BOLETÍN Nº 77 - 23 de junio de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCIÓN 431/2008, de 27 de mayo, del Director General de Agricultura y Ganadería, por la que se da conformidad al Cambio de titularidad de la entidad S. Coop. Ltda. Cerealista de Allo, como Productor multiplicador de cereales de fecundación autógama, en favor de la entidad Cerealista Ezkibel S. Coop.

La entidad S. Coop. Ltda. Cerealista de Allo, con domicilio en Carretera de Lerín, s/n de Allo, inscrita en el Registro de Productores de Semillas como Productor multiplicador de cereales de fecundación autógama con el número 485, solicita el cambio de titularidad de dicha inscripción en favor de la entidad Cerealista Ezkibel S. Coop., con el mismo domicilio.

La entidad Cerealista Ezkibel S. Coop. se ha constituido a partir de la fusión de las Cooperativas S. Coop. Ltda. Cerealista de Allo y Cooperativa Cerealista San Isidro de Arróniz.

De conformidad con el Real Decreto 2654/1985, de 18 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra en lo que se refiere a la Producción Vegetal; el Decreto Foral 40/1986, de 6 de febrero, sobre asignación de funciones y servicios transferidos al Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes; y la Orden Ministerial de 23 de mayo de 1986, por la que se aprueba el Reglamento General Técnico de Control y Certificación de Semillas y Plantas de Vivero.

El Negociado de Producción Vegetal propone la concesión del cambio de titularidad solicitado, por cumplirse lo legislado en la materia.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la administración de la Comunidad Foral de Navarra y por Decreto Foral 124/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Conceder el cambio de titularidad de la entidad S. Coop. Ltda. Cerealista de Allo, inscrita en el Registro de Productores de Semillas como Productor multiplicador de cereales de fecundación autógama con el número 485, en favor de la entidad Cerealista Ezkibel S. Coop., con CIF F31169717 y domicilio en Carretera de Lerín, s/n de Allo.

2.º Notificar la presente resolución al BOLETÍN OFICIAL de Navarra y al interesado, a los efectos oportunos.

3.º Contra la presente resolución cabe interponer Recurso de Alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Pamplona, 27 de mayo de 2008.-El Director General de Agricultura y Ganadería, Ignacio Guembe Cervera.

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