BOLETÍN Nº 7 - 16 de enero de 2008

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de lo Social número Uno de Soria

Cédula de notificación

Doña Antonia Pomeda Iglesias, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Uno de Soria.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda 230/2007, de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de doña Ana Carmen Gregorio Raso contra las empresas Asociación Edad Dorada Mensajeros de La Paz Navarra, Marta Lafuente Moreno, S.L. y contra Marta Lafuente Moreno, sobre reclamación de cantidad, en fecha 5-12-2007, se ha dictado Auto de Aclaración de Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice:

En el fundamento jurídico 4.º, párrafo 4.º, donde dice "resulta un déficit de 8,65 euros por cada una de ellas, y de 17,30 euros entre ambas", debe decir: "resulta un déficit de 11,65 euros por cada una de ellas, y de 23,30 euros entre ambas".

En consecuencia, en el fallo, donde dice: "la cantidad de seiscientos sesenta euros con ochenta y siete céntimos (660,87 euros) brutos", debe decir: "la cantidad de seiscientos sesenta y seis euros con ochenta y siete céntimos (666,87 euros) brutos".

No ha lugar a la restante aclaración interesada por la parte actora.

Para que sirva de notificación en legal forma al representante legal de la Asociación Edad Dorada Mensajeros de la Paz Navarra, la cual se encuentra en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Soria, 5 de diciembre de 2007.-La Secretaria Judicial, Antonia Pomeda Iglesias.

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