BOLETÍN Nº 8 - 18 de enero de 2008

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

ANSOAIN

EDICTO

El Ayuntamiento de Ansoáin, en sesión Plenaria celebrada el día 19 de diciembre de 2007, acordó establecer, con efectos de 1 de enero de 2008, los siguientes tipos de gravamen y recargos en los tributos que a continuación se relacionan:

Contribución urbana. Tipo de gravamen: 0,162 por ciento.

Contribución rústica. Tipo de gravamen: 0,80 por ciento.

Impuesto sobre Actividades Económicas: Establecer un índice de 1,4 sobre las cuotas mínimas del impuesto.

Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras: Tipo de gravamen, 5 por ciento.

Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de naturaleza urbana:

a) Para determinar el importe del incremento real, se aplicará sobre el valor del terreno en el momento del devengo, el porcentaje que resulte del siguiente:

Periodos de generación del incremento de valor

-De 1 hasta 5 años: 3,4 por ciento.

-Hasta 10 años: 3,3 por ciento.

-Hasta 15 años: 3,3 por ciento.

-Hasta 20 años: 3,2 por ciento.

b) Para determinar la cuota a pagar, se aplicará a la base imponible el tipo de gravamen que resulte del siguiente cuadro:

Tipos de gravamen fijados para cada uno de los periodos de generación del incremento de valor

-De 1 hasta 5 años: 12 por ciento.

-Hasta 10 años: 12 por ciento.

-Hasta 15 años: 12 por ciento.

-Hasta 20 años: 10,50 por ciento.

Así mismo, aprobó inicialmente las siguientes Ordenanzas Fiscales y de Precios Públicos, las cuales, cumplidos los trámites reglamentarios, entrarán en vigor el 1 de enero de 2008:

0. Fiscal General.

1. Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

2. Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.

3. Expedición y tramitación de documentos.

4. Otorgamiento de licencias y realización de actuaciones urbanísticas.

5. Otorgamiento de licencias de control de actividades clasificadas e inocuas y de apertura de establecimientos.

6. Retirada de vehículos de la vía pública y subsiguiente custodia de los mismos.

7. Ejecuciones sustitutorias y órdenes de ejecución.

8. Apertura de zanjas, calicatas y calas, en terreno de uso público y cualquier remoción del pavimento o aceras en la vía pública.

9. Entrada de vehículos a través de aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.

10. Utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, vuelo y subsuelo del dominio público local.

11. Aprovechamientos especiales del suelo, vuelo y subsuelo del dominio público local por las empresas explotadoras de servicios públicos de suministros.

12. Prestación del servicio de asistencia y estancia en la Escuela Infantil.

13. Utilización de las Piscinas Municipales, Centro Hidrotermal y de las instalaciones complementarias.

14. Entrada, inscripción o matrícula en cursos y actividades de carácter educativo, cultural, deportivo o social, organizados por el Ayuntamiento y sus Patronatos.

15. Inspecciones previstas en ordenanzas y acuerdos municipales.

16. Contribuciones especiales.

17. Celebración de matrimonios civiles.

18. Utilización de locales municipales.

Se somete el expediente a información pública por espacio de 30 días, a contar de la publicación de este edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Ansoáin, 20 de diciembre de 2007.-El Alcalde, Antonio Gila Gila.

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