BOLETÍN Nº 7 - 16 de enero de 2008

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de lo Social número Tres de Pamplona

Edicto de notificación

Lourdes García Ruiz, Secretaria del Juzgado de lo Social número Tres de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento 492/2007, seguido en este Juzgado a instancias de María Fernanda Ordóñez Placencia contra la empresa Serfon Servicios Integrales y Construcción, S.L.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

"Que estimando la demanda de reclamación deducida por María Fernanda Ordoñez Placencia frente a la empresa Serfon Servicios Integrales y Construcción, S.L.L. y el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a dicha empresa demandada a abonar a la actora la suma de 2.274,01 euros., más el interés moratorio del 10%, y debo condenar y condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por la anterior declaración.

Contra esta sentencia cabe recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en el momento de la notificación pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, cta: 3160.0000.65.0492.07 en la sucursal del Banesto de la calle Cortes de Navarra (Oficina número 0030-8025), y justificante de haber ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo banco y oficina, esta vez con número de cuenta 3160.0000.67.0492.07, la cantidad objeto de condena. En caso de realizarse los ingresos mediante transferencia bancaria habrán de consignarse como clave de la oficina receptora el número 8025.

Esta última cantidad, podrá ser substituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia, Letrado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá que proceder al nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de Justicia Gratuita.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo".

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Serfon Servicios Integrales y Construcción, S.L.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 14 de diciembre de 2007.-La Secretaria Judicial, Lourdes García Ruiz.

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