BOLETÍN Nº 7 - 16 de enero de 2008

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.5. Otros

YESA

EDICTO

El Pleno del Ayuntamiento de Yesa, en sesión celebrada el 14 de diciembre de 2007, adoptó, entre otros, el Acuerdo que se transcribe a continuación:

"La Junta de Veintena de Yesa, en sesión extraordinaria de 3 de junio de 1961, acordó la cesión gratuita de terrenos comunales sitos en término de "La Gravera" a la mercantil "Industrial Piscícola Navarra, S.L." (hoy "Navarra Food, S.A.") con la finalidad de ser destinados a la construcción de una piscifactoría industrial. El terreno cedido ocupaba unas 140 robadas según el acuerdo referido y se sometía a reversión en caso de incumplirse la finalidad de la cesión.

Recientemente, la Tesorería General de la Seguridad Social ha comunicado el embargo de dos fincas que formaban parte de los terrenos cedidos en su día, así como la celebración de una próxima subasta de dichos bienes.

La actividad de piscifactoría para la que fueron cedidos los terrenos comunales de Yesa ya no existe en la actualidad, habiendo cesado la actividad hace varios años.

De conformidad con la naturaleza de los bienes cedidos y de las condiciones establecidas en el acuerdo de cesión por la Junta de Veintena de Yesa, nos encontramos ante la situación que pudiera dar lugar a la reversión al comunal de los bienes cedidos, por lo que se acuerda por unanimidad, lo que supone la mayoría legalmente exigible:

1.º Incoar expediente para la reversión al comunal de los bienes comunales cedidos en su día a "Industrial Piscícola Navarra, S.L." (hoy "Navarra Food, S.A.) por la Junta de Veintena de Yesa para la construcción de una piscifactoría industrial.

2.º Notificar el presente acuerdo a cuantos aparezcan como interesados en el expediente y en concreto "Navarra Food, S.A.", Tesorería General de la Seguridad Social, "B. Paulus, Gmbh", Agencia Tributaria, Angel Zabala Urra, Isidro De la Cal Fresco, S.L., Truchas del Segre, S.A., Comunidad Foral de Navarra, Transportes Oteiza, S.A., con el fin de que puedan personarse en el expediente y formular, en el plazo de un mes, las alegaciones que tengan por conveniente.

3.º Publicar el presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra con el fin de que todos los interesados y posibles afectados puedan formular, en el plazo de un mes, las alegaciones que tengan por conveniente.

4.º Facultar al Señor Alcalde para personarse en cuantos procedimientos administrativos y judiciales sean necesarios con el fin de defender el derecho del Ayuntamiento de Yesa sobre sus bienes comunales".

Lo que notifico a vd. para su conocimiento y efectos, debiendo firmar el duplicado de la presente comunicación, y advirtiéndole que contra este acuerdo podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al recibo de esta notificación o, previamente y con carácter potestativo, recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al recibo de esta notificación. Igualmente, podrá interponer, con carácter potestativo y previo a cualquier otro recurso, Recurso de Reposición ante el órgano que dicta el presente acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al recibo de esta notificación.

Yesa, 19 de diciembre de 2007.-El Alcalde, José Antonio Aquerreta Martínez de Lagos.

Código del anuncio: L0719651