SAD) municipal, con la ayuda económica para permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas y con el Servicio telefónico de emergencia.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

13. Servicio de estancia nocturna para personas mayores.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (nocturna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento residencial para ofrecer durante la noche atención a las necesidades personales básicas, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años en situación de dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado III de dependencia, (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), nivel 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Apertura del servicio: todos los días del año, con un servicio mínimo de 10 horas.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de desayuno: diario.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

Esta prestación es compatible con el Servicio de Atención Domiciliaria municipal, con la ayuda económica para permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas y con el Servicio Telefónico de Emergencia.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

14. Servicio de estancia nocturna en residencia psicogeriátrica.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (nocturna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento residencial para ofrecer durante la noche atención a las necesidades personales básicas, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años o menores de esa edad con deterioro cognitivo que les asimile a persona mayor, en situación dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Presentar déficits cognitivos y/o problemas conductuales, relacionados con enfermedades mentales, y/o demencias tipo alzheimer, degenerativas, vasculares u otras.

-Tener reconocido un grado III de dependencia, (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), nivel 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Informe de idoneidad emitido por el equipo de valoración del Centro San Francisco Javier.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Apertura del servicio: todos los días del año, con un servicio mínimo de 10 horas.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un programa personalizado de atención que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de desayuno: diario.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención sanitaria: médica, psiquiátrica, psicológica, enfermería, fisioterapia y terapia ocupacional, en el caso de ser centros concertados con el Departamento de Salud. La existencia de estas actividades y sus intensidades serán determinadas por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al ser el responsable de estos servicios.

Esta prestación es compatible con el Servicio de Atención Domiciliaria (SAD) municipal, con la ayuda económica para permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas y con el Servicio telefónico de emergencia.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

15. Servicio de ingresos temporales en residencia para personas menores de 65 años.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial para ofrecer durante un periodo de tiempo limitado atención integral a las necesidades básicas, terapéuticas, de rehabilitación y socioculturales, con el fin de facilitar la permanencia en el entorno habitual y el apoyo a las personas cuidadoras. Este servicio da respuesta a diferentes situaciones transitorias, tanto de la persona cuidadora principal (enfermedad, ingreso hospitalario u otras necesidades u obligaciones personales), como de la persona usuaria (recuperación de una intervención quirúrgica, enfermedad grave, ingresos temporales de convalecencia).

d) Personas beneficiarias: personas menores de 65 años en situación de dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado III de dependencia (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), niveles 1 ó 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día durante el tiempo que dure el ingreso.

-Entre uno y treinta días por descanso de la persona cuidadora.

-Hasta tres meses por recuperación de la persona beneficiaria y/o ingreso sanitario de la persona cuidadora.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento: todos los días que dure el ingreso.

-Manutención: cinco comidas diarias durante el ingreso.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días que dure el ingreso.

-Cuidados asistenciales: todos los días durante el ingreso.

-Atención social: una vez durante el ingreso en ingresos superiores a diez días.

-Atención de enfermería: una vez durante el ingreso.

-Atención médica: una vez durante el ingreso en ingresos superiores a diez días.

-Atención psicológica/psicopedagógica/neuropsicológica: una vez durante el ingreso en ingresos superiores a 10 días.

-Rehabilitación y fisioterapia: semanal para personas con discapacidad física, daño cerebral y con pluridiscapacidad; una vez durante el ingreso en ingresos superiores a diez días para personas con discapacidad intelectual.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes durante el ingreso.

-Logopedia: semanal para personas con discapacidad física y daño cerebral.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: una vez durante el ingreso en ingresos superiores a diez días.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

16. Servicio de ingresos temporales para personas con enfermedad mental.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial para ofrecer durante un periodo de tiempo limitado atención integral a las necesidades básicas, terapéuticas, de rehabilitación y socioculturales, con el fin de facilitar la permanencia en el entorno habitual y el apoyo a las personas cuidadoras. Este servicio da respuesta a diferentes situaciones transitorias, tanto de la persona cuidadora principal (enfermedad, ingreso hospitalario u otras necesidades u obligaciones personales), como de la persona usuaria (recuperación de una intervención quirúrgica, enfermedad grave, ingresos temporales de convalecencia).

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años con trastorno mental grave y en situación de dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado III de dependencia (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), niveles 1 ó 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Informe de idoneidad emitido por el Centro de Salud Mental correspondiente.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día durante el tiempo que dure el ingreso.

-Entre diez y treinta días por descanso de la persona cuidadora.

-Hasta tres meses por recuperación de la persona beneficiaria y/o ingreso sanitario de la persona cuidadora.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento: todos los días que dure el ingreso.

-Manutención: cinco comidas diarias durante el ingreso.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días que dure el ingreso.

-Cuidados asistenciales: todos los días durante el ingreso.

-Atención social: una vez durante el ingreso.

-Psicoestimulación integral: semanal.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes durante el ingreso.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: una vez durante el ingreso.

-Atención sanitaria: médica, psiquiátrica, psicológica, enfermería, fisioterapia y terapia ocupacional, en el caso de ser centros concertados con el Departamento de Salud. La existencia de estas actividades y sus intensidades serán determinadas por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al ser el responsable de estos servicios.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

17. Servicio de ingresos temporales en residencia para personas mayores.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial para ofrecer durante un periodo de tiempo limitado atención integral a las necesidades básicas, terapéuticas, de rehabilitación y socioculturales, con el fin de facilitar la permanencia en el entorno habitual y el apoyo a las personas cuidadoras. Este servicio da respuesta a diferentes situaciones transitorias, tanto de la persona cuidadora principal (enfermedad, ingreso hospitalario u otras necesidades u obligaciones personales), como de la persona usuaria (recuperación de una intervención quirúrgica, enfermedad grave, ingresos temporales de convalecencia).

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años en situación de dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado III de dependencia (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), niveles 1 ó 2

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anterior a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día durante el tiempo que dure el ingreso.

-Entre diez y treinta días por descanso de la persona cuidadora.

-Hasta tres meses por recuperación de la persona beneficiaria y/o ingreso sanitario de la persona cuidadora.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento: todos los días que dure el ingreso.

-Manutención: cinco comidas diarias durante el ingreso.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días que dure el ingreso.

-Cuidados asistenciales: todos los días durante el ingreso.

-Atención social: una vez durante el ingreso.

-Atención médica: una vez durante el ingreso.

-Atención de enfermería: una vez durante el ingreso.

-Fisioterapia: una vez durante el ingreso.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes durante el ingreso.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: una vez durante el ingreso.

h) Plazo para la concesión: tres meses

i) Copago: Sí

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

18. Servicio de ingresos temporales en residencia psicogeriátrica

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de servicio: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial para ofrecer durante un periodo de tiempo limitado atención integral a las necesidades básicas, terapéuticas, de rehabilitación y socioculturales, con el fin de facilitar la permanencia en el entorno habitual y el apoyo a las personas cuidadoras. Este servicio da respuesta a diferentes situaciones transitorias, tanto de la persona cuidadora principal (enfermedad, ingreso hospitalario u otras necesidades u obligaciones personales), como de la persona usuaria (recuperación de una intervención quirúrgica, enfermedad grave, ingresos temporales de convalecencia).

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años o menores de esa edad con deterioro cognitivo que les asimile a persona mayor, en situación de dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Presentar déficits cognitivos y/o problemas conductuales, relacionados con enfermedades mentales, y/o demencias tipo alzheimer, degenerativas, vasculares u otras.

-Tener reconocido un grado III de dependencia (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), niveles 1 ó 2 y/o una acreditación de persona dependiente social según baremo destinado a tal efecto.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Informe de idoneidad del equipo de valoración del Centro San Francisco Javier.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día durante el tiempo que dure el ingreso.

-Entre diez y treinta días por descanso de la persona cuidadora.

-Hasta tres meses por recuperación de la persona beneficiaria y/o ingreso sanitario de la persona cuidadora.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento: todos los días que dure el ingreso.

-Manutención: cinco comidas diarias durante el ingreso.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días que dure el ingreso.

-Cuidados asistenciales: todos los días durante el ingreso.

-Atención social: una vez durante el ingreso.

-Psicoestimulación integral: semanal.

-Fisioterapia: una vez durante el ingreso.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes durante el ingreso.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: una vez durante el ingreso.

-Atención sanitaria: médica, psiquiátrica, psicológica, enfermería, fisioterapia y terapia ocupacional. en el caso de ser centros concertados con el Departamento de Salud. La existencia de estas actividades y sus intensidades serán determinadas por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al ser el responsable de estos servicios.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

19. Servicio de atención residencial para personas menores de 65 años.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial para ofrecer atención integral a las necesidades básicas, terapéuticas, de rehabilitación y socioculturales.

d) Personas beneficiarias: personas menores de 65 años en situación de dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado III de dependencia (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), nivel 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día, todos los días del año.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento.

-Manutención: cinco comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención de enfermería: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Atención médica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Atención psicológica/psicopedagógica/neuropsicológica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Fisioterapia: semanal para personas con discapacidad física, daño cerebral y con pluridiscapacidad; de seguimiento una vez cada seis meses para personas con discapacidad intelectual.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Logopedia: semanal para personas con discapacidad física y daño cerebral.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

20. Servicio de atención residencial para personas con enfermedad mental.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial para ofrecer atención integral a las necesidades básicas, terapéuticas, de rehabilitación y socioculturales.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años con trastorno mental grave, en situación de dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Requerir control médico, psiquiátrico y farmacológico.

-Tener reconocido un grado III de dependencia (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), nivel 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Informe de idoneidad emitido por el Centro de Salud Mental correspondiente.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día, todos los días del año.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento.

-Manutención: cinco comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Psicoestimulación integral: semanal.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses

-Atención sanitaria: médica, psiquiátrica, psicológica, enfermería, fisioterapia y terapia ocupacional, en el caso de ser centros concertados con el Departamento de Salud. La existencia de estas actividades y sus intensidades serán determinadas por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al ser el responsable de estos servicios.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

21. Servicio de atención residencial para personas mayores.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial para ofrecer atención integral a las necesidades básicas, terapéuticas, de rehabilitación y socioculturales.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años en situación de dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado III de dependencia (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), nivel 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día, todos los días del año.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primaria valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento.

-Manutención: cinco comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención médica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Atención de enfermería: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Fisioterapia: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

22. Servicio de atención residencial en centro psicogeriátrico.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial para ofrecer atención integral a las necesidades básicas, terapéuticas, de rehabilitación y socioculturales.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años o menores de esa edad con deterioro cognitivo que les asimile a persona mayor, en situación dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Presentar déficits cognitivos y/o problemas conductuales, relacionados con enfermedades mentales, y/o demencias tipo alzheimer, degenerativas, vasculares u otras.

-Tener reconocido un grado III de dependencia (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), nivel 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Informe de idoneidad emitido por el equipo de valoración del Centro San Francisco Javier.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA) para las personas dependientes.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día, todos los días del año.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento.

-Manutención: cinco comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Psicoestimulación integral: semanal.

-Fisioterapia: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención sanitaria: médica, psiquiátrica, psicológica, enfermería, fisioterapia y terapia ocupacional, en el caso de ser centros concertados con el Departamento de Salud. La existencia de estas actividades y sus intensidades serán determinadas por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al ser el responsable de estos servicios.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

23. Ayudas económicas para asistente personal de personas dependientes.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de percepción periódica.

c) Objeto del recurso: prestación económica para la contratación de un servicio de apoyo y colaboración en las tareas de la vida cotidiana, fomentando la vida independiente, la autonomía personal y la permanencia en el entorno habitual.

d) Personas beneficiarias: personas en situación de gran dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado III de dependencia (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Encontrarse desempeñando un trabajo remunerado y en situación de alta en la Seguridad Social, o bien participar en cualquier tipo de enseñanza reglada.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Intensidad del servicio:

-Máxima: 1.400 euros mes.

-Mínima: 700 euros mes.

Esta prestación es compatible con el Servicio telefónico de emergencia.

g) Plazo para la concesión: tres meses.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

24. Ayudas económicas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de percepción periódica.

c) Objeto del recurso: prestación económica para la obtención de los cuidados necesarios para el desempeño de las actividades básicas de la vida diaria en el domicilio.

d) Personas beneficiarias: personas en situación de dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado III de dependencia (gran dependencia) en sus niveles 1 ó 2, o un grado II de dependencia (dependencia severa) en sus niveles 1 ó 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-No superar los niveles de renta y/o patrimonio establecidos para esta prestación en las disposiciones de desarrollo de este Decreto Foral.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

f) Intensidad del servicio:

Grandes dependientes:

-Ayuda económica para contratación de un servicio: contratación, por un mínimo de 80 horas mensuales, de una persona o empresa de servicios.

Máxima: 786 euros/mes.

Mínima: 385 euros/mes.

-Ayuda económica para cuidados en el entorno familiar: cuidados prestados por sus familiares o personas de su entorno. Precisa la designación de un cuidador principal.

Máxima: 591 euros/mes.

Mínima: 385 euros/mes.

Dependientes severos:

-Ayuda económica para contratación de un servicio: contratación, por un mínimo de 80 horas mensuales, de una persona o empresa de servicios.

Máxima: 622 euros/mes.

Mínima: 385 euros/mes.

-Ayuda económica para cuidados en el entorno familiar: cuidados prestados por sus familiares o personas de su entorno. Precisa la designación de un cuidador principal.

Máxima: 443 euros/mes.

Mínima: 385 euros/mes.

Estas ayudas se establecen en función de la renta de la unidad familiar de la persona dependiente.

Estas ayudas son compatibles con el Servicio de Atención Domiciliaria (SAD) municipal, servicios de atención diaria y con el servicio telefónico de emergencia.

g) Plazo para la concesión: cinco meses.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

25. Ayudas mínimas para atención en el domicilio de personas dependientes.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de percepción periódica.

c) Objeto del recurso: prestación económica para la obtención de los cuidados necesarios para el desempeño de las actividades básicas de la vida diaria en el domicilio.

d) Personas beneficiarias: personas en situación de dependencia.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado III de dependencia (gran dependencia), en los niveles 1 ó 2 o un grado II de dependencia (dependencia severa), nivel 2.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, cumplir los criterios que marca la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

-Recurso asignado en el Programa Individual de Atención (PIA).

Esta ayuda es compatible con el servicio telefónico de emergencia.

f) Intensidad del servicio:

-Gran dependencia, grado III nivel 2: 258,75 euros/mes.

-Gran dependencia, grado III nivel 1: 175,95 euros/mes.

-Dependencia severa, grado II nivel 2: 100,00 euros/mes.

g) Plazo para la concesión: tres meses.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

C.-Atención a personas mayores.

1. Servicio de valoración de la situación familiar para el acceso a una plaza residencial.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio de valoración, reconocimiento y acreditación de la imposibilidad de permanecer en el domicilio, a los efectos previstos en el artículo 20 g) de la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Estar en una situación de grave conflicto familiar o carecer de soporte familiar adecuado y no poder permanecer en el domicilio.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Intensidad del servicio: una valoración por persona usuaria.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

2. Servicio de ingresos temporales en residencia para personas mayores.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial, para ofrecer durante un periodo de tiempo limitado atención integral a las necesidades básicas, con el fin de facilitar la permanencia en el entorno habitual y el apoyo a las personas cuidadoras. Este servicio da respuesta a diferentes situaciones transitorias, tanto de la persona cuidadora principal (enfermedad, ingreso hospitalario u otras necesidades u obligaciones personales), como de la persona usuaria (recuperación de una intervención quirúrgica, enfermedad grave, ingresos temporales de convalecencia)

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocida la acreditación de persona con grave conflicto familiar y/o ausencia de soporte familiar adecuado, según baremo destinado a tal efecto.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día durante el tiempo que dure el ingreso.

-Entre diez y treinta días por descanso de la persona cuidadora.

-Hasta tres meses por recuperación de la persona beneficiaria y/o ingreso sanitario de la persona cuidadora.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento: todos los días que dure el ingreso.

-Manutención: cinco comidas diarias durante el ingreso.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días que dure el ingreso.

-Cuidados asistenciales: todos los días durante el ingreso.

-Atención social: una vez durante el ingreso.

-Atención médica: una vez durante el ingreso.

-Atención de enfermería: una vez durante el ingreso.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes durante el ingreso.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: una vez durante el ingreso.

Plazo para la concesión: tres meses.

Copago: Sí.

Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

3. Servicio de ingresos temporales en centro psicogeriátrico.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial, para ofrecer durante un periodo de tiempo limitado atención integral a las necesidades básicas, con el fin de facilitar la permanencia en el entorno habitual y el apoyo a las personas cuidadoras. Este servicio da respuesta a diferentes situaciones transitorias, tanto de la persona cuidadora principal (enfermedad, ingreso hospitalario u otras necesidades u obligaciones personales), como de la persona usuaria (recuperación de una intervención quirúrgica, enfermedad grave, ingresos temporales de convalecencia).

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años o personas menores de esa edad con deterioro cognitivo que les asimile a persona mayor.

e) Requisitos de acceso:

Tener reconocida la acreditación de persona con grave conflicto familiar y/o ausencia de soporte familiar adecuado, según baremo destinado a tal efecto.

Presentar déficits cognitivos y/o problemas conductuales, relacionados con enfermedades mentales, y/o demencias tipo alzheimer, degenerativas, vasculares u otras.

Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día durante el tiempo que dure el ingreso.

Entre diez y treinta días por descanso de la persona cuidadora.

Hasta tres meses por recuperación de la persona beneficiaria y/o ingreso sanitario de la persona cuidadora.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

Alojamiento: todos los días que dure el ingreso.

Manutención: cinco comidas diarias durante el ingreso.

Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días que dure el ingreso.

Cuidados asistenciales: todos los días durante el ingreso.

Atención social: una vez durante el ingreso.

Atención médica: una vez durante el ingreso.

Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes durante el ingreso.

Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

Apoyo a familias: una vez durante el ingreso.

Atención sanitaria: médica, psiquiátrica, psicológica, enfermería, fisioterapia y terapia ocupacional, en el caso de ser centros concertados con el Departamento de Salud. La existencia de estas actividades y sus intensidades serán determinadas por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al ser el responsable de estos servicios.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

4. Servicio de atención residencial para personas mayores.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial, para ofrecer atención integral a las necesidades básicas y socioculturales.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocida la acreditación de persona con grave conflicto familiar y/o ausencia de soporte familiar adecuado, según baremo destinado a tal efecto.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

h) Apertura del servicio: las 24 horas del día, todos los días del año.

i) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento.

-Manutención: cinco comidas.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento, una vez cada cuatro meses.

-Atención médica: de seguimiento, una vez cada seis meses.

-Atención de enfermería: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento, una vez cada cuatro meses.

k) Plazo para la concesión: tres meses.

l) Copago: Sí.

m) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

5. Servicio de atención residencial en centro psicogeriátrico.

Tipo de prestación: Garantizada.

Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial, para ofrecer atención integral a las necesidades básicas, terapéuticas y socioculturales.

Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años o menores de esa edad con deterioro cognitivo que les asimile a persona mayor.

Requisitos de acceso:

-Tener reconocida la acreditación de persona con grave conflicto familiar y/o ausencia de soporte familiar adecuado, según baremo destinado a tal efecto.

-Presentar déficits cognitivos y/o problemas conductuales, relacionados con enfermedades mentales, y/o demencias tipo alzheimer, degenerativas, vasculares u otras.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anterior a la solicitud.

Apertura del servicio: las 24 horas del día, todos los días del año.

Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento.

-Manutención: cinco comidas.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento, una vez cada cuatro meses.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento, una vez cada cuatro meses.

-Atención sanitaria: médica, psiquiátrica, psicológica, enfermería, fisioterapia y terapia ocupacional, en el caso de ser centros concertados con el Departamento de Salud, La existencia de estas actividades y sus intensidades serán determinadas por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al ser el responsable de estos servicios.

Plazo para la concesión: tres meses.

Copago: Sí.

Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

D.-Atención a personas con discapacidad.

1. Servicio de valoración de la discapacidad.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: valoración, reconocimiento y acreditación del grado y nivel de minusvalía, con orientación de las prestaciones a las que se tienen derecho.

d) Personas beneficiarias: cualquier persona sin límite de edad.

e) Requisitos de acceso:

-Residir en Navarra.

-Informe médico.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Lugar de atención: Pamplona y Tudela.

h) Intensidad del servicio: una valoración por persona usuaria.

i) Plazo para la concesión: tres meses.

j) Copago: No.

k) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

2. Servicio de valoración de la idoneidad ocupacional y/o laboral.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: valoración y certificación de la idoneidad para el ingreso en un centro ocupacional, en un centro especial de empleo, empleo con apoyo o empleo normalizado.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años con discapacidad.

e) Requisitos de acceso:

-Tener un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el último año anterior a la solicitud de ayuda.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Lugar de atención: Pamplona.

h) Intensidad del servicio: una valoración por usuario.

i) Plazo para la concesión: tres meses.

j) Copago: No.

k) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

3. Servicio de valoración de la situación familiar para el acceso a una plaza residencial.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio de valoración, reconocimiento y acreditación de la imposibilidad de permanecer en el domicilio, a los efectos previstos en el artículo 20 g) de la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales.

d) Personas beneficiarias: personas menores de 65 años con discapacidad.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Estar en una situación de grave conflicto familiar y/o ausencia de soporte familiar adecuado y no poder permanecer en su domicilio.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Intensidad del servicio: una valoración por persona usuaria.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

4. Servicio de atención temprana de 0-3 años.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio que ofrece programas de estimulación y rehabilitación para dar respuesta a las necesidades transitorias o permanentes que presentan los niños y las niñas con trastornos en el desarrollo o que tienen riesgo de padecerlos.

d) Personas beneficiarias: niños y niñas de 0-3 años.

e) Requisitos de acceso:

-Residir en Navarra.

-Presentar cualquier tipo de dificultad, alteración o trastorno en el desarrollo o estar en riesgo de padecerlo.

-Compromiso familiar de aceptación de condicionado, horario y regularidad.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Lugar de atención: Pamplona y comarca, zona Norte, Alsasua, Tafalla, Estella, Sangüesa y Tudela.

h) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Valoración, seguimiento del desarrollo evolutivo del niño o niña y de la situación familiar, intervención médica, psicológica y social: una vez cada seis meses

-Una sesión quincenal de 45 minutos con las siguientes actividades: intervención psicomotriz, fisioterapéutica y logopédica.

i) Plazo para la concesión: un mes.

j) Copago: No.

k) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

5. Servicio de rehabilitación del lenguaje.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio que ofrece un conjunto de intervenciones dirigidas a la rehabilitación de patologías del lenguaje y de la comunicación.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 16 años con discapacidad

e) Requisitos de acceso:

-Residir en Navarra.

-No estar escolarizada.

-Tener declarado un grado de minusvalía igual o superior al 33% con alguna discapacidad en la comunicación igual o superior al 24%.

-No recibir tratamiento en otros servicios públicos o entidades subvencionadas por la Agencia Navarra para la Dependencia.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Lugar de atención: Pamplona.

h) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Una sesión quincenal de 45 minutos.

i) Plazo para la concesión. tres meses.

j) Copago: No.

k) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

6. Servicio de piso tutelado/funcional.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en una vivienda normalizada, donde la dinámica de relación y convivencia es de tipo familiar, que ofrece atención integral a las necesidades básicas para mantener o mejorar la autonomía personal, facilitando la integración y participación social.

d) Personas beneficiarias: personas entre 18 y 65 años con discapacidad física y/o intelectual y/o daño cerebral.

e) Requisitos de acceso:

-Tener autonomía de funcionamiento en medio normalizado.

-Requerir supervisión y tutela para la realización de las actividades básicas de la vida diaria.

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 55%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el año anterior a la solicitud.

-Llevar a cabo una actividad en un centro de estudios, centro o unidad ocupacional, centro especial de empleo, contrato de trabajo en empleo ordinario o cualquier otra actividad aceptada por la Agencia Navarra para la Dependencia.

-Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Dependencia.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día, todos los días del año.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento.

-Manutención: tres comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: semanal.

-Acompañamiento social: semanal.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención psicológica/psicopedagógica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra

7. Servicio de ingresos temporales en residencia para personas menores de 65 años.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial para ofrecer durante un periodo de tiempo limitado atención integral a las necesidades básicas, con el fin de facilitar la permanencia en el entorno habitual y el apoyo a las personas cuidadoras. Este servicio da respuesta a diferentes situaciones transitorias, tanto de la persona cuidadora principal (enfermedad, ingreso hospitalario u otras necesidades u obligaciones personales), como de la persona usuaria (recuperación de una intervención quirúrgica, enfermedad grave, ingresos temporales de convalecencia).

d) Personas beneficiarias: personas menores de 65 años con discapacidad física y/o intelectual y/o daño cerebral.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocida una acreditación de persona con grave conflicto familiar y/o ausencia de soporte familiar adecuado, según baremo destinado a tal efecto.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día durante el tiempo que dure el ingreso.

-Entre uno y treinta días por descanso de la persona cuidadora.

-Hasta tres meses por recuperación de la persona beneficiaria y/o ingreso sanitario de la persona cuidadora.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento: todos los días que dure el ingreso.

-Manutención: cinco comidas diarias durante el ingreso.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días que dure el ingreso.

-Cuidados asistenciales: todos los días durante el ingreso.

-Atención social: una vez durante el ingreso en ingresos superiores a diez días.

-Atención médica: una vez durante el ingreso en ingresos superiores a diez días.

-Atención de enfermería: una vez durante el ingreso.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes durante el ingreso.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: una vez durante el ingreso en ingresos superiores a diez días.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

8. Servicio de atención residencial para personas menores de 65 años.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial para ofrecer atención integral a las necesidades básicas, rehabilitadoras y socioculturales.

d) Personas beneficiarias: personas menores de 65 años con discapacidad física y/o intelectual y/o daño cerebral y/o enfermedad mental.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocida una acreditación de persona con grave conflicto familiar y/o ausencia de soporte familiar adecuado, según baremo destinado a tal efecto.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día, todos los días del año.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento.

-Manutención: cinco comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento, una vez cada cuatro meses.

-Atención médica: de seguimiento, una vez cada seis meses.

-Atención de enfermería: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Atención psicológica psicopedagógica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Fisioterapia: semanal para personas con discapacidad física, daño cerebral y con pluridiscapacidad; de seguimiento una vez cada seis meses para personas con discapacidad intelectual.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Logopedia: semanal para personas con discapacidad física y daño cerebral.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

E.-Atención a personas con enfermedad mental.

1. Servicio de valoración de la situación familiar para el acceso a una plaza residencial.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio de valoración, reconocimiento y acreditación de la imposibilidad de permanecer en el domicilio, a los efectos previstos en el artículo 20 g) de la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años con enfermedad mental.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Estar en una situación de grave conflicto familiar y/o ausencia de soporte familiar adecuado y no poder permanecer en su domicilio.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Intensidad del servicio: una valoración por persona usuaria.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

2. Servicio de valoración de la idoneidad ocupacional y/o laboral.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: valoración y certificación de la idoneidad para el ingreso en un centro ocupacional, en un centro especial de empleo, empleo con apoyo o empleo normalizado.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años con trastorno mental grave.

e) Requisitos de acceso:

-Tener un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el último año anterior a la solicitud de ayuda.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Lugar de atención: Pamplona.

h) Intensidad del servicio: una valoración por usuario.

i) Copago: No.

j) Plazo para la concesión: tres meses.

k) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

3. Servicio de intervención sociocomunitaria para personas con trastorno mental grave.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio que ofrece atención en medio abierto para la habilitación de capacidades y acompañamiento social, facilitando la integración sociocomunitaria y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años con trastorno mental grave.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el último año anterior a la solicitud.

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Informe de idoneidad emitido por el Centro de Salud Mental correspondiente.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Intensidad del servicio:

-Intensidad máxima: tres horas a la semana.

-Intensidad media: una hora y media a la semana.

-Intensidad mínima: una vez cada quince días.

Con estas intensidades se desarrollan las siguientes actividades: atención en el entorno comunitario intervención familiar, asesoramiento, orientación y apoyo familiar, psicoeducación (funciones cognitivas, autocontrol y manejo del estrés), ayuda a la integración comunitaria, autocuidado y actividades de la vida diaria, educación acerca de la enfermedad, habilidades sociales y manejo del dinero, habilidades de trabajo y ajuste laboral.

h) Copago: No.

i) Plazo para la concesión: tres meses.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

4. Servicio de rehabilitación psicosocial.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento específico (Centro de Rehabilitación Psicosocial (CRPS)), para ofrecer durante el día atención a las necesidades terapéuticas, de rehabilitación y apoyo, favoreciendo la integración social, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años afectadas por trastorno mental grave

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el año anterior a la solicitud.

-Informe de idoneidad emitido por el Centro de Salud Mental correspondiente.

f) Apertura del servicio: once meses al año, todos los días laborables del año de lunes a viernes, con un horario de atención de 8 horas por día.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un programa individual de atención que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: seguimiento del estado y desarrollo de la capacidad del usuario para llevarlas a cabo, una vez cada seis meses.

-Atención social: semanal.

-Atención psicológica/psicopedagógica: semanal.

-Psicoestimulación integral: semanal.

-Terapia ocupacional: semanal.

-Habilidades sociales y manejo del dinero: semanal.

-Integración comunitaria: semanal.

-Habilidades de trabajo y ajuste laboral: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: seguimiento de la situación familiar una vez cada cuatro meses.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

5. Servicio de transporte adaptado y asistido.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio que ofrece un medio de transporte adaptado y/o de apoyo personal para facilitar la asistencia a un centro de rehabilitación psicosocial.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años con trastorno mental grave.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el último año anterior a la solicitud.

-Tener reconocido un 33% de grado de minusvalía por trastorno mental grave.

-Acudir a un Centro de Rehabilitación Psicosocial (CRPS).

f) Apertura del servicio: once meses al año, todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Intensidad del servicio:

-Frecuencia mínima: dos transportes semanales.

-Frecuencia máxima dos transportes diarios.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

6. Servicio de piso supervisado.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en una vivienda normalizada, donde la dinámica de relación y convivencia es de tipo familiar, que ofrece atención integral a las necesidades básicas para mantener o mejorar la autonomía personal, facilitando la integración y participación social.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años con trastorno mental grave

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 40%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el año anterior a la solicitud.

-Llevar a cabo una actividad en un centro de estudios, centro o unidad ocupacional, centro especial de empleo, contrato de trabajo en empleo ordinario o cualquier otra actividad aceptada por la Agencia Navarra para la Dependencia.

-Informe de idoneidad emitido por el Centro de Salud Mental correspondiente.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día, todos los días del año.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento.

-Manutención: tres comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: semanal.

-Acompañamiento social: semanal.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención psicológica/psicopedagógica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: de seguimiento una vez al mes.

-Actividades de ocio y tiempo libre: de seguimiento una vez al mes.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

7. Servicio de piso tutelado/funcional.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en una vivienda normalizada, donde la dinámica de relación y convivencia es de tipo familiar, que ofrece atención integral a las necesidades básicas y sociosanitarias para mantener o mejorar la autonomía personal, facilitando la integración y participación social.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años con trastorno mental grave.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 55%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el año anterior a la solicitud.

-Llevar a cabo una actividad en un centro de estudios, centro o unidad ocupacional, centro especial de empleo, contrato de trabajo en empleo ordinario o cualquier otra actividad aceptada por la Agencia Navarra para la Dependencia.

-Informe de idoneidad emitido por el Centro de Salud Mental correspondiente.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día todos los días del año.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento.

-Manutención: tres comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: semanal.

-Acompañamiento social: semanal.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención sanitaria: médica, psiquiátrica, psicológica, enfermería, fisioterapia y terapia ocupacional, en el caso de ser centros concertados con el Departamento de Salud. La existencia de estas actividades y sus intensidades serán determinadas por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al ser el responsable de estos servicios.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

8. Servicio de ingresos temporales en residencia para personas con enfermedad mental.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: Servicio prestado en establecimiento residencial para ofrecer durante un periodo de tiempo limitado atención integral a las necesidades básicas, terapéuticas y socioculturales, con el fin de facilitar la permanencia en el entorno habitual y el apoyo a las personas cuidadoras. Este servicio da respuesta a diferentes situaciones transitorias, tanto de la persona cuidadora principal (enfermedad, ingreso hospitalario u otras necesidades u obligaciones personales), como de la persona usuaria (recuperación de una intervención quirúrgica, enfermedad grave, ingresos temporales de convalecencia).

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años con enfermedad mental

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocida una acreditación de persona con grave conflicto familiar y/o ausencia de soporte familiar adecuado, según baremo destinado a tal efecto.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día durante el tiempo que dure el ingreso.

-Entre uno y treinta días por descanso de la persona cuidadora.

-Hasta tres meses por recuperación de la persona beneficiaria y/o ingreso sanitario de la persona cuidadora.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento: todos los días que dure el ingreso.

-Manutención: cinco comidas diarias durante el ingreso.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días que dure el ingreso.

-Cuidados asistenciales: todos los días durante el ingreso.

-Atención social: una vez durante el ingreso en ingresos superiores a diez días.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes durante el ingreso.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: una vez durante el ingreso en ingresos superiores a diez días.

-Atención sanitaria: médica, psiquiátrica, psicológica, enfermería, fisioterapia y terapia ocupacional, en el caso de ser centros concertados con el Departamento de Salud. La existencia de estas actividades y sus intensidades serán determinadas por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al ser el responsable de estos servicios.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

9. Servicio de residencia-hogar.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial que ofrece atención integral a las necesidades básicas para mantener o mejorar la autonomía personal y facilitar la integración y participación social en el medio.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años con trastorno mental grave

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 65%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el año anterior a la solicitud.

-Informe de idoneidad emitido por el Centro de Salud Mental correspondiente.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día todos los días del año.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento.

-Manutención: cinco comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención psicológica/psicopedagógica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Psicoestimulación integral: semanal.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

F.-Atención a personas en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.

1. Servicio de acreditación de personas en situación de exclusión social para su acceso a Centros de Inserción Sociolaboral (CIS).

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: valorar la situación de exclusión social de las personas cuyo ingreso en CIS se solicite y su adecuación al recurso para conseguir su futura inserción sociolaboral normalizada.

d) Personas beneficiarias: personas en situación de exclusión social.

e) Requisitos de acceso:

-Tener edad laboral y reunir las condiciones legales para ser contratada.

-Tener dificultades para acceder al empleo normalizado y precisar para superarlas de un proceso previo de asunción de hábitos prelaborales.

-Figurar en los indicadores de exclusión que éstos pueden ser superados mediante acompañamiento social para integrarse en empleo normalizado.

-Ser propuesta por un CIS previa derivación al mismo desde un Servicio Social de Base.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Intensidad del servicio: un informe de idoneidad por persona.

h) Plazo para la concesión: un mes.

i) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

2. Servicio de apoyo a la incorporación sociolaboral. Equipos de Incorporación Sociolaboral (EISOL).

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio de intervención en medio abierto que tiene como finalidad mejorar la empleabilidad de personas con dificultad de incorporación sociolaboral, fomentando el acceso al empleo normalizado o protegido mediante la realización de itinerarios individualizados y acompañamiento social.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.

e) Requisitos de acceso:

-Residir en Navarra.

-Contar con la valoración técnica favorable del Servicio Social de Base correspondiente y ser derivada por el mismo.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Intensidad del servicio: un mínimo de 4 horas/semestre con las siguientes actividades y según necesidades individualizadas establecidas en el plan de atención individualizada: valoración de la persona usuaria y su entorno, diseño de itinerarios individualizados de incorporación sociolaboral, acompañamiento social, ayuda a la búsqueda de empleo, ayuda a la incorporación y mantenimiento en el mercado laboral normalizado, prospección de empleo y formación.

h) Plazo para la concesión: un mes.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Área de Servicios Sociales.

3. Servicio de incorporación social en vivienda. Equipo de Incorporación Social en la Vivienda (EISOVI).

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio de intervención en medio abierto que tiene como finalidad facilitar la incorporación social de personas afectadas por exclusión residencial grave, mediante el acompañamiento y mediación en el acceso a vivienda.

d) Personas beneficiarias: unidades familiares en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.

e) Requisitos de acceso:

-Residir en Navarra.

-Encontrarse en situación de exclusión social con graves dificultades de acceso y/o mantenimiento de vivienda, contar con la valoración técnica favorable del Servicio Social de Base y ser derivada por el mismo.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Intensidad del servicio:

-Actuaciones inferiores a un mes, 3 horas.

-Actuaciones entre uno y tres meses, 10 horas.

-Actuaciones entre uno y seis meses, 15 horas.

Estas intensidades comprenderán las siguientes actividades, según necesidades individualizadas: valoración del usuario y su entorno, elaboración de un plan de atención individualizada, acompañamiento social, ayuda a la búsqueda de vivienda, mediación en el acceso a la vivienda, prospección de oferta inmobiliaria y asesoramiento en dicha materia tanto a los Servicios Sociales de Base como a las personas usuarias derivadas por ellos.

h) Plazo de concesión: cuarenta y cinco días.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Área de Servicios Sociales.

4. Servicio de valoración de la situación familiar para el acceso a una plaza residencial.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio de valoración, reconocimiento y acreditación de la imposibilidad de permanecer en el domicilio, a los efectos previstos en el artículo 20 g) de la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años en situación de extrema necesidad y desprotección social.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud, salvo supuestos excepcionales.

-Estar en una situación de grave conflicto familiar y/o ausencia de soporte familiar adecuado y no poder permanecer en su domicilio.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Intensidad del servicio: una valoración por persona.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

5. Servicio de atención residencial.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial que ofrece atención integral a las necesidades básicas para mantener o mejorar la autonomía personal y facilitar la integración y participación social en el medio.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años en situación de extrema necesidad y desprotección social.

e) Requisitos de acceso:

-Que su situación requiera una protección integral y que ésta no pueda ser atendida por la red asistencial dirigida a otros colectivos específicos (tercera edad, personas con enfermedad mental y personas con discapacidad).

-Poseer cierta autonomía, aptitudes para tolerar actividad ocupacional y actitud adecuada para una convivencia grupal. No presentar indicadores de consumo activo de tóxicos.

-Tener reconocida la acreditación de persona con grave conflicto familiar y/o ausencia de soporte familiar adecuado, según baremo destinado a tal efecto.

f) Apertura del servicio: las 24 horas todos los días del año.

g) Intensidad del servicio:

-Alojamiento.

-Manutención: tres comidas al día.

-Acompañamiento y ayuda en actividades de la vida diaria: diaria.

-Actividades terapia ocupacional: semanal.

-Atención psicológica: semanal.

-Actividades formativas: semanal.

h) Copago: Sí.

i) Plazo para la concesión: tres meses.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

6. Servicio de acogida para personas sin hogar.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (nocturna) en centro, albergue o establecimiento hotelero.

c) Objeto del recurso: ofrecer alojamiento nocturno y acogida a las personas que carezcan de domicilio o no puedan acceder a él y no cuenten con recursos para cubrir estas necesidades básicas.

d) Personas beneficiarias: personas sin hogar con una edad comprendida entre 18 y 65 años.

e) Requisitos de acceso:

-Encontrarse en situación de emergencia social y vulnerabilidad alta, en la calle.

-Derivación por cualquiera de los dispositivos asistenciales existentes en la Comunidad Foral o valoración de idoneidad de los equipos responsables de los centros.

f) Apertura del servicio: de 21:00 horas a 08:00 horas todos los días del año.

g) Intensidad del servicio:

-Manutención: cena y desayuno en centro.

-Alojamiento nocturno en centro o albergue o vale para pernoctar en establecimiento hotelero por una noche.

h) Plazo para la concesión: inmediato.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Zona Básica.

7. Renta básica.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica periódica.

c) Objeto del recurso: ayuda económica complementaria y subsidiaria de los ingresos de la unidad familiar con la finalidad de cubrir las necesidades básicas de los hogares que carecen de recursos económicos y fomentar la incorporación social de las personas en situación de exclusión.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 25 y 65 años o menores de 25 años que formen una unidad familiar independiente, en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.

e) Requisitos de acceso:

-Estar incluida en un proyecto de incorporación sociolaboral.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el año anterior a la solicitud de la ayuda.

-Haber solicitado previamente de cualquiera de las Administraciones y de la Seguridad Social las pensiones o subsidios de cualquier índole que le pudieran corresponder.

-Suscribir con los Servicios Sociales de Base un acuerdo de incorporación social.

-Tener ingresos económicos inferiores a los establecidos para la prestación.

-Excepcionalmente podrán ser beneficiarias de la prestación las unidades familiares que, aun no cumpliendo todos los requisitos, se encuentren en circunstancias que las coloquen en situación de especial necesidad.

f) Intensidad del servicio:

Cuantía: resultado de relacionar el porcentaje del Salario Mínimo Interprofesional que se establece anualmente con los ingresos propios y el número de miembros de la unidad familiar, según la siguiente escala:

-1 persona: hasta el 85% del SMI.

-2 personas: hasta el 105% del SMI.

-3 personas: hasta el 115% del SMI.

-4 personas: hasta el 125% del SMI.

-5 personas: hasta el 135% del SMI.

-6 o más personas: hasta el 145% del SMI.

-La concesión nunca será inferior al 10% del SMI.

-Duración: seis meses prorrogables a dos años, pudiendo prorrogarse excepcionalmente más allá de ese periodo en los supuestos y con el procedimiento establecido legal y reglamentariamente.

g) Plazo para la concesión: cuarenta y cinco días. En el caso de que las beneficiarias sean mujeres víctimas de la violencia sexista, el plazo será de un mes.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

8. Ayudas extraordinarias de emergencia para personas en situación de exclusión social.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de percepción única.

c) Objeto del recurso: ayuda económica dirigida a que aquellas personas cuyos recursos resulten insuficientes puedan hacer frente a gastos específicos, de carácter extraordinario, necesarios para evitar o paliar situaciones de emergencia o marginación social y cuya falta de cobertura generaría un daño irreparable.

d) Personas beneficiarias: personas en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud de la ayuda, salvo en supuestos excepcionales en los que pueda producirse un daño irreparable, en cuyo caso bastará con encontrarse en Navarra.

-Hallarse en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo y carecer de recursos económicos para hacer frente a gastos de carácter extraordinario.

-Que el fin para el que se solicite la ayuda no esté contemplado a través de otras prestaciones y no resulte posible canalizarlo por los recursos normalizados existentes en la Comunidad Foral de Navarra.

-Haber solicitado previamente de cualquiera de las Administraciones y de la Seguridad Social ayudas, prestaciones, pensiones o subsidios de cualquier índole que le pudieran corresponder.

-No superar el cómputo de los recursos económicos de la unidad familiar en dos veces la Renta Básica que pudiera corresponderle en función de la composición familiar de la persona solicitante.

f) Intensidad del servicio:

La cuantía de la ayuda se establecerá en función de los ingresos de la unidad familiar y de la valoración individualizada de la necesidad, para los siguientes conceptos:

-Ayudas para el pago de deudas relacionadas con la vivienda habitual (un máximo de seis mensualidades), hasta un máximo de 3,36 veces el SMI mensual.

-Ayudas relacionadas con el equipamiento básico de la vivienda habitual, hasta un máximo de 2,7 veces el SMI mensual.

-Ayudas relacionadas con el acondicionamiento de la vivienda habitual (cuyo presupuesto no exceda de 5 veces el SMI) hasta un máximo de 4,7 veces el SMI mensual.

-Deudas de Seguridad Social que impidan la percepción de una prestación a corto o medio plazo, hasta un máximo de 4,7 veces el SMI mensual.

-Otras situaciones no contempladas en los apartados anteriores (en función de la excepcionalidad y los daños irreparables para la unidad familiar), hasta un máximo de 4,7 veces el SMI mensual.

-La ayuda máxima no podrá superar en 4,7 veces el SMI mensual. No se podrá solicitar ayuda para el mismo concepto hasta no haber transcurrido dos años desde la anterior concesión.

g) Plazo de concesión: cuarenta y cinco días, salvo en el caso de supuestos excepcionales en los que pueda producirse un daño irreparable, en cuyo caso será inmediato.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

9. Ayudas económicas para gastos de libre disposición a personas que reciben tratamiento en comunidad terapéutica.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de percepción única.

c) Objeto del recurso: ayuda económica destinada a cubrir gastos de libre disposición, que comprenden conceptos como productos de higiene personal, ropa, transporte, etc., a aquellas personas que estén siguiendo un tratamiento en comunidad terapéutica y no dispongan de recursos propios ni familiares.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años que reciben tratamiento en comunidad terapéutica.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud de la ayuda.

-Haber solicitado previamente de cualquiera de las Administraciones y de la Seguridad Social las ayudas, prestaciones, pensiones o subsidios de cualquier índole que le pudieran corresponder.

-Acreditar una estancia ininterrumpida en la comunidad terapéutica, reconocida como tal por el Departamento de Salud del Gobierno de Navarra, igual o superior a tres meses en el momento de la solicitud.

-Carecer de recursos económicos propios y de apoyos familiares para cubrir los gastos de libre disposición.

-Informe de la comunidad terapéutica en el que conste expresamente la fecha de ingreso, el compromiso de la administración de la ayuda y su devolución cuando no se utilice el total del importe concedido.

-Aceptación por parte del beneficiario de que la administración de la ayuda que le sea otorgada sea gestionada por la comunidad terapéutica en que es atendido.

f) Intensidad del servicio:

La cuantía de la ayuda será de 1,2 veces el SMI mensual, cantidad equivalente a seis mensualidades (20% del SMI mensual/mes) y se concederá por periodos de seis meses.

El número máximo de concesiones por persona es de cuatro, sean o no consecutivas.

g) Plazo de concesión: cuarenta y cinco días.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

10. Ayudas de apoyo a la integración familiar y social.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica periódica.

c) Objeto del recurso: ayuda económica para cubrir los gastos de manutención y alojamiento en medio abierto para mantener el arraigo social, evitando el internamiento.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años en situación de grave exclusión social.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud de la ayuda.

-Haber solicitado previamente de cualquiera de las Administraciones y de la Seguridad Social las pensiones o subsidios de cualquier índole que le pudieran corresponder.

-Encontrarse en situación de grave exclusión social y carecer de recursos suficientes para afrontar el coste de las necesidades básicas de supervivencia.

-No tener un deterioro que le impida llevar una vida autónoma en un entorno normalizado.

-Ser tramitada su solicitud desde un Servicio Social de Base y estar incluida en el Programa de Incorporación Social del mismo.

f) Intensidad del servicio: la cuantía de la ayuda complementará los ingresos hasta cubrir los gastos o necesidades básicas de subsistencia. La cuantía máxima mensual no superará el 150% del SMI anual.

g) Plazo de concesión: cuarenta y cinco días.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

11. Ayudas económicas y acompañamiento social en medio abierto para personas en situación de inadaptación social.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: servicio de atención ambulatoria y ayudas económicas.

c) Objeto del recurso: facilitar recursos económicos y potenciar el desarrollo de recursos personales mediante el acompañamiento social en medio abierto, con el fin de garantizar la permanencia en un entorno normalizado evitando su internamiento e institucionalización.

d) Personas beneficiarias: personas adultas acogidas al Decreto Foral 256/1984, de 19 de diciembre, con capacidad para un funcionamiento autónomo en medio abierto y que se encuentren en situación de inadaptación social.

e) Requisitos de acceso:

-Estar en situación de inadaptación social.

-La ayuda económica estará vinculada a la aceptación del acompañamiento social.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Intensidad del servicio:

-Detección de necesidades básicas.

-Acompañamiento social priorizado por áreas de intervención.

-Orientación y apoyo en la inserción/capacitación laboral.

-La ayuda económica será la idónea para el desarrollo vital de la persona en función de sus ingresos y necesidades para, entre otros, los siguientes conceptos: alojamiento (máximo de 0,8% SMI mensual, alimentación (máximo de 0,45% SMI mensual), gastos de índole personal (máximo de 0,25% SMI mensual).

El tope máximo de las ayudas estará determinado por las necesidades de cobertura individual, que en ningún caso excederá el 100% del gasto precisado.

h) Plazo de concesión: cuarenta y cinco días.

i) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

G.-Atención al menor.

1. Servicio de atención a la infancia y adolescencia. Equipo de Atención a la Infancia y Adolescencia (EAIA).

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio de intervención en medio abierto que tiene como finalidad la intervención con los menores en situación de desprotección leve o moderada que no suponga separación de la familia.

d) Personas beneficiarias: menores de edad en situación de desprotección.

e) Requisitos de acceso:

-Encontrarse en situación de desprotección que no supere el umbral de desprotección moderada.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Intensidad del servicio: 10 horas mensuales por caso, que deberán comprender las siguientes actividades:

-Orientar a los profesionales de los servicios sociales de base: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Realizar la investigación de los casos de sospecha de desprotección: diaria.

-Derivar o promover la derivación inmediata de los casos de sospecha de abuso sexual: diaria.

-Realizar la valoración: diaria.

-Coordinar, desarrollar y evaluar periódicamente el Plan de Caso: cada dos meses.

-Diseñar y poner en marcha un sistema de evaluación: de seguimiento cada seis meses.

-Promover la coordinación con otros servicios de Atención Primaria: de seguimiento cada seis meses.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Área de Servicios Sociales.

2. Servicio de observación y acogida.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial (Centro de Observación y Acogida (COA)), para ofrecer con carácter de urgencia acogida, valoración e intervención por un tiempo limitado y proporcionar de forma inmediata un contexto de protección y de atención.

d) Personas beneficiarias: menores de edad en situación de desprotección o conflicto social.

e) Requisitos de acceso:

-Requerir una atención o una valoración urgente por encontrarse en situación de desprotección o conflicto social en grado severo.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día todos los días del año.

g) Intensidad del servicio:

-Alojamiento: mientras dure la valoración.

-Manutención: cinco comidas diarias.

-Intervención familiar: semanal.

-Intervención con el menor: diaria.

-Atención escolar y psicológica: semanal.

-Actividades escolares y formativas: si es posible siguiendo el curso escolar, en su caso.

-Coordinación con el equipo educativo del COA: semanal.

h) Plazo para la concesión: inmediato para el ingreso en el centro. Tres meses para la valoración.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

3. Servicio de acogimiento residencial.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial que tiene como finalidad proteger al menor, mediante la asunción de su guarda y/o tutela, a fin de proporcionarle un espacio de protección que le permita adquirir un adecuado desarrollo afectivo, psicológico, formativo-laboral, intelectual y social.

d) Personas beneficiarias: menores en situación de desprotección o conflicto social.

e) Requisitos de acceso:

Encontrarse en situación de desprotección o conflicto social en grado severo.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día todos los días del año.

g) Intensidad del servicio:

-Alojamiento.

-Manutención: cinco comidas diarias.

-Elaboración de un plan educativo individual.

-Intervención familiar: Se podrá contar con la aplicación de distintos programas adecuando su intensidad al momento del proceso de acogimiento residencial, que podrá ser cada dos meses, mensual o semanal.

-Intervención con el menor: diaria.

-Actividades escolares y formativas: si es posible siguiendo el curso escolar, en su caso.

h) Plazo para la concesión:

Tres meses desde que finaliza la valoración del caso.

Tres meses para la elaboración del plan educativo individual.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

4. Servicio de acogimiento familiar.

a) Tipo de prestación: Garantizada. El carácter garantizado de esta prestación estará condicionado a que exista una familia dispuesta a realizar la acogida que haya sido valorada como idónea por el Departamento competente en materia de servicios sociales.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en una vivienda normalizada con la finalidad de proteger al menor, mediante la asunción de su guarda y su incorporación a una familia, a fin de proporcionarle un espacio de protección que le permita adquirir un adecuado desarrollo afectivo, psicológico, formativo-laboral, intelectual y social.

d) Personas beneficiarias: menores en situación de desprotección o conflicto social.

e) Requisitos de acceso:

-Encontrarse en situación de desprotección o conflicto social en grado severo.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día todos los días del año.

g) Intensidad del servicio:

-Valoración de la idoneidad y adecuación de la familia que va a hacerse cargo del niño o niña: tres entrevistas, una de las cuales con visita domiciliaria.

-Atención integral del menor en la familia que lo acoge: diaria

-Contactos semanales durante el primer mes, pasando a ser quincenales o mensuales según la evolución.

-Entrevista de seguimiento de la situación con el menor en la familia y con la familia acogedora: de seguimiento cada seis meses.

-Evaluación del acogimiento: anual.

h) Plazo para la concesión:

Valoración de la situación del menor y de la familia biológica: tres meses.

Valoración de la idoneidad de los solicitantes de acogimiento:

-Tres meses si existe familia acogedora extensa.

-Seis meses, si no existe familia acogedora extensa.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

5. Servicio de intervención familiar.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio de intervención en medio abierto que tiene como finalidad ayudar a los padres a ser más eficaces en las interacciones con los menores, introduciendo en el hogar un educador o educadora familiar que, mediante la información, apoyo, asesoramiento y formación, modifique, incremente y proporcione las habilidades y destrezas necesarias para su cuidado.

d) Personas beneficiarias: menores en situación de riesgo o desprotección.

e) Requisitos de acceso: pertenecer a una familia en crisis que coloque al menor en la situación de riesgo o desprotección.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes y excepcionalmente los fines de semana.

g) Intensidad del servicio:

-40 horas al mes de intervención.

-Presencia en el domicilio de un profesional del ámbito de la educación social/familiar: semanal.

-Establecimiento de un plan de atención individualizada.

-Entrevistas con la familia para explicar la intervención propuesta y firmar el contrato donde se recogerán todos los apoyos que la familia recibirá y las contraprestaciones que a ésta se le exigen: una al inicio, otra durante el desarrollo del programa y otra al final.

-Evaluación del plan de atención individualizada con el equipo: de seguimiento cada seis meses.

La intervención se centrará en las siguientes áreas: integración social de la familia, educación para la salud, actitudes y habilidades educativas, integración escolar de los menores y organización y economía familiar.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

6. Servicio de educación de adolescentes.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio de intervención en medio abierto que tiene por finalidad ayudar a los adolescentes y a sus familias a ser más eficaces en sus interacciones, mediante la presencia de un educador o educadora familiar que sirva de referente adecuado para el adolescente y que lleve a cabo acciones educativas con las que prevenir y/o tratar conductas y actitudes socialmente disruptivas en su entorno sociofamiliar.

d) Personas beneficiarias: menores que se encuentran dentro del sistema de protección con una edad comprendida entre 13 y 18 años.

e) Requisitos de acceso:

Encontrarse en una o varias de las siguientes situaciones:

-Tener importantes déficits para integrarse en la sociedad.

-Estar en proceso de retorno al medio familiar.

-Estar en proceso de autonomía

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes y excepcionalmente los fines de semana.

g) Intensidad del servicio: 10 horas al mes, incluyendo las siguientes actividades:

-Presencia en el domicilio de un profesional del ámbito de la educación social/familiar: semanal.

-Establecimiento de un plan de atención individualizada.

-Entrevistas con la familia para explicar la intervención propuesta y firma del contrato donde se recogerán todos los apoyos que la familia recibirá y las contraprestaciones que a ésta se le exigen: una al inicio, otra durante el desarrollo del programa y otra al final.

-Evaluación del plan de atención individualizada: cada seis meses.

La intervención se centrará en las siguientes áreas: integración social de la familia, educación para la salud, actitudes y habilidades educativas, integración escolar de los menores y organización y economía familiar.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

7. Servicio de información, asesoramiento, valoración y apoyo para la adopción nacional.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio de información, asesoramiento y valoración a las familias que pretenden adoptar a un menor, con el objeto de facilitar su integración definitiva en una familia.

d) Personas beneficiarias: menores de edad en situación de desprotección tras haberse declarado su situación de desamparo.

e) Requisitos de acceso:

Requisitos del menor adoptado:

-Encontrarse en situación de ser adoptado

-Consentir a la adopción ante el juez, si tiene más de 12 años.

Requisitos de la persona adoptante:

-Residir en Navarra.

-Ser mayor de 25 años. En la adopción por ambos cónyuges o pareja de hecho, en su caso, basta con que uno de ellos haya alcanzado esa edad.

-Tener una diferencia de edad con el adoptado de al menos 14 años.

-Dar el consentimiento a la adopción ante el juez.

-En caso de menores declarados en situación de desamparo la edad media de las personas adoptantes no puede superar los 45 años y ninguna de ellas tener más de 60.

-No haber sido privada de la responsabilidad parental ni estar incursa en causa de privación de la misma.

-No padecer enfermedad psíquica o física que impida el cuidado del menor.

-Acreditar dos años de convivencia, en su caso.

-Ser declarada idónea.

-No poseer antecedentes penales.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Intensidad del servicio:

-Valoración del menor y de la familia biológica: una valoración.

-Información y asesoramiento en materia de adopción nacional: sesión informativa de cuatro horas.

-Valoración de las personas solicitantes de adopción y declaración de idoneidad: una valoración siempre que su solicitud esté entre las diez primeras de la lista.

-Constitución del acogimiento preadoptivo y propuesta al juzgado de adopción. Remisión de informes al Juzgado.

h) Plazo para la concesión:

-Valoración del menor y de la familia biológica: tres meses.

-Valoración de las personas solicitantes de adopción y declaración de idoneidad: tres meses.

-Seis meses para la constitución del acogimiento preadoptivo.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

8. Servicio de programación, seguimiento y control de la ejecución de medidas judiciales penales en medio abierto.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: programar, supervisar y controlar las medidas en medio abierto dictadas por el Juzgado de Menores.

d) Personas beneficiarias: menores con una edad comprendida entre 14 y 18 años sobre las que haya recaído una medida judicial.

e) Requisitos de acceso:

-Haber cometido alguna falta o delito tipificado como tal por la Ley 5/2000 de Responsabilidad Penal del Menor y habérsele impuesto por el Juzgado de Menores alguna de las medidas en medio abierto previstas en dicha Ley.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Intensidad del servicio:

-Realización de un programa socioeducativo individualizado de cada menor para enviar al Juzgado de Menores.

-Informes de seguimiento y control del cumplimiento de las medidas y remisión periódica al Juzgado de Menores: una vez al trimestre.

-Reuniones de coordinación con todos los servicios concertados o privados existentes para el cumplimiento de medidas en medio abierto: una vez al mes.

-Reuniones de coordinación con el Juzgado de Menores: una vez al trimestre.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

9. Servicio de programación, seguimiento y control de la ejecución de medidas judiciales penales de internamiento.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: programar, supervisar y controlar la ejecución de las medidas de internamiento en un centro dictadas por el Juzgado de Menores.

d) Personas beneficiarias: menores con una edad comprendida entre 14 y 18 años sobre las que haya recaído una medida judicial.

e) Requisitos de acceso: haber cometido alguna falta o delito tipificado como tal por la Ley 5/2000 de Responsabilidad Penal del Menor y habérsele impuesto por el Juzgado de Menores alguna de las medidas que conlleven internamiento previstas en dicha Ley.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día todos los días del año.

g) Intensidad del servicio:

-Manutención: cinco comidas diarias.

-Supervisión de las actividades de la vida cotidiana circunscritas al centro de cumplimiento: todos los días.

-Actividades escolares en su caso: de lunes a viernes en periodo escolar.

-Actividades formativas cuando no puedan adaptarse o acudir a las enseñanzas normalizadas: semanal

-Actividades ocupacionales y de formación laboral, que preparan al joven para aprender y desarrollar una actividad laboral: semanal.

-Actividades de atención familiar y Psicológica.

h) Plazo para la concesión: inmediato.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

10. Servicio de valoración de la situación de desprotección o conflicto social.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: valoración y declaración, en su caso, de la situación de desprotección y/o conflicto social.

d) Personas beneficiarias: todos los menores.

e) Requisitos de acceso:

-Estar en una posible situación de desprotección o conflicto social.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Intensidad del servicio: una valoración, toma de decisiones y propuesta del plan de caso.

h) Plazo para la concesión:

Inmediato para la entrada en el sistema e inicio de la valoración.

Tres meses para concluir la valoración.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

11. Servicio de información, asesoramiento, valoración y apoyo para la adopción internacional.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio de información, asesoramiento y valoración a las familias que pretenden adoptar a un menor, con el objeto de facilitar su integración definitiva en una familia.

d) Personas beneficiarias: menores extranjeros en situación de desprotección declarados adoptables por su país de origen.

e) Requisitos de acceso:

Requisitos del adoptado:

-Consentir la adopción ante el juez, si tiene más de 12 años

Requisitos de la persona adoptante:

-Residir en Navarra.

-Ser mayor de 25 años. En la adopción por ambos cónyuges o pareja de hecho basta con que uno de ellos haya alcanzado esa edad.

-Tener una diferencia de edad con el adoptado de al menos 14 años.

-Dar el consentimiento a la adopción ante el juez.

-En caso de menores declarados en situación de desamparo la edad media de las personas adoptantes no puede superar los 45 años y ninguno de ellos tener más de 60 años.

-No haber sido privada de la responsabilidad parental ni estar incursa en causa de privación de la misma.

-No padecer enfermedad psíquica o física que impida el cuidado del menor.

-Acreditar dos años de convivencia, en su caso.

-Ser declarada idónea.

-No poseer antecedentes penales.

-Cumplir la normativa y los requisitos impuestos por el país de origen del menor a adoptar.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Intensidad del servicio:

-Información y asesoramiento a las personas interesadas en materia de adopción internacional. Sesiones de trabajo: una sesión informativa en grupo de cuatro horas, un curso de formación de ocho horas de duración y entrevistas personalizadas que ayuden a la elección del país al que se dirige el proyecto de adopción.

-Acreditación, control, y elaboración de directrices de actuación de las Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional (ECAI) que realicen funciones de mediación en la Comunidad Foral de Navarra: convocatoria de acreditación mediante concurso público y seguimiento continuado de la gestión de cada ECAI.

-Asesoramiento y apoyo a los solicitantes de adopción internacional en los términos y gestiones que deben realizar en España y en el extranjero: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

-Intervención en la tramitación de expedientes de adopción ante las autoridades competentes, tanto españolas como extranjeras.

-Propuesta previa ante el Juzgado de Menores de constitución de adopción.

h) Plazo para la concesión:

Para las sesiones de información: dos meses.

Desde la solicitud de valoración psicosocial de la idoneidad, hasta la entrega de un cuestionario para la valoración psicosocial de los solicitantes: dos meses.

Desde la devolución del cuestionario de valoración psicosocial hasta la notificación de la declaración de idoneidad o no idoneidad: cuatro meses.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

12. Servicio de atención a menores extranjeros no acompañados.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial que tiene como finalidad proteger al menor, mediante la asunción de su guarda, a fin de proporcionarle un espacio de protección que le permita adquirir un adecuado desarrollo afectivo, psicológico, intelectual y social, especialmente a través de su orientación laboral.

d) Personas beneficiarias: menores extranjeros no acompañados.

e) Requisitos de acceso:

-Ser derivados por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

-Existencia de un convenio entre el Gobierno de Navarra y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales del número de menores a acoger y de la asunción automática de la tutela.

h) Apertura del servicio: las 24 horas del día todos los días del año.

i) Intensidad del servicio:

-Alojamiento.

-Manutención: cinco comidas diarias.

-Valoración integral de la situación del menor en el centro.

-Formación en las habilidades prelaborales y laborales: de lunes a viernes.

-Intervención con el menor: diaria.

-Actividades formativas-laborales: siguiendo el programa previsto en el taller-escuela.

f) Plazo para la concesión: inmediato desde su llegada a la Comunidad Foral de Navarra.

g) Copago: No.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

13. Ayudas a las familias acogedoras.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de percepción única o periódica.

c) Objeto del recurso: ayuda económica dirigida a facilitar que las familias acogedoras puedan afrontar los gastos ordinarios y extraordinarios derivados del acogimiento.

d) Personas beneficiarias: menores acogidos.

e) Requisitos de acceso:

De la familia acogedora extensa:

-La renta de la unidad familiar no debe superar el 107,68% del SMI establecido, incluida en ese cómputo la ayuda a percibir por el menor o menores acogidos.

De la familia acogedora ajena:

-No existen requisitos específicos.

f) Intensidad del servicio:

-El 63,83% del SMI al mes por menor acogido.

Esta cuantía podrá aumentarse hasta el 50% cuando el menor presente alguna discapacidad.

En supuestos de acogimientos múltiples en la misma familia se podrá aplicar un coeficiente reductor sobre la cuantía a conceder, consistente en el 0,75 para el segundo menor y 0,50 a partir del tercero.

-En el supuesto de gastos inesperados producidos por situaciones de crisis o enfermedad o derivados de ortodoncia, tratamientos terapéuticos, ayudas técnicas de los menores acogidos, siempre que no sean asumidas por otros servicios públicos o privados, se concederán ayudas extraordinarias según las siguientes consideraciones:

A las familias ajenas, cuando el gasto ocasionado sea superior a la ayuda mensual prevista por acogimiento.

A las familias extensas, cuando el gasto ocasionado sea superior a la ayuda mensual prevista por acogimiento, con el límite del 60% del gasto total en odontología y oftalmología:

-Tratamientos psicoterapéuticos autorizados por la Sección de Protección del Menor. Los tratamientos tendrán una periodicidad de cuatro sesiones mensuales, con un máximo de dieciocho meses, pudiendo prorrogarse excepcionalmente si es conveniente para el menor.

g) Plazo para la concesión: tres meses.

h) Copago: No.

i) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

14. Ayudas para la permanencia del menor en su medio familiar.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de prestación única y/o periódica.

c) Objeto del recurso: ayuda económica temporal dirigida a evitar el internamiento de los menores.

d) Personas beneficiarias: menores en situación de riesgo y/o desprotección.

e) Requisitos de acceso:

-Encontrarse en situación de riesgo y/o desprotección leve.

-Permitir las condiciones familiares, una vez valorada la situación, que el menor permanezca en su medio familiar.

f) Intensidad del servicio: hasta el total del gasto precisado, valorándose para ello la titularidad de la vivienda, la situación laboral, la situación médica, el número de hijos y el entorno familiar.

g) Plazo para la concesión: tres meses.

h) Copago: No.

i) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

15. Ayudas para estancia en centros residenciales educativos.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de prestación única y/o periódica.

c) Objeto del recurso: ayuda económica para retribuir la estancia en centros residenciales educativos.

d) Personas beneficiarias: menores en situación de desprotección.

e) Requisitos de acceso:

-Encontrarse en situación desprotección moderada o severa.

-Estar bajo la guarda y custodia de sus padres.

-Tener que permanecer por su situación de desprotección internados en colegios normalizados durante el curso escolar.

f) Intensidad del servicio: hasta el total del gasto precisado, valorándose para ello la titularidad de la vivienda, la situación laboral, la situación médica, el número de hijos y el entorno familiar.

g) Plazo para la concesión: tres meses.

h) Copago: No.

i) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

16. Ayudas a jóvenes en procesos de autonomía.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayudas económicas de percepción única o periódica.

c) Objeto del recurso: ayuda económica para facilitar a los jóvenes el inicio de una vida independiente y autónoma cuando salen de un centro de acogida.

d) Personas beneficiarias: menores con edades comprendidas entre los 16 y 18 años y mayores de 18 años.

e) Requisitos de acceso:

-Haber sido objeto de alguna acción protectora o judicial.

-Estar dentro de un programa de autonomía personal que se esté cumpliendo satisfactoriamente.

f) Intensidad del servicio: El 116,66% del SMI al mes.

g) Plazos de concesión: tres meses.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

H.-Atención a personas víctimas de violencia de género.

1. Servicio de centro de urgencias.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial por un tiempo limitado para la acogida inmediata e incondicional de las víctimas de la violencia de género y de sus hijos e hijas o personas sujetas a tutela, curatela, guarda o acogimiento de la víctima que se encuentren en situación de necesidad, o para facilitar la salida inmediata del domicilio habitual.

d) Personas beneficiarias: personas víctimas de la violencia de género solas o acompañadas de sus hijos e hijas menores o personas sujetas a tutela, curatela, guarda o acogimiento de la víctima.

e) Requisitos de acceso:

-Ser mayor de edad o menor emancipada.

-Requerir alojamiento inmediato por la situación de indefensión que se encuentra en el propio domicilio.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día todos los días del año.

g) Intensidad del servicio: según programa de actividades, será la siguiente:

-Alojamiento.

-Manutención: tres comidas diarias.

-Acogida y orientación social: 14 horas semanales.

Duración de la estancia: siete días ampliables hasta un mes.

h) Plazo para la concesión: inmediato.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

2. Servicio de casa de acogida.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial por un tiempo limitado para ofrecer acogida, apoyo, acompañamiento y seguimiento individualizado, dirigidos a lograr la normalización de la situación personal y familiar de las víctimas de violencia de género y de las personas que dependan de ella.

d) Personas beneficiarias: personas víctimas de la violencia de género solas o acompañadas de sus hijos e hijas menores o personas sujetas a tutela, curatela, guarda o acogimiento de la víctima.

e) Requisitos de acceso:

-Ser mayor de edad o menor emancipada.

-Informe de idoneidad de los Servicios Sociales de Base, Servicio de Atención a la Mujer o de los profesionales del centro de urgencias.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día todos los días del año.

g) Intensidad del servicio:

-Alojamiento.

-Provisión de elementos para la higiene diaria.

-Manutención: provisión de alimentos para la elaboración de tres comidas diarias.

-Acogida: derivación del centro de urgencias, 7 horas en la semana de ingreso.

-Otras derivaciones: 14 horas en la semana de ingreso.

-Acompañamiento: 40 horas mensuales.

-Intervención social: elaboración de un plan de de atención individualizada por víctima o unidad familiar.

Duración de la estancia: hasta seis meses en cada ingreso, prorrogables.

h) Plazo para la concesión: un mes.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

3. Servicio de piso tutelado.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio de atención residencial en vivienda normalizada con la finalidad de abordar la situación personal, económica y sociolaboral de las víctimas en un ámbito normalizado y lograr su integración en la sociedad.

d) Personas beneficiarias: personas víctimas de la violencia de género solas o acompañadas de sus hijos e hijas menores de edad o personas sujetas a tutela, curatela, guarda o acogimiento de la víctima.

e) Requisitos de acceso:

-Haber finalizado el periodo de estancia en la casa de acogida.

-No disponer de vivienda propia ni de recursos económicos.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día todos los días del año.

g) Intensidad del servicio:

-Acogida e intervención social. Elaboración de un plan de atención individualizada anual.

-Acompañamiento: 140 horas semestre el primer año.

100 horas semestre el segundo año.

Duración de la estancia: un año prorrogable por periodos de seis meses hasta el segundo año.

h) Plazo para la concesión: un mes.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

4. Servicio especializado de atención integral a víctimas de violencia de género. Equipos de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género (EAIV).

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio de intervención en medio abierto que tiene como finalidad informar, derivar y en su caso asistir económica, laboral y/o psicológicamente a las víctimas.

d) Personas beneficiarias: víctimas de la violencia de género.

e) Requisitos de acceso: informe de los Servicios Sociales de Base o de los recursos de acogida.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Intensidad del servicio:

-Valoración de la persona usuaria y su entorno: entrevista de media hora de duración.

-Atención psicológica, según un plan de de atención individualizada: un mes.

-Acompañamiento, atención a la familia, atención al entorno, evaluación y seguimiento: 100 horas/semestre.

h) Plazo para la concesión: un mes.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Área de Servicios Sociales.

5. Ayudas de emergencia social.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de percepción única.

c) Objeto del recurso: ayuda económica para hacer frente de manera inmediata a situaciones de grave riesgo personal.

d) Personas beneficiarias: víctimas de la violencia de género

e) Requisitos de acceso: encontrarse en situación de grave riesgo personal y carecer de medios económicos para hacer frente a necesidades básicas puntuales.

f) Intensidad del servicio: el total del gasto precisado para sufragar las siguientes necesidades básicas: alimentación, higiene, salud, vestido, alojamiento y transporte.

g) Plazo para la concesión: inmediato.

Producida la situación de emergencia y siempre y cuando los profesionales de los centros de atención a la mujer, centro de acogida, casa de acogida y piso tutelado para víctimas de violencia de género lo consideren necesario, estas ayudas se podrán conceder y abonar en dichos centros.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

6. Ayudas para víctimas de violencia de género que acrediten insuficiencia de recursos económicos y unas especiales dificultades para obtener un empleo.

a) Tipo de prestación: Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de percepción única.

c) Objeto del recurso: ayuda económica para favorecer a las víctimas de la violencia de género su subsistencia, la independencia de la persona agresora y la disposición de medios y tiempo para afrontar las dificultades que impiden la incorporación laboral.

d) Personas beneficiarias: víctimas de la violencia de género.

e) Requisitos de acceso:

-Residir en Navarra.

-No convivir con la persona agresora.

-Carecer de rentas que superen el 75% del SMI.

-Tener especiales dificultades para obtener un empleo.

f) Intensidad del servicio:

Mínima: el importe equivalente a seis meses de subsidio por desempleo.

Máxima: el importe equivalente a veinticuatro meses de subsidio por desempleo.

g) Plazo para la concesión: tres meses.

h) Copago: No.

i) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

ANEXO 2

Prestaciones no garantizadas

A.-Atención a personas mayores.

1. Servicio de centro de día para personas mayores.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (diurna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento específico para ofrecer durante el día atención a las necesidades personales básicas y socioculturales, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Dependencia.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes, con un servicio mínimo de 7 horas.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de comedor: dos comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención médica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: de seguimiento semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

2. Servicio de centro de día psicogeriátrico.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (diurna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento específico para ofrecer durante el día atención a las necesidades personales básicas, terapéuticas y socioculturales, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años o menores de esa edad con deterioro cognitivo que les asimile a persona mayor.

e) Requisitos de acceso:

-Presentar déficits cognitivos y/o problemas conductuales relacionados con enfermedades mentales y/o demencias tipo alzheimer, degenerativas, vasculares u otras.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Informe de idoneidad emitido por el equipo de valoración del centro San Francisco Javier.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes, con un servicio mínimo de 7 horas.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de comedor: dos comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención sanitaria: médica, psiquiátrica, psicológica, enfermería, fisioterapia y terapia ocupacional, en el caso de ser centros concertados con el Departamento de Salud. La existencia de estas actividades y sus intensidades serán determinadas por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al ser el responsable de estos servicios.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

3. Servicio de estancia diurna para personas mayores.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (diurna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento residencial para ofrecer durante el día atención a las necesidades personales básicas y socioculturales, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Dependencia.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año, con un servicio mínimo de 7 horas.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan individualizado de atención que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de comedor: dos comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención médica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: de seguimiento semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

4. Servicio de estancia diurna en centro psicogeriátrico para personas mayores.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (diurna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento residencial para ofrecer durante el día atención a las necesidades personales básicas, terapéuticas y socioculturales, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años o menores de esa edad con deterioro cognitivo que les asimile a persona mayor.

e) Requisitos de acceso:

-Presentar déficits cognitivos y/o problemas conductuales relacionados con enfermedades mentales y/o demencias tipo alzheimer, degenerativas, vasculares u otras.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Informe de idoneidad emitido por el equipo de valoración del centro San Francisco Javier.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año, con un servicio mínimo de 7 horas.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan individualizado de atención que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de comedor: dos comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención sanitaria: médica, psiquiátrica, psicológica, enfermería, fisioterapia y terapia ocupacional, en el caso de ser centros concertados con el Departamento de Salud, La existencia de estas actividades y sus intensidades serán determinadas por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al ser el responsables de estos servicios.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

5. Servicio de estancia nocturna para personas mayores.

a) Tipo de prestación: No Garantizada

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (nocturna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento residencial para ofrecer durante la noche atención a las necesidades personales básicas, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Dependencia.

f) Apertura del servicio: todos los días del año, con un servicio mínimo de 10 horas.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de desayuno: diario.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

6. Servicio de estancia nocturna en residencia psicogeriátrica.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (nocturna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento residencial para ofrecer durante la noche atención a las necesidades personales básicas, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años o menores de esa edad con deterioro cognitivo que les asimile a persona mayor.

f) Requisitos de acceso:

-Presentar déficits cognitivos y/o problemas conductuales, relacionados con enfermedades mentales, y/o demencias tipo alzheimer, degenerativas, vasculares u otras.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Informe de idoneidad emitido por el equipo de valoración del centro San Francisco Javier.

g) Apertura del servicio: todos los días del año, con un servicio mínimo de 10 horas.

h) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un programa personalizado de atención que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de desayuno: diario.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención sanitaria: médica, psiquiátrica, psicológica, enfermería, fisioterapia y terapia ocupacional, en el caso de ser centros concertados con el Departamento de Salud. La existencia de estas actividades y sus intensidades serán determinadas por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al ser el responsable de estos servicios.

i) Plazo de resolución: tres meses.

j) Copago: Sí.

k) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

7. Servicio de ingresos temporales en residencia para personas mayores.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial, para ofrecer durante un periodo de tiempo limitado atención integral a las necesidades básicas y socioculturales, para facilitar la permanencia en el entorno habitual y el apoyo a las personas cuidadoras. Este servicio da respuesta a diferentes situaciones transitorias, tanto de la persona cuidadora principal (enfermedad, ingreso hospitalario u otras necesidades u obligaciones personales), como de la persona usuaria (recuperación de una intervención quirúrgica, enfermedad grave, ingresos temporales de convalecencia).

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Dependencia.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día durante el tiempo que dure el ingreso.

-Entre diez y treinta días por descanso de la persona cuidadora.

-Hasta tres meses por recuperación de la persona beneficiaria y/o ingreso sanitario del familiar.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento: todos los días que dure el ingreso.

-Manutención: cinco comidas diarias durante el ingreso.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días que dure el ingreso.

-Cuidados asistenciales: todos los días durante el ingreso.

-Atención social: una vez durante el ingreso.

-Atención médica: una vez durante el ingreso.

-Atención de enfermería: una vez durante el ingreso.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes durante el ingreso.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: una vez durante el ingreso.

h) Plazo para la resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

8. Servicio de ingresos temporales en residencia psicogeriátrica.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial, para ofrecer durante un periodo de tiempo limitado atención integral a las necesidades básicas, terapéuticas y socioculturales, para facilitar la permanencia en el entorno habitual y el apoyo a las personas cuidadoras. Este servicio da respuesta a diferentes situaciones transitorias, tanto de la persona cuidadora principal (enfermedad, ingreso hospitalario u otras necesidades u obligaciones personales), como de la persona usuaria (recuperación de una intervención quirúrgica, enfermedad grave, ingresos temporales de convalecencia).

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años o menores de esa edad con deterioro cognitivo que les asimile a persona mayor.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Presentar déficits cognitivos y/o problemas conductuales, relacionados con enfermedades mentales, y/o demencias tipo alzheimer, degenerativas, vasculares u otras.

-Informe de idoneidad emitido por el equipo de valoración del centro San Francisco Javier.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día durante el tiempo que dure el ingreso.

-Entre diez y treinta días por descanso de la persona cuidadora.

-Hasta tres meses por recuperación de la persona beneficiaria y/o ingreso sanitario de la persona cuidadora.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento: todos los días que dure el ingreso.

-Manutención: cinco comidas diarias durante el ingreso.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días que dure el ingreso.

-Cuidados asistenciales: todos los días durante el ingreso.

-Atención social: una vez durante el ingreso.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes durante el ingreso.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: una vez durante el ingreso.

-Atención sanitaria: médica, psiquiátrica, psicológica, enfermería, fisioterapia y terapia ocupacional, en el caso de ser centros concertados con el Departamento de Salud. La existencia de estas actividades y sus intensidades serán determinadas por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al ser el responsable de estos servicios.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra. 9. Servicio de atención residencial para personas mayores.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial para ofrecer atención integral a las necesidades básicas y socioculturales.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Dependencia.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día, todos los días del año.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento.

-Manutención: cinco comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención médica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Atención de enfermería: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

10. Servicio de atención residencial en centro psicogeriátrico.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial para ofrecer atención integral a las necesidades básicas, terapéuticas y socioculturales.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años o menores de esa edad con deterioro cognitivo que les asimile a persona mayor

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anterior a la solicitud.

-Presentar déficits cognitivos y/o problemas conductuales, relacionados con enfermedades mentales, y/o demencias tipo alzheimer, degenerativas, vasculares u otras.

-Informe de idoneidad emitido por el equipo de valoración del centro San Francisco Javier.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día, todos los días del año.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento.

-Manutención: cinco comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención sanitaria: médica, psiquiátrica, psicológica, enfermería, fisioterapia y terapia ocupacional, en el caso de ser centros concertados con el Departamento de Salud. La existencia de estas actividades y sus intensidades serán determinadas por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al ser el responsable de estos servicios.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

11. Servicio telefónico de emergencia.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio de carácter preventivo que consiste en la instalación en el domicilio de un dispositivo electrónico conectado a una central, con el fin de proporcionar seguridad a las personas y responder a las situaciones de emergencia que puedan producirse, movilizando todos los recursos necesarios para dar respuesta a las mismas.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años.

e) Requisitos de acceso:

-Vivir solo, vivir con una persona mayor de 65 años o estar solo la mayor parte del día.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día todos los días del año.

g) Intensidad del servicio:

-Respuesta inmediata y, en su caso, movilización cada vez que se active el dispositivo.

-una llamada de cortesía cada quince días.

h) Plazo de resolución: tres meses

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

12. Servicio de transporte adaptado y asistido.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio que ofrece transporte adaptado y/o de apoyo personal para facilitar la asistencia a los servicios y programas de promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años que por su situación física no pueden utilizar otro medio de transporte.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Tener reconocida por la Agencia Navarra para la Dependencia grave dificultad para el uso de transporte colectivo.

-Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Dependencia, en función de la posibilidad o imposibilidad de utilizar otros medios de transporte.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año.

g) Intensidad del servicio:

-Frecuencia mínima: un transporte quincenal.

-Frecuencia máxima: un transporte diario.

h) Plazo de resolución: tres meses

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

13. Servicio de promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia para personas mayores.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: diseñar, promover, difundir y apoyar programas, planes o actividades cuyo objetivo fundamental sea la promoción de la autonomía personal, la prevención de la dependencia y el envejecimiento activo.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años o menores de 65 años cuya situación les asimile a persona mayor.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en la Comunidad Foral de Navarra.

-Pensionistas de jubilación e invalidez: tener 60 años cumplidos.

-Pensionistas de viudedad: tener 55 años cumplidos.

f) Intensidad del servicio:

-Acogida en el programa: una cita en el centro o entidad que corresponda.

-Seguimiento en el programa: mensual.

-Evaluación de seguimiento y al finalizar el programa.

g) Copago: Sí.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

14. Ayuda económica para comedores.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica periódica.

c) Objeto del recurso: ayudar económicamente a las personas mayores con el fin de ofrecerles un menú equilibrado a precios asequibles en comedores.

d) Personas beneficiarias: personas mayores y sus cónyuges o parejas estables y personas asimiladas a persona mayor.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en la Comunidad Foral de Navarra.

-Pensionistas de jubilación e invalidez: tener 60 años cumplidos.

-Pensionistas de viudedad: tener 55 años cumplidos.

-Ser autónomos para desenvolverse en el comedor.

-No presentar problemas graves de comportamiento que alteren la normal convivencia en los establecimientos.

f) Intensidad del servicio:

-Mínima diaria de 1 euro.

-Máxima diaria de 3 euros.

g) Plazo de resolución: tres meses.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

15. Ayudas técnicas para personas mayores.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de percepción única.

c) Objeto del recurso: ayuda económica dirigida a favorecer la permanencia de la persona mayor en su entorno habitual facilitando la accesibilidad en la vivienda y la movilidad, o mejorando su situación físico-sanitaria.

d) Personas beneficiarias: personas mayores de 65 años.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud de la ayuda.

-No haber percibido ayuda para el mismo concepto en el mismo año.

-Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Dependencia.

-Tener una renta inferior al SMI.

f) Intensidad del servicio: hasta el 100% del tope máximo establecido para el concepto, según Renta Per Cápita mensual baremada.

g) Plazo de resolución: tres meses.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

16. Subvenciones a entidades de voluntariado de servicios sociales.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de concesión única.

c) Objeto del recurso: potenciar que entidades de servicios sociales realicen actividades de promoción de voluntariado social.

d) Personas beneficiarias: entidades sin ánimo de lucro que intervienen en el área de voluntariado social.

e) Requisitos de acceso:

-Estar inscrita en el registro correspondiente del Departamento competente en materia de servicios sociales.

-Trabajar en la promoción del voluntariado social.

-Cumplir los requisitos de la Ley Foral de subvenciones y, en su caso, de la convocatoria anual correspondiente.

f) Intensidad del servicio: en función del número y contenido de los programas presentados.

g) Plazo de resolución: tres meses.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

17. Subvenciones a entidades de iniciativa social de tercera edad.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de concesión anual.

c) Objeto del recurso: potenciar el desarrollo de programas destinados a la promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia en la tercera edad, y fomentar el asociacionismo en las entidades que los desarrollan.

d) Personas beneficiarias: entidades sin ánimo de lucro que intervienen en el área de tercera edad.

e) Requisitos de acceso:

-Estar inscrita en el registro correspondiente del Departamento competente en materia de servicios sociales.

-Trabajar en la promoción del área de personas de tercera edad.

-Cumplir los requisitos de la Ley Foral de Subvenciones y, en su caso, de la convocatoria anual correspondiente.

f) Intensidad del servicio: en función del número y contenido de los programas presentados.

g) Plazo de resolución: tres meses.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

B.-Atención a personas con discapacidad.

1. Servicio de centro de día para personas menores de 65 años.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (diurna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento específico para ofrecer durante el día atención a las necesidades personales básicas, de rehabilitación y socioculturales, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas menores de 65 años con discapacidad física y/o intelectual y/o daño cerebral.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Dependencia.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes, con un servicio mínimo de 7 horas.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan individualizado de atención que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de comedor: dos comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención médica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Atención psicológica/psicopedagógica/neuropsicológica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Fisioterapia: semanal para personas con discapacidad física, daño cerebral y con pluridiscapacidad; de seguimiento una vez cada seis meses para personas con discapacidad intelectual.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Logopedia: semanal para personas con discapacidad física y daño cerebral.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

2. Servicio de estancia diurna para personas menores de 65 años.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio atención diaria (diurna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento residencial para ofrecer durante el día atención a las necesidades personales básicas, de rehabilitación y socioculturales, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas menores de 65 años con discapacidad física y/o intelectual y/o daño cerebral.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Dependencia.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año, con un servicio mínimo de 7 horas.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan individualizado de atención que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de comedor: dos comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención médica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Atención psicológica/psicopedagógica/neuropsicológica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Fisioterapia: semanal para personas con discapacidad física, daño cerebral y con pluridiscapacidad; de seguimiento una vez cada seis meses para personas con discapacidad intelectual.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Logopedia: semanal para personas con discapacidad física y daño cerebral.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

3. Servicio de estancia nocturna para personas menores de 65 años.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (nocturna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento residencial para ofrecer durante la noche atención a las necesidades personales básicas, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas menores de 65 años con discapacidad física y/o intelectual y/o daño cerebral.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Dependencia.

f) Apertura del servicio: todos los días del año, con un servicio mínimo de 10 horas.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de desayuno: diario.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

4. Servicio de piso tutelado/funcional.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en una vivienda normalizada, donde la dinámica de relación y convivencia es de tipo familiar, que ofrece atención integral a las necesidades básicas para mantener o mejorar la autonomía personal, facilitando la integración y participación social.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre los 18 y los 65 años con discapacidad física y/o intelectual y/o daño cerebral.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el año anterior a la solicitud.

-Llevar a cabo una actividad en un centro de estudios, centro o unidad ocupacional, centro especial de empleo, contrato de trabajo en empleo ordinario o cualquier otra actividad aceptada por la Agencia Navarra para la Dependencia.

-Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Dependencia.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día, todos los días del año.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento.

-Manutención: tres comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: semanal.

-Acompañamiento social: semanal.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención psicológica/psicopedagógica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

5. Servicio de ingresos temporales en residencia para personas menores de 65 años.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial para ofrecer durante un periodo de tiempo limitado atención integral a las necesidades básicas, rehabilitadoras y socioculturales, facilitando la permanencia en el entorno habitual y el apoyo a las personas cuidadoras. Este servicio da respuesta a diferentes situaciones transitorias, tanto de la persona cuidadora principal (enfermedad, ingreso hospitalario u otras necesidades u obligaciones personales), como de la persona usuaria (recuperación de una intervención quirúrgica, enfermedad grave, ingresos temporales de convalecencia).

d) Personas beneficiarias: personas menores de 65 años con discapacidad física y/o intelectual y/o daño cerebral.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Dependencia.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día durante el tiempo que dure el ingreso.

-Entre uno y treinta días por descanso de la persona cuidadora.

-Hasta tres meses por recuperación de la persona y/o ingreso sanitario de la persona cuidadora.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento: todos los días que dure el ingreso.

-Manutención: cinco comidas diarias durante el ingreso.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días que dure el ingreso.

-Cuidados asistenciales: todos los días durante el ingreso.

-Atención social: una vez durante el ingreso en ingresos superiores a diez días.

-Atención médica: una vez durante el ingreso en ingresos superiores a diez días.

-Atención de enfermería: una vez durante el ingreso.

-Atención psicológica/psicopedagógica: una vez durante el ingreso en ingresos superiores a diez días.

-Rehabilitación y fisioterapia: semanal para personas con discapacidad física, daño cerebral y con pluridiscapacidad; una vez durante el ingreso en ingresos superiores a 10 días para personas con discapacidad intelectual.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes durante el ingreso.

-Logopedia: semanal para personas con discapacidad física y daño cerebral.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: una vez durante el ingreso en ingresos superiores a diez días.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra

6. Servicio de ingresos temporales en centro de día y estancia diurnas para personas menores de 65 años.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (diurna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento específico o residencial para ofrecer durante un periodo de tiempo limitado atención durante el día a las necesidades básicas, rehabilitadoras y socioculturales, facilitando la permanencia en el entorno habitual y el apoyo a las personas cuidadoras. Este servicio da respuesta a diferentes situaciones transitorias, tanto de la persona cuidadora principal (enfermedad, ingreso hospitalario u otras necesidades u obligaciones personales), como de la persona usuaria (recuperación de una intervención quirúrgica, enfermedad grave, ingresos temporales de convalecencia).

d) Personas beneficiarias: personas menores de 65 años con discapacidad física y/o intelectual y/o daño cerebral.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Dependencia.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año, con un servicio mínimo de 7 horas.

-Entre quince y treinta días por descanso de la persona cuidadora.

-Hasta tres meses por etapa vacacional de la persona beneficiaria.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan individualizado de atención que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de comedor: dos comidas diarias durante el ingreso.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días durante el ingreso.

-Cuidados asistenciales: todos los días durante el ingreso.

-Atención social: una vez durante el ingreso.

-Atención médica: una vez durante el ingreso.

-Atención psicológica/psicopedagógica: una vez durante el ingreso.

-Fisioterapia: semanal para personas con discapacidad física, daño cerebral y con pluridiscapacidad; una vez durante el ingreso para personas con discapacidad intelectual.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes durante el ingreso.

-Logopedia: semanal para personas con discapacidad física y daño cerebral.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

7. Servicio de atención residencial para personas menores de 65 años.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial para ofrecer atención integral a las necesidades básicas, rehabilitadotas y socioculturales.

d) Personas beneficiarias: personas menores de 65 años con discapacidad física y/o intelectual y/o daño cerebral.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Dependencia.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día, todos los días del año.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento.

-Manutención: cinco comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención médica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Atención de enfermería: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Atención psicológica/psicopedagógica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Fisioterapia: semanal para personas con discapacidad física, daño cerebral y con pluridiscapacidad; de seguimiento una vez cada seis meses para personas con discapacidad intelectual.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Logopedia: semanal para personas con discapacidad física y daño cerebral.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra

8. Servicio de transporte adaptado y asistido.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio que ofrece transporte adaptado y/o de apoyo personal para facilitar la asistencia a los servicios y programas de promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia.

d) Personas beneficiarias: personas menores de 65 años con discapacidad física y/o intelectual y/o daño cerebral.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Tener reconocida por la Agencia Navarra para la Dependencia grave dificultad para el uso de transporte colectivo.

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Dependencia, en función de la posibilidad o imposibilidad de utilizar otros medios de transporte.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año.

g) Intensidad del servicio:

Frecuencia mínima: un transporte quincenal.

Frecuencia máxima: un transporte diario.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

9. Servicio telefónico de emergencia.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio de carácter preventivo que consiste en la instalación en el domicilio de un dispositivo electrónico conectado a una central, con el fin de proporcionar seguridad a las personas y responder a las situaciones de emergencia que puedan producirse, movilizando todos los recursos necesarios para dar respuesta a las mismas.

d) Personas beneficiarias: personas menores de 65 años con discapacidad física y/o intelectual y/o daño cerebral.

e) Requisitos de acceso:

-Tener un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día todos los días del año.

g) Intensidad del servicio:

-Respuesta inmediata y, en su caso, movilización cada vez que se active el dispositivo.

-Una llamada de cortesía cada quince días.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

10. Servicio de centro ocupacional para personas con discapacidad.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (diurna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento específico para ofrecer programas de actividad ocupacional y de desarrollo personal y social a personas con discapacidad que no pueden integrarse en una actividad laboral de mercado, sea centro especial de empleo o empresa ordinaria.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años con discapacidad física y/o intelectual y/o daño cerebral.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el año anterior a la solicitud de ayuda.

-Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Dependencia.

f) Apertura del servicio: once meses al año, todos los días laborables.

g) Intensidad del servicio:

-Actividades desarrollo personal y social: diaria.

-Actividades ocupacionales: semanal.

-Actividades prelaborales: diaria.

-Atención psicológica y social: de seguimiento una vez cada seis meses.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

11. Ayudas técnicas para personas con discapacidad.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de percepción única.

c) Objeto del recurso: ayuda económica destinada a cubrir necesidades generadas por la discapacidad para promocionar la autonomía personal.

d) Personas beneficiarias: personas menores de 65 años con discapacidad física y/o intelectual y/o daño cerebral.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud de la ayuda.

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-El concepto por el que se solicita la ayuda deberá estar considerado en los diagnósticos que generaron el grado de minusvalía.

-No haber percibido ayuda por el mismo concepto en los últimos cuatro años.

-Tener una renta inferior a 1.164,98 euros de Renta Per Cápita mensual baremada.

f) Intensidad del servicio: hasta el 100% del tope máximo establecido para el concepto, según Renta Per Cápita mensual baremada.

g) Plazo de resolución: tres meses.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

12. Ayudas para adaptación de medios de transporte.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de percepción única.

c) Objeto del recurso: ayuda económica para posibilitar la dotación de medios de transporte individual adaptados, apoyar la accesibilidad de medios de transporte colectivo y fomentar la oferta de vehículos-taxis integrados en el servicio normal de transporte de las Entidades Locales.

d) Personas beneficiarias:

-Personas menores de 65 años con discapacidad y movilidad reducida.

-Personas menores de 65 años con discapacidad y necesidad de adaptar el vehículo originada por la discapacidad.

-Empresas con vehículos de transporte colectivo adaptados.

-Taxistas con vehículos-taxis accesibles.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el año anterior a la solicitud de ayuda.

-Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Dependencia.

f) Intensidad del servicio:

Vehículos particulares.

-Cuantía máxima subvención adquisición: 3.000 euros.

-Cuantía máxima subvención adaptación: 7.000 euros.

Vehículos colectivos.

-Entidades sin ánimo de lucro: se subvenciona el 100% del coste de la adaptación.

-Entidades con ánimo de lucro: prorrateo entre solicitantes.

Vehículos taxis.

Se subvencionará hasta el 100% del coste de la adaptación.

g) Plazo de resolución: tres meses.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

13. Subvenciones a entidades de voluntariado de servicios sociales.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de concesión única.

c) Objeto del recurso: potenciar que entidades de servicios sociales realicen actividades de promoción de voluntariado social.

d) Personas beneficiarias: entidades sin ánimo de lucro que intervienen en el área de voluntariado social.

e) Requisitos de acceso:

-Estar inscrita en el registro correspondiente del Departamento competente en materia de servicios sociales.

-Trabajar en la promoción del voluntariado social.

-Cumplir los requisitos de la Ley Foral de subvenciones y, en su caso, de la convocatoria anual correspondiente.

f) Intensidad del servicio: en función del número y contenido de los programas presentados.

g) Plazo de resolución: tres meses.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

14. Subvenciones a entidades de servicios sociales en el área de personas con discapacidad.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de concesión anual.

c) Objeto del recurso: potenciar el desarrollo de programas destinados a la promoción de la autonomía y prevención de la dependencia de las personas con discapacidad, y fomentar el asociacionismo en entidades sin ánimo de lucro.

d) Personas beneficiarias: entidades sin ánimo de lucro que intervienen en el área de las personas con discapacidad

e) Requisitos de acceso:

-Estar inscrita en el registro correspondiente del Departamento competente en materia de servicios sociales.

-Trabajar en la promoción del área de personas con discapacidad.

-Cumplir los requisitos de la Ley Foral de subvenciones y, en su caso, de la convocatoria anual correspondiente.

f) Intensidad del servicio: hasta el 100% de la solicitud presentada, en función de:

Solicitud de subvención y proyecto presentado.

Valoración técnica y económica.

Cuantía presupuestaria disponible.

g) Plazo de resolución: tres meses.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

C.-Atención a personas con enfermedad mental.

1. Servicio de centro de día en centros de rehabilitación psicosocial para personas con enfermedad mental.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (diurna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento específico para ofrecer durante el día atención a las necesidades personales básicas, terapéuticas y socioculturales, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años con trastorno mental grave.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Informe de idoneidad emitido por el Centro de Salud Mental correspondiente.

f) Apertura del servicio: once meses al año, todos los días laborables de lunes a viernes, con un horario de atención de 8 horas por día.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan individualizado de atención que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de comedor: dos comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Atención social: semanal.

-Atención psicológica/psicopedagógica: semanal.

-Psicoestimulación integral: semanal.

-Terapia ocupacional: todos los días laborables de lunes a viernes.

-Habilidades sociales y manejo del dinero: semanal.

-Integración comunitaria: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

2. Servicio de estancia nocturna para personas menores de 65 años.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (nocturna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento residencial para ofrecer durante la noche atención a las necesidades personales básicas, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años con trastorno mental grave.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Informe de idoneidad emitido por el Centro de Salud Mental correspondiente.

f) Apertura del servicio: todos los días del año, con un servicio mínimo de 10 horas.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Servicio de desayuno: diario.

-Cuidados asistenciales: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-La existencia de la atención sanitaria: médica, psiquiátrica, psicológica, enfermería, fisioterapia y terapia ocupacional, en el caso de ser centros concertados con el Departamento de Salud. La existencia de estas actividades y sus intensidades serán determinadas por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al ser el responsable de estos servicios.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

3. Servicio de piso supervisado.

a) Tipo prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en una vivienda normalizada, donde la dinámica de relación y convivencia es de tipo familiar, que ofrece atención integral a las necesidades básicas para mantener o mejorar la autonomía personal, facilitando la integración y participación social.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años con trastorno mental grave.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el año anterior a la solicitud.

-Llevar a cabo una actividad en un centro de estudios, centro o unidad ocupacional, centro especial de empleo, contrato de trabajo en empleo ordinario o cualquier otra actividad aceptada por la Agencia Navarra para la dependencia.

-Informe de idoneidad emitido por el Centro de Salud Mental correspondiente.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día, todos los días del año.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento.

-Manutención: tres comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: semanal.

-Acompañamiento social: semanal.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención psicológica/psicopedagógica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: de seguimiento una vez al mes.

-Actividades de ocio y tiempo libre: de seguimiento una vez al mes.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

4. Servicio de piso tutelado/funcional para personas con enfermedad mental.

a) Tipo prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en una vivienda normalizada, donde la dinámica de relación y convivencia es de tipo familiar, que ofrece atención integral a las necesidades básicas para mantener o mejorar la autonomía personal, facilitando la integración y participación social.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años con trastorno mental grave.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el año anterior a la solicitud.

-Llevar a cabo una actividad en un centro de estudios, centro o unidad ocupacional, centro especial de empleo, contrato de trabajo en empleo ordinario o cualquier otra actividad aceptada por la Agencia Navarra para la Dependencia.

-Informe de idoneidad emitido por el Centro de Salud Mental correspondiente.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día, todos los días del año.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento.

-Manutención: tres comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: semanal.

-Acompañamiento social: semanal.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención sanitaria: médica, psiquiátrica, psicológica, enfermería, fisioterapia y terapia ocupacional, en el caso de ser centros concertados con el Departamento de Salud. La existencia de estas actividades y sus intensidades serán determinadas por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al ser el responsable de estos servicios.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

5. Servicio de residencia-hogar para personas con enfermedad mental.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención residencial.

c) Objeto del recurso: servicio prestado en establecimiento residencial que ofrece atención integral a las necesidades básicas, para mantener o mejorar la autonomía personal y facilitar la integración y participación social en el medio.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años con trastorno mental grave.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el año anterior a la solicitud.

-Informe de idoneidad emitido por el Centro de Salud Mental correspondiente.

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día, todos los días del año.

g) Intensidad del servicio: el programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas.

-Alojamiento.

-Manutención: cinco comidas diarias.

-Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: todos los días.

-Atención social: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

-Atención psicológica/psicopedagógica: de seguimiento una vez cada seis meses.

-Psicoestimulación integral: semanal.

-Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.

-Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.

-Apoyo a familias: de seguimiento una vez cada cuatro meses.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra

6. Servicio de transporte adaptado y asistido.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio que ofrece transporte adaptado y/o de apoyo personal para facilitar la asistencia a los servicios y programas de promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años con trastorno mental grave.

e) Requisitos de acceso:

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

-Tener reconocida por la Agencia Navarra para la Dependencia grave dificultad para el uso de transporte colectivo.

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Dependencia, en función de la posibilidad o imposibilidad de utilizar otros medios de transporte.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año.

g) Intensidad del servicio:

Frecuencia mínima: un transporte quincenal.

Frecuencia máxima: un transporte diario.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

7. Servicio telefónico de emergencia.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: servicio de carácter preventivo que consiste en la instalación en el domicilio de un dispositivo electrónico conectado a una central, con el fin de proporcionar seguridad a las personas y responder a las situaciones de emergencia que puedan producirse, movilizando todos los recursos necesarios para dar respuesta a las mismas.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años con trastorno mental grave.

e) Requisitos de acceso:

-Tener un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud

f) Apertura del servicio: las 24 horas del día todos los días del año.

g) Intensidad del servicio:

-Respuesta inmediata y, en su caso, movilización cada vez que se active el dispositivo.

-Una llamada de cortesía cada quince días.

h) Plazo para la concesión: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

8. Servicio de centro ocupacional para personas con enfermedad mental.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (diurna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento específico para ofrecer programas de actividad ocupacional y de desarrollo personal y social a personas con enfermedad mental que no pueden integrarse en una actividad laboral de mercado, sea centro especial de empleo o empresa ordinaria.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años con trastorno mental grave.

e) Requisitos de acceso:

-Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el año anterior a la solicitud de ayuda.

-Informe de idoneidad del Centro de Salud Mental correspondiente.

f) Apertura del servicio: once meses al año, todos los días laborables.

g) Intensidad del servicio:

-Actividades desarrollo personal y social: diaria.

-Actividades ocupacionales: semanal.

-Actividades prelaborales: diaria.

-Atención psicológica y social: de seguimiento una vez cada 6 meses.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: Sí.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

D.-Atención a personas en situación de exclusión social o riesgo de estarlo.

1. Servicio de centro ocupacional para personas en situación de exclusión social.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención diaria (diurna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento específico para ofrecer servicios de terapia, actividades formativas de carácter prelaboral y social a personas en situación de exclusión social que no pueden integrarse en los dispositivos socio-laborales normalizados.

d) Personas beneficiarias: personas con una edad comprendida entre 18 y 65 años en situación de exclusión social o riesgo de estarlo.

e) Requisitos de acceso:

-Presentar problemas graves en el ámbito de la salud, educación, empleo, formación profesional y/o relaciones sociales.

-Encontrarse en proceso o programa de incorporación socio-laboral.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Intensidad del servicio:

-Actividades de desarrollo personal y social: diaria

-Ajuste personal y social con programa de intervención individualizada.

-Actividades ocupacionales: diaria.

-Actividades prelaborales: diaria.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

2. Empleo social protegido.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de percepción única.

c) Objeto del recurso: ayuda económica dirigida a apoyar proyectos de interés colectivo y no lucrativo promovidos por Entidades Locales o de iniciativa social sin ánimo de lucro para la contratación laboral temporal de personas en situación de exclusión social, facilitando a éstas la adquisición de hábitos y habilidades que mejoren sus posibilidades de incorporación social a través del empleo normalizado.

d) Personas beneficiarias: Entidades Locales o de iniciativa social sin ánimo de lucro que promuevan proyectos destinados a la contratación de personas que se encuentren en situación de exclusión social o riesgo de estarlo y que tengan dificultades para acceder y/o mantener un empleo.

e) Requisitos de acceso:

De las persona usuarias del programa:

-Tener edad laboral.

-Tener permiso de trabajo (en el supuesto de personas inmigrantes).

-Haber suscrito un acuerdo de incorporación sociolaboral con el servicio social de base y el equipo de incorporación sociolaboral.

De los proyectos a subvencionar:

-Contratos normalizados, temporales, con duración máxima de doce meses y jornada mínima de 3 horas.

-Trabajos que redunden en beneficio de la comunidad, orientados a mejorar la empleabilidad y el posterior acceso a trabajos normalizados.

-Especial interés en acciones que fomenten el empleo en mujeres.

-Acompañamiento social ejercido por personal de apoyo.

-Actividades formativas para adquisición de destrezas laborales y habilidades sociales y prelaborales.

De las entidades promotoras:

-Las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro deberán estar inscritas en el registro correspondiente del Departamento competente en materia de servicios sociales.

f) Intensidad del servicio:

Duración mínima del proyecto seis meses y máxima de doce.

Los conceptos y cantidades a subvencionar serán los siguientes:

-Por puesto de trabajo, hasta el 140% del SMI.

-Para actividades complementarias de promoción y contratación de personal de apoyo, hasta el 30% de la subvención concedida por puestos de trabajo.

-Para actividades formativas, hasta un máximo del 15% del importe total de la subvención concedida por puesto de trabajo.

g) Plazo de resolución: tres meses.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

3. Ayuda para la inserción laboral en empresas.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de percepción única.

c) Objeto del recurso: ayuda económica dirigida a apoyar la contratación laboral, temporal o indefinida de personas en situación de exclusión social por parte de empresas públicas, privadas o Entidades Locales, para facilitar el acceso al mundo laboral y su incorporación social.

d) Personas beneficiarias: empresas públicas, privadas o Entidades Locales que contraten a personas que se encuentren en situación de exclusión social, con dificultades para el acceso a un empleo normalizado por los sistemas habituales de inserción laboral.

e) Requisitos de acceso:

De la persona usuaria:

-Haber suscrito con el servicio social de base y el equipo de incorporación sociolaboral (EISOL) un acuerdo de incorporación sociolaboral y contar con su informe favorable.

-Tener edad laboral.

-Tener permiso de trabajo (en el supuesto de personas inmigrantes).

-No haber ocupado en los 3 años anteriores y por un periodo superior a 18 meses puesto de trabajo mediante contrato subvencionado por el programa.

De la empresa:

-Estar establecida en la Comunidad Foral de Navarra.

-Estar constituida en cualquiera de las modalidades jurídicas reconocidas por la legislación laboral y mercantil y/o Entidades Locales, siempre que contraten a personas en situación de exclusión social.

-No haber reducido el número medio de trabajadores fijos existentes en los 6 últimos meses a jornada igual o superior a la que figura en el contrato, ni hacerlo durante el periodo de vigencia de la subvención otorgada. Se deberá mantener el contrato hasta la finalización del periodo subvencionado.

-Presentar la solicitud dentro del plazo de treinta días hábiles a contar desde la fecha de contratación.

f) Intensidad del servicio:

La cuantía de la subvención será de hasta el 40% del SMI por cada contrato de duración igual a doce meses y de jornada completa, reduciéndose proporcionalmente la cuantía en función de la jornada y período pactado en contrato.

El período máximo de subvención por cada trabajador será de 24 meses.

g) Plazo de resolución: tres meses.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

4. Ayudas a proyectos de trabajo individual.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de percepción única.

c) Objeto del recurso: ayuda económica dirigida a apoyar la creación y consolidación de proyectos de trabajo individual en régimen autónomo para facilitar el acceso al mundo laboral y la incorporación social.

d) Personas beneficiarias: personas que se encuentren en situación de exclusión social con dificultades para el acceso a un empleo normalizado y que hayan alcanzado en su itinerario de incorporación sociolaboral el nivel de aptitudes y actitudes que haga viable un proyecto de trabajo en régimen autónomo.

e) Requisitos de acceso:

-Haber suscrito con el servicio social de base y el Equipo de Incorporación Sociolaboral (EISOL) un acuerdo de incorporación sociolaboral y contar con su informe favorable.

-Acreditar la cualificación profesional requerida para ejercer la actividad profesional prevista.

-Disponer de medios económicos para financiar al menos el 30% de la totalidad del presupuesto.

-Contar con un estudio favorable de viabilidad técnica y económica del proyecto.

f) Intensidad del servicio: subvención de hasta el 70% del presupuesto presentado sin poder sobrepasar la ayuda el 150% del SMI anual y sin que ésta pueda ser inferior al 20% para presupuestos iguales o inferiores a dos veces el SMI anual o del 40% para presupuestos superiores a dos veces el SMI anual.

g) Plazo de resolución: cuatro meses.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

5. Ayuda al acceso a viviendas de integración social.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Ayuda económica de percepción única y acompañamiento individualizado en el proceso de adaptación a la vivienda y al entorno.

c) Objeto del recurso: ayuda económica dirigida a facilitar a las personas en situación de exclusión social el acceso (en propiedad o en alquiler) a una vivienda usada para potenciar su asentamiento y estabilidad, complementando las ayudas económicas establecidas por el Departamento competente en materia de vivienda y ofreciendo el acompañamiento necesario para su integración social en el entorno, realizado por las entidades de iniciativa social subvencionadas al efecto.

d) Personas beneficiarias: unidades familiares que se encuentran en situación de exclusión social, carecen de una vivienda digna y en general no reúnen los requisitos para acceder a las promociones públicas del Departamento competente en materia de vivienda.

e) Requisitos de acceso:

De la persona usuaria:

-Encontrarse en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.

-Propuesta favorable del Departamento competente en materia de vivienda.

-Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los tres años anteriores a la solicitud de la ayuda.

-Tener unos ingresos familiares ponderados inferiores a 1,7 veces el IPREM.

-Participar en programas o actuaciones de incorporación social del Gobierno de Navarra o de Entidades Locales

-Suscribir un acuerdo de incorporación social con la entidad de iniciativa social adscrita al convenio.

-No ser titular del dominio o del derecho real de uso de otra vivienda ni haberlo trasmitido en los últimos cinco años.

De la vivienda:

-Tener una antigüedad mínima de quince años.

-Reunir condiciones de habitabilidad.

-No superar la superficie de 120 m² ni exceder el precio del límite del módulo sin ponderar aprobado anualmente.

De la Entidad Gestora:

-Estar inscrita en el registro correspondiente del Departamento competente en materia de servicios sociales.

-Acreditar experiencia mínima de tres años en el desarrollo de intervención social con colectivos desfavorecidos.

-Ser reconocida, mediante convocatoria pública, como entidad colaboradora del programa por el Departamento competente en materia de vivienda y suscribir un convenio de colaboración anual con dicho Departamento y con el Departamento competente en materia de servicios sociales.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Intensidad del servicio: las ayudas económicas son complementarias de las establecidas por el Departamento competente en materia de vivienda.

A la persona beneficiaria de la ayuda:

-Hasta el 10% del precio de adquisición para gastos de escrituración, registro, plusvalía y otros.

-Hasta el 10% del presupuesto de la rehabilitación para pagos de honorarios del proyecto y licencia de obra municipal.

A la entidad colaboradora:

-En concepto de acompañamiento social previo a la compra de la vivienda: 60 horas de un Trabajador o Trabajadora Social.

-En concepto de acompañamiento social en el proceso de incorporación social tras la compra de vivienda durante tres años: 18 horas de un Trabajador o Trabajadora Social el primer año, 14 el segundo y 10 el tercero.

-En concepto de acompañamiento social en el proceso de incorporación social en los casos de alquiler durante tres años: 36 horas de un Trabajador o Trabajadora Social el primer año, 28 el segundo y 20 el tercero.

-En concepto de funcionamiento de la entidad: el equivalente a 60 euros por cada vivienda en compra o seguimiento de actuaciones.

-En concepto de acompañamiento en las gestiones de rehabilitación: 5 horas de Trabajador o Trabajadora Social por vivienda.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

6. Subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro que trabajan en el ámbito de la incorporación social y a Entidades Locales.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de percepción única y con posibilidad de pago fraccionado.

c) Objeto del recurso: apoyar el desarrollo de actuaciones realizadas por entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro o Entidades Locales en el ámbito de la incorporación social y de la prevención y tratamiento de la exclusión social.

d) Personas beneficiarias: entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro y Entidades Locales que, cumpliendo los requisitos exigidos en las convocatorias, soliciten subvención para el ejercicio de su actividad.

e) Requisitos de acceso:

-Solicitud de subvención en plazo según convocatoria.

-Cumplimiento de los requisitos exigidos en cada convocatoria.

f) Intensidad del servicio: en función de la valoración obtenida en las diferentes convocatorias sobre la propuesta de subvención.

g) Plazo de resolución: tres meses.

h) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

E.-Atención al menor.

1. Servicio de centro de día para menores.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: servicio de atención diaria (diurna).

c) Objeto del recurso: servicio prestado en un establecimiento específico con la finalidad de atender a los menores en situación de riesgo o de desprotección leve y moderada en horario extraescolar y vacacional, actuando de forma global sobre los ámbitos personal, social y familiar.

d) Personas beneficiarias: menores en situación de riesgo o desprotección.

e) Requisitos de acceso: estar en situación de riesgo o desprotección leve o moderada.

f) Apertura del servicio: once meses al año de lunes a viernes de 15.30h a 20.30h y sábados de 10h a 18h.

g) Intensidad del servicio:

-Ofrecer modelos de conducta y comportamiento con los que identificarse: semanal.

-Atender las necesidades físicas, educativas y emocionales del menor: semanal.

-Proporcionar a las familias recursos básicos para el ejercicio de las funciones parentales: semanal.

-Intervenir de forma preventiva con menores en situación de riesgo: semanal.

h) Plazo de resolución: tres meses.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

2. Servicio de orientación familiar.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: ofrecer apoyo y asesoramiento para la resolución de conflictos entre los miembros de una familia con menores a su cargo para, a través de un proceso voluntario y confidencial, posibilitar la comunicación entre las partes en conflicto que permita llegar a acuerdos viables que sean satisfactorios para todos y garanticen la atención a las necesidades del grupo familiar.

d) Personas beneficiarias: menores de 18 años.

e) Requisitos de acceso: estar el menor en una familia que se encuentra en situación de crisis en sus relaciones.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Intensidad del servicio: seis sesiones.

h) Plazo de resolución: un mes.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

3. Servicio de mediación familiar.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: apoyar a las familias en conflicto a través de un proceso voluntario que posibilite la comunicación entre las partes.

d) Personas beneficiarias:

-Parejas que han decidido separarse pero que no han iniciado los trámites judiciales.

-Parejas que se encuentran tramitando su separación o divorcio, u otros procesos que afectan a los hijos e hijas, y que son derivadas desde los órganos judiciales con competencia en procesos familiares por considerar que el proceso puede verse favorecido por acuerdos consensuados.

-Parejas que han resuelto legalmente su separación o su divorcio, pero que continúan en situación de crisis para la ejecución de las medidas adoptadas con anterioridad y es necesario volver a regularlas.

-Parejas con un conflicto mediable en el que las dos partes desean resolverlo por la vía de la mediación.

-Conflictos familiares entre hermanos y hermanas y entre padres y madres e hijos e hijas susceptibles de hacer uso de este servicio.

e) Requisitos de acceso: acreditar que existe al menos una de las situaciones señaladas.

f) Apertura del servicio: todos los días laborables del año de lunes a viernes.

g) Intensidad del servicio: seis sesiones.

h) Plazo de resolución: un mes.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

4. Servicio de punto de encuentro familiar.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: Servicio de atención ambulatoria.

c) Objeto del recurso: ofrecer un lugar o espacio idóneo y neutral donde poder realizar visitas o encuentros del menor con su familia, garantizando el derecho de los hijos e hijas a mantener contacto con sus padres y madres y sus respectivas familias, así como la seguridad y bienestar del menor y del progenitor más vulnerable.

d) Personas beneficiarias:

-Menores que tienen dificultad para mantener la relación con sus familias por los conflictos que existen entre el padre y la madre.

-Padre o madre que no ostenta la guarda, sin vivienda en la ciudad o que ésta no reúna las condiciones debidas.

-Padre o madre que no ostenta la guarda y custodia, con algún tipo de enfermedad, sin habilidades en la crianza o cuando las circunstancias personales aconsejen la supervisión de estos encuentros.

-Familias en las que existe oposición o bloqueo por parte del progenitor que no ejerce la guarda y custodia.

e) Requisitos de acceso: Acreditar que existe al menos una de las situaciones señaladas.

f) Apertura del servicio: todos los días del año de martes a domingo en los siguientes horarios:

-Visitas: miércoles y viernes, de 16h a 20h; sábados y domingos, de 10h a 14h y de 16h a 20h.

-Oficina: martes y jueves de 10h a 14h y de 16h a 20h; miércoles y viernes de 10h a 14h.

g) Intensidad del servicio: La frecuencia de las visitas será la establecida por el Juzgado de Familia.

h) Plazo de resolución: un mes.

i) Copago: No.

j) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

5. Ayudas extraordinarias.

a) Tipo de prestación: No Garantizada.

b) Tipo de recurso: ayuda económica de percepción única.

c) Objeto del recurso: ayudar económicamente a los menores en gastos extraordinarios necesarios por su naturaleza excepcional.

d) Personas beneficiarias: menores de 18 años en situación de desprotección.

e) Requisitos de acceso:

-Encontrarse en situación de desprotección leve o moderada.

-Que se produzca una hospitalización grave de los progenitores o cuidadores que pueda generar el desplazamiento de un menor con su familia.

f) Intensidad del servicio: hasta el total del gasto precisado, valorándose para ello la titularidad de la vivienda, la situación laboral, la situación médica, el número de hijos e hijas y el entorno familiar.

g) Plazo de resolución: tres meses.

h) Copago: No.

i) Ámbito de actuación: Comunidad Foral de Navarra.

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